7.4.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 87/405


ACTA

(2004/C 87 E/04)

DESARROLLO DE LA SESIÓN

PRESIDENCIA: James L.C. PROVAN

Vicepresidente

1.   Apertura de la sesión

Se abre la sesión a las 10.05 horas.

Intervienen:

Roy Perry, quien se queja de que la Comisión siga sin enviar la información solicitada por el Parlamento sobre la Lloyd's de Londres, a pesar de que el plazo fijado para ello era el 15 de noviembre (el Presidente le sugiere que someta la cuestión a la Conferencia de Presidentes).

Ilda Figueiredo, sobre el 14o aniversario de la adopción por la Asamblea General de las Naciones Unidas de la Convención sobre los Derechos del Niño.

2.   Promoción de la comprensión mutua de las relaciones entre la UE y algunas regiones del mundo no industrializadas * — Promoción de la ciudadanía europea activa * — Igualdad entre hombres y mujeres ***I (debate)

Informe sobre la propuesta de Decisión del Consejo por la que se establece un programa de acción comunitario para los organismos que promueven la comprensión mutua de las relaciones entre la Unión Europea y algunas regiones del mundo no industrializadas (COM(2003) 280 — C5-0350/2003 — 2003/0110(CNS)) — Comisión de Asuntos Exteriores, Derechos Humanos, Seguridad Común y Política de Defensa.

Ponente: Lennart Sacrédeus (A5-0384/2003)

Ponente de opinión (artículo 162 bis del Reglamento): Bárbara Dührkop Dührkop, Comisión BUDG

Informe sobre la propuesta de Decisión del Consejo por la que se establece un programa de acción comunitario para la promoción de la ciudadanía europea activa (civic participation) (COM(2003) 276 — C5-0321/2003 — 2003/0116(CNS)) — Comisión de Libertades y Derechos de los Ciudadanos, Justicia y Asuntos Interiores.

Ponente: Heide Rühle (A5-0368/2003)

Ponente de opinión (artículo 162 bis del Reglamento): Bárbara Dührkop Dührkop, Comisión BUDG

Informe sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un programa de acción comunitario para la promoción de las organizaciones que trabajan a escala europea en el ámbito de la igualdad entre hombres y mujeres (COM(2003) 279 — C5-0261/2003 — 2003/0109(COD)) — Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Oportunidades.

Ponente: Rodi Kratsa-Tsagaropoulou (A5-0396/2003)

Ponente de opinión (artículo 162 bis del Reglamento): Bárbara Dührkop Dührkop, Comisión BUDG

Interviene Neil Kinnock (Vicepresidente de la Comisión).

Lennart Sacrédeus presenta su informe (A5-0384/2003).

Heide Rühle presenta su informe (A5-0368/2003).

Rodi Kratsa-Tsagaropoulou presenta su informe (A5-0396/2003).

Intervienen Bárbara Dührkop Dührkop (ponente de opinión de la Comisión BUDG), Juan Ojeda Sanz (ponente de opinión de la Comisión CULT), Carlos Coelho, en nombre del Grupo PPE-DE, y Véronique De Keyser, en nombre del Grupo PSE.

PRESIDENCIA: Alonso José PUERTA

Vicepresidente

Intervienen Lone Dybkjær, en nombre del Grupo ELDR, Geneviève Fraisse, en nombre del Grupo GUE/NGL, Alima Boumediene-Thiery, en nombre del Grupo Verts/ALE, José Ribeiro e Castro, en nombre del Grupo UEN, Georges Berthu, no inscrito, Astrid Lulling, Adeline Hazan, Olle Schmidt, Ilda Figueiredo, Regina Bastos, María Elena Valenciano Martínez-Orozco, Armonia Bordes, Dana Rosemary Scallon, Lissy Gröner, Carlo Fatuzzo, Christa Prets, Eija-Riitta Anneli Korhola, Ruth Hieronymi y Neil Kinnock.

Se cierra el debate.

Votación: puntos 9, 11 y 12.

PRESIDENCIA: Pat COX

Presidente

3.   Comunicación de la Presidencia

El Presidente comunica que esta mañana se han producido varios atentados en Estambul, dirigidos en particular contra objetivos británicos, como el Consulado del Reino Unido. Señala que ha expresado, en nombre del Parlamento, su más sentido pésame a las familias de las víctimas y manifiesta su solidaridad con las autoridades turcas y la población de Estambul.

El Parlamento guarda un minuto de silencio.

*

* *

PRESIDENCIA: Guido PODESTÀ

Vicepresidente

Interviene John Bowis quien, en nombre de los diputados británicos al Parlamento, agradece al Presidente del Parlamento sus palabras de pésame y se suma a su declaración (el Presidente le responde que transmitirá su mensaje al Presidente).

4.   Bienvenida

El Presidente da la bienvenida, en nombre del Parlamento, a una delegación del Parlamento de la República Kirguisa, encabezada por su vicepresidente, Sooronbay Jeenbekov, que se encuentra en la tribuna oficial.

TURNO DE VOTACIONES

Los resultados detallados de las votaciones (enmiendas, votaciones por separado, votaciones por partes, ...) figuran en el Anexo I, adjunto al Acta.

Interviene Cristiana Muscardini, quien señala, respecto de la propuesta de resolución común RCB5-0479/2003 sobre la Cumbre UE/Rusia, la existencia de divergencias entre algunas versiones lingüísticas, por lo que solicita que la votación de esta propuesta de resolución se aplace hasta el próximo período parcial de sesiones (el Presidente se opone a ello y seña que las distintas versiones lingüísticas se armonizarán de acuerdo con la versión inglesa, que da fe).

5.   Refuerzo de la seguridad marítima (nombramiento de los miembros de una comisión temporal) (votación)

(Mayoría simple requerida)

COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN TEMPORAL SOBRE EL REFUERZO DE LA SEGURIDAD MARÍTIMA

Lista de miembros propuesta por la Conferencia de Presidentes (punto 26 del Acta de 19 de noviembre de 2003)

Aprobado

6.   Propuesta de consulta al Comité Económico y Social sobre la dimensión social de la cultura (artículo 52 del Reglamento)

Propuesta de consulta al Comité Económico y Social — La dimensión social de la cultura

Aprobado.

7.   SIS II (artículo 110 bis del Reglamento) (votación)

Informe que contiene una propuesta de Recomendación del Parlamento Europeo destinada al Consejo sobre el Sistema de Información de Schengen de segunda generación (SIS II) (2003/2180(INI)) — Comisión de Libertades y Derechos de los Ciudadanos, Justicia y Asuntos Interiores.

Ponente: Carlos Coelho (A5-0398/2003)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 1)

PROPUESTA DE RECOMENDACIÓN

Aprobado en votación única (P5_TA(2003)0509)

8.   Acceso al mercado de los servicios portuarios ***III (votación)

Informe sobre el texto conjunto, aprobado por el Comité de Conciliación, de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el acceso al mercado de los servicios portuarios (PE-CONS 3670/2003 — C5-0461/2003 — 2001/0047(COD)) — Delegación del Parlamento Europeo en el Comité de Conciliación.

Ponente: Georg Jarzembowski (A5-0364/2003)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 2)

TEXTO CONJUNTO

Rechazado (P5_TA(2003)0510)

El procedimiento se da así por concluido.

Intervenciones sobre la votación:

Renzo Imbeni, presidente de la delegación del Parlamento en el Comité de Conciliación, realiza una declaración sobre el texto conjunto y el ponente le agradece su gesto.

9.   Igualdad entre hombres y mujeres ***I (votación)

Informe sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un programa de acción comunitario para la promoción de las organizaciones que trabajan a escala europea en el ámbito de la igualdad entre hombres y mujeres (COM(2003) 279 — C5-0261/2003 — 2003/0109(COD)) — Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Oportunidades.

Ponente: Rodi Kratsa-Tsagaropoulou (A5-0396/2003)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 3)

PROPUESTA DE LA COMISIÓN

Aprobado en su versión modificada (P5-TA(2003)0511)

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

Aprobado (P5_TA(2003)0511)

10.   Apoyo a la Misión de Administración Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo (UNMIK) y a la Oficina del Alto Representante en Bosnia y Herzegovina * (votación)

Informe sobre la propuesta de Reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1080/2000 del Consejo, de 22 de mayo de 2000, relativo al apoyo a la Misión de Administración Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo (UNMIK) y a la Oficina del Alto Representante en Bosnia y Herzegovina (OAR) (COM(2003) 389 — C5-0325/2003 — 2003/0143(CNS)) — Comisión de Asuntos Exteriores, Derechos Humanos, Seguridad Común y Política de Defensa.

Ponente: Johannes (Hannes) Swoboda (A5-0390/2003)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 4)

PROPUESTA DE LA COMISIÓN

Aprobado en su versión modificada (P5_TA(2003)00512)

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

Aprobado (P5_TA(2003)00512)

Intervenciones sobre la votación:

Antes de la votación, el ponente recomienda que se apruebe la propuesta de la Comisión.

11.   Promoción de la comprensión mutua de las relaciones entre la UE y algunas regiones del mundo no industrializadas * (votación)

Informe sobre la propuesta de Decisión del Consejo por la que se establece un programa de acción comunitario para los organismos que promueven la comprensión mutua de las relaciones entre la Unión Europea y algunas regiones del mundo no industrializadas (COM(2003) 280 — C5-0350/2003 — 2003/0110(CNS)) — Comisión de Asuntos Exteriores, Derechos Humanos, Seguridad Común y Política de Defensa.

Ponente: Lennart Sacrédeus (A5-0384/2003)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 5)

PROPUESTA DE LA COMISIÓN

Aprobado en su versión modificada (P5_TA(2003)0513)

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

Aprobado (P5_TA(2003)0513)

12.   Promoción de la ciudadanía europea activa * (votación)

Informe sobre la propuesta de Decisión del Consejo por la que se establece un programa de acción comunitario para la promoción de la ciudadanía europea activa (civic participation) (COM(2003) 276 — C5-0321/2003 — 2003/0116(CNS)) — Comisión de Libertades y Derechos de los Ciudadanos, Justicia y Asuntos Interiores.

Ponente: Heide Rühle (A5-0368/2003)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 6)

PROPUESTA DE LA COMISIÓN

Aprobado en su versión modificada (P5_TA(2003)0514)

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

Aprobado (P5_TA(2003)0514)

Intervenciones sobre la votación:

Doris Pack, de acuerdo con el ponente, ha presentado una enmienda oral a la enmienda 37, que ha sido tenida en cuenta al haberse opuesto a ella menos de 32 diputados.

13.   Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes * (votación)

Informe sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la firma, en nombre de la Comunidad Europea, del Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes (COM(2003) 331 — C5-0315/2003 — 2003/0118(CNS)) — Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Política del Consumidor.

Ponente: Pernille Frahm (A5-0371/2003)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 7)

PROPUESTA DE LA COMISIÓN

Aprobado en su versión modificada (P5_TA(2003)0515)

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

Aprobado (P5_TA(2003)0515)

Intervenciones sobre la votación:

Ha intervenido el ponente antes de la votación.

14.   Protocolo de 1998 sobre contaminantes orgánicos persistentes * (votación)

Informe sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración por la Comunidad Europea del Protocolo de 1998 del Convenio de 197 sobre la contaminación atmosférica transfronteriza a gran distancia provocada por contaminantes orgánicos persistentes (COM(2003) 332 — C5-0318/2003 — 2003/0117(CNS)) — Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Política del Consumidor.

Ponente: Pernille Frahm (A5-0372/2003)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 8)

PROPUESTA DE LA COMISIÓN

Aprobado en su versión modificada (P5_TA(2003)0516)

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

Aprobado (P5_TA(2003)0516)

15.   Disposiciones financieras del proyecto de Tratado por el que se instituye una Constitución para Europa (votación)

Propuesta de resolución B5-0482/2003

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 9)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Aprobado (P5_TA(2003)0517)

16.   Euromed (votación)

Propuestas de resolución B5-0471, 0475, 0481, 0484, 0489 y 0511/2003

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 10)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN B5-0471/2003

Rechazado

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN COMÚN RC-B5-0475/2003

(sustituye las B5-0475, 0481, 0484, 0489 y 0511/2003):

presentada por los siguientes diputados:

Francesco Fiori y Philippe Morillon, en nombre del Grupo PPE-DE,

Pasqualina Napoletano, en nombre del Grupo PSE,

Joan Vallvé, en nombre del Grupo ELDR,

Hélène Flautre y Monica Frassoni, en nombre del Grupo Verts/ALE,

Luís Queiró y Cristiana Muscardini, en nombre del Grupo UEN

Aprobado (P5_TA(2003)0518)

17.   Resultado de la Cumbre UE/Rusia (votación)

Propuestas de resolución B5-0479, 0483, 0485, 0486, 0487 y 0488/2003

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 11)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN COMÚN RC-B5-0479/2003

(sustituye las B5-0479, 0483, 0485, 0486 y 0487/2003):

presentada por los siguientes diputados:

Ilkka Suominen, Arie M. Oostlander y Bernd Posselt, en nombre del Grupo PPE-DE,

Enrique Barón Crespo, Reino Paasilinna y Giovanni Claudio Fava, en nombre del Grupo PSE,

Daniel Marc Cohn-Bendit, Monica Frassoni, Elisabeth Schroedter y Bart Staes, en nombre del Grupo Verts/ALE,

Ole Andreasen, Astrid Thors y Paavo Väyrynen, en nombre del Grupo ELDR,

Helmuth Markov, en nombre del Grupo GUE/NGL,

Gerard Collins

Aprobado (P5_TA(2003)0519)

(La propuesta de resolución B5-0488/2003 decae.)

18.   Nuevo marco para las relaciones con nuestros vecinos del Este y del Sur (votación)

Informe sobre una Europa más amplia. Relaciones con los países vecinos: un nuevo marco para las relaciones con nuestros vecinos del Este y del Sur de Europa (COM(2003) 104 — 2003/2018(INI)) — Comisión de Asuntos Exteriores, Derechos Humanos, Seguridad Común y Política de Defensa.

Ponente: Pasqualina Napoletano (A5-0378/2003)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 12)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Aprobado (P5_TA(2003)0520)

Intervenciones sobre la votación:

El ponente ha presentado una enmienda oral a la enmienda 10 y ha intervenido sobre la enmienda 17.

19.   Dimensión septentrional (votación)

Propuestas de resolución B5-0472, 0473, 0474, 0477 y 0480/2003

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 13)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN COMÚN RC-B5-0472/2003

(sustituye las B5-0472, 0473, 0474, 0477 y 0480/2003):

presentada por los siguientes diputados:

Ilkka Suominen y Arie M. Oostlander, en nombre del Grupo PPE-DE,

Reino Paasilinna, Riitta Myller y Ulpu Iivari, en nombre del Grupo PSE,

Paavo Väyrynen, en nombre del Grupo ELDR,

Matti Wuori, Bart Staes, en nombre del Grupo Verts/ALE,

Mogens N.J. Camre, en nombre del Grupo UEN,

Esko Olavi Seppänen, Pernille Frahm, Marianne Eriksson y André Brie, en nombre del Grupo GUE/NGL

Aprobado (P5_TA(2003)0521)

20.   Equipos de defensa (votación)

Segundo informe sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones «Defensa europea — Cuestiones industriales y de mercado — Hacia una política de la UE en materia de equipo de defensa» (COM(2003) 113 — 2003/2096(INI)) — Comisión de Asuntos Exteriores, Derechos Humanos, Seguridad Común y Política de Defensa.

Ponente: Luís Queiró (A5-0370/2003).

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 14)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Aprobado (P5_TA(2003)0522)

Intervenciones sobre la votación:

Johannes (Hannes) Swoboda ha presentado una enmienda oral a la enmienda 2. El ponente ha intervenido sobre esta enmienda oral, que no ha sido aceptada al haberse opuesto más de 32 diputados a que se tomara en consideración.

21.   Proceso de estabilización y asociación a favor de la Europa del Sudeste (votación)

Informe sobre el proceso de estabilización y asociación para la Europa del Sudeste — Segundo informe annual (COM(2003) 139 — 2003/2094(INI)) — Comisión de Asuntos Exteriores, Derechos Humanos, Seguridad Común y Política de Defensa.

Ponente: Joost Lagendijk (A5-0397/2003)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 15)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Aprobado (P5_TA(2003)0523)

22.   Explicaciones de voto

Explicaciones de voto por escrito:

Las explicaciones de voto por escrito, en el sentido del apartado 3 del artículo 137 del Reglamento, figuran en el Acta Literal de la presente sesión.

Explicaciones de voto orales:

Informe Rühle — A5-0368/2003

Ward Beysen

Informe Queiró — A5-0370/2003

Patricia McKenna

Informe Kratsa-Tsagaropoulou — A5-0396/2003

Rodi Kratsa-Tsagaropoulou

Resolución B5-0482/2003

Richard Corbett

23.   Correcciones de voto

Los siguientes diputados han comunicado las correcciones de voto siguientes:

Informe Coelho — A5-0398/2003

a favor: Ursula Stenzel

en contra: Georges Berthu

Informe Jarzembowski — A5-0364/2003

a favor: Jean-Louis Bourlanges, José Ribeiro e Castro, Seán Ó Neachtain, James (Jim) Fitzsimons, Elmar Brok, Diemut R. Theato, Bashir Khanbhai, Liam Hyland, Neil Parish

en contra: Phillip Whitehead

abstención: Renate Sommer

Informe Kratsa-Tsagaropoulou — A5-0396/2003

propuesta modificada

a favor: Gérard Onesta

Informe Rühle — A5-0368/2003

resolución legislativa

a favor: José Ribeiro e Castro, Seán Ó Neachtain, Liam Hyland, James (Jim) Fitzsimons

Constitución para Europa — B5-0482/2003

enmienda 1

a favor: Georges Berthu, Isabelle Caullery

en contra: Renzo Imbeni

Resolución (conjunto)

en contra: Georges Berthu

Euromed — RC-B5-0475/2003

enmiendas 4 + 5

a favor: Nelly Maes

Resolución (conjunto)

a favor: Nelly Maes

Cumbre UE/Rusia — RC-B5-0479/2003

enmienda 1

a favor: Othmar Karas, Paul Rübig, los diputados austriacos del Grupo PPE-DE, Dana Rosemary Scallon

Informe Queiró — A5-0370/2003

enmienda 3

en contra: Othmar Karas

abstención: Hans-Peter Martin

apartado 12

a favor: Othmar Karas, Arlene McCarthy

abstención: Hans-Peter Martin

considerando G

en contra: Harald Ettl

Arlette Laguiller, Armonia Bordes y Chantal Cauquil estaban presentes pero no han participado en la votación de la enmienda 1 y del conjunto de la resolución B5-0482/2003 sobre la Constitución para Europa.

