30.4.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 106/19


Petición de decisión prejudicial planteada mediante resolución del Gerechtshof te Amsterdam, de 18 de febrero de 2005, en el asunto entre ASM Lithography B.V. y Belastingdienst douanedistrict Roermond, actualmente Belastingdienst/Douane Zuid/kantoor Roerdom

(Asunto C-100/05)

(2005/C 106/35)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas le ha sido sometida una petición de decisión prejudicial mediante resolución del Gerechtshof te Amsterdam dictada el 18 de febrero de 2005, en el asunto entre ASM Lithography B.V. y Belastingdienst douanedistrict Roermond, actualmente Belastingdienst/Douane Zuid/kantoor Roerdom, y recibida en la Secretaría del Tribunal de Justicia el 28 de febrero de 2005.

El Gerechtshof te Amsterdam solicita al Tribunal de Justicia que se pronuncie sobre las siguientes cuestiones:

1)

En relación con productos compensadores como los del presente asunto, que se consideran despachados a libre práctica, ¿debe determinarse la deuda aduanera con arreglo a los elementos de imposición a que se refiere el artículo 122, letra c), del Código aduanero comunitario, (1) aunque el interesado no lo haya solicitado expresamente con anterioridad?

2)

En caso de respuesta negativa a la primera cuestión, ¿debe admitirse una petición de (nuevo) cálculo del importe de la deuda aduanera, con arreglo a los elementos de imposición a que se refiere el artículo 122, letra c), del Código aduanero comunitario, formulada posteriormente –tras la comunicación del importe de la deuda aduanera calculada con arreglo a los elementos de imposición del artículo 121, apartado 1, del Código aduanero comunitario– en el marco de una solicitud de devolución en virtud del artículo 236 de dicho Código?


(1)  Reglamento (CEE) no 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el Código aduanero comunitario (D L 302, de 19 de octubre de 1992, p. 1).