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11.9.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 228/41 |
AUTO DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA
de 9 de junio de 2004
en el asunto T-96/03: Manel Camós Grau contra Comisión de las Comunidades Europeas (1)
(Investigación de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) relativa a la gestión y a la financiación del Instituto para las Relaciones Europa-América Latina - Posible conflicto de intereses de uno de los investigadores - Decisión de excluir al investigador del equipo - Recurso de anulación - Actos preparatorios - Inadmisibilidad)
(2004/C 228/94)
Lengua de procedimiento: francés
En el asunto T-96/03, Manel Camós Grau, funcionario de la Comisión de las Comunidades Europeas, con domicilio en Bruselas, representado por Me M.-A. Lucas, abogado, contra Comisión de las Comunidades Europeas, (agentes: inicialmente, Sr. H. van Lier y posteriormente Sres. J.-F. Pasquier y C. Ladenburger, que designa domicilio en Luxemburgo), que tiene por objeto, por un lado, una pretensión de anulación de la decisión de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) de 17 de mayo de 2002 de excluir a uno de los investigadores de la investigación de la Oficina en relación con el Instituto para las Relaciones Europa-América Latina, con el fin de evitar cualquier apariencia de conflicto de intereses sin informar de las diligencias realizadas por dicho investigador, así como de la decisión desestimatoria implícita de la reclamación del demandante presentada el 29 de julio de 2002 contra dicha decisión y, por otro lado, una pretensión de indemnización como reparación del perjuicio moral y del perjuicio experimentado en su carrera, supuestamente ocasionados como consecuencia de las referidas decisiones, el Tribunal de Primera Instancia (Sala Cuarta), integrado por el Sr. H. Legal, Presidente, la Sra. V. Tiili y el Sr. M. Vilaras, Jueces; Secretario: Sr. H. Jung, ha dictado el 9 de junio de 2004 un auto mediante el que se resuelve lo siguiente:
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1) |
Declarar la inadmisibilidad del recurso. |
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2) |
Cada parte cargará con sus propias costas. |