FIN DEL TURNO DE VOTACIONES

(La sesión, suspendida a las 13.15 horas, se reanuda a las 15.00 horas.)

PRESIDENCIA: Alejo VIDAL-QUADRAS ROCA

Vicepresidente

24.   Aprobación del Acta de la sesión anterior

Se aprueba el Acta de la sesión anterior.

25.   Redes y Puntos de información europeos (pregunta oral con debate)

Pregunta oral presentada por Michel Rocard, en nombre de la Comisión CULT, a la Comisión: Redes y Puntos de información europeos

Christa Prets (suplente del autor) desarrolla la pregunta oral.

Neil Kinnock (Vicepresidente de la Comisión) contesta a la pregunta oral.

Intervienen Juan José Bayona de Perogordo, en nombre del Grupo PPE-DE, Olga Zrihen, en nombre del Grupo PSE, Anne André-Léonard, en nombre del Grupo ELDR, Jan Dhaene, en nombre del Grupo Verts/ALE, Roy Perry, Catherine Guy-Quint, Michl Ebner, Reino Paasilinna, Giacomo Santini, Eija-Riitta Anneli Korhola y Neil Kinnock.

Se cierra el debate.

DEBATE SOBRE CASOS DE VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS, DE LA DEMOCRACIA Y DEL ESTADO DE DERECHO

(Para los títulos y autores de las propuestas de resolución, véase Acta del martes, 18 de noviembre de 2003, punto 3.)

26.   Sri Lanka (debate)

De conformidad con el orden del día se procede al debate conjunto de seis propuestas de resolución (B5-0490, 0492, 0495, 0498, 0505 y 0510/2003).

John Walls Cushnahan, Anne André-Léonard, Didier Rod y Erik Meijerpresentan las propuestas de resolución.

Intervienen Thomas Mann, en nombre del Grupo PPE-DE, Véronique De Keyser, en nombre del Grupo PSE, y Neil Kinnock (Vicepresidente de la Comisión).

Se cierra el debate.

Votación: punto 30.

27.   Aceh (debate)

De conformidad con el orden del día se procede al debate conjunto de seis propuestas de resolución (B5-0491, 0496, 0497, 0501, 0507 y 0508/2003).

Linda McAvan, Ulla Margrethe Sandbæk, Anne André-Léonard, John Bowis, Didier Rod y Erik Meijerpresentan las propuestas de resolución.

Interviene Neil Kinnock (Vicepresidente de la Comisión).

Se cierra el debate.

Votación: punto 31.

28.   Viet Nam: Libertad religiosa (debate)

De conformidad con el orden del día se procede al debate conjunto de siete propuestas de resolución (B5-0493, 0494, 0499, 0502, 0503, 0506 y 0509/2003).

Bastiaan Belder presenta la propuesta de resolución B5-0494/2003.

PRESIDENCIA: Ingo FRIEDRICH

Vicepresidente

Anne André-Léonard y Thomas Mann presentan también propuestas de resolución

Intervienen Eija-Riitta Anneli Korhola, en nombre del Grupo PPE-DE, Paulo Casaca, en nombre del Grupo PSE, Olivier Dupuis, no inscrito, Bernd Posselt, Neil Kinnock (Vicepresidente de la Comisión), Olivier Dupuis sobre esta intervención y Neil Kinnock.

Se cierra el debate.

Votación: punto 32.

FIN DEL DEBATE SOBRE CASOS DE VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS, DE LA DEMOCRACIA Y DEL ESTADO DE DERECHO

29.   Orden del día

Tras la reunión de la Conferencia de Presidentes de hoy, el Presidente propone las modificaciones siguientes al orden del día del próximo período parcial de sesiones, los días 3 y 4 de diciembre en Bruselas.

Miércoles, 3 de diciembre

1.

Declaraciones del Consejo y de la Comisión sobre

la preparación del Consejo Europeo, incluida la Cumbre Social y

el informe sobre los progresos realizados en los trabajos de la Conferencia Intergubernalmental

serán objeto de un debate conjunto.

Se han fijado los siguientes plazos de presentación:

Consejo Europeo y Cumbre Social:

propuestas de resolución: jueves, 27 de noviembre, a las 12.00 horas,

enmiendas y propuestas de resolución común: miércoles, 3 de diciembre, a las 12.00 horas;

CIG:

propuestas de resolución: lunes, 1 de diciembre, a las 18.00 horas,

enmiendas y propuestas de resolución común: miércoles, 3 de diciembre, a las 12.00 horas.

2.

En lo que concierne a las declaraciones del Consejo y de la Comisión sobre el papel de la Unión en la prevención de conflictos en África, los plazos de los textos se han prorrogado como sigue:

propuestas de resolución: jueves, 27 de noviembre, a las 12.00 horas,

enmiendas y propuestas de resolución común: lunes, 1 de diciembre, a las 12.00 horas.

3.

En lo que concierne al informe (A5-0401/2003) sobre los contratos y convenios tripartitos, el plazo de presentación de enmiendas queda fijado el jueves, 27 de noviembre, a las 12.00 horas.

4.

Los informes siguientes se han añadido al final del orden del día del miércoles:

* Christa Randzio-Plath (Comisión ECON) sobre los tipos reducidos del IVA para el que el plazo de presentación de enmiendas queda fijado el lunes, 1 de diciembre, a las 12.00 horas,

2 informes Göran Färm (Comisión BUDG) sobre los presupuestos rectificativos no 7 y 8/2003 relativos, por una, parte a los Fondos Estructurales (procedimiento en curso) y, por otra, a la concesión de créditos presupuestarios (Frontloading).

Los plazos de presentación se han fijado como sigue:

enmiendas a los presupuestos rectificativos: lunes, 24 de noviembre, a las 12.00 horas,

enmiendas a las propuestas de resolución contenidas en los informes Göran Färm martes, 2 de diciembre, a las 12.00 horas.

Jueves, 4 de diciembre

Los informes siguientes se han añadido al turno de votaciones:

De conformidad con el apartado 1 del artículo 158:

* Luis Berenguer Fuster (A5-0403/2003) sobre la celebración de un acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y el Reino de Marruecos,

* Luis Berenguer Fuster (A5-0404/2003) sobre la celebración de un acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y la República de Túnez.

De conformidad con el apartado 2 del artículo 158:

***I Luis Berenguer Fuster (A5-0395/2003) sobre la cooperación financiera y técnica con los territorios ocupados.

De conformidad con el artículo 110 bis:

***I Giacomo Santini (A5-0405/2003) sobre la migración y el asilo (programa de asistencia financiera y técnica a los terceros países) para el que el plazo de presentación de enmiendas ha quedado fijado el jueves, 27 de noviembre, a las 12.00 horas.

El Parlamento da su aprobación a estas modificaciones.

TURNO DE VOTACIONES

Los resultados detallados de las votaciones (enmiendas, votaciones por separado, votaciones por partes, ...) figuran en el Anexo I, adjunto al Acta.

30.   Sri Lanka (votación)

Propuestas de resolución B5-0490, 0492, 0495, 0498, 0505 y 0510/2003

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 16)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN COMÚN RC-B5-0490/2003

(sustituye las B5-0490, 0492, 0495, 0498, 0505 y 0510/2003):

presentada por los siguientes diputados:

John Walls Cushnahan, Geoffrey Van Orden, Thomas Mann, Philip Charles Bradbourn y Bernd Posselt, en nombre del Grupo PPE-DE,

Margrietus J. van den Berg y Maria Carrilho, en nombre del Grupo PSE,

Ole Andreasen, en nombre del Grupo ELDR,

Didier Rod, Reinhold Messner y Jean Lambert, en nombre del Grupo Verts/ALE,

Luigi Vinci, en nombre del Grupo GUE/NGL,

Gerard Collins, en nombre del Grupo UEN

Aprobado (P5_TA(2003)0524)

Intervenciones sobre la votación:

John Walls Cushnahan ha propuesto una enmienda oral al apartado 1, que ha sido aceptada.

31.   Aceh (votación)

Propuestas de resolución B5-0491, 0496, 0497, 0501, 0507 y 0508/2003

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 17)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN COMÚN RC-B5-0491/2003

(sustituye las B5-0491, 0496, 0497, 0501, 0507 y 0508/2003):

presentada por los siguientes diputados:

John Bowis y Charles Tannock, en nombre del Grupo PPE-DE,

Margrietus J. van den Berg y Linda McAvan, en nombre del Grupo PSE,

Ole Andreasen, en nombre del Grupo ELDR,

Didier Rod, Matti Wuori, Nelly Maes y Patricia McKenna, en nombre del Grupo Verts/ALE,

Giuseppe Di Lello Finuoli, en nombre del Grupo GUE/NGL,

Ulla Margrethe Sandbæk, en nombre del Grupo EDD

Aprobado (P5_TA(2003)0525)

32.   Viet Nam: Libertad religiosa (votación)

Propuestas de resolución B5-0493, 0494, 0499, 0502, 0503, 0506 y 0509/2003

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 18)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN RC-B5-0493/2003

(sustituye las B5-0493, 0494, 0499, 0502, 0503, 0506 y 0509/2003):

presentada por los siguientes diputados:

Hartmut Nassauer, Bernd Posselt y Thomas Mann, en nombre del Grupo PPE-DE,

Margrietus J. van den Berg, en nombre del Grupo PSE,

Anne André-Léonard, en nombre del Grupo ELDR,

Patricia McKenna, en nombre del Grupo Verts/ALE,

Luisa Morgantini, en nombre del Grupo GUE/NGL,

Cristiana Muscardini y Roberta Angelilli, en nombre del Grupo UEN,

Bastiaan Belder, en nombre del Grupo EDD,

Emma Bonino, Marco Cappato, Gianfranco Dell'Alba, Benedetto Della Vedova, Olivier Dupuis, Marco Pannella y Maurizio Turco

Aprobado (P5_TA(2003)0526)

Intervenciones sobre la votación:

Ioannis Patakis sobre el resultado de la votación.

FIN DEL TURNO DE VOTACIONES

33.   Presentación de documentos

Los siguientes documentos han sido presentados:

por el Consejo y la Comisión:

Propuesta de transferencia de créditos A.II.1/2003 entre capítulos de la Sección III — Comisión — Parte A — del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2003 (SEC(2003) 322 — C5-0545/2003 — 2003/2220(GBD))

remitido

fondo: BUDG

fundamento jurídico:

Artículo 274 TCE

Propuesta de transferencia de créditos 39/2003 entre capítulos de la Sección III — Comisión — Parte B — del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2003 (SEC(2003) 323 — C5-0546/2003 — 2003/2219(GBD))

remitido

fondo: BUDG

fundamento jurídico:

Artículo 274 TCE

Propuesta de Reglamento del Consejo que modifica el Reglamento (CE) no 2792/1999 por el que se definen las modalidades y condiciones de las intervenciones con finalidad estructural en el sector de la pesca (COM(2003) 658 — C5-0547/2003 — 2003/0261(CNS))

remitido

fondo: PECH

 

opinión: BUDG

fundamento jurídico:

Artículo 36 TC, Artículo 37 TCE

Propuesta de Decisión del Parlamento europeo y del Consejo que modifica la Decisión 1419/1999/CE por la que se establece una acción comunitaria en favor de la manifestación «Capital europea de la cultura» para los años 2005 a 2019 (COM(2003) 700 — C5-0548/2003 — 2003/0274(COD))

remitido

fondo: CULT

fundamento jurídico:

artículo 151, apartado 5 TCE

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos (COM(2003) 689 — C5-0549/2003 — 2003/0272(COD))

remitido

fondo: ENVI

 

opinión: JURI, ITRE, AGRI

fundamento jurídico:

Artículo 95 TCE

Propuesta de transferencia de créditos 42/2003 entre capítulos de la Sección III — Comisión — Parte B — del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2003 (SEC(2003) 324 — C5-0552/2003 — 2003/2223(GBD))

remitido

fondo: BUDG

fundamento jurídico:

Artículo 274 TCE

Propuesta de transferencia de créditos 43/2003 entre capítulos de la Sección III — Comisión — Parte B — del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2003 (SEC(2003) 337 — C5-0553/2003 — 2003/2224(GBD))

remitido

fondo: BUDG

fundamento jurídico:

Artículo 274 TCE

Dictamen del Consejo sobre la propuesta de transferencia de créditos 31/2003 entre capítulos de la Sección III — Comisión — Parte A — del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2003 (C5-0554/2003 — C5-0554/2003 — 2003/2192(GBD))

remitido

fondo: BUDG

fundamento jurídico:

Artículo 274 TCE

Dictamen del Consejo sobre la propuesta de transferencia de créditos 32/2003 entre capítulos de la Sección III — Comisión — Parte B — del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2003 (C5-0555/2003 — C5-0555/2003 — 2003/2193(GBD))

remitido

fondo: BUDG

fundamento jurídico:

Artículo 274 TCE

Dictamen del Consejo sobre la propuesta de transferencia de créditos 33/2003 entre capítulos de la Sección III — Comisión — Parte B — del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2003 (C5-0556/2003 — C5-0556/2003 — 2003/2194(GBD))

remitido

fondo: BUDG

fundamento jurídico:

Artículo 274 TCE

Propuesta de Directiva del Consejo relativa a la expedición de un permiso de residencia de corta duración a las víctimas de la ayuda a la inmigración ilegal o de la trata de seres humanos que cooperen con las autoridades competentes (14432/2003 — C5-0557/2003 — 2002/0043(CNS))

remitido

fondo: LIBE

 

opinión: JURI, FEMM

fundamento jurídico:

Artículo 63 párrafo 1 TCE

34.   Verificación de credenciales

A propuesta de la Comisión JURI, el Parlamento decide validar los mandatos de María Luisa Bergaz Conesa, Giorgio Calò, Raquel Cardoso, Juan Manuel Ferrández Lezaun y Ian Twinn.

35.   Composición de las comisiones y delegaciones

A petición de los Grupos PPE-DE y PSE, el Parlamento ratifica los siguientes nombramientos:

Comisión CONT: Eluned Morgan en sustitución de Arlene McCarthy,

Comisión LIBE: Ian Twinn.

36.   Autorización para elaborar un informe de iniciativa — Cooperación entre comisiones parlamentarias

Elaboración de informes de iniciativa, de conformidad con el artículo 49 del Reglamento

Comisión AFET

Política de la Unión Europea respecto al Cáucaso meridional (B5-0429/2003 — 2003/2225 (INI))

Relaciones entre la Unión Europea y Rusia (B5-0438/2003 — 2003/2230(INI))

Derechos de los presos de Guantánamo a un juicio justo (B5-0426/2003 — 2003/2229(INI))

Cooperación entre las comisiones parlamentarias

El artículo 162 bis del Reglamento se aplica al informe siguiente:

De la Comisión ENVI:

Reglamento del Parlamento y del Consejo relativo a las alegaciones nutricionales y de propiedades saludables relativas a los productos alimenticios (modificación de la Directiva 2000/13/CE) (COM(2003) 424 — C5-0329/2003 — 2003/0165(COD))

Procedimiento de conformidad con el artículo 162 bis entre ENVI y JURI

(Tras la decisión de la Conferencia de Presidentes del 13 de noviembre de 2003)

Decisión de elaborar un informe, de conformidad con el artículo 181 del Reglamento

Comisión AFCO:

Estatuto y financiación de los partidos políticos europeos (modificación del Reglamento del PE) (Tras la decisión de la Conferencia de Presidentes del 23 octobre 2003 (2003/2205(REG))

37.   Declaraciones inscritas en el registro (artículo 51 del Reglamento)

Número de firmas recogidas por las declaraciones inscritas en el Registro (apartado 3 del artículo 51 del Reglamento):

No de documento

Autor

Firmas

16/2003

Othmar Karas

58

17/2003

Struan Stevenson, Bob van den Bos, Nelly Maes, Mihail Papayannakis y Phillip Whitehead

213

18/2003

André Brie, Willi Görlach, Joost Lagendijk y Philippe Morillon

42

19/2003

Marie Anne Isler Béguin y Alexander de Roo

34

20/2003

Philip Claeys y Koenraad Dillen

12

21/2003

María Sornosa Martínez

26

22/2003

Jean-Claude Martinez, Carl Lang, Bruno Gollnisch y Marie-France Stirbois

6

23/2003

Mark Francis Watts, Catherine Stihler y Phillip Whitehead

60

24/2003

Cristiana Muscardini

45

25/2003

Marie Anne Isler Béguin, Inger Schörling, Paul A.A.J.G. Lannoye, Gérard Onesta y Yves Piétrasanta

15

26/2003

Caroline Lucas, Ulla Margrethe Sandbæk y Pernille Frahm

20

27/2003

Marco Cappato y Daniel Marc Cohn-Bendit

36

28/2003

Sebastiano (Nello) Musumeci, Cristiana Muscardini, Mauro Nobilia y Adriana Poli Bortone

10

38.   Transmisión de los textos aprobados por el Parlamento durante la presente sesión

De conformidad con el apartado 2 del artículo 148 del Reglamento, el Acta de la presente sesión se someterá a la aprobación del Parlamento a primera hora de la tarde de la próxima sesión.

Con el acuerdo del Parlamento, se iniciará la transmisión de los textos aprobados a sus respectivos destinatarios.

39.   Calendario de las próximas sesiones

Las próximas sesiones se celebrarán los días 3 y 4 de diciembre de 2003.

40.   Interrupción del período de sesiones

Se interrumpe el período de sesiones del Parlamento Europeo.

Se levanta la sesión a las 17.20 horas.

