15.6.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 158/22


Convocatorias de propuestas de acciones indirectas de IDT dentro del programa específico de investigación, desarrollo tecnológico y demostración «Integración y fortalecimiento del Espacio Europeo de la Investigación»

(2004/C 158/08)

1.

Con arreglo a la Decisión no 1513/2002/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2002, relativa al sexto programa marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración, destinado a contribuir a la creación del Espacio Europeo de la Investigación y a la innovación (2002-2006) (1), el Consejo aprobó el 30 de septiembre de 2002 el programa específico de investigación, desarrollo tecnológico y demostración «Integración y fortalecimiento del Espacio Europeo de la Investigación» (2002-2006) (2) (en lo sucesivo denominado «el programa específico»).

Con arreglo al apartado 1 del artículo 5 del programa específico, la Comisión de las Comunidades Europeas (en lo sucesivo denominada «la Comisión») aprobó el 9 de diciembre de 2002 un programa de trabajo (3) (en lo sucesivo denominado «el programa de trabajo») en el que se presentaban de manera detallada los objetivos y las prioridades científicas y tecnológicas de dicho programa específico, así como su calendario de ejecución.

De conformidad con el apartado 1 del artículo 9 del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativo a las normas de participación de empresas, centros de investigación y universidades, y a las normas de difusión de los resultados de la investigación para la ejecución del sexto programa marco de la Comunidad Europea (2002-2006) (4) (en lo sucesivo denominadas «las normas de participación»), las propuestas de acción indirecta de IDT se presentarán en el marco de convocatorias de propuestas.

2.

Las presentes convocatorias de propuestas de acción indirecta de IDT (en lo sucesivo denominadas «las convocatorias») constan de la presente parte general y de las condiciones particulares descritas en los anexos. En éstos se indica, en particular, las fechas de cierre del plazo de presentación de propuestas de acciones indirectas de IDT, una fecha indicativa para la terminación de las evaluaciones, el presupuesto indicativo, los instrumentos y los campos afectados, los criterios de evaluación de las propuestas de acciones indirectas de IDT, el número mínimo de participantes y las posibles restricciones.

3.

Se invita a las personas físicas o jurídicas a las que no sean aplicables los criterios de exclusión previstos, por una parte, en dichas normas de participación y, por otra, en el apartado 2 del artículo 114 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (5) (en lo sucesivo denominadas «los proponentes»), a que presenten a la Comisión sus propuestas de acción indirecta de IDT, con supeditación a las condiciones que se establecen en las normas de participación y en la convocatoria correspondiente.

Las condiciones de participación aplicables a los proponentes se comprobarán durante la negociación de la propuesta de acción indirecta de IDT. Previamente, los proponentes deberán haber firmado una declaración según la cual no se encuentran incursos en ninguno de los supuestos indicados en el apartado 1 del artículo 93 del Reglamento financiero. Asimismo, deberán haber remitido a la Comisión la información indicada en el apartado 2 del artículo 173 del Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (6).

La Comisión ha adoptado una política de igualdad de oportunidades en virtud de la cual se alienta especialmente a las mujeres a presentar propuestas de acción indirecta de IDT o bien a participar en la presentación de estas propuestas.

4.

La Comisión facilita unas guías del proponente acerca de las convocatorias, en las que se da información sobre la preparación y presentación de propuestas de acción indirecta de IDT. También facilita unas «Directrices sobre los procedimientos de evaluación y selección de propuestas» (7). Estas guías y directrices, así como el programa de trabajo y demás información acerca de las convocatorias, pueden obtenerse en la siguiente dirección de la Comisión:

Comisión Europea

FP6 Information Desk

Dirección General RTD

B-1049 Bruxelles/Brussel

Dirección en Internet: www.cordis.lu/fp6

5.

Las propuestas de acción indirecta de IDT sólo pueden presentarse como propuestas electrónicas a través del sistema electrónico de presentación de propuestas [EPSS (8)] en la red. Sin embargo, en casos excepcionales, los coordinadores pueden solicitar a la Comisión que les permita presentar sus propuestas en papel antes del cierre de la convocatoria. Para ello, deberán dirigirse por escrito a una de las siguientes direcciones: General RTD, Dirección G, Despacho: Comisión Europea, Dirección MO75 6-13, B-1049 Bruselas, Tel. (32-2) 299 83 15, Fax (32-2) 296 70 23 o rtd-nmp@cec.eu.int. La solicitud habrá de ir acompañada de una explicación que justifique debidamente esta excepción. Los proponentes que deseen presentar sus propuestas en papel serán responsables de que sus solicitudes de exención y los procedimientos consiguientes no impidan el respeto de los plazos establecidos.

