20.8.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 205/8


Petición de decisión prejudicial planteada mediante resolución del Gerechtshof te 's Hertogenbosch, de fecha 31 de mayo de 2005, en el asunto entre G.M. van de Coevering y Hoofd van het District Douane Roermond van de rijksbelastingdienst

(Asunto C-242/05)

(2005/C 205/15)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas le ha sido sometida una petición de decisión prejudicial mediante resolución del Gerechtshof te 's Hertogenbosch, dictada el 31 de mayo de 2005, en el asunto entre G.M. van de Coevering y Hoofd van het District Douane Roermond van de rijksbelastingdienst, y recibida en la Secretaría del Tribunal de Justicia el 3 de junio de 2005.

El Gerechtshof te 's Hertogenbosch solicita al Tribunal de Justicia que se pronuncie sobre la siguiente cuestión prejudicial:

¿Se opone el Derecho comunitario, en particular la libre circulación de servicios establecida en los artículos 49 CE a 55 CE, a que los Países Bajos exijan a una persona física residente en dicho país –que alquila en otro Estado miembro, con arreglo a un contrato celebrado con un arrendador, un turismo que no está inscrito en el registro regulado en la Wegenverkeerswet 1994 y respecto al cual no se ha abonado el impuesto sobre turismos y motocicletas previsto en el artículo 1, apartado 2, de la Wet BPM (1)– el impuesto sobre turismos y motocicletas establecido en el artículo 1, apartado 5, de la Wet BPM, con motivo del inicio de la utilización del turismo en la red vial de los Países Bajos, en el sentido de la Wegenverkeerswet 1994, cuando dicho impuesto se devenga por su importe total, con independencia del período de alquiler y de la duración de la utilización de la red vial de los Países Bajos, y no existe ningún derecho de exención ni de devolución en favor de la mencionada persona física?


(1)  Ley del impuesto sobre turismos y motocicletas de 1992.