11.6.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 143/11


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

(Sala Tercera)

de 14 de abril de 2005

en el asunto C-519/03: Comisión de las Comunidades Europeas contra Gran Ducado de Luxemburgo (1)

(«Acuerdo marco sobre el permiso parental - Sustitución del permiso parental por el permiso de maternidad - Fecha a partir de la cual se concede el derecho individual al permiso parental»)

(2005/C 143/13)

Lengua de procedimiento: francés

En el asunto C-519/03, que tiene por objeto un recurso por incumplimiento interpuesto, con arreglo al artículo 226 CE, el 12 de diciembre de 2003, Comisión de las Comunidades Europeas (agente: Sr. D. Martin) contra Gran Ducado de Luxemburgo (agente: Sr. S. Schreiner), el Tribunal de Justicia (Sala Tercera), integrado por el Sr. A. Borg Barthet (Ponente), en funciones de Presidente de la Sala Tercera, y los Sres. J.-P. Puissochet, S. von Bahr, U. Lõhmus y A. Ó Caoimh, Jueces; Abogado General: Sr. A. Tizzano; Secretaria: Sra. M.-F. Contet, administradora principal, ha dictado el 14 de abril de 2005 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

1)

Declarar que el Gran Ducado de Luxemburgo ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 96/34/CE del Consejo, de 3 de junio de 1996, relativa al Acuerdo marco sobre el permiso parental celebrado por la UNICE, el CEEP y la CES, al establecer que el derecho a un permiso de maternidad o a un permiso de adopción que surge durante el permiso parental sustituya a este último, que finaliza en ese momento, sin posibilidad de que el progenitor aplace la parte del permiso parental que aún no ha podido disfrutar, y al limitar la concesión del derecho al permiso parental a los progenitores de hijos que hayan nacido después del 31 de diciembre de 1998 o para los que se haya iniciado el procedimiento de adopción después de esta fecha.

2)

Condenar en costas al Gran Ducado de Luxemburgo.


(1)  DO C 35, de 7.2.2004.