Toda propuesta de acción indirecta de IDT debe constar de dos partes: los formularios (parte A) y el contenido (parte B).

Las propuestas de acción indirecta de IDT pueden prepararse en línea on-line o fuera de línea (off-line) y presentarse en línea (on-line). La parte B de las propuestas de acción indirecta de IDT solo puede presentarse en formato PDF (portable document format, compatible con Adobe versión 3 o superior con fuentes incrustadas). Se excluirán los archivos comprimidos (zipped).

La herramienta de software del EPSS (para uso en línea o fuera de línea) está disponible en el sitio web de Cordis www.cordis.lu.

Las propuestas de acción indirecta de IDT que se presenten en línea y que sean incompletas, ilegibles o contengan virus quedarán excluidas.

Se excluirán las versiones de propuestas de acción indirecta de IDT que se presenten en un soporte electrónico extraíble (por ejemplo, CD-ROM, disquete), por correo electrónico o por fax.

También quedará excluida cualquier propuesta de acción indirecta de IDT con autorización a ser presentada en papel y que sea incompleta.

En el anexo J de las «Directrices sobre los procedimientos de evaluación y selección de propuestas» se da más información sobre los diversos procedimientos de presentación de propuestas

6.

Las propuestas de acción indirecta de IDT deberán llegar a la Comisión dentro del plazo establecido en la convocatoria. Las que lleguen fuera de plazo quedarán excluidas.

Asimismo, quedarán excluidas las propuestas que no reúnan las condiciones sobre el número mínimo de participantes indicado en la convocatoria.

También se excluirán las que no cumplan cualquier otro criterio de admisión complementario mencionado en el programa de trabajo.

7.

Si se presentan sucesivas versiones de una propuesta, la Comisión sólo examinará la última versión recibida dentro del plazo establecido en la convocatoria en curso.

8.

En caso de que esté previsto en la convocatoria, las propuestas de acción indirecta de IDT podrían incluirse en el marco de una futura evaluación.

9.

Se ruega a los proponentes que citen la referencia de la convocatoria en toda la correspondencia relacionada con ésta (por ejemplo, solicitud de información o presentación de una propuesta de acción indirecta de IDT).


(1)  DO L 232 de 29.8.2002, p. 1.

(2)  DO L 294 de 29.10.2002, p. 1.

(3)  Decisión de la Comisión C(2002) 4789, modificada por C(2003) 577, C(2003) 955, C(2003) 1952, C(2003) 3543, C(2003) 3555, C(2003) 4609, C(2003) 5183, C(2004) 433 y C(2004) 2002 ninguna de ellas publicada.

(4)  DO L 355 de 30.12.2002, p. 23.

(5)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(6)  6 DO L 357 de 31.12.2002, p. 1.

(7)  C (2003)883 de 27 de marzo de 2003, cuya última modificación la constituye C(2004)1855 de 18 de mayo de 2004.

(8)  El EPSS es una herramienta destinada a ayudar a preparar y presentar las propuestas por vía electrónica.


ANEXO 1

1.   Programa específico: «Integración y fortalecimiento del Espacio Europeo de la Investigación».

2.   Prioridades temáticas/Ámbitos: Prioridad temática 2: «Tecnologías de la Sociedad de la Información (TSI)» y prioridad temática 3: «Nanotecnologías y nanociencias, materiales multifuncionales basados en el conocimiento, y nuevos procesos y dispositivos de producción» (NMP).

3.   Título de la convocatoria: Segunda convocatoria conjunta entre las prioridades temáticas 2 y 3.

4.   Referencia de la convocatoria: FP6-2004-IST-NMP-2.

5.   Fecha de publicación (1): 15 de junio de 2004.

6.   Fecha de cierre (2): 14 de octubre de 2004 a las 17.00 horas (hora local de Bruselas).

7.   Presupuesto indicativo total: 180 millones de euros repartidos, a título indicativo, equilibradamente entre los tres distintos objetivos (presupuesto conjunto entre la prioridad 2 y la prioridad 3).

8.   Áreas e instrumentos: Se invita a presentar propuestas que aborden los objetivos siguientes:

9.   Número mínimo de participantes (3):

Objetivo

Número mínimo

PI y PEIF

3 entidades jurídicas independientes de 3 EM o EA diferentes, con al menos 2 EM o PCA.

AAE

1 entidad jurídica

Se espera que la industria desempeñe un papel protagonista en los PI y, cuando proceda, en los PEIF.

10.   Restricciones a la participación: Ninguna.

11.   Acuerdo de consorcio: Los participantes en PI están obligados a firmar un acuerdo de consorcio.

12.   Procedimiento de evaluación: La evaluación seguirá un procedimiento en una sola etapa. Los proponentes deberán respetar el número máximo de páginas (tamaño de fuente 12) estipulado en la Guía del proponente. Las propuestas no se evaluarán de manera anónima.

