24.7.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 190/15 |
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA
SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA
de 25 de mayo de 2004
en el asunto T-154/01, Distilleria F. Palma SpA contra Comisión de las Comunidades Europeas (1)
(Reglamento (CEE) no 822/87 - Organización común del mercado vitivinícola - Reglamento (CEE) no 1780/89 - Reglamento (CEE) no 2710/93 - Reglamento (CE) no 416/96 - Salida al mercado de los alcoholes obtenidos por destilación - Reglamento (CEE) no 3390/90 - Licitación para la utilización en el sector de los combustibles - Negativa de la Comisión a modificar algunas condiciones de la licitación - Fuerza mayor - Responsabilidad extracontractual de la Comunidad - Admisibilidad)
(2004/C 190/24)
Lengua de procedimiento: italiano
En el asunto T-154/01, Distilliria F. Palma SpA, en liquidación, con domicilio social en Nápoles (Italia), representada por el Sr. F. Caruso, abogado, contra Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: Sr. L. Visaggio y Sra. C. Cattabriga, asistidos por Sr. A. Dal Ferro), que tiene por objeto una demanda basada en el artículo 235 CE y el artículo 288 CE, párrafo segundo, destinada a obtener la reparación del perjuicio supuestamente sufrido como consecuencia de la presunta ilegalidad del comportamiento de la Comisión que se desprende del escrito remitido por esta institución a las autoridades italianas, con fecha de 11 de noviembre de 1996, el Tribunal de Primera Instancia (Sala Segunda), integrado por el Sr. J. Pirrung, Presidente, y por los Sres. A.W.H. Meij y N.J. Forwood, Jueces; Secretario: Sr. J. Palacio González, administrador principal, ha dictado el 25 de mayo de 2004 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:
1) |
Declarar la inadmisibilidad del recurso. |
2) |
Condenar en costas a la demandante. |