Julian Priestley

Secretario General

David W. Martin

Vicepresidente


LISTA DE ASISTENCIA

Han firmado:

Aaltonen, Abitbol, Adam, Nuala Ahern, Ainardi, Almeida Garrett, Alyssandrakis, Andersen, Andersson, Andreasen, André-Léonard, Andria, Aparicio Sánchez, Arvidsson, Atkins, Attwooll, Auroi, Averoff, Avilés Perea, Ayuso González, Bakopoulos, Balfe, Baltas, Banotti, Barón Crespo, Bartolozzi, Bastos, Bayona de Perogordo, Beazley, Bébéar, Belder, Berend, Berenguer Fuster, van den Berg, Bergaz Conesa, Berger, Berlato, Bernié, Berthu, Beysen, Blokland, Böge, Bösch, von Boetticher, Bonde, Bordes, Borghezio, Boudjenah, Boumediene-Thiery, Bourlanges, Bouwman, Bowe, Bowis, Bradbourn, Bremmer, Breyer, Brok, Buitenweg, Bullmann, Bushill-Matthews, Busk, Butel, Callanan, Calò, Camisón Asensio, Campos, Camre, Cappato, Cardoso, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Caudron, Caullery, Cauquil, Cederschiöld, Cercas, Cerdeira Morterero, Ceyhun, Chichester, Claeys, Cocilovo, Coelho, Cohn-Bendit, Collins, Colom i Naval, Corbett, Corbey, Cornillet, Corrie, Cox, Crowley, Cushnahan, van Dam, Dary, Daul, Davies, De Clercq, Dehousse, De Keyser, Dell'Alba, De Mita, Deprez, De Rossa, De Sarnez, Descamps, Désir, Deva, De Veyrac, Dhaene, Díez González, Di Lello Finuoli, Dillen, Dimitrakopoulos, Di Pietro, Doorn, Dover, Doyle, Dührkop Dührkop, Duff, Duhamel, Duin, Dupuis, Dybkjær, Ebner, El Khadraoui, Elles, Esclopé, Ettl, Färm, Farage, Fava, Ferber, Fernández Martín, Ferrández Lezaun, Ferreira, Figueiredo, Fiori, Fitzsimons, Flautre, Flemming, Flesch, Florenz, Folias, Ford, Formentini, Foster, Fourtou, Frahm, Fraisse, Frassoni, Friedrich, Fruteau, Gahler, Gahrton, Garaud, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Garot, Garriga Polledo, Gasòliba i Böhm, de Gaulle, Gebhardt, Gemelli, Ghilardotti, Gill, Gillig, Gil-Robles Gil-Delgado, Glante, Glase, Gobbo, Goepel, Görlach, Gollnisch, Gomolka, Goodwill, Gorostiaga Atxalandabaso, Gouveia, Graça Moura, Gröner, Grönfeldt Bergman, Grosch, Grossetête, Guy-Quint, Hänsch, Hager, Hannan, Hansenne, Harbour, Hatzidakis, Haug, Hazan, Heaton-Harris, Hedkvist Petersen, Helmer, Hermange, Hernández Mollar, Herzog, Hieronymi, Honeyball, Hortefeux, Howitt, Hudghton, Hughes, Huhne, van Hulten, Hyland, Iivari, Ilgenfritz, Imbeni, Inglewood, Isler Béguin, Izquierdo Collado, Izquierdo Rojo, Jarzembowski, Jeggle, Jöns, Jonckheer, Jové Peres, Junker, Karas, Karlsson, Kastler, Katiforis, Kaufmann, Keppelhoff-Wiechert, Keßler, Khanbhai, Kindermann, Glenys Kinnock, Klamt, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Korhola, Koukiadis, Koulourianos, Krarup, Kratsa-Tsagaropoulou, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kronberger, Kuhne, Lage, Lagendijk, Laguiller, Lalumière, Lamassoure, Lang, Lange, Langen, Langenhagen, Lannoye, de La Perriere, Laschet, Lechner, Lehne, Leinen, Liese, Linkohr, Lipietz, Lisi, Lulling, Lund, Lynne, Maat, Maaten, McAvan, McCarthy, McCartin, MacCormick, McKenna, McMillan-Scott, McNally, Maes, Malliori, Manders, Manisco, Erika Mann, Thomas Mann, Marinho, Markov, Marset Campos, David W. Martin, Hans-Peter Martin, Hugues Martin, Martinez, Martínez Martínez, Mastorakis, Mathieu, Matikainen-Kallström, Mauro, Hans-Peter Mayer, Xaver Mayer, Medina Ortega, Meijer, Menéndez del Valle, Mennitti, Menrad, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Modrow, Mombaur, Monsonís Domingo, Montfort, Moraes, Morgantini, Morillon, Müller, Mulder, Murphy, Muscardini, Myller, Naïr, Napoletano, Napolitano, Naranjo Escobar, Nassauer, Nicholson, Nicholson of Winterbourne, Niebler, Nisticò, Nobilia, Nordmann, Ojeda Sanz, Ó Neachtain, Onesta, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Ortuondo Larrea, O'Toole, Paasilinna, Pannella, Parish, Pasqua, Pastorelli, Patakis, Patrie, Pérez Álvarez, Pérez Royo, Perry, Pesälä, Piecyk, Piétrasanta, Pirker, Pittella, Plooij-van Gorsel, Poettering, Pohjamo, Poignant, Pomés Ruiz, Poos, Posselt, Prets, Pronk, Provan, Puerta, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Randzio-Plath, Rapkay, Raschhofer, Raymond, Read, Ribeiro e Castro, Ries, Riis-Jørgensen, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rocard, Rod, Rodríguez Ramos, de Roo, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Rübig, Rühle, Ruffolo, Sacconi, Sacrédeus, Saint-Josse, Sakellariou, Salafranca Sánchez-Neyra, Sandbæk, Santini, dos Santos, Sartori, Sauquillo Pérez del Arco, Scallon, Scarbonchi, Schaffner, Scheele, Schierhuber, Schleicher, Gerhard Schmid, Olle Schmidt, Schmitt, Schörling, Ilka Schröder, Jürgen Schröder, Schroedter, Schulz, Schwaiger, Seppänen, Sjöstedt, Skinner, Smet, Soares, Sörensen, Sommer, Sornosa Martínez, Souladakis, Sousa Pinto, Staes, Stauner, Stenmarck, Stenzel, Sterckx, Stevenson, Stihler, Stockmann, Stockton, Sudre, Sumberg, Suominen, Swiebel, Swoboda, Sørensen, Tajani, Tannock, Theato, Theorin, Thomas-Mauro, Thorning-Schmidt, Thyssen, Titley, Trakatellis, Trentin, Turchi, Turmes, Twinn, Vachetta, Väyrynen, Vairinhos, Valdivielso de Cué, Valenciano Martínez-Orozco, Vallvé, Van Lancker, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Vatanen, van Velzen, de Veyrinas, Vidal-Quadras Roca, Villiers, Virrankoski, Vlasto, Voggenhuber, Volcic, Wachtmeister, Wallis, Walter, Watson, Watts, Weiler, Wenzel-Perillo, Whitehead, Wiersma, Wijkman, von Wogau, Wuermeling, Wuori, Wurtz, Wyn, Wynn, Zabell, Zacharakis, Zappalà, Zimeray, Zimmerling, Zissener, Zorba, Zrihen.

Observadores

Bagó Zoltán, Bastys Mindaugas, Chronowski Andrzej, Ciemniak Grażyna, Cilevičs Boriss, Demetriou Panayiotis, Fazakas Szabolcs, Filipek Krzysztof, Gałażewski Andrzej, Gawłowski Andrzej, Giertych Maciej, Grabowska Genowefa, Gruber Attila, Grzebisz-Nowicka Zofia, Gyürk András, Heriban Jozef, Holáň Vilém, Jaskiernia Jerzy, Kelemen András, Kiršteins Aleksandrs, Klukowski Wacław, Kolář Robert, Kowalska Bronisława, Kriščiūnas Kęstutis, Kroupa Daniel, Kuzmickas Kęstutis, Kvietkauskas Vytautas, Landsbergis Vytautas, Lepper Andrzej, Libicki Marcin, Lisak Janusz, Lydeka Arminas, Łyżwiński Stanisław, Maldeikis Eugenijus, Mallotová Helena, Manninger Jenő, Matsakis Marios, Mavrou Eleni, Őry Csaba, Palečková Alena, Pasternak Agnieszka, Pęczak Andrzej, Pieniążek Jerzy, Plokšto Artur, Podgórski Bogdan, Protasiewicz Jacek, Pusz Sylwia, Surján László, Szczygło Aleksander, Szent-Iványi István, Tabajdi Csaba, Tomaka Jan, Tomczak Witold, Vaculík Josef, Valys Antanas, Vareikis Egidijus, Vastagh Pál, Vella George, Vėsaitė Birutė, Widuch Marek, Wikiński Marek, Wiśniowska Genowefa, Wittbrodt Edmund, Záborská Anna, Żenkiewicz Marian.


ANEXO I

RESULTADOS DE LAS VOTACIONES

Significado de abreviaturas y símbolos

+

aprobado

-

rechazado

decae

R

retirado

VN (..., ..., ...)

votación nominal (a favor, en contra, abstenciones)

VE (..., ..., ...)

votación electrónica (a favor, en contra, abstenciones)

vp

votación por partes

vs

votación por separado

enm.

enmienda

ET

enmienda de transacción

PC

parte correspondiente

S

enmienda de supresión

=

enmiendas idénticas

§

apartado

art.

artículo

cons.

considerando

PR

propuesta de resolución

PRC

propuesta de resolución común

SEC

voto secreto

1.   SIS II

Informe: COELHO (A5-0398/2003)

Objeto

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

votación única

VN

+

354, 56, 28

Solicitudes de votación nominal

PPE-DE: votación final

2.   Acceso al mercado de los servicios portuarios ***III

Informe: JARZEMBOWSKI (A5-0364/2003)

Objeto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

votación: texto conjunto

VN

-

209, 229, 16

Solicitudes de votación nominal

PSE, Verts/ALE, GUE/NGL, EDD: votación final

3.   Igualdad entre hombres y mujeres ***I

Informe: KRATSA-TSAGAROPOULOU (A5-0396/2003)

Objeto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

subvención de funcionamiento

22

PPE-DE

vs

+

 

24

PPE-DE

vs

-

 

26

PPE-DE

vs

-

 

29

PPE-DE

vs

-

 

37

PPE-DE

vs

-

 

38

PPE-DE

vs

-

 

39

PPE-DE

vs

-

 

1

comisión

vs

 

5

comisión

VE

+

235, 201, 9

Lobby europeo de mujeres — cambio al anexo de la Decisión

23

PPE-DE

vs

-

 

25

PPE-DE

vs

-

 

28

PPE-DE

vs

-

 

30

PPE-DE

vs

-

 

31

PPE-DE

vs

-

 

2

comisión

vs

+

 

4

comisión

vs

+

 

6

comisión

VN

+

264, 178, 18

7

comisión

VN

+

239, 205, 14

ámbito de actividad de las organizaciones

32

PPE-DE

vs

-

 

33

PPE-DE

vs

-

 

34

PPE-DE

vs

-

 

35

PPE-DE

vs

-

 

17

comisión

vs

+

 

18

comisión

vs

+

 

duración del programa y asignación presupuestaria

8

comisión

vs

+

 

9

comisión

VE

+

237, 213, 4

10

comisión

vs

+

 

11

comisión

vs

+

 

 

19

comisión

VE

+

239, 200, 7

resto del texto

3

comisión

vs

+

 

12

comisión

vs

+

 

13

comisión

vs

+

 

14

comisión

vs

+

 

16

comisión

vs

+

 

20

comisión

vs

+

 

21

PPE-DE

vs

-

 

27

PPE-DE

VE

+

253, 176, 25

36

PPE-DE

vs

 

votación: propuesta modificada

VN

+

243, 79, 139

votación: resolución legislativa

 

+

 

La enmienda 15 no afecta a todas las versiones lingüísticas y, por lo tanto, no será sometida a votación (véase la letra d) del apartado 1 del artículo 140 del Reglamento).

bloque 1 = ams 22, 24, 26, 29, 37, 38 y 39

bloque 2 = enmiendas 23, 25, 28, 30 y 31

bloque 3 = enmiendas 32, 33, 34, y 35

bloque 4 = enmiendas 8, 9, 10, y 11

Solicitudes de votación nominal

PPE-DE: enms. 6, 7, propuesta modificada

Solicitudes de votación por separado

PSE: todas las enmiendas

Verts/ALE: enms. 7, 23, 25, 28, 30, 31

4.   Apoyo a la Misión de Administración Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo (UNMIK) y a la Oficina del Alto Representante en Bosnia y Herzegovina *

Informe: SWOBODA (A5-0390/2003)

Objeto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

enmiendas de la comisión competente

1

comisión

 

+

 

después del art. 1

4 =

6 =

comisión

PSE

 

+

 

2

comisión

 

R

 

5 =

7 =

comisión

PSE

 

+

 

3

comisión

 

R

 

votación: propuesta modificada

 

+

 

votación: resolución legislativa

 

+

 

5.   Promoción de la comprensión mutua de las relaciones entre la UE y algunas regiones del mundo no industrializadas *

Informe: SACRÉDEUS (A5-0384/2003)

Objeto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

enmiendas de la comisión competente — votación en bloque

1-8

10-13

15

comisión

 

+

 

art. 4, después del § 1

16

PPE-DE

 

+

 

9

comisión

 

 

art. 4, § 2

17

PPE-DE

 

+

 

art. 8

18 S

PPE-DE

 

R

 

14

comisión

 

+

 

anexo, punto 3

19

PPE-DE

 

+

 

votación: propuesta modificada

 

+

 

votación: resolución legislativa

 

+

 

6.   Promoción de la ciudadanía europea activa *

Informe: RÜHLE (A5-0368/2003)

Objeto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

enmiendas de la comisión competente — votación en bloque

1-6

8-17

19-50

comisión

 

+

 

después del cons. 10

51

PSE

 

+

 

7

comisión

 

 

votación: propuesta modificada

 

+

 

votación: resolución legislativa

VN

+

371, 62, 10

La enmienda 18 no afecta a todas las versiones lingüísticas y, por lo tanto, no será sometida a votación (véase la letra d) del apartado 1 del artículo 140 del Reglamento).

Solicitudes de votación nominal

PPE-DE: votación final

La Sra. Pack ha presentado una enmienda oral, en nombre del Grupo PPE-DE, para incluir los términos «red de Casas de Europa» en la enmienda 37.

El Presidente ha constatado que menos de 32 diputados se oponían a la toma en consideración de esta enmienda oral, que ha sido tenida en cuenta.

7.   Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes *

Informe: FRAHM (A5-0371/2003)

Objeto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

enmiendas de la comisión competente — votación en bloque

1-2

comisión

 

+

 

enmiendas de la comisión competente — votación por separado

3

comisión

vs

+

 

4

comisión

vs

+

 

votación: propuesta modificada

 

+

 

votación: resolución legislativa

 

+

 

Solicitudes de votación por separado

PPE-DE: enms. 3, 4

8.   Protocolo de 1998 sobre contaminantes orgánicos persistentes *

Informe: FRAHM (A5-0372/2003)

Objeto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

enmiendas de la comisión competente — votación en bloque

1-2

comisión

 

+

 

enmiendas de la comisión competente — votación por separado

3

comisión

vs

+

 

4

comisión

vs

+

 

votación: propuesta modificada

 

+

 

votación: resolución legislativa

 

+

 

Solicitudes de votación por separado

PPE-DE: enms. 3, 4

9.   Disposiciones financieras del proyecto de Tratado por el que se instituye una Constitución para Europa

Propuesta de resolución: B5-0482/2003

Objeto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

Propuesta de resolución (B5-0482/2003)

§ 1

2

PPE-DE

VE

-

188, 250, 9

cons. D

1

EVANS y otros

VN

-

123, 306, 7

votación: resolución (conjunto)

VN

+

360, 70, 14

Solicitudes de votación nominal

ELDR: votación final

EVANS y otros: enm. 1

10.   Euromed

Propuestas de resolución: B5-0471, 0475, 0481, 0484, 0489, 0511/2003

Objeto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

propuestas de resolución de los grupos políticos

B5-0471/2003

 

GUE/NGL

 

-

 

propuesta de resolución común — RC5-0475/2003

(PPE-DE, PSE, ELDR, Verts/ALE, UEN)

§ 10

 

texto original

vp/VN

 

 

1

+

430, 7, 10

2

+

235, 196, 14

§ 11

 

texto original

VN

+

244, 173, 34

después del § 12

1

GUE/NGL

VN

-

103, 342, 9

§ 13

2

GUE/NGL

VN

-

70, 369, 13

6

Verts/ALE

VN

-

95, 345, 13

3

PSE

vp

 

 

1/VE

-

194, 242, 7

2/VE

+

285, 155, 6

3/VE

+

218, 212, 9

§

texto original

vp/VN

 

 

1

+

345, 90, 15

2

 

3

 

§ 14

 

texto original

vs

+

 

después del § 21

4 =

5 =

PSE

GUE/NGL

VN

+

273, 158, 13

votación: resolución (conjunto)

VN

+

414, 9, 22

propuestas de resolución de los grupos políticos

B5-0475/2003

PSE

 

 

B5-0481/2003

PPE-DE

 

 

B5-0484/2003

Verts/ALE

 

 

B5-0489/2003

ELDR

 

 

B5-0511/2003

UEN

 

 

Solicitudes de votación por partes

PPE-DE

§ 10

1a parte:«Lamenta los obstáculos ... países socios»

2a parte:«manifiesta en este sentido ... casos respectivos»

PSE, Verts/ALE

§ 13

1a parte:«Exhorta a los países ... sur de Italia»

2a parte:«considera que la asociación ... financiera necesaria»

GUE/NGL

§ 13 y enm. 3

1a parte:«Exhorta a los países ... socios mediterráneos»

2a parte: «manifiesta a este respecto ... sur de Italia»

3a parte:«considera que la asociación ... financiera necesaria»

Solicitudes de votación por separado

GUE/NGL: §§ 13, 14

PPE-DE: § 11

Solicitudes de votación nominal

Verts/ALE: § 6, 13, voto final

GUE/NGL: enm. 1, 2, 4/5, §§ 10, 11

UEN: §§ 10, 11

11.   Cumbre UE/Rusia

Propuestas de resolución: B5-0479, 0483, 0485, 0486, 0487et 0488/2003

Objeto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

propuesta de resolución común — RC5-0479/2003

(PPE-DE, PSE, ELDR, Verts/ALE, GUE/NGL, Sr. Collins)

§ 7

1

Verts/ALE

VN

-

120, 302, 16

§ 9

2

GUE/NGL

 

-

 

después del § 9

3

GUE/NGL

 

-

 

4

GUE/NGL

 

-

 

§ 13

 

texto original

vs

+

 

§ 17

 

texto original

vs

+

 

§ 19

 

texto original

vs

+

 

votación: resolución (conjunto)

 

+

 

propuestas de resolución de los grupos políticos

B5-0479/2003

 

PPE-DE

 

 

B5-0483/2003

 

PSE

 

 

B5-0485/2003

 

Verts/ALE

 

 

B5-0486/2003

 

ELDR

 

 

B5-0487/2003

 

GUE/NGL

 

 

B5-0488/2003

 

UEN

 

 

Solicitudes de votación por separado

PPE-DE, UEN: § 13

Verts/ALE: §§ 17, 19

Solicitudes de votación nominal

Verts/ALE: enm. 1

12.   Nuevo marco para las relaciones con nuestros vecinos del Este y del Sur

Informe: NAPOLETANO (A5-0378/2003)

Objeto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

§ 2

15

ELDR

 

-

 

§ 3

16

ELDR

 

-

 

§ 6

21

PPE-DE

 

+

como añadido

§ 10

20

ELDR

VE

+

215, 163, 7

§ 11

17

ELDR

 

+

añadido al final del § 13

§ 12

4 S

Verts/ALE

 

-

 

§ 13

18

ELDR

 

-

 

§ 14

19

ELDR

 

-

 

§ 15

22

PSE

 

R

 

24

PSE

 

+

 

§ 17

 

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

+

 

§ 18, después del guión 2

23

PSE

vp

 

 

1

+

 

2

-

 

§ 18, guión 3

27

PSE

 

+

 

§ 18, después del guión 4

5

Verts/ALE

 

-

 

§ 19, después del guión 2

25

PSE

 

+

 

§ 22

29

Verts/ALE

 

-

 

6

Verts/ALE

 

-

 

§ 23

7

Verts/ALE

VE

+

209, 172, 4

después del § 23

26

PSE

 

+

 

§ 26

8

Verts/ALE

 

-

 

§ 28

9

Verts/ALE

 

-

 

§ 29

10

Verts/ALE

 

+

modificada oralmente

§ 35

11

Verts/ALE

 

-

 

§ 40

28

PSE

 

+

 

§ 47

12

Verts/ALE

 

-

 

§ 48

13

Verts/ALE

 

-

 

§ 49, guión 4

 

texto original

vs

+

 

§ 50

 

texto original

vs

-

 

§ 51

14

Verts/ALE

 

+

 

cons. A

 

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

+

 

cons. C

1

Verts/ALE

 

+

 

cons. D

2

Verts/ALE

 

+

 

cons. I

3S

Verts/ALE

VE

+

203, 164, 9

cons. J

 

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

+

 

votación: resolución (conjunto)

 

+

 

Solicitudes de votación por partes

PSE

enm. 23

1a parte:«Se congratula ... integrador del país»

2a parte:«y considera que ... a la adhesión»

§ 17

1a parte:«Considera que ... regional en el Sur»

2a parte:«para los Estados limítrofes ... causa de las diferencias»

Verts/ALE

cons. A

1a parte:«Considerando que la UE ... gran zona común»

2a parte:«y contribuir así ... basado en el multilateralismo»

cons. J

1a parte:«Considerando que la prevención ... seguridad europea»

2a parte:«y valorando positivamente ... de las PESC»

Solicitudes de votación por separado

PPE-DE: § 50

PSE: § 50

Verts/ALE: §§ 49 — guión 4, 50

Varios

Texto de la enmienda 20: reemplazar «EEE» por «AELC»

El Presidente ha señalado que la enmienda 21 se debía considerar como un añadido.