13.   Criterios de evaluación: El anexo B del programa de trabajo proporciona los criterios aplicables según el instrumento.

14.   Calendario indicativo de la evaluación y la selección: Se prevé que los resultados de la evaluación estén disponibles en un plazo de dos meses a partir de la fecha de cierre.


(1)  Los Directores Generales responsables de la convocatoria pueden publicarla hasta un mes antes o un mes después de la fecha de publicación prevista.

(2)  Cuando la fecha de publicación prevista se adelante o se atrase (véase la nota anterior), si es necesario, la o las fechas de cierre se ajustarán según corresponda en la convocatoria de propuestas publicada.

(3)  EM = Estados miembro de la UE; EA (incluidos los PCA) = Estados asociados; PCA = países candidatos asociados. Toda entidad jurídica establecida en un Estado miembro o un Estado asociado y que cuente con el número de participantes exigido puede ser participante único en una acción indirecta.


ANEXO 2

1.   Programa específico: «Integración y fortalecimiento del Espacio Europeo de la Investigación».

2.   Actividades: Campo temático prioritario de investigación « Nanotecnologías y nanociencias, materiales multifuncionales basados en el conocimiento, y nuevos procesos y dispositivos de producción» (NMP).

3.   Título de la convocatoria: Actividad coordinada CE-NSF en el ámbito de la investigación computacional sobre materiales.

4.   Referencia de la convocatoria: FP6-2004-NMP-NSF-1.

5.   Fecha de publicación (1): 15 de junio de 2004.

6.   Fecha de cierre (2): 14 de octubre de 2004 a las 17.00 horas (hora local de Bruselas).

7.   Presupuesto indicativo total: 6 millones de euros (3) (se espera un nivel de financiación similar por parte del NSF para los equipos de investigación estadounidenses participantes en los proyectos).

8.   Áreas objeto de la convocatoria e instrumentos::

Campo

Instrumento

NMP-NSF-1 Actividad coordinada CE-NSF en el ámbito de la investigación computacional sobre materiales

PEIF

9.   Número mínimo de participantes::

Instrumento

Número mínimo de participantes

PEIF

3 entidades jurídicas independientes de tres EM o EA diferentes, con al menos 2 EM o PCA (**)

10.   Restricciones a la participación: Ninguna.

11.   Acuerdos de consorcio: Se recomienda, pero no es obligatorio, que los participantes en PEIF resultantes de la presente convocatoria firmen un acuerdo de consorcio.

12.   Procedimiento de evaluación:

En el caso de las propuestas de PEIF, la evaluación seguirá un procedimiento de una sola etapa de acuerdo con las normas establecidas para el sexto programa marco y el anexo B del programa de trabajo NMP, edición de diciembre de 2003. Se aplicarán los procedimientos de evaluación de la NSF a las propuestas presentadas a la NSF.

Las propuestas no se evaluarán de forma anónima.

13.   Criterios de evaluación:

El anexo B del programa de trabajo NMP (edición de 2003) proporciona los criterios aplicables (incluidos la ponderación y el mínimo de cada criterio y el mínimo total) según el instrumento.

Se prestará atención a la relevancia de las propuestas en relación con los objetivos generales de la prioridad 3, así como a los objetivos específicos descritos para cada tema cubierto por la convocatoria.

14.   Calendario indicativo de la evaluación y de los contratos: Resultados de la evaluación: se prevé que estén disponibles en un plazo de 2 meses a partir de la fecha de cierre.


(1)  El Director General responsable de la presente convocatoria puede publicarla hasta un mes antes o un mes después de la fecha de publicación prevista.

(2)  Cuando se adelante o se atrase la fecha de publicación (véase la nota anterior), si es necesario, se ajustará según proceda la fecha de cierre.

(3)  Las propuestas para solicitar ayuda financiera deben enviarse simultáneamente tanto a la CE como a la NSF. No se permitirá ninguna transferencia de presupuesto de una parte a la otra. Los equipos de investigación europeos enviarán la propuesta a la CE, con arreglo a las normas del 6o PM, y los equipos estadounidenses a la NSF (véase la dirección: www.nsf.org). Las dos propuestas deberán ajustarse a las directrices para proponentes de la CE y de la NSF, respectivamente, pero la parte técnica deberá ser común.

(4)  A la vista del presupuesto indicativo disponible para esta convocatoria, se espera que puedan recibir financiación alrededor de 5 propuestas.

(5)  (**) Se exige una participación equilibrada de socios de Europa y de Estados Unidos.