|
6.8.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 193/8 |
SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA
(Sala Sexta)
de 16 de junio de 2005
en el asunto C-349/04: Comisión de las Comunidades Europeas contra Gran Ducado de Luxemburgo (1)
(«Incumplimiento de Estado - Directiva 2002/77/CE - Mercados de redes y servicios de comunicaciones electrónicas - No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado»)
(2005/C 193/12)
Lengua de procedimiento: francés
En el asunto C-349/04, que tiene por objeto un recurso por incumplimiento interpuesto, con arreglo al artículo 226 CE, el 13 de agosto de 2004, Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: Sr. E. Gippini Fournier y Sra. K. Mojzesowicz) contra Gran Ducado de Luxemburgo (agente: Sr. S. Schreiner), el Tribunal de Justicia (Sala Sexta), integrado por el Sr. A. Borg Barthet, Presidente de Sala, y los Sres. S. von Bahr y J. Malenovský (Ponente), Jueces; Abogado General: Sr. D. Ruiz-Jarabo Colomer; Secretario: Sr. R. Grass, ha dictado el 16 de junio de 2005 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:
|
1) |
Declarar que el Gran Ducado de Luxemburgo ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 9 de la Directiva 2002/77/CE de la Comisión, de 16 de septiembre de 2002, relativa a la competencia en los mercados de redes y servicios de comunicaciones electrónicas, al no haber proporcionado a la Comisión de las Comunidades Europeas toda la información necesaria para que pudiese confirmar que se han respetado las disposiciones de dicha Directiva. |
|
2) |
Condenar en costas al Gran Ducado de Luxemburgo. |