El Grupo PSE ha retirado su enmienda 22

El ponente, en nombre del Grupo PSE, ha propuesto una enmienda oral a la enmienda 10 para redactarla de la siguiente manera: «la política de vecindad tiene como objetivo, entre otros ... prosperidad compartida». El Sr. Presidente ha constatado que no había oposición a que se tomara en consideración esta enmienda, que ha sido tenida en cuenta.

El ponente ha propuesto añadir la enmienda 17 al final del § 13. El Parlamento da su conformidad.

13.   Dimensión Septentrional

Propuestas de resolución: B5-0472, 0473, 0474, 0477, 0480/2003

Objeto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

propuesta de resolución común — RC5-0472/2003

(PPE-DE, PSE, ELDR, Verts/ALE + GUE/NGL)

votación: resolución (conjunto)

 

+

 

propuestas de resolución de los grupos políticos

B5-0472/2003

 

GUE/NGL

 

 

B5-0473/2003

 

PSE

 

 

B5-0474/2003

 

ELDR + Verts/ALE

 

 

B5-0477/2003

 

UEN

 

 

B5-0480/2003

 

PPE-DE

 

 

14.   Equipos de defensa

Informe: QUEIRÓ (A5-0370/2003)

Objeto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

§ 2

 

texto original

vs

+

 

después del § 4

6

PPE-DE + UEN

 

+

 

§ 5

3

Verts/ALE

VN

-

71, 281, 30

§ 6

 

texto original

vs

+

 

después del § 11

4

Verts/ALE

 

-

 

§ 12

 

texto original

VN

+

270, 79, 34

§ 14

7

PPE-DE + UEN

 

+

 

§

texto original

vs

 

§ 15

1S

UEN

 

-

 

cons. B

2

PSE

 

-

 

§

texto original

VE

+

190, 182, 5

cons. G

 

texto original

VN

+

280, 92, 8

después del cons. N

5

Verts/ALE

 

-

 

votación: resolución (conjunto)

 

+

 

Solicitudes de votación nominal

Verts/ALE: cons. G, § 12, enm. 3

Solicitudes de votación por separado

PPE-DE: § 6

PSE: cons. B, G, §§ 2, 12, 14

Varios

La enmienda 7 sustituye al apartado 14.

El Sr. Swoboda, en nombre del Grupo PSE, ha propuesto una enmienda oral a la enmienda 2 con la siguiente redacción: «considerando que, además de una cooperación e interoperabilidad reforzadas, que constituyen las prioridades en el ámbito de la defensa europea, también puede ser necesario un incremento de los recursos financieros».

El ponente se muestra en contra de esta enmienda oral.

Al haberse opuesto más de 32 diputados a esta enmienda oral, ésta no se toma en consideración.

15.   Proceso de estabilización y asociación de los países del sudeste de Europa

Informe: LAGENDIJK (A5-0397/2003)

Objeto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

§ 2

9

PSE

VN

-

143, 216, 11

§

texto original

VN

+

189, 165, 13

después del § 4

4

Verts/ALE

 

+

 

después del § 5

5

Verts/ALE

 

-

 

§ 33

1

ELDR

 

+

 

§ 39

6

Verts/ALE

 

-

 

§ 40

7

Verts/ALE

 

+

 

después del § 43

8

Verts/ALE

 

+

 

§ 52

2

ELDR

VE

-

116, 169, 1

§ 53

3

ELDR

VE

-

113, 162, 1

votación: resolución (conjunto)

 

+

 

Solicitudes de votación nominal

UEN: § 2, enm. 9

16.   Sri Lanka

Propuestas de resolución: B5-0490, 0492, 0495, 0498, 0505, 0510/2003

Objeto

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

propuesta de resolución común — RC5-0490/2003

(PPE-DE, PSE, ELDR, Verts/ALE,GUE/NGL, UEN)

votación: resolución (conjunto)

VN

+

73, 0, 0

propuestas de resolución de los grupos políticos

B5-0490/2003

PPE-DE

 

 

B5-0492/2003

PSE

 

 

B5-0495/2003

UEN

 

 

B5-0498/2003

ELDR

 

 

B5-0505/2003

Verts/ALE

 

 

B5-0510/2003

GUE/NGL

 

 

Solicitudes de votación nominal

PPE-DE: votación final de la PRC

Varios

El Sr. Cushnahan ha presentado, en nombre del Grupo PPE-DE, una enmienda oral para añadir el texto siguiente al apartado 1: «sobre las bases de la Declaración de Oslo de diciembre de 2002, en la que el Gobierno de Sri Lanka y los TLET acordaron la búsqueda de una solución basada en una estructura federal dentro de un Sri Lanka unido». El Presidente ha constatado que no había oposición a que se tomara en consideración esta enmienda oral, que ha sido tenida en cuenta.

17.   Aceh

Propuestas de resolución: B5-0491, 0496, 0497,0501, 0507, 0508/2003

Objeto

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

propuesta de resolución común — RC5-0491/2003

(PPE-DE, PSE, ELDR, Verts/ALE, GUE/NGL, EDD)

votación: resolución (conjunto)

 

+

 

propuestas de resolución de los grupos políticos

B5-0491/2003

PSE

 

 

B5-0496/2003

EDD

 

 

B5-0497/2003

ELDR

 

 

B5-0501/2003

PPE-DE

 

 

B5-0507/2003

Verts/ALE

 

 

B5-0508/2003

GUE/NGL

 

 

18.   Viet Nam: Libertad religiosa

Propuestas de resolución: B5-0493, 0494, 0499, 0502, 0503, 0506, 0509/2003

Objeto

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

propuesta de resolución común — RC5-0493/2003

(PPE-DE, PSE, ELDR, Verts/ALE, GUE/NGL, UEN, EDD, Dupuis, Pannella, Bonino, Cappato, Dell'Alba, Della Vedova, Turco)

votación: resolución (conjunto)

 

+

 

propuestas de resolución de los grupos políticos

B5-0493/2003

PSE

 

 

B5-0494/2003

EDD

 

 

B5-0499/2003

ELDR

 

 

B5-0502/2003

PPE-DE

 

 

B5-0503/2003

UEN

 

 

B5-0506/2003

Verts/ALE

 

 

B5-0509/2003

GUE/NGL

 

 


ANEXO II

RESULTADOS DE LA VOTACIÓN NOMINAL

1.   Informe Coelho A5-0398/2003

Resolución

A favor: 354

EDD: Belder, Blokland, van Dam

ELDR: Andreasen, André-Léonard, Busk, Davies, De Clercq, Di Pietro, Duff, Dybkjær, Flesch, Gasòliba i Böhm, Huhne, Lynne, Maaten, Manders, Monsonís Domingo, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Nordmann, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Ries, Riis-Jørgensen, Schmidt, Sterckx, Sørensen, Väyrynen, Vallvé, Vermeer, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Koulourianos

NI: Beysen, Hager, Ilgenfritz, Kronberger

PPE-DE: Almeida Garrett, Andria, Arvidsson, Averoff, Ayuso González, Banotti, Bartolozzi, Bastos, Bayona de Perogordo, Bébéar, Berend, Böge, von Boetticher, Bourlanges, Bremmer, Brok, Callanan, Camisón Asensio, Cardoso, Cederschiöld, Cocilovo, Coelho, Cornillet, Corrie, Cushnahan, De Mita, Deprez, De Sarnez, Descamps, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Ebner, Fatuzzo, Fernández Martín, Fiori, Flemming, Florenz, Folias, Fourtou, Friedrich, Gahler, Garriga Polledo, Gemelli, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Gouveia, Graça Moura, Grönfeldt Bergman, Grosch, Grossetête, Hansenne, Hatzidakis, Hermange, Hernández Mollar, Hieronymi, Hortefeux, Jarzembowski, Jeggle, Karas, Kastler, Keppelhoff-Wiechert, Klamt, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langen, Langenhagen, Laschet, Lechner, Lehne, Liese, Lisi, Lulling, Maat, Mann Thomas, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mennitti, Mombaur, Montfort, Morillon, Naranjo Escobar, Niebler, Nisticò, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pack, Pastorelli, Pérez Álvarez, Perry, Pirker, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Pronk, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rübig, Sacrédeus, Salafranca Sánchez-Neyra, Santini, Sartori, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schröder Jürgen, Schwaiger, Smet, Sommer, Stenmarck, Sudre, Suominen, Tajani, Theato, Thyssen, Trakatellis, Vatanen, van Velzen, de Veyrinas, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, Wijkman, Wuermeling, Zabell, Zacharakis, Zappalà, Zimmerling, Zissener

PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Barón Crespo, Berenguer Fuster, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, Campos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Colom i Naval, Corbett, Corbey, Dehousse, De Keyser, De Rossa, Désir, Díez González, Dührkop Dührkop, Duhamel, Duin, El Khadraoui, Ettl, Färm, Fava, Ferreira, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Görlach, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, van Hulten, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Jöns, Karamanou, Karlsson, Katiforis, Keßler, Kindermann, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Lage, Lalumière, Lange, Leinen, Linkohr, Lund, McAvan, McCarthy, McNally, Malliori, Martin David W., Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Moraes, Müller, Murphy, Myller, Napoletano, Napolitano, O'Toole, Patrie, Piecyk, Pittella, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Ruffolo, Sakellariou, dos Santos, Sauquillo Pérez del Arco, Scheele, Schmid Gerhard, Schulz, Skinner, Soares, Souladakis, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Theorin, Thorning-Schmidt, Titley, Trentin, Vairinhos, Van Lancker, Volcic, Walter, Watts, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Zimeray, Zorba, Zrihen

UEN: Caullery, Collins, Fitzsimons, Hyland, Muscardini, Nobilia, Ó Neachtain, Pasqua, Queiró, Ribeiro e Castro, Thomas-Mauro, Turchi

Verts/ALE: Aaltonen, Auroi, Bouwman, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Dhaene, Ferrández Lezaun, Flautre, Frassoni, Hudghton, Isler Béguin, Jonckheer, Lagendijk, Lipietz, MacCormick, Maes, Onesta, Ortuondo Larrea, Rod, de Roo, Rühle, Schörling, Schroedter, Sörensen, Staes, Wuori

En contra: 56

EDD: Abitbol, Andersen, Bernié, Bonde, Butel, Esclopé, Farage, Mathieu, Raymond, Saint-Josse, Sandbæk

GUE/NGL: Ainardi, Alyssandrakis, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Bordes, Boudjenah, Caudron, Cauquil, Dary, Di Lello Finuoli, Figueiredo, Frahm, Fraisse, Herzog, Kaufmann, Krarup, Laguiller, Manisco, Markov, Marset Campos, Meijer, Modrow, Morgantini, Naïr, Patakis, Puerta, Schröder Ilka, Seppänen, Sjöstedt, Vachetta, Wurtz

NI: Cappato, Claeys, Dillen, Dupuis, Garaud, Gollnisch, Gorostiaga Atxalandabaso, Lang, de La Perriere, Martinez, Pannella

PPE-DE: Schaffner

PSE: Paasilinna

Verts/ALE: Gahrton

Abstención: 28

GUE/NGL: Jové Peres

NI: Borghezio

PPE-DE: Atkins, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Chichester, Deva, Elles, Foster, Goodwill, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Helmer, Inglewood, Khanbhai, Nicholson, Parish, Purvis, Tannock, Van Orden, Villiers, Vlasto

UEN: Camre

Verts/ALE: Boumediene-Thiery, Mayol i Raynal

2.   Informe Jarzembowski A5-0364/2003

Texto conjunto

A favor: 209

ELDR: Andreasen, Busk, Calò, Davies, De Clercq, Di Pietro, Duff, Dybkjær, Flesch, Formentini, Gasòliba i Böhm, Huhne, Lynne, Maaten, Manders, Monsonís Domingo, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Nordmann, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Riis-Jørgensen, Schmidt, Sørensen, Väyrynen, Vermeer, Wallis, Watson

NI: Beysen, Hager, Ilgenfritz, Kronberger

PPE-DE: Almeida Garrett, Andria, Arvidsson, Atkins, Averoff, Ayuso González, Bartolozzi, Bastos, Bayona de Perogordo, Bébéar, Berend, Böge, von Boetticher, Bowis, Bradbourn, Bremmer, Bushill-Matthews, Callanan, Camisón Asensio, Cardoso, Cederschiöld, Chichester, Cocilovo, Coelho, Cornillet, Corrie, Cushnahan, Daul, De Mita, Deprez, De Sarnez, Descamps, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Ebner, Elles, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fiori, Flemming, Florenz, Folias, Foster, Fourtou, Friedrich, Gahler, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Gemelli, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Goodwill, Gouveia, Graça Moura, Grönfeldt Bergman, Grossetête, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Helmer, Hermange, Hernández Mollar, Hieronymi, Hortefeux, Inglewood, Jarzembowski, Jeggle, Karas, Kastler, Keppelhoff-Wiechert, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langen, Langenhagen, Laschet, Lechner, Lehne, Liese, Lisi, Lulling, Maat, Mann Thomas, Marques, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mennitti, Mombaur, Montfort, Morillon, Naranjo Escobar, Nassauer, Niebler, Nisticò, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pack, Pastorelli, Pérez Álvarez, Pirker, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Pronk, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rübig, Sacrédeus, Salafranca Sánchez-Neyra, Santini, Sartori, Scallon, Schaffner, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schröder Jürgen, Schwaiger, Stauner, Stenmarck, Stenzel, Sudre, Suominen, Tajani, Trakatellis, Twinn, Varela Suanzes-Carpegna, Vatanen, van Velzen, de Veyrinas, Vidal-Quadras Roca, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, Wijkman, von Wogau, Wuermeling, Zabell, Zacharakis, Zappalà, Zimmerling, Zissener

PSE: Díez González, Fava, Ghilardotti, Medina Ortega, Napoletano, Napolitano, Pittella, Ruffolo, Sacconi, Trentin

UEN: Berlato, Caullery, Collins, Crowley, Muscardini, Nobilia, Pasqua, Thomas-Mauro, Turchi

En contra: 229

EDD: Abitbol, Andersen, Belder, Bernié, Blokland, Bonde, Butel, van Dam, Esclopé, Farage, Mathieu, Raymond, Saint-Josse, Sandbæk

ELDR: André-Léonard, Ries, Sterckx, Virrankoski

GUE/NGL: Ainardi, Alyssandrakis, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Bordes, Boudjenah, Caudron, Cauquil, Dary, Di Lello Finuoli, Figueiredo, Frahm, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Koulourianos, Krarup, Laguiller, Manisco, Markov, Marset Campos, Meijer, Modrow, Morgantini, Naïr, Patakis, Puerta, Scarbonchi, Schröder Ilka, Seppänen, Sjöstedt, Vachetta, Wurtz

NI: Borghezio, Claeys, Dillen, Garaud, Gollnisch, Gorostiaga Atxalandabaso, Lang, Martinez

PPE-DE: Beazley, Bourlanges, Perry, Smet, Sommer, Theato, Thyssen, Van Orden

PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Barón Crespo, Berenguer Fuster, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, Campos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Ceyhun, Colom i Naval, Corbett, Corbey, Dehousse, De Keyser, De Rossa, Désir, Dührkop Dührkop, Duhamel, Duin, El Khadraoui, Ettl, Färm, Ferreira, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Gill, Gillig, Glante, Görlach, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, van Hulten, Iivari, Izquierdo Collado, Jöns, Junker, Karamanou, Karlsson, Katiforis, Keßler, Kindermann, Kinnock, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Lage, Lalumière, Lange, Leinen, Linkohr, Lund, McAvan, McCarthy, McNally, Malliori, Mann Erika, Martin David W., Martin Hans-Peter, Martínez Martínez, Mastorakis, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Moraes, Müller, Murphy, Myller, O'Toole, Paasilinna, Patrie, Pérez Royo, Piecyk, Poignant, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Sakellariou, dos Santos, Sauquillo Pérez del Arco, Scheele, Schmid Gerhard, Schulz, Skinner, Soares, Souladakis, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Theorin, Thorning-Schmidt, Titley, Van Lancker, Walter, Watts, Weiler, Wiersma, Wynn, Zimeray, Zorba, Zrihen

