25.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 48/20


Recurso de casación interpuesto el 4 de enero de 2006 por el Sr. J. Ouariachi contra el auto dictado el 26 de octubre de 2005 por el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas (Sala Quinta) en el asunto T-124/04, Sr. J. Ouariachi contra Comisión de las Comunidades Europeas

(Asunto C-4/06 P)

(2006/C 48/38)

Lengua de procedimiento: francés

En el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 4 de enero de 2006 un recurso de casación formulado por el Sr. J. Ouariachi, representado por el Sr. L. Duopong, avocat, contra el auto dictado el 26 de octubre de 2005 por la Sala Quinta del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas en el asunto T-124/04, Sr. J. Ouariachi contra Comisión de las Comunidades Europeas.

La parte recurrente solicita al Tribunal de Justicia que:

Anule la decisión impugnada y, al mismo tiempo,

acuerde toda diligencia de prueba conducente a demostrar la realidad de la falsedad documental cometida por el Sr. Louis Charles y su actitud general en el contexto de la sustracción de los hijos del recurrente, así como la relación entre la falsedad documental y la expedición por las autoridades sudanesas de los visados de los hijos del recurrente, lo que posibilitó la sustracción de los mismos, y, entre otras diligencias:

La comparecencia personal del Sr. Louis Charles;

una solicitud de información dirigida a la Delegación de la Unión Europea en Jartum;

una solicitud de aportación de la documentación presentada por la Sra. Ronda ante el Consulado de la República de Sudán en Rabat con objeto de obtener un visado para sí misma y para sus hijos.

Declare que el recurso de casación es admisible y fundado.

Condene a la parte recurrida a pagar al recurrente una indemnización a tanto alzado por importe total de 150 000 euros, en concepto de reparación de los perjuicios materiales y morales que ha sufrido.

Condene a la parte recurrida a cargar con la totalidad de las costas.

Motivos y principales alegaciones

El recurrente, de doble nacionalidad española y marroquí, exige la reparación del perjuicio (evaluado en 100 000 euros) que le ocasionó el Sr. L. Charles, antiguo experto en la Delegación de la Unión Europea en Jartum (Sudán), como consecuencia de diversas actuaciones ilícitas en que incurrió en el ejercicio de sus funciones y, en particular, de la realización de una falsedad documental: una falsa invitación oficial de la Delegación de la Unión Europea en Jartum (Sudán) que sirvió de base para que el Consulado de Sudán en Rabat (Marruecos) expidiera un visado a la ex-esposa y a los hijos del recurrente, lo que supuso una conducta constitutiva de sustracción internacional de los hijos de aquél.

El recurrente estima que el Tribunal de Primera Instancia incurrió en error al declarar manifiestamente infundada su acción de indemnización de daños y perjuicios, sin haber acordado ninguna diligencia de prueba y sin haber esclarecido:

el carácter ilegal del comportamiento del Sr. Charles

y el nexo directo entre dicho comportamiento ilegal y el hecho de que las autoridades sudanesas, inducidas a error, concedieran un visado a los menores, sin autorización del padre de éstos (a saber, el demandante).