26.11.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 296/20 |
Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 6 de octubre de 2005 — Sumitomo Chemical y Sumika Fine Chemicals/Comisión
(Asuntos acumulados T-22/02 y T-23/02) (1)
(«Competencia - Prácticas colusorias en el sector de los productos vitamínicos - Decisión de la Comisión por la que se declaran finalizadas determinadas infracciones y no se imponen multas - Reglamento (CEE) no 2988/74 - Prescripción de la facultad de la Comisión para imponer multas o sanciones - Principio de seguridad jurídica - Presunción de inocencia - Interés legítimo en declarar la existencia de infracciones»)
(2005/C 296/43)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandantes: Sumitomo Chemical Co. Ltd (Tokio, Japón) y Sumika Fine Chemicals Co. Ltd (Osaka, Japón) (representantes: M. Klusmann, abogado, y V. Turner, Solicitor)
Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: L. Pignataro-Nolin y A. Whelan, agentes)
Objeto
Recursos de anulación de la Decisión 2003/2/CE de la Comisión, de 21 de noviembre de 2001, relativa a un procedimiento con arreglo al artículo 81 del Tratado CE y al artículo 53 del Acuerdo EEE (asunto COMP/E-1/37.512 — Vitaminas) (DO 2003, L 6, p. 1), en la medida en que afecta a las demandantes.
Fallo
1) |
Anular la Decisión 2003/2/CE de la Comisión, de 21 de noviembre de 2001, relativa a un procedimiento con arreglo al artículo 81 CE y al artículo 53 del Acuerdo EEE (asunto COMP/E-1/37.512 — Vitaminas), en la medida en que afecta a las demandantes. |
2) |
Condenar en costas a la demandada. |