UEN: Camre

Verts/ALE: Aaltonen, Auroi, Boumediene-Thiery, Bouwman, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Dhaene, Ferrández Lezaun, Flautre, Frassoni, Gahrton, Hudghton, Isler Béguin, Jonckheer, Lagendijk, Lipietz, MacCormick, McKenna, Maes, Mayol i Raynal, Onesta, Ortuondo Larrea, Piétrasanta, Rod, de Roo, Rühle, Schörling, Schroedter, Sörensen, Staes, Voggenhuber, Wuori, Wyn

Abstención: 16

NI: Berthu, Cappato, Dell'Alba, Dupuis, de La Perriere, Pannella

PPE-DE: Deva, Grosch, Hansenne, Klamt, Mayer Hans-Peter, Nicholson, Vlasto

PSE: Imbeni, Poos, Volcic

3.   Informe Kratsa-Tsagaropoulou A5-0396/2003

Enmienda 6

A favor: 264

EDD: Andersen, Belder, Blokland, Bonde, van Dam, Sandbæk

ELDR: Andreasen, André-Léonard, Busk, Calò, Davies, De Clercq, Di Pietro, Duff, Dybkjær, Flesch, Formentini, Gasòliba i Böhm, Huhne, Lynne, Maaten, Manders, Monsonís Domingo, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Nordmann, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Ries, Riis-Jørgensen, Schmidt, Sterckx, Sørensen, Väyrynen, Vallvé, Vermeer, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Ainardi, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Bordes, Boudjenah, Caudron, Cauquil, Dary, Di Lello Finuoli, Figueiredo, Frahm, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Koulourianos, Krarup, Laguiller, Manisco, Markov, Marset Campos, Meijer, Modrow, Morgantini, Naïr, Puerta, Scarbonchi, Schröder Ilka, Seppänen, Sjöstedt, Vachetta, Wurtz

PPE-DE: Atkins, Balfe, Banotti, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Corrie, Deva, Dover, Elles, Florenz, Foster, Goodwill, Grosch, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Helmer, Inglewood, Khanbhai, Marques, Nicholson, Parish, Purvis, Smet, Tannock, Twinn, Van Orden, Villiers

PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Berenguer Fuster, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, Campos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Ceyhun, Colom i Naval, Corbett, Corbey, Dehousse, De Keyser, De Rossa, Désir, Díez González, Dührkop Dührkop, Duhamel, Duin, El Khadraoui, Ettl, Färm, Fava, Ferreira, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Görlach, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, van Hulten, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Jöns, Junker, Karlsson, Keßler, Kindermann, Kinnock, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Lage, Lalumière, Lange, Leinen, Linkohr, Lund, McAvan, McCarthy, McNally, Mann Erika, Marinho, Martin David W., Martin Hans-Peter, Martínez Martínez, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Moraes, Müller, Murphy, Myller, Napoletano, Napolitano, Paasilinna, Patrie, Pérez Royo, Piecyk, Pittella, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Ruffolo, Sacconi, Sakellariou, dos Santos, Scheele, Schmid Gerhard, Schulz, Skinner, Soares, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Theorin, Thorning-Schmidt, Titley, Trentin, Vairinhos, Volcic, Walter, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Zimeray, Zrihen

UEN: Camre

Verts/ALE: Aaltonen, Auroi, Boumediene-Thiery, Breyer, Buitenweg, Dhaene, Ferrández Lezaun, Flautre, Frassoni, Gahrton, Isler Béguin, Jonckheer, Lagendijk, Lipietz, MacCormick, McKenna, Maes, Mayol i Raynal, Onesta, Ortuondo Larrea, Piétrasanta, Rod, de Roo, Rühle, Schroedter, Sörensen, Staes, Voggenhuber, Wuori, Wyn

En contra: 178

EDD: Farage

NI: Beysen, Garaud, Gollnisch, Hager, Ilgenfritz, Kronberger, Lang, de La Perriere, Martinez

PPE-DE: Almeida Garrett, Andria, Arvidsson, Averoff, Ayuso González, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Bébéar, Berend, Böge, von Boetticher, Bourlanges, Bremmer, Brok, Camisón Asensio, Cardoso, Cederschiöld, Cocilovo, Coelho, Cornillet, Cushnahan, Daul, De Mita, Deprez, De Sarnez, Descamps, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Doorn, Doyle, Ebner, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fiori, Flemming, Folias, Fourtou, Friedrich, Gahler, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Garriga Polledo, Gemelli, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Gouveia, Graça Moura, Grönfeldt Bergman, Grossetête, Hansenne, Hatzidakis, Hermange, Hernández Mollar, Hieronymi, Hortefeux, Jeggle, Karas, Kastler, Keppelhoff-Wiechert, Klamt, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langen, Langenhagen, Laschet, Lechner, Lehne, Liese, Lisi, Lulling, Maat, McCartin, Mann Thomas, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Mennitti, Menrad, Mombaur, Montfort, Morillon, Naranjo Escobar, Nassauer, Niebler, Nisticò, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pack, Pastorelli, Pérez Álvarez, Pirker, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Pronk, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rübig, Sacrédeus, Salafranca Sánchez-Neyra, Santini, Sartori, Scallon, Schaffner, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schröder Jürgen, Schwaiger, Sommer, Stauner, Stenmarck, Stenzel, Sudre, Suominen, Tajani, Theato, Trakatellis, Varela Suanzes-Carpegna, Vatanen, van Velzen, de Veyrinas, Vidal-Quadras Roca, Vlasto, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, von Wogau, Wuermeling, Zabell, Zacharakis, Zappalà, Zimmerling, Zissener

PSE: Baltas, Karamanou, Katiforis, Koukiadis, Malliori, Mastorakis, Souladakis, Zorba

UEN: Berlato, Caullery, Collins, Crowley, Fitzsimons, Hyland, Muscardini, Nobilia, Ó Neachtain, Pasqua, Queiró, Thomas-Mauro, Turchi

Abstención: 18

EDD: Abitbol, Bernié, Butel, Esclopé, Mathieu, Raymond, Saint-Josse

GUE/NGL: Alyssandrakis, Patakis

NI: Berthu, Borghezio, Cappato, Dell'Alba, Dupuis, Gorostiaga Atxalandabaso, Pannella

PPE-DE: Wijkman

UEN: Ribeiro e Castro

4.   Informe Kratsa-Tsagaropoulou A5-0396/2003

Enmienda 7

A favor: 239

EDD: Abitbol, Andersen, Belder, Blokland, Bonde, van Dam, Farage, Sandbæk

ELDR: Andreasen, André-Léonard, Busk, Calò, Davies, De Clercq, Di Pietro, Duff, Dybkjær, Flesch, Formentini, Gasòliba i Böhm, Huhne, Lynne, Maaten, Manders, Monsonís Domingo, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Nordmann, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Ries, Riis-Jørgensen, Schmidt, Sterckx, Sørensen, Väyrynen, Vallvé, Vermeer, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Ainardi, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Bordes, Boudjenah, Caudron, Cauquil, Dary, Di Lello Finuoli, Figueiredo, Frahm, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Koulourianos, Krarup, Laguiller, Manisco, Markov, Marset Campos, Meijer, Modrow, Morgantini, Naïr, Puerta, Scarbonchi, Schröder Ilka, Seppänen, Sjöstedt, Vachetta, Wurtz

NI: Berthu, de La Perriere

PPE-DE: Banotti, Corrie, Doyle, Goepel

PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Berenguer Fuster, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, Campos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Ceyhun, Colom i Naval, Corbett, Corbey, Dehousse, De Keyser, De Rossa, Désir, Díez González, Dührkop Dührkop, Duhamel, Duin, El Khadraoui, Ettl, Färm, Fava, Ferreira, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Görlach, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, van Hulten, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Jöns, Junker, Karlsson, Keßler, Kindermann, Kinnock, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Lage, Lalumière, Lange, Leinen, Linkohr, Lund, McAvan, McCarthy, McNally, Mann Erika, Marinho, Martin David W., Martin Hans-Peter, Martínez Martínez, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Moraes, Müller, Murphy, Myller, Napoletano, Napolitano, Paasilinna, Patrie, Pérez Royo, Piecyk, Pittella, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Ruffolo, Sacconi, Sakellariou, dos Santos, Scheele, Schmid Gerhard, Schulz, Skinner, Soares, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Theorin, Thorning-Schmidt, Titley, Trentin, Vairinhos, Volcic, Walter, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Zrihen

UEN: Camre

Verts/ALE: Aaltonen, Auroi, Boumediene-Thiery, Buitenweg, Cohn-Bendit, Dhaene, Ferrández Lezaun, Flautre, Frassoni, Gahrton, Isler Béguin, Jonckheer, Lagendijk, Lipietz, MacCormick, McKenna, Maes, Mayol i Raynal, Onesta, Ortuondo Larrea, Piétrasanta, Rod, de Roo, Rühle, Schroedter, Sörensen, Staes, Voggenhuber, Wuori, Wyn

En contra: 205

NI: Beysen, Claeys, Dillen, Garaud, Gollnisch, Hager, Ilgenfritz, Kronberger, Lang, Martinez

PPE-DE: Almeida Garrett, Andria, Arvidsson, Atkins, Averoff, Ayuso González, Balfe, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Beazley, Bébéar, Berend, Böge, von Boetticher, Bourlanges, Bowis, Bradbourn, Bremmer, Brok, Bushill-Matthews, Callanan, Camisón Asensio, Cardoso, Cederschiöld, Chichester, Cocilovo, Coelho, Cornillet, Cushnahan, Daul, De Mita, Deprez, De Sarnez, Descamps, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Ebner, Elles, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fiori, Flemming, Florenz, Folias, Foster, Fourtou, Friedrich, Gahler, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Garriga Polledo, Gemelli, Glase, Gomolka, Goodwill, Gouveia, Graça Moura, Grönfeldt Bergman, Grosch, Grossetête, Hannan, Hansenne, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Helmer, Hermange, Hernández Mollar, Hieronymi, Hortefeux, Inglewood, Jeggle, Karas, Kastler, Keppelhoff-Wiechert, Khanbhai, Klamt, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langen, Langenhagen, Laschet, Lechner, Lehne, Liese, Lisi, Lulling, Maat, McCartin, Mann Thomas, Marques, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Mennitti, Menrad, Mombaur, Montfort, Morillon, Naranjo Escobar, Nassauer, Nicholson, Niebler, Nisticò, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pack, Parish, Pastorelli, Pérez Álvarez, Perry, Pirker, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rübig, Sacrédeus, Salafranca Sánchez-Neyra, Santini, Sartori, Scallon, Schaffner, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schröder Jürgen, Schwaiger, Smet, Sommer, Stauner, Stenmarck, Stenzel, Sudre, Suominen, Tajani, Tannock, Theato, Trakatellis, Twinn, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Vatanen, van Velzen, de Veyrinas, Vidal-Quadras Roca, Villiers, Vlasto, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, Wuermeling, Zabell, Zacharakis, Zappalà, Zimmerling, Zissener

PSE: Baltas, Karamanou, Katiforis, Koukiadis, Malliori, Mastorakis, Souladakis, Zimeray, Zorba

UEN: Berlato, Caullery, Collins, Crowley, Fitzsimons, Hyland, Muscardini, Nobilia, Ó Neachtain, Pasqua, Queiró, Thomas-Mauro, Turchi

Abstención: 14

EDD: Bernié, Esclopé, Mathieu, Raymond

GUE/NGL: Alyssandrakis, Patakis

NI: Borghezio, Cappato, Dell'Alba, Dupuis, Gorostiaga Atxalandabaso, Pannella

PPE-DE: Wijkman

UEN: Ribeiro e Castro

5.   Informe Kratsa-Tsagaropoulou A5-0396/2003

Propuesta de la Comisión

A favor: 243

EDD: Andersen, Bonde, Sandbæk

ELDR: Andreasen, André-Léonard, Busk, Calò, Davies, De Clercq, Di Pietro, Duff, Dybkjær, Flesch, Formentini, Gasòliba i Böhm, Huhne, Lynne, Maaten, Manders, Monsonís Domingo, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Nordmann, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Ries, Riis-Jørgensen, Schmidt, Sterckx, Sørensen, Väyrynen, Vallvé, Vermeer, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Ainardi, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Bordes, Boudjenah, Caudron, Cauquil, Dary, Di Lello Finuoli, Figueiredo, Frahm, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Koulourianos, Krarup, Laguiller, Manisco, Markov, Marset Campos, Meijer, Modrow, Morgantini, Naïr, Puerta, Scarbonchi, Schröder Ilka, Seppänen, Sjöstedt, Vachetta, Wurtz

NI: Gorostiaga Atxalandabaso

PPE-DE: Banotti, Bourlanges, Cocilovo, De Mita, Deprez, De Veyrac, Doyle, Wijkman

PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Berenguer Fuster, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, Campos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Ceyhun, Colom i Naval, Corbett, Corbey, Dehousse, De Keyser, De Rossa, Désir, Díez González, Dührkop Dührkop, Duhamel, Duin, El Khadraoui, Ettl, Färm, Fava, Ferreira, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Görlach, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, van Hulten, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Jöns, Junker, Karamanou, Karlsson, Katiforis, Keßler, Kindermann, Kinnock, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Lage, Lalumière, Lange, Leinen, Linkohr, Lund, McAvan, McCarthy, McNally, Malliori, Mann Erika, Martin David W., Martin Hans-Peter, Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Moraes, Müller, Murphy, Myller, Napoletano, Napolitano, Paasilinna, Patrie, Pérez Royo, Piecyk, Pittella, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Ruffolo, Sacconi, Sakellariou, dos Santos, Scheele, Schmid Gerhard, Schulz, Skinner, Soares, Souladakis, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swiebel, Theorin, Thorning-Schmidt, Titley, Trentin, Vairinhos, Volcic, Walter, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Zimeray, Zorba, Zrihen

UEN: Camre

Verts/ALE: Aaltonen, Auroi, Boumediene-Thiery, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Dhaene, Ferrández Lezaun, Flautre, Gahrton, Isler Béguin, Jonckheer, Lagendijk, Lipietz, MacCormick, McKenna, Maes, Mayol i Raynal, Ortuondo Larrea, Piétrasanta, Rod, de Roo, Rühle, Schroedter, Sörensen, Staes, Voggenhuber, Wuori, Wyn

En contra: 79

EDD: Belder, Blokland, van Dam, Farage

NI: Berthu, Borghezio, Claeys, Dillen, Garaud, Gollnisch, Hager, Ilgenfritz, Lang, de La Perriere, Martinez

PPE-DE: Atkins, Balfe, Beazley, Berend, Böge, von Boetticher, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Corrie, Deva, Dover, Elles, Fiori, Foster, Gahler, Glase, Goodwill, Graça Moura, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Helmer, Inglewood, Kastler, Khanbhai, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Langen, Laschet, Lechner, Liese, Lisi, Lulling, Mauro, Montfort, Nicholson, Niebler, Parish, Pastorelli, Perry, Posselt, Purvis, Sacrédeus, Scallon, Schleicher, Schröder Jürgen, Schwaiger, Sommer, Tannock, Twinn, Van Orden, Vatanen, van Velzen, Villiers

PSE: Marinho

UEN: Crowley, Pasqua, Queiró, Ribeiro e Castro

Abstención: 139

EDD: Abitbol, Bernié, Butel, Esclopé, Mathieu, Raymond, Saint-Josse

GUE/NGL: Alyssandrakis, Patakis

NI: Beysen, Cappato, Dell'Alba, Dupuis, Kronberger, Pannella

PPE-DE: Almeida Garrett, Andria, Arvidsson, Averoff, Ayuso González, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Bébéar, Bremmer, Brok, Camisón Asensio, Cardoso, Coelho, Cornillet, Cushnahan, Daul, De Sarnez, Descamps, Dimitrakopoulos, Doorn, Ebner, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Flemming, Florenz, Folias, Fourtou, Friedrich, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Garriga Polledo, Gemelli, Gil-Robles Gil-Delgado, Goepel, Gomolka, Gouveia, Grönfeldt Bergman, Grosch, Grossetête, Hansenne, Hatzidakis, Hermange, Hernández Mollar, Hieronymi, Hortefeux, Jeggle, Karas, Keppelhoff-Wiechert, Knolle, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langenhagen, Lehne, Maat, McCartin, Mann Thomas, Marques, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Mennitti, Menrad, Mombaur, Morillon, Naranjo Escobar, Nassauer, Nisticò, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pack, Pérez Álvarez, Pirker, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Pronk, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rübig, Salafranca Sánchez-Neyra, Santini, Sartori, Schaffner, Schierhuber, Schmitt, Smet, Stauner, Stenmarck, Stenzel, Sudre, Suominen, Tajani, Theato, Thyssen, Trakatellis, Varela Suanzes-Carpegna, de Veyrinas, Vidal-Quadras Roca, Vlasto, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, von Wogau, Wuermeling, Zabell, Zacharakis, Zappalà, Zimmerling, Zissener

UEN: Berlato, Caullery, Collins, Fitzsimons, Hyland, Muscardini, Nobilia, Ó Neachtain, Thomas-Mauro, Turchi

6.   Informe Rühle A5-0368/2003

Resolución

A favor: 371

ELDR: Andreasen, André-Léonard, Busk, Calò, Davies, De Clercq, Di Pietro, Duff, Dybkjær, Flesch, Formentini, Gasòliba i Böhm, Huhne, Lynne, Maaten, Manders, Monsonís Domingo, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Nordmann, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Ries, Riis-Jørgensen, Schmidt, Sørensen, Väyrynen, Vallvé, Vermeer, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Ainardi, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Boudjenah, Caudron, Dary, Di Lello Finuoli, Frahm, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Koulourianos, Manisco, Markov, Marset Campos, Modrow, Morgantini, Naïr, Puerta, Scarbonchi, Vachetta, Wurtz

NI: Beysen, Kronberger

PPE-DE: Almeida Garrett, Andria, Ayuso González, Banotti, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Bébéar, Berend, Böge, von Boetticher, Bourlanges, Bremmer, Brok, Camisón Asensio, Cardoso, Cocilovo, Coelho, Cornillet, Cushnahan, Daul, De Mita, Deprez, De Sarnez, Descamps, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Doorn, Doyle, Ebner, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fiori, Florenz, Folias, Fourtou, Friedrich, Gahler, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Garriga Polledo, Gemelli, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Gouveia, Graça Moura, Grosch, Grossetête, Hansenne, Hatzidakis, Hermange, Hernández Mollar, Hieronymi, Jeggle, Karas, Kastler, Keppelhoff-Wiechert, Klamt, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langen, Langenhagen, Laschet, Lechner, Lehne, Liese, Lisi, Lulling, Maat, McCartin, Mann Thomas, Marques, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Mennitti, Menrad, Mombaur, Naranjo Escobar, Nassauer, Niebler, Nisticò, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pack, Pastorelli, Pérez Álvarez, Pirker, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Pronk, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rübig, Salafranca Sánchez-Neyra, Santini, Sartori, Schaffner, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schröder Jürgen, Schwaiger, Smet, Sommer, Stauner, Stenzel, Sudre, Suominen, Theato, Thyssen, Trakatellis, Varela Suanzes-Carpegna, Vatanen, van Velzen, de Veyrinas, Vidal-Quadras Roca, Vlasto, Wenzel-Perillo, Wijkman, von Wogau, Wuermeling, Zabell, Zacharakis, Zappalà, Zimmerling, Zissener

PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Berenguer Fuster, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, Campos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Ceyhun, Colom i Naval, Corbett, Corbey, Dehousse, De Keyser, De Rossa, Díez González, Dührkop Dührkop, Duhamel, Duin, El Khadraoui, Ettl, Färm, Fava, Ferreira, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Görlach, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, van Hulten, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Jöns, Junker, Karamanou, Karlsson, Katiforis, Keßler, Kindermann, Kinnock, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Lage, Lalumière, Lange, Leinen, Linkohr, Lund, McAvan, McCarthy, McNally, Malliori, Mann Erika, Marinho, Martin David W., Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Moraes, Müller, Murphy, Myller, Napoletano, Napolitano, Paasilinna, Patrie, Pérez Royo, Piecyk, Pittella, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Ruffolo, Sacconi, Sakellariou, dos Santos, Scheele, Schmid Gerhard, Schulz, Skinner, Soares, Souladakis, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Theorin, Thorning-Schmidt, Titley, Trentin, Vairinhos, Van Lancker, Volcic, Walter, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Zorba, Zrihen

UEN: Berlato, Caullery, Collins, Crowley, Muscardini, Nobilia, Queiró, Thomas-Mauro, Turchi

Verts/ALE: Aaltonen, Auroi, Boumediene-Thiery, Breyer, Buitenweg, Dhaene, Ferrández Lezaun, Flautre, Gahrton, Isler Béguin, Jonckheer, Lagendijk, Lipietz, MacCormick, McKenna, Maes, Mayol i Raynal, Onesta, Ortuondo Larrea, Piétrasanta, Rod, de Roo, Rühle, Sörensen, Staes, Voggenhuber, Wuori, Wyn

En contra: 62

EDD: Abitbol, Andersen, Belder, Bernié, Blokland, Bonde, Butel, van Dam, Esclopé, Farage, Mathieu, Raymond, Saint-Josse, Sandbæk

GUE/NGL: Alyssandrakis, Krarup, Meijer, Patakis, Seppänen, Sjöstedt

NI: Berthu, Borghezio, Cappato, Claeys, Dell'Alba, Dillen, Dupuis, Garaud, Gollnisch, Hager, Lang, de La Perriere, Martinez, Pannella

PPE-DE: Atkins, Balfe, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Deva, Dover, Foster, Goodwill, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Helmer, Inglewood, Khanbhai, Nicholson, Parish, Purvis, Scallon, Tannock, Twinn, Van Orden, Villiers

UEN: Camre, Pasqua

Abstención: 10

GUE/NGL: Bordes, Cauquil, Laguiller

NI: Gorostiaga Atxalandabaso

PPE-DE: Arvidsson, Cederschiöld, Grönfeldt Bergman, Montfort, Stenmarck, Wachtmeister

7.   B5-0482/2003 Constitución — Disposiciones presupuestarias

Enmienda 1

A favor: 123

EDD: Abitbol, Andersen, Bernié, Bonde, Esclopé, Mathieu, Raymond, Saint-Josse, Sandbæk

ELDR: Maaten, Mulder, Nordmann, Plooij-van Gorsel

GUE/NGL: Ainardi, Alyssandrakis, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Boudjenah, Caudron, Dary, Di Lello Finuoli, Figueiredo, Frahm, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Koulourianos, Krarup, Manisco, Markov, Marset Campos, Meijer, Modrow, Naïr, Patakis, Scarbonchi, Schröder Ilka, Seppänen, Sjöstedt, Vachetta, Wurtz

NI: Borghezio, Claeys, Dillen, Garaud, Gollnisch, Gorostiaga Atxalandabaso, Hager, Kronberger, Lang, de La Perriere, Martinez

PPE-DE: Balfe, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Descamps, Deva, Dover, Foster, Goodwill, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Helmer, Inglewood, Keppelhoff-Wiechert, Khanbhai, Nicholson, Parish, Perry, Pomés Ruiz, Purvis, Sacrédeus, Tannock, Twinn, Van Orden, Villiers

PSE: Campos, Imbeni, Krehl, Lund

UEN: Camre, Collins, Crowley, Fitzsimons, Hyland, Muscardini, Ó Neachtain, Pasqua, Queiró, Ribeiro e Castro, Thomas-Mauro

Verts/ALE: Aaltonen, Auroi, Boumediene-Thiery, Bouwman, Breyer, Buitenweg, Ferrández Lezaun, Flautre, Gahrton, Isler Béguin, Jonckheer, Lagendijk, Lipietz, MacCormick, McKenna, Maes, Onesta, Ortuondo Larrea, Piétrasanta, Rod, de Roo, Rühle, Sörensen, Voggenhuber, Wuori, Wyn

En contra: 306

EDD: Belder, Blokland, van Dam, Farage

ELDR: Andreasen, André-Léonard, Busk, Calò, Davies, De Clercq, Di Pietro, Duff, Dybkjær, Flesch, Formentini, Gasòliba i Böhm, Huhne, Lynne, Monsonís Domingo, Nicholson of Winterbourne, Pesälä, Pohjamo, Ries, Riis-Jørgensen, Schmidt, Sterckx, Sørensen, Väyrynen, Vallvé, Wallis

NI: Beysen

PPE-DE: Almeida Garrett, Andria, Arvidsson, Ayuso González, Banotti, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Bébéar, Berend, Böge, von Boetticher, Bourlanges, Bremmer, Brok, Camisón Asensio, Cardoso, Cocilovo, Coelho, Cornillet, Cushnahan, Daul, De Mita, Deprez, De Sarnez, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Doorn, Doyle, Ebner, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fiori, Flemming, Florenz, Folias, Fourtou, Friedrich, Gahler, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Garriga Polledo, Gemelli, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Gouveia, Graça Moura, Grönfeldt Bergman, Grosch, Grossetête, Hansenne, Hatzidakis, Hermange, Hernández Mollar, Hieronymi, Jeggle, Karas, Kastler, Klamt, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langen, Langenhagen, Laschet, Lechner, Lehne, Liese, Lisi, Lulling, Maat, McCartin, Mann Thomas, Marques, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Mennitti, Menrad, Mombaur, Montfort, Morillon, Naranjo Escobar, Nassauer, Niebler, Nisticò, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pack, Pastorelli, Pérez Álvarez, Podestà, Poettering, Posselt, Pronk, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rübig, Salafranca Sánchez-Neyra, Santini, Sartori, Schaffner, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schröder Jürgen, Schwaiger, Smet, Sommer, Stauner, Stenmarck, Stenzel, Sudre, Suominen, Tajani, Theato, Thyssen, Trakatellis, Varela Suanzes-Carpegna, Vatanen, van Velzen, de Veyrinas, Vidal-Quadras Roca, Vlasto, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, Wijkman, von Wogau, Wuermeling, Zabell, Zacharakis, Zappalà, Zimmerling, Zissener

PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Berenguer Fuster, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Ceyhun, Colom i Naval, Corbett, Corbey, De Keyser, De Rossa, Désir, Díez González, Duhamel, Duin, El Khadraoui, Ettl, Färm, Fava, Ferreira, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Görlach, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, van Hulten, Iivari, Izquierdo Collado, Jöns, Junker, Karamanou, Karlsson, Katiforis, Keßler, Kindermann, Kinnock, Koukiadis, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Lage, Lalumière, Lange, Leinen, Linkohr, McAvan, McCarthy, McNally, Malliori, Mann Erika, Marinho, Martin David W., Martin Hans-Peter, Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Moraes, Müller, Murphy, Myller, Napoletano, Napolitano, Paasilinna, Patrie, Pérez Royo, Piecyk, Pittella, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Ruffolo, Sacconi, Sakellariou, dos Santos, Scheele, Schmid Gerhard, Schulz, Skinner, Soares, Souladakis, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Thorning-Schmidt, Titley, Trentin, Vairinhos, Van Lancker, Volcic, Walter, Weiler, Wynn, Zorba, Zrihen

UEN: Berlato, Caullery, Nobilia, Turchi

Abstención: 7

ELDR: Manders

GUE/NGL: Puerta

NI: Berthu, Cappato, Dell'Alba, Dupuis, Pannella

8.   B5-0482/2003 Constitución — Disposiciones presupuestarias

Resolución

A favor: 360

ELDR: Andreasen, André-Léonard, Busk, Calò, Davies, De Clercq, Di Pietro, Duff, Dybkjær, Flesch, Formentini, Gasòliba i Böhm, Huhne, Lynne, Maaten, Monsonís Domingo, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Nordmann, Plooij-van Gorsel, Ries, Riis-Jørgensen, Schmidt, Sterckx, Sørensen, Vallvé, Wallis, Watson

GUE/NGL: Bakopoulos, Bergaz Conesa, Caudron, Dary, Di Lello Finuoli, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Koulourianos, Manisco, Markov, Marset Campos, Modrow, Naïr, Puerta, Scarbonchi

NI: Beysen, Cappato, Dell'Alba, Dupuis, Hager, Kronberger, Pannella

PPE-DE: Almeida Garrett, Andria, Ayuso González, Banotti, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Bébéar, Berend, Böge, von Boetticher, Bourlanges, Bremmer, Brok, Camisón Asensio, Cardoso, Cocilovo, Coelho, Cornillet, Cushnahan, Daul, De Mita, Deprez, De Sarnez, Descamps, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Doorn, Doyle, Ebner, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fiori, Flemming, Florenz, Folias, Fourtou, Friedrich, Gahler, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Garriga Polledo, Gemelli, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Gouveia, Graça Moura, Grosch, Grossetête, Hansenne, Hatzidakis, Hermange, Hernández Mollar, Hieronymi, Jeggle, Karas, Kastler, Keppelhoff-Wiechert, Klamt, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langen, Langenhagen, Laschet, Lechner, Lehne, Liese, Lisi, Lulling, Maat, McCartin, Mann Thomas, Marques, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Mennitti, Menrad, Mombaur, Morillon, Naranjo Escobar, Nassauer, Niebler, Nisticò, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pack, Pastorelli, Pérez Álvarez, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Pronk, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rübig, Salafranca Sánchez-Neyra, Santini, Sartori, Schaffner, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schröder Jürgen, Schwaiger, Smet, Sommer, Stauner, Stenzel, Sudre, Suominen, Tajani, Theato, Thyssen, Trakatellis, Varela Suanzes-Carpegna, Vatanen, van Velzen, de Veyrinas, Vidal-Quadras Roca, Vlasto, Wenzel-Perillo, Wijkman, von Wogau, Wuermeling, Zabell, Zacharakis, Zimmerling, Zissener

PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Berenguer Fuster, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, Campos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Ceyhun, Colom i Naval, Corbett, Corbey, Dehousse, De Keyser, De Rossa, Désir, Díez González, Dührkop Dührkop, Duhamel, Duin, El Khadraoui, Ettl, Färm, Fava, Ferreira, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Görlach, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, van Hulten, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Jöns, Junker, Karamanou, Katiforis, Keßler, Kindermann, Kinnock, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Lage, Lalumière, Lange, Leinen, Linkohr, McAvan, McCarthy, McNally, Malliori, Mann Erika, Martin David W., Martin Hans-Peter, Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Moraes, Müller, Murphy, Myller, Napoletano, Napolitano, Paasilinna, Patrie, Pérez Royo, Piecyk, Pittella, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Ruffolo, Sacconi, Sakellariou, dos Santos, Scheele, Schmid Gerhard, Schulz, Skinner, Soares, Souladakis, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Thorning-Schmidt, Titley, Trentin, Vairinhos, Van Lancker, Volcic, Walter, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Zorba, Zrihen

UEN: Berlato, Collins, Crowley, Fitzsimons, Hyland, Muscardini, Nobilia, Ó Neachtain, Turchi

Verts/ALE: Aaltonen, Boumediene-Thiery, Bouwman, Breyer, Buitenweg, Ferrández Lezaun, Flautre, Isler Béguin, Jonckheer, Lagendijk, Lipietz, MacCormick, Maes, Onesta, Ortuondo Larrea, Piétrasanta, Rod, de Roo, Rühle, Sörensen, Staes, Voggenhuber, Wuori, Wyn

En contra: 70

EDD: Abitbol, Andersen, Bernié, Bonde, Butel, Esclopé, Farage, Mathieu, Raymond, Saint-Josse, Sandbæk

ELDR: Pesälä, Pohjamo, Väyrynen, Virrankoski

GUE/NGL: Figueiredo, Frahm, Krarup, Meijer, Seppänen, Sjöstedt

NI: Claeys, Dillen, Garaud, Gollnisch, Lang, de La Perriere, Martinez

PPE-DE: Arvidsson, Balfe, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Callanan, Cederschiöld, Chichester, Deva, Dover, Foster, Goodwill, Grönfeldt Bergman, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Helmer, Inglewood, Khanbhai, Nicholson, Parish, Perry, Purvis, Sacrédeus, Stenmarck, Tannock, Twinn, Van Orden, Villiers, Wachtmeister

PSE: Karlsson, Lund, Marinho

UEN: Camre, Caullery, Pasqua, Queiró, Ribeiro e Castro, Thomas-Mauro

Verts/ALE: Auroi, McKenna

Abstención: 14

EDD: Belder, Blokland, van Dam

ELDR: Manders

GUE/NGL: Ainardi, Alyssandrakis, Boudjenah, Patakis, Vachetta, Wurtz

NI: Borghezio, Gorostiaga Atxalandabaso

PPE-DE: Montfort

Verts/ALE: Gahrton

9.   B5-0475/2003 — RC — Euromed

Apartado 10, primera parte

A favor: 430

EDD: Andersen, Belder, Blokland, Bonde, Butel, van Dam, Esclopé, Sandbæk

ELDR: Andreasen, André-Léonard, Busk, Calò, Davies, De Clercq, Di Pietro, Duff, Dybkjær, Flesch, Formentini, Gasòliba i Böhm, Huhne, Lynne, Maaten, Manders, Monsonís Domingo, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Nordmann, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Ries, Riis-Jørgensen, Schmidt, Sterckx, Sørensen, Väyrynen, Vallvé, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Ainardi, Alyssandrakis, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Bordes, Boudjenah, Caudron, Cauquil, Dary, Di Lello Finuoli, Figueiredo, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Koulourianos, Krarup, Laguiller, Manisco, Markov, Marset Campos, Meijer, Modrow, Naïr, Patakis, Puerta, Scarbonchi, Schröder Ilka, Seppänen, Sjöstedt, Vachetta, Wurtz

NI: Berthu, Beysen, Borghezio, Cappato, Dell'Alba, Dupuis, Gorostiaga Atxalandabaso, Hager, Kronberger, de La Perriere, Pannella

PPE-DE: Almeida Garrett, Andria, Arvidsson, Ayuso González, Balfe, Banotti, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Beazley, Bébéar, Berend, Böge, von Boetticher, Bourlanges, Bowis, Bradbourn, Bremmer, Brok, Bushill-Matthews, Callanan, Camisón Asensio, Cardoso, Cederschiöld, Chichester, Cocilovo, Coelho, Cornillet, Daul, De Mita, Deprez, De Sarnez, Descamps, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Ebner, Elles, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fiori, Florenz, Folias, Foster, Fourtou, Friedrich, Gahler, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Garriga Polledo, Gemelli, Glase, Goepel, Gomolka, Goodwill, Gouveia, Graça Moura, Grönfeldt Bergman, Grosch, Grossetête, Hannan, Hansenne, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Helmer, Hermange, Hernández Mollar, Hieronymi, Inglewood, Jeggle, Karas, Kastler, Keppelhoff-Wiechert, Khanbhai, Klamt, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langen, Langenhagen, Laschet, Lechner, Lehne, Liese, Lisi, Lulling, Maat, McCartin, Mann Thomas, Marques, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Mennitti, Menrad, Mombaur, Montfort, Morillon, Naranjo Escobar, Nassauer, Nicholson, Niebler, Nisticò, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pack, Parish, Pastorelli, Pérez Álvarez, Perry, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Pronk, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rübig, Sacrédeus, Salafranca Sánchez-Neyra, Santini, Sartori, Scallon, Schaffner, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schröder Jürgen, Schwaiger, Sommer, Stauner, Stenmarck, Stenzel, Sudre, Suominen, Tajani, Tannock, Theato, Thyssen, Trakatellis, Twinn, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Vatanen, van Velzen, de Veyrinas, Villiers, Vlasto, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, Wijkman, von Wogau, Wuermeling, Zabell, Zacharakis, Zappalà, Zimmerling, Zissener

PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Berenguer Fuster, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, Campos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Colom i Naval, Corbett, Corbey, Dehousse, De Keyser, De Rossa, Désir, Díez González, Dührkop Dührkop, Duhamel, Duin, El Khadraoui, Ettl, Färm, Fava, Ferreira, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Görlach, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, van Hulten, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Jöns, Junker, Karamanou, Karlsson, Katiforis, Keßler, Kindermann, Kinnock, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Lage, Lalumière, Lange, Leinen, Linkohr, Lund, McAvan, McCarthy, McNally, Malliori, Mann Erika, Martin David W., Martin Hans-Peter, Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Moraes, Müller, Murphy, Myller, Napoletano, Napolitano, Paasilinna, Patrie, Pérez Royo, Piecyk, Pittella, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Ruffolo, Sacconi, Sakellariou, dos Santos, Scheele, Schmid Gerhard, Schulz, Skinner, Soares, Souladakis, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Thorning-Schmidt, Titley, Trentin, Vairinhos, Van Lancker, Volcic, Walter, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Zorba, Zrihen

UEN: Berlato, Collins, Crowley, Fitzsimons, Hyland, Muscardini, Nobilia, Ó Neachtain, Queiró, Ribeiro e Castro, Turchi

Verts/ALE: Aaltonen, Auroi, Boumediene-Thiery, Bouwman, Breyer, Buitenweg, Dhaene, Ferrández Lezaun, Flautre, Gahrton, Isler Béguin, Jonckheer, Lagendijk, Lipietz, MacCormick, McKenna, Maes, Mayol i Raynal, Onesta, Ortuondo Larrea, Piétrasanta, Rod, de Roo, Rühle, Sörensen, Staes, Voggenhuber, Wuori, Wyn

En contra: 7

EDD: Abitbol

NI: Garaud

PSE: Marinho

UEN: Camre, Caullery, Pasqua, Thomas-Mauro

Abstención: 10

EDD: Bernié, Farage, Mathieu, Raymond, Saint-Josse

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Lang, Martinez

10.   B5-0475/2003 — RC — Euromed

Apartado 10, segunda parte

A favor: 235

EDD: Andersen, Bonde, Esclopé, Sandbæk

ELDR: Andreasen, André-Léonard, Calò, Davies, De Clercq, Di Pietro, Duff, Dybkjær, Flesch, Formentini, Gasòliba i Böhm, Huhne, Lynne, Maaten, Manders, Monsonís Domingo, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Ries, Riis-Jørgensen, Schmidt, Sterckx, Sørensen, Väyrynen, Vallvé, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Ainardi, Alyssandrakis, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Bordes, Boudjenah, Cauquil, Di Lello Finuoli, Figueiredo, Frahm, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Koulourianos, Krarup, Laguiller, Manisco, Markov, Marset Campos, Meijer, Modrow, Patakis, Puerta, Schröder Ilka, Seppänen, Sjöstedt, Vachetta, Wurtz

NI: Borghezio, Cappato, Dell'Alba, Dupuis, Gorostiaga Atxalandabaso, Pannella

PPE-DE: Bourlanges, Doyle, Florenz, Pronk

PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Berenguer Fuster, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, Campos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Ceyhun, Colom i Naval, Corbett, Corbey, Dehousse, De Rossa, Désir, Díez González, Dührkop Dührkop, Duhamel, Duin, El Khadraoui, Ettl, Färm, Fava, Ferreira, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Görlach, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, van Hulten, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Jöns, Junker, Karamanou, Karlsson, Katiforis, Keßler, Kindermann, Kinnock, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Lage, Lalumière, Lange, Leinen, Linkohr, Lund, McAvan, McCarthy, McNally, Malliori, Marinho, Martin David W., Martin Hans-Peter, Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Moraes, Müller, Murphy, Myller, Napoletano, Napolitano, Paasilinna, Patrie, Pérez Royo, Piecyk, Pittella, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Ruffolo, Sacconi, dos Santos, Scheele, Schmid Gerhard, Schulz, Skinner, Soares, Souladakis, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Thorning-Schmidt, Titley, Trentin, Vairinhos, Van Lancker, Volcic, Walter, Weiler, Whitehead, Wynn, Zorba, Zrihen

Verts/ALE: Aaltonen, Auroi, Boumediene-Thiery, Bouwman, Breyer, Buitenweg, Dhaene, Ferrández Lezaun, Flautre, Gahrton, Isler Béguin, Jonckheer, Lagendijk, Lipietz, MacCormick, McKenna, Maes, Mayol i Raynal, Onesta, Ortuondo Larrea, Piétrasanta, Rod, de Roo, Rühle, Sörensen, Staes, Voggenhuber, Wuori, Wyn

En contra: 196

EDD: Abitbol, Belder, Blokland, van Dam

ELDR: Nordmann

GUE/NGL: Dary, Naïr, Scarbonchi

NI: Beysen, Garaud, Hager, de La Perriere

PPE-DE: Almeida Garrett, Andria, Arvidsson, Ayuso González, Balfe, Banotti, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Beazley, Bébéar, von Boetticher, Bowis, Bradbourn, Bremmer, Brok, Bushill-Matthews, Callanan, Camisón Asensio, Cardoso, Cederschiöld, Chichester, Coelho, Cornillet, Cushnahan, Daul, De Mita, Deprez, De Sarnez, Descamps, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Ebner, Elles, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fiori, Folias, Foster, Fourtou, Friedrich, Gahler, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Garriga Polledo, Gemelli, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Goodwill, Gouveia, Graça Moura, Grönfeldt Bergman, Grosch, Grossetête, Hannan, Hansenne, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Helmer, Hermange, Hernández Mollar, Hieronymi, Inglewood, Jeggle, Karas, Kastler, Keppelhoff-Wiechert, Khanbhai, Klamt, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langen, Langenhagen, Laschet, Lechner, Lehne, Liese, Lisi, Lulling, Maat, McCartin, Mann Thomas, Marques, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Mennitti, Menrad, Mombaur, Montfort, Morillon, Naranjo Escobar, Nassauer, Nicholson, Niebler, Nisticò, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pack, Parish, Pastorelli, Pérez Álvarez, Perry, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rübig, Sacrédeus, Salafranca Sánchez-Neyra, Santini, Sartori, Scallon, Schaffner, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schröder Jürgen, Schwaiger, Smet, Sommer, Stauner, Stenmarck, Stenzel, Sudre, Suominen, Tajani, Tannock, Theato, Thyssen, Trakatellis, Twinn, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Vatanen, van Velzen, de Veyrinas, Vidal-Quadras Roca, Villiers, Vlasto, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, Wijkman, von Wogau, Zabell, Zacharakis, Zappalà, Zimmerling, Zissener

PSE: Sakellariou

UEN: Berlato, Camre, Caullery, Collins, Crowley, Fitzsimons, Hyland, Muscardini, Nobilia, Ó Neachtain, Pasqua, Queiró, Ribeiro e Castro, Thomas-Mauro, Turchi

Abstención: 14

EDD: Bernié, Butel, Farage, Mathieu, Raymond, Saint-Josse

NI: Berthu, Claeys, Dillen, Gollnisch, Kronberger, Lang, Martinez

PPE-DE: Cocilovo

11.   B5-0475/2003 — RC — Euromed

Apartado 11

A favor: 244

EDD: Andersen, Bonde, Butel, Esclopé, Sandbæk

ELDR: Andreasen, André-Léonard, Busk, Calò, Davies, De Clercq, Di Pietro, Duff, Dybkjær, Flesch, Formentini, Gasòliba i Böhm, Huhne, Lynne, Maaten, Manders, Mulder, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Ries, Riis-Jørgensen, Schmidt, Sterckx, Sørensen, Väyrynen, Vallvé, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Ainardi, Alyssandrakis, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Bordes, Boudjenah, Cauquil, Di Lello Finuoli, Figueiredo, Frahm, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Koulourianos, Krarup, Laguiller, Manisco, Markov, Marset Campos, Meijer, Modrow, Patakis, Puerta, Schröder Ilka, Seppänen, Sjöstedt, Vachetta, Wurtz

NI: Borghezio, Cappato, Dell'Alba, Dupuis, Gorostiaga Atxalandabaso, Kronberger, Pannella

PPE-DE: Nicholson, Parish, Tannock, Van Orden, Wijkman

PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Berenguer Fuster, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, Campos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Ceyhun, Colom i Naval, Corbett, Corbey, Dehousse, De Keyser, De Rossa, Désir, Díez González, Dührkop Dührkop, Duhamel, Duin, El Khadraoui, Ettl, Färm, Fava, Ferreira, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Görlach, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, van Hulten, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Jöns, Junker, Karamanou, Karlsson, Katiforis, Keßler, Kindermann, Kinnock, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Lage, Lalumière, Lange, Leinen, Linkohr, Lund, McAvan, McCarthy, McNally, Malliori, Mann Erika, Marinho, Martin David W., Martin Hans-Peter, Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Moraes, Müller, Murphy, Myller, Napoletano, Napolitano, Paasilinna, Patrie, Pérez Royo, Piecyk, Pittella, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Ruffolo, Sacconi, dos Santos, Scheele, Schmid Gerhard, Schulz, Skinner, Soares, Souladakis, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Thorning-Schmidt, Titley, Trentin, Vairinhos, Van Lancker, Volcic, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Zorba, Zrihen

UEN: Collins, Crowley, Fitzsimons, Hyland, Ó Neachtain

Verts/ALE: Aaltonen, Auroi, Boumediene-Thiery, Bouwman, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Dhaene, Ferrández Lezaun, Flautre, Gahrton, Isler Béguin, Lagendijk, Lipietz, MacCormick, McKenna, Maes, Mayol i Raynal, Onesta, Ortuondo Larrea, Piétrasanta, Rod, de Roo, Rühle, Sörensen, Staes, Voggenhuber, Wuori, Wyn

En contra: 173

EDD: Abitbol, Belder, Blokland, van Dam

ELDR: Monsonís Domingo, Nicholson of Winterbourne, Nordmann

GUE/NGL: Dary, Naïr, Scarbonchi

NI: Berthu, Beysen, Hager, de La Perriere

PPE-DE: Almeida Garrett, Andria, Arvidsson, Ayuso González, Banotti, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Bébéar, Berend, Böge, von Boetticher, Bourlanges, Bremmer, Brok, Camisón Asensio, Cardoso, Cederschiöld, Coelho, Cornillet, Cushnahan, Daul, De Mita, Deprez, De Sarnez, Descamps, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Doorn, Doyle, Ebner, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fiori, Flemming, Florenz, Folias, Fourtou, Friedrich, Gahler, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Garriga Polledo, Gemelli, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Gouveia, Graça Moura, Grönfeldt Bergman, Grosch, Grossetête, Hansenne, Hatzidakis, Hermange, Hernández Mollar, Hieronymi, Jeggle, Karas, Kastler, Keppelhoff-Wiechert, Klamt, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langen, Langenhagen, Laschet, Lechner, Lehne, Liese, Lisi, Lulling, Maat, McCartin, Mann Thomas, Marques, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Mennitti, Menrad, Mombaur, Montfort, Morillon, Naranjo Escobar, Nassauer, Niebler, Nisticò, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pack, Pastorelli, Pérez Álvarez, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Pronk, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rübig, Salafranca Sánchez-Neyra, Santini, Sartori, Schaffner, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schröder Jürgen, Schwaiger, Smet, Sommer, Stauner, Stenmarck, Stenzel, Sudre, Suominen, Tajani, Theato, Thyssen, Trakatellis, Varela Suanzes-Carpegna, Vatanen, van Velzen, de Veyrinas, Vidal-Quadras Roca, Vlasto, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, von Wogau, Wuermeling, Zabell, Zacharakis, Zappalà, Zimmerling, Zissener

PSE: Sakellariou, Walter

UEN: Berlato, Camre, Caullery, Muscardini, Nobilia, Pasqua, Queiró, Ribeiro e Castro, Thomas-Mauro, Turchi

Abstención: 34

EDD: Bernié, Farage, Mathieu, Raymond, Saint-Josse

NI: Claeys, Dillen, Garaud, Gollnisch, Lang, Martinez

PPE-DE: Balfe, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Cocilovo, Deva, Dover, Elles, Foster, Goodwill, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Helmer, Inglewood, Khanbhai, Perry, Purvis, Twinn, Villiers

12.   B5-0475/2003 — RC — Euromed

Enmienda 1

A favor: 103

EDD: Andersen, Bonde, Esclopé, Sandbæk

ELDR: Andreasen, Schmidt

GUE/NGL: Ainardi, Alyssandrakis, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Bordes, Boudjenah, Caudron, Cauquil, Dary, Di Lello Finuoli, Figueiredo, Frahm, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Koulourianos, Krarup, Laguiller, Manisco, Markov, Marset Campos, Meijer, Modrow, Naïr, Patakis, Puerta, Scarbonchi, Schröder Ilka, Seppänen, Sjöstedt, Vachetta, Wurtz

NI: Borghezio, Cappato, Dell'Alba, Dupuis, Gorostiaga Atxalandabaso, Pannella

PSE: Campos, Carlotti, Carnero González, Casaca, De Keyser, Désir, Duhamel, Fava, Ferreira, Fruteau, Garot, Gillig, Görlach, Guy-Quint, Hazan, Hedkvist Petersen, Lalumière, Leinen, Linkohr, Marinho, Martin Hans-Peter, Miguélez Ramos, Patrie, Poignant, Rocard, Roure, Scheele, Sousa Pinto, Zrihen

Verts/ALE: Aaltonen, Auroi, Boumediene-Thiery, Bouwman, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Dhaene, Ferrández Lezaun, Flautre, Gahrton, Isler Béguin, Jonckheer, Lagendijk, Lipietz, MacCormick, McKenna, Maes, Mayol i Raynal, Onesta, Ortuondo Larrea, Piétrasanta, Rod, de Roo, Rühle, Sörensen, Voggenhuber, Wuori, Wyn

En contra: 342

EDD: Abitbol, Belder, Blokland, van Dam

ELDR: André-Léonard, Busk, Calò, Davies, De Clercq, Di Pietro, Duff, Dybkjær, Flesch, Formentini, Gasòliba i Böhm, Huhne, Lynne, Maaten, Manders, Monsonís Domingo, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Nordmann, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Ries, Riis-Jørgensen, Sterckx, Sørensen, Väyrynen, Vallvé, Virrankoski, Wallis, Watson

NI: Berthu, Beysen, Claeys, Dillen, Garaud, Gollnisch, Hager, Kronberger, Lang, de La Perriere, Martinez

PPE-DE: Almeida Garrett, Andria, Arvidsson, Ayuso González, Balfe, Banotti, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Beazley, Bébéar, Berend, Böge, von Boetticher, Bourlanges, Bowis, Bradbourn, Bremmer, Brok, Bushill-Matthews, Callanan, Camisón Asensio, Cardoso, Cederschiöld, Chichester, Cocilovo, Coelho, Cornillet, Cushnahan, Daul, De Mita, Deprez, De Sarnez, Descamps, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Ebner, Elles, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fiori, Flemming, Florenz, Folias, Foster, Fourtou, Friedrich, Gahler, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Garriga Polledo, Gemelli, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Goodwill, Gouveia, Graça Moura, Grönfeldt Bergman, Grosch, Grossetête, Hannan, Hansenne, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Helmer, Hermange, Hernández Mollar, Hieronymi, Inglewood, Jeggle, Karas, Kastler, Keppelhoff-Wiechert, Khanbhai, Klamt, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langen, Langenhagen, Laschet, Lechner, Lehne, Liese, Lisi, Lulling, Maat, McCartin, Mann Thomas, Marques, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Mennitti, Menrad, Mombaur, Montfort, Morillon, Naranjo Escobar, Nassauer, Nicholson, Niebler, Nisticò, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pack, Parish, Pastorelli, Pérez Álvarez, Perry, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Pronk, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rübig, Sacrédeus, Salafranca Sánchez-Neyra, Santini, Sartori, Scallon, Schaffner, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schröder Jürgen, Schwaiger, Smet, Sommer, Stauner, Stenmarck, Stenzel, Sudre, Suominen, Tajani, Tannock, Theato, Thyssen, Trakatellis, Twinn, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Vatanen, van Velzen, de Veyrinas, Vidal-Quadras Roca, Villiers, Vlasto, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, Wijkman, von Wogau, Wuermeling, Zabell, Zacharakis, Zappalà, Zimmerling, Zissener

PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Berenguer Fuster, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, Cashman, Cercas, Ceyhun, Colom i Naval, Corbett, Corbey, De Rossa, Díez González, Dührkop Dührkop, Duin, El Khadraoui, Ettl, Färm, Ford, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Glante, Gröner, Hänsch, Haug, Honeyball, Howitt, van Hulten, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Jöns, Junker, Karamanou, Karlsson, Katiforis, Keßler, Kindermann, Kinnock, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Lage, Lange, Lund, McAvan, McCarthy, McNally, Malliori, Mann Erika, Martin David W., Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Miller, Miranda de Lage, Moraes, Müller, Murphy, Myller, Napoletano, Napolitano, Paasilinna, Pérez Royo, Piecyk, Pittella, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Ruffolo, Sacconi, Sakellariou, dos Santos, Schmid Gerhard, Schulz, Skinner, Soares, Souladakis, Stihler, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Thorning-Schmidt, Trentin, Van Lancker, Volcic, Walter, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Zorba

UEN: Berlato, Camre, Caullery, Collins, Crowley, Fitzsimons, Hyland, Muscardini, Nobilia, Ó Neachtain, Pasqua, Queiró, Ribeiro e Castro, Thomas-Mauro, Turchi

Abstención: 9

EDD: Bernié, Butel, Farage, Mathieu, Raymond, Saint-Josse

PSE: Dehousse, Titley, Vairinhos

13.   B5-0475/2003 — RC — Euromed

Enmienda 2

A favor: 70

EDD: Esclopé

GUE/NGL: Ainardi, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Bordes, Boudjenah, Caudron, Cauquil, Dary, Di Lello Finuoli, Figueiredo, Frahm, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Koulourianos, Krarup, Laguiller, Manisco, Markov, Marset Campos, Meijer, Modrow, Naïr, Puerta, Scarbonchi, Schröder Ilka, Seppänen, Sjöstedt, Vachetta, Wurtz

NI: Cappato, Dupuis, Gorostiaga Atxalandabaso, Pannella

PPE-DE: Bremmer

PSE: Marinho, Wiersma

UEN: Turchi

Verts/ALE: Aaltonen, Auroi, Boumediene-Thiery, Bouwman, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Dhaene, Ferrández Lezaun, Flautre, Gahrton, Isler Béguin, Jonckheer, Lagendijk, Lipietz, MacCormick, McKenna, Maes, Mayol i Raynal, Onesta, Ortuondo Larrea, Piétrasanta, Rod, de Roo, Rühle, Sörensen, Staes, Voggenhuber, Wuori, Wyn

En contra: 369

EDD: Abitbol, Andersen, Belder, Blokland, Bonde, van Dam, Sandbæk

ELDR: Andreasen, André-Léonard, Busk, Calò, Davies, De Clercq, Di Pietro, Duff, Dybkjær, Flesch, Formentini, Gasòliba i Böhm, Huhne, Lynne, Maaten, Manders, Monsonís Domingo, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Nordmann, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Ries, Riis-Jørgensen, Schmidt, Sterckx, Sørensen, Väyrynen, Vallvé, Virrankoski, Wallis, Watson

NI: Berthu, Beysen, Borghezio, Claeys, Dillen, Garaud, Gollnisch, Hager, Lang, de La Perriere, Martinez

PPE-DE: Almeida Garrett, Andria, Arvidsson, Ayuso González, Balfe, Banotti, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Beazley, Bébéar, Berend, Böge, von Boetticher, Bourlanges, Bowis, Bradbourn, Brok, Bushill-Matthews, Callanan, Camisón Asensio, Cardoso, Cederschiöld, Chichester, Cocilovo, Coelho, Cornillet, Cushnahan, Daul, De Mita, Deprez, De Sarnez, Descamps, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Ebner, Elles, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fiori, Flemming, Florenz, Folias, Foster, Fourtou, Friedrich, Gahler, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Garriga Polledo, Gemelli, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Goodwill, Gouveia, Graça Moura, Grönfeldt Bergman, Grosch, Grossetête, Hannan, Hansenne, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Helmer, Hermange, Hernández Mollar, Hieronymi, Inglewood, Jeggle, Karas, Kastler, Keppelhoff-Wiechert, Khanbhai, Klamt, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langen, Langenhagen, Laschet, Lechner, Lehne, Liese, Lisi, Lulling, Maat, McCartin, Mann Thomas, Marques, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Mennitti, Menrad, Mombaur, Montfort, Morillon, Naranjo Escobar, Nassauer, Nicholson, Niebler, Nisticò, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pack, Parish, Pastorelli, Pérez Álvarez, Perry, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Pronk, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rübig, Sacrédeus, Salafranca Sánchez-Neyra, Santini, Sartori, Scallon, Schaffner, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schröder Jürgen, Schwaiger, Smet, Sommer, Stauner, Stenmarck, Stenzel, Sudre, Suominen, Tajani, Tannock, Theato, Thyssen, Trakatellis, Twinn, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Vatanen, van Velzen, de Veyrinas, Vidal-Quadras Roca, Villiers, Vlasto, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, Wijkman, von Wogau, Wuermeling, Zabell, Zacharakis, Zappalà, Zimmerling, Zissener

PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Berenguer Fuster, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, Campos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Ceyhun, Colom i Naval, Corbett, Corbey, De Keyser, De Rossa, Díez González, Dührkop Dührkop, Duhamel, Duin, El Khadraoui, Ettl, Färm, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Görlach, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, van Hulten, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Jöns, Junker, Karamanou, Karlsson, Katiforis, Keßler, Kindermann, Kinnock, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Lage, Lalumière, Lange, Leinen, Linkohr, Lund, McAvan, McCarthy, McNally, Malliori, Mann Erika, Martin David W., Martin Hans-Peter, Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Moraes, Müller, Murphy, Myller, Napoletano, Napolitano, Paasilinna, Patrie, Pérez Royo, Piecyk, Pittella, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Ruffolo, Sacconi, Sakellariou, dos Santos, Scheele, Schmid Gerhard, Schulz, Skinner, Soares, Souladakis, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Thorning-Schmidt, Titley, Trentin, Van Lancker, Volcic, Walter, Weiler, Whitehead, Wynn, Zorba, Zrihen

UEN: Berlato, Camre, Caullery, Collins, Crowley, Fitzsimons, Hyland, Muscardini, Nobilia, Ó Neachtain, Pasqua, Ribeiro e Castro, Thomas-Mauro

Abstención: 13

EDD: Bernié, Farage, Mathieu, Raymond, Saint-Josse

GUE/NGL: Alyssandrakis, Patakis

NI: Kronberger

PSE: Dehousse, Désir, Fava, Ferreira, Vairinhos

14.   B5-0475/2003 — RC — Euromed

Enmienda 6

A favor: 95

EDD: Esclopé

ELDR: Schmidt

GUE/NGL: Ainardi, Alyssandrakis, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Bordes, Boudjenah, Caudron, Cauquil, Dary, Di Lello Finuoli, Figueiredo, Frahm, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Koulourianos, Laguiller, Manisco, Markov, Marset Campos, Meijer, Modrow, Naïr, Patakis, Puerta, Scarbonchi, Seppänen, Sjöstedt, Vachetta, Wurtz

NI: Cappato, Dell'Alba, Dupuis, Gorostiaga Atxalandabaso, Pannella

PPE-DE: Balfe, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Callanan, Deva, Dover, Elles, Foster, Goodwill, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Helmer, Inglewood, Khanbhai, Nicholson, Parish, Perry, Purvis, Tannock, Twinn, Van Orden, Villiers

PSE: De Keyser, Marinho

Verts/ALE: Aaltonen, Auroi, Boumediene-Thiery, Bouwman, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Dhaene, Ferrández Lezaun, Flautre, Gahrton, Isler Béguin, Jonckheer, Lagendijk, Lipietz, MacCormick, McKenna, Maes, Mayol i Raynal, Onesta, Ortuondo Larrea, Piétrasanta, Rod, de Roo, Rühle, Sörensen, Staes, Voggenhuber, Wuori, Wyn

En contra: 345

EDD: Abitbol, Andersen, Belder, Blokland, Bonde, van Dam, Sandbæk

ELDR: Andreasen, André-Léonard, Busk, Calò, Davies, De Clercq, Di Pietro, Duff, Dybkjær, Flesch, Formentini, Gasòliba i Böhm, Huhne, Lynne, Maaten, Manders, Monsonís Domingo, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Nordmann, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Ries, Riis-Jørgensen, Sterckx, Sørensen, Väyrynen, Vallvé, Virrankoski, Wallis, Watson

NI: Berthu, Beysen, Borghezio, Claeys, Dillen, Garaud, Gollnisch, Hager, Lang, de La Perriere, Martinez

PPE-DE: Almeida Garrett, Andria, Arvidsson, Ayuso González, Banotti, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Bébéar, Berend, Böge, von Boetticher, Bourlanges, Bremmer, Brok, Camisón Asensio, Cardoso, Cederschiöld, Chichester, Cocilovo, Coelho, Cornillet, Cushnahan, Daul, De Mita, Deprez, De Sarnez, Descamps, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Doorn, Doyle, Ebner, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fiori, Flemming, Florenz, Folias, Fourtou, Friedrich, Gahler, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Garriga Polledo, Gemelli, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Gouveia, Graça Moura, Grönfeldt Bergman, Grosch, Grossetête, Hansenne, Hatzidakis, Hermange, Hernández Mollar, Hieronymi, Jeggle, Karas, Kastler, Keppelhoff-Wiechert, Klamt, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langen, Langenhagen, Laschet, Lechner, Lehne, Liese, Lisi, Lulling, Maat, McCartin, Mann Thomas, Marques, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Mennitti, Menrad, Mombaur, Montfort, Morillon, Naranjo Escobar, Nassauer, Niebler, Nisticò, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pack, Pastorelli, Pérez Álvarez, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Pronk, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rübig, Sacrédeus, Salafranca Sánchez-Neyra, Santini, Sartori, Scallon, Schaffner, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schröder Jürgen, Schwaiger, Smet, Sommer, Stauner, Stenmarck, Stenzel, Sudre, Suominen, Tajani, Theato, Thyssen, Trakatellis, Varela Suanzes-Carpegna, Vatanen, van Velzen, de Veyrinas, Vidal-Quadras Roca, Vlasto, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, Wijkman, von Wogau, Wuermeling, Zabell, Zacharakis, Zappalà, Zimmerling, Zissener

PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Berenguer Fuster, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, Campos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Ceyhun, Colom i Naval, Corbett, Corbey, De Rossa, Díez González, Dührkop Dührkop, Duhamel, Duin, El Khadraoui, Ettl, Färm, Fava, Ford, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Görlach, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, van Hulten, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Jöns, Junker, Karamanou, Karlsson, Katiforis, Keßler, Kindermann, Kinnock, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Lage, Lalumière, Lange, Leinen, Linkohr, Lund, McAvan, McCarthy, McNally, Malliori, Mann Erika, Martin David W., Martin Hans-Peter, Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Moraes, Müller, Murphy, Myller, Napoletano, Napolitano, Paasilinna, Patrie, Pérez Royo, Piecyk, Pittella, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Ruffolo, Sacconi, Sakellariou, dos Santos, Scheele, Schmid Gerhard, Schulz, Skinner, Soares, Souladakis, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Thorning-Schmidt, Titley, Trentin, Van Lancker, Volcic, Walter, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Zorba, Zrihen

UEN: Berlato, Camre, Caullery, Collins, Crowley, Fitzsimons, Hyland, Muscardini, Nobilia, Ó Neachtain, Pasqua, Ribeiro e Castro, Thomas-Mauro, Turchi

Abstención: 13

EDD: Bernié, Butel, Farage, Mathieu, Raymond, Saint-Josse

GUE/NGL: Krarup

NI: Kronberger

PSE: Dehousse, Désir, Ferreira, Fruteau, Vairinhos

15.   B5-0475/2003 — RC — Euromed

Apartado 13, primera parte

A favor: 345

EDD: Belder, Blokland, Butel, van Dam, Esclopé

ELDR: Andreasen, André-Léonard, Busk, Calò, Davies, De Clercq, Di Pietro, Duff, Dybkjær, Flesch, Formentini, Gasòliba i Böhm, Huhne, Lynne, Maaten, Manders, Monsonís Domingo, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Nordmann, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Ries, Riis-Jørgensen, Schmidt, Sterckx, Sørensen, Väyrynen, Vallvé, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Seppänen, Sjöstedt

NI: Berthu, Beysen, Cappato, Dell'Alba, Dupuis, Kronberger, de La Perriere, Pannella

PPE-DE: Almeida Garrett, Andria, Arvidsson, Banotti, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Bébéar, Berend, von Boetticher, Bourlanges, Bremmer, Brok, Camisón Asensio, Cardoso, Cederschiöld, Cocilovo, Coelho, Cornillet, Cushnahan, Daul, De Mita, Deprez, De Sarnez, Descamps, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Doorn, Doyle, Ebner, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fiori, Flemming, Florenz, Folias, Fourtou, Friedrich, Gahler, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gemelli, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Gouveia, Graça Moura, Grönfeldt Bergman, Grosch, Grossetête, Hansenne, Hatzidakis, Hermange, Hernández Mollar, Hieronymi, Jeggle, Karas, Kastler, Keppelhoff-Wiechert, Klamt, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langen, Langenhagen, Laschet, Lechner, Lehne, Liese, Lisi, Lulling, Maat, McCartin, Mann Thomas, Marques, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Mennitti, Menrad, Mombaur, Montfort, Morillon, Naranjo Escobar, Nassauer, Niebler, Nisticò, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oreja Arburúa, Pack, Pastorelli, Pérez Álvarez, Podestà, Poettering, Posselt, Pronk, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rübig, Salafranca Sánchez-Neyra, Santini, Sartori, Schaffner, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schröder Jürgen, Schwaiger, Smet, Sommer, Stauner, Stenmarck, Stenzel, Sudre, Suominen, Tajani, Theato, Thyssen, Trakatellis, Varela Suanzes-Carpegna, Vatanen, van Velzen, de Veyrinas, Vidal-Quadras Roca, Vlasto, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, Wijkman, von Wogau, Wuermeling, Zacharakis, Zappalà, Zimmerling, Zissener

PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Berenguer Fuster, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, Campos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Ceyhun, Colom i Naval, Corbett, Corbey, Dehousse, De Keyser, De Rossa, Díez González, Dührkop Dührkop, Duhamel, Duin, El Khadraoui, Ettl, Färm, Fava, Ferreira, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Görlach, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, van Hulten, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Jöns, Junker, Karamanou, Karlsson, Katiforis, Keßler, Kindermann, Kinnock, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Lage, Lalumière, Lange, Leinen, Linkohr, Lund, McAvan, McCarthy, McNally, Malliori, Mann Erika, Marinho, Martin David W., Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Moraes, Müller, Murphy, Myller, Napoletano, Napolitano, Paasilinna, Patrie, Pérez Royo, Piecyk, Pittella, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Ruffolo, Sacconi, Sakellariou, dos Santos, Scheele, Schmid Gerhard, Schulz, Skinner, Soares, Souladakis, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Thorning-Schmidt, Titley, Trentin, Vairinhos, Van Lancker, Volcic, Walter, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Zorba, Zrihen

UEN: Berlato, Caullery, Collins, Crowley, Fitzsimons, Hyland, Muscardini, Nobilia, Ó Neachtain, Pasqua, Queiró, Ribeiro e Castro, Thomas-Mauro, Turchi

Verts/ALE: Ferrández Lezaun, MacCormick, Ortuondo Larrea, Voggenhuber, Wuori, Wyn

En contra: 90

EDD: Andersen, Bonde, Sandbæk

GUE/NGL: Ainardi, Alyssandrakis, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Bordes, Boudjenah, Caudron, Cauquil, Dary, Di Lello Finuoli, Figueiredo, Frahm, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Koulourianos, Krarup, Laguiller, Manisco, Markov, Marset Campos, Meijer, Modrow, Morgantini, Naïr, Patakis, Scarbonchi, Schröder Ilka, Vachetta, Wurtz

NI: Borghezio, Gorostiaga Atxalandabaso, Hager

PPE-DE: Balfe, Beazley, Böge, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Deva, Dover, Elles, Foster, Goodwill, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Helmer, Inglewood, Khanbhai, Nicholson, Parish, Perry, Purvis, Sacrédeus, Scallon, Tannock, Twinn, Van Orden, Villiers

UEN: Camre

Verts/ALE: Aaltonen, Auroi, Boumediene-Thiery, Bouwman, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Dhaene, Flautre, Gahrton, Isler Béguin, Jonckheer, Lagendijk, Lipietz, McKenna, Mayol i Raynal, Onesta, Piétrasanta, Rod, de Roo, Rühle, Sörensen, Staes

Abstención: 15

EDD: Abitbol, Bernié, Farage, Mathieu, Raymond, Saint-Josse

GUE/NGL: Puerta

NI: Claeys, Dillen, Garaud, Gollnisch, Lang, Martinez

PSE: Désir, Martin Hans-Peter

16.   B5-0475/2003 — RC — Euromed

Enmiendas 4 + 5

A favor: 273

EDD: Andersen, Bonde, Esclopé, Sandbæk

ELDR: Andreasen, André-Léonard, Busk, Calò, Davies, De Clercq, Di Pietro, Duff, Dybkjær, Flesch, Formentini, Gasòliba i Böhm, Huhne, Lynne, Maaten, Manders, Monsonís Domingo, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Nordmann, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Ries, Riis-Jørgensen, Schmidt, Sterckx, Sørensen, Väyrynen, Vallvé, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Ainardi, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Bordes, Boudjenah, Caudron, Cauquil, Dary, Di Lello Finuoli, Figueiredo, Frahm, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Koulourianos, Krarup, Laguiller, Markov, Marset Campos, Meijer, Modrow, Morgantini, Naïr, Patakis, Puerta, Scarbonchi, Schröder Ilka, Seppänen, Sjöstedt, Vachetta, Wurtz

NI: Borghezio, Cappato, Dell'Alba, Dupuis, Gorostiaga Atxalandabaso, Kronberger, Pannella

PPE-DE: Balfe, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Cushnahan, Deva, Dover, Elles, Foster, Goodwill, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Helmer, Inglewood, Khanbhai, Mayer Xaver, Nicholson, Parish, Perry, Purvis, Scallon, Schmitt, Tannock, Twinn, Van Orden

PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Berenguer Fuster, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, Campos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cercas, Ceyhun, Colom i Naval, Corbett, Corbey, De Keyser, De Rossa, Désir, Díez González, Dührkop Dührkop, Duhamel, Duin, El Khadraoui, Ettl, Färm, Fava, Ferreira, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Görlach, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, van Hulten, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Jöns, Junker, Karamanou, Katiforis, Keßler, Kindermann, Kinnock, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Lage, Lalumière, Lange, Leinen, Linkohr, Lund, McAvan, McNally, Malliori, Mann Erika, Marinho, Martin David W., Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Moraes, Müller, Murphy, Myller, Napoletano, Napolitano, Paasilinna, Patrie, Pérez Royo, Piecyk, Pittella, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Ruffolo, Sacconi, Sakellariou, dos Santos, Scheele, Schmid Gerhard, Schulz, Skinner, Soares, Souladakis, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Thorning-Schmidt, Titley, Trentin, Vairinhos, Van Lancker, Volcic, Walter, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Zorba, Zrihen

UEN: Caullery, Collins, Crowley, Fitzsimons, Hyland, Muscardini, Ó Neachtain, Thomas-Mauro

Verts/ALE: Aaltonen, Auroi, Boumediene-Thiery, Bouwman, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Dhaene, Ferrández Lezaun, Flautre, Gahrton, Isler Béguin, Jonckheer, Lagendijk, Lipietz, MacCormick, McKenna, Mayol i Raynal, Onesta, Ortuondo Larrea, Piétrasanta, Rod, de Roo, Rühle, Sörensen, Staes, Voggenhuber, Wuori, Wyn

En contra: 158

EDD: Belder, Blokland, van Dam

NI: Berthu, Beysen, Garaud, Gollnisch, Hager, de La Perriere

PPE-DE: Almeida Garrett, Andria, Arvidsson, Banotti, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Bébéar, Berend, Böge, von Boetticher, Bourlanges, Bremmer, Brok, Camisón Asensio, Cardoso, Cederschiöld, Coelho, Cornillet, Daul, De Mita, Deprez, De Sarnez, Descamps, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Doorn, Doyle, Ebner, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fiori, Flemming, Florenz, Folias, Fourtou, Friedrich, Gahler, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Garriga Polledo, Gemelli, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Gouveia, Graça Moura, Grönfeldt Bergman, Grosch, Grossetête, Hansenne, Hatzidakis, Hermange, Hernández Mollar, Hieronymi, Jeggle, Karas, Kastler, Keppelhoff-Wiechert, Klamt, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langen, Langenhagen, Laschet, Lechner, Lehne, Liese, Lisi, Lulling, Maat, McCartin, Mann Thomas, Marques, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mennitti, Menrad, Mombaur, Montfort, Morillon, Naranjo Escobar, Nassauer, Niebler, Nisticò, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pack, Pastorelli, Pérez Álvarez, Podestà, Poettering, Posselt, Pronk, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rübig, Sacrédeus, Salafranca Sánchez-Neyra, Santini, Sartori, Schaffner, Schierhuber, Schleicher, Schröder Jürgen, Smet, Sommer, Stauner, Stenmarck, Stenzel, Sudre, Suominen, Tajani, Theato, Thyssen, Trakatellis, Varela Suanzes-Carpegna, Vatanen, van Velzen, de Veyrinas, Vidal-Quadras Roca, Vlasto, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, Wijkman, von Wogau, Wuermeling, Zacharakis, Zappalà, Zimmerling, Zissener

UEN: Berlato, Camre, Nobilia, Pasqua, Queiró, Ribeiro e Castro, Turchi

Abstención: 13

EDD: Abitbol, Bernié, Butel, Farage, Mathieu, Raymond, Saint-Josse

NI: Claeys, Dillen, Lang, Martinez

PSE: Dehousse, Martin Hans-Peter

17.   B5-0475/2003 — RC — Euromed

Resolución

A favor: 414

EDD: Belder, Blokland, Butel, van Dam, Esclopé

ELDR: Andreasen, André-Léonard, Busk, Calò, Davies, De Clercq, Di Pietro, Duff, Dybkjær, Flesch, Formentini, Gasòliba i Böhm, Huhne, Lynne, Maaten, Manders, Monsonís Domingo, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Nordmann, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Ries, Riis-Jørgensen, Schmidt, Sterckx, Sørensen, Väyrