24.12.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 330/25


Recurso interpuesto el 24 de octubre de 2005 — Comisión/Reagecon Diagnostics

(Asunto T-391/05)

(2005/C 330/60)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representante: L. Flynn, agente)

Demandada: Reagecon Diagnostics Ltd

Pretensiones de la parte demandante

Que se condene a la demandada a pagar a la Comisión:

a)

la cantidad de 169 658,65 EUR (ciento sesenta y nueve mil seiscientos cincuenta y ocho EUR y sesenta y cinco céntimos), correspondientes a 161 953,99 EUR por el importe debido y 7 704,66 euros por intereses de demora a partir del 21 de octubre de 2005, al tipo del 5,53 %;

b)

la cantidad de 2 453 714 EUR diarios en concepto de intereses, al tipo del 5,53 %, desde el 16 de noviembre de 2005 hasta la fecha en que se devuelva íntegramente la deuda.

Que se condene a la demandada al pago de las costas del presente recurso.

Motivos y principales alegaciones

La Comunidad Europea, representada por la Comisión Europea, celebró con la demandada el contrato no MAS3-CT-1998-0177 en el contexto del programa específico de investigación, desarrollo tecnológico y demostración en el ámbito de la ciencia y la tecnología marinas conocido como el «programa MAST III». (1) El contrato tenía por objeto la ejecución de un proyecto de investigación cooperativa denominado «Development and test of an innovative ion selective electrodes monitoring and control system for total nitrogen in marine waters» (Desarrollo y prueba de un sistema innovador de seguimiento y control mediante electrodos selectivos de iones del nitrógeno total en aguas marinas), con una duración prevista de 24 meses, a partir del 1 de diciembre de 1998.

El contrato establecía que la Comisión realizaría una contribución financiera al citado proyecto, y se abonó un anticipo de 268 000 ECU a la demandada el 1 de diciembre de 1998. Además, se efectuó un pago intermedio de 134 417 EUR el 6 de septiembre de 2000. En consecuencia, la Comisión pagó a la demandada un total de 402 417 EUR.

La Comisión auditó el contrato los días 24 y 25 de septiembre de 2001. La auditoría concluyó que las contribuciones de la Comisión hasta entonces excedían el 50 % de los gastos del proyecto hasta ese momento. Asimismo, la auditoría reveló que la relación de gastos remitida por otro participante en el proyecto había sido firmada irregularmente por la demandada.

El 25 de enero de 2002 la demandada presentó relaciones de gastos adicionales para el período entre el 1 de diciembre de 1999 y el 30 de noviembre de 2000.

La Comisión llevó a cabo dos revisiones técnicas independiente del proyecto y tuvo un intercambio de correspondencia con la demandada sobre los resultados de la auditoría y las referidas revisiones y las dudas que suscitaban. Con posterioridad, la Comisión giró una nota de adeudo a la demandada, requiriendo el reembolso del importe de 161 953,99 EUR, correspondiente a la diferencia entre el total de los gastos de 240 463,01 EUR, aceptado por la Comisión y el importe total que la Comisión había pagado previamente a la demandada.

Mediante este recurso la Comisión solicita el reembolso del importe anteriormente mencionado, junto con los intereses correspondientes, conforme al ordenamiento jurídico de Irlanda, que es aplicable al contrato.


(1)  Decisión no 94/804/CE del Consejo, de 23.11.1994 (DO L 334, p. 59).