10.7.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/10


Recurso interpuesto el 26 de abril de 2004 contra la Comisión de las Comunidades Europeas por TQ3 Travel Solutions

(Asunto T-148/04)

(2004/C 179/21)

Lengua de procedimiento: francés

En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 26 de abril de 2004 un recurso contra la Comisión de las Comunidades Europeas formulado por TQ3 Travel Solutions, con domicilio en Mechelen (Bélgica), representada por los Sres. Rusen Ergec y Kim Möric, abogados.

La parte demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

Anule la decisión de la Comisión de 24 de febrero de 2004 por la que comunica a la demandante que se rechaza su oferta para el lote 1 (Bruselas) del contrato no ADMIN/D1/PR/2003/131.

Anule la decisión de la Comisión por la que adjudica el lote 1 a la sociedad Carlson Wagonlit Travels, de la que se informó a la demandante mediante escrito de la Comisión de 16 de marzo de 2004.

Declare que la ilegalidad cometida por la Comisión constituye una falta que puede generar la responsabilidad de la Comisión respecto a la demandante.

Reenvíe a la demandante ante la Comisión para que se proceda a evaluar el perjuicio causado.

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

A raíz del procedimiento de licitación restringido iniciado el 20 de octubre de 2003 relativo a los «Servicios de agencia de viajes» (1), y al procedimiento de adjudicación del contrato, la Comisión adoptó la decisión de no adjudicar el contrato a la demandante y adjudicárselo a la sociedad Carlson Wagonlit Travels.

La demandante invoca dos motivos idénticos contra estas decisiones, basados en el error manifiesto cometido por la Comisión en la evaluación de las ofertas.

Mediante su primer motivo, la demandante alega que la Comisión incurrió en un error manifiesto de apreciación al considerar que la oferta de la sociedad Carlson Wagonlit Travels no era anormalmente baja; también invoca la ilegalidad que resulta del incumplimiento de la obligación prevista por el artículo 146, apartado 4, del Reglamento (CE) no 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002 (2), que obliga a la institución europea a pedir las precisiones oportunas sobre la composición de la oferta.

El segundo motivo se basa en un error manifiesto cometido por la Comisión en la apreciación del valor cualitativo de las ofertas, al atribuir a la oferta de Carlson Wagonlit Travels la nota más alta en cuanto a la calidad de los servicios ofrecidos cuando esta oferta no podía garantizar una calidad suficiente para los servicios de que se trata.


(1)  Contrato no ADMIN/D1/PR/2003/131 (DO S 143).

(2)  Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 357, p. 1).