30.4.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 106/19


Recurso interpuesto el 12 de febrero de 2004 contra la Comisión de las Comunidades Europeas por la República Italiana

(Asunto C-60/04)

(2004/C 106/34)

En el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 12 de febrero de 2004 un recurso contra la Comisión de las Comunidades Europeas formulado por la República Italiana, representado por el Sr. I.M. Braguglia, abogado, en calidad de agente, asistido por el Sr. A. Cingolo, Avvocato dello Stato.

La parte demandante solicita al Tribunal de Justicia que:

Anule la Decisión C(2003) 3971 def. de la Comisión, de 26 de noviembre de 2003, por la que se establece una distribución indicativa entre los Estados miembros de los créditos de compromiso en el marco de las iniciativas comunitarias para el período 1994-1999, notificada a la Representación Permanente de Italia ante la Unión Europea el 26 de noviembre de 2003 mediante escrito del Secretario General de la Comisión SG(2003)D233063.

Anule todos los actos sobre los que se basa dicha Decisión y todos aquellos que sean accesorios a ella.

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

I –   Falta de base jurídica:

I A –

Falta de base jurídica: falta de potestad y, en cualquier caso, incumplimiento de los requisitos para la aplicación del artículo 12 del Reglamento (CEE) no 2052/88 (1) durante la programación anterior

I B1 –

Falta de base jurídica: falta absoluta de potestad para modificar las distribuciones indicativas en la fecha de la nueva Decisión

I B2 –

Falta de base jurídica: falta absoluta de identificación del procedimiento adecuado

II –   Motivación insuficiente y contradictoria de la Decisión impugnada: introducción

II A –

Motivación insuficiente y contradictoria respecto a la elección del procedimiento de comité seguido para la adopción de la Decisión impugnada

II B –

Motivación insuficiente y contradictoria de la Decisión impugnada en relación con la forma de cálculo de la nueva distribución indicativa

II C –

Motivación insuficiente y contradictoria respecto al cuadro de referencia adjunto a la nueva Decisión, distinto del adjunto a la Decisión anterior

II D –

Motivación insuficiente y contradictoria en relación con la fecha de referencia de la evaluación del grado de ejecución de los PIC 1994-1999


(1)  DO L 185, de 15.7.88, p. 9.