30.4.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 118/32 |
AUTO DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA
(Sala Tercera)
de 1 de abril de 2004
en el asunto C-229/03 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landesgericht für Zivilrechtssachen Wien): Monika Herbstrith contra Republik Österreich (1)
(Remisión prejudicial - Inadmisibilidad)
(2004/C 118/58)
Lengua de procedimiento: alemán
En el asunto C-229/03, que tiene por objeto una petición dirigida al Tribunal de Justicia, con arreglo al artículo 234 CE, por el Landesgericht für Zivilrechtssachen Wien (Austria), destinada a obtener, en el litigio pendiente ante dicho órgano jurisdiccional entre Monika Herbstrith y Republik Österreich, una decisión prejudicial sobre, por una parte, el efecto directo del «Derecho comunitario en materia de igualdad de trato entre hombres y mujeres en el ámbito profesional y, más concretamente, de la Directiva 76/207/CEE del Consejo», de 9 de febrero de 1976, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación y a la promoción profesionales, y a las condiciones de trabajo (DO L 39, p. 40), o los requisitos para la exigencia de responsabilidades a un Estado miembro por los daños causados a los particulares por las violaciones del Derecho comunitario y, por otra parte, «las normas en materia de carga de la prueba establecidas en el artículo 4 de la Directiva 97/80/CE del Consejo, de 15 de diciembre de 1997», relativa a la carga de la prueba en los casos de discriminación por razón de sexo (DO 1998 L 14, p. 6), el Tribunal de Justicia (Sala Tercera), integrado por el Sr. A. Rosas, Presidente de Sala, el Sr. R. Schintgen (Ponente) y la Sra. N. Colneric, Jueces; Abogado General: Sra. J. Kokott; Secretario: Sr. R. Grass, ha dictado el 1 de abril de 2004 un auto en el que se resuelve lo siguiente:
Declarar la inadmisibilidad de la petición de decisión prejudicial planteada por el Landesgericht für Zivilrechtssachen Wien mediante resolución de 7 de abril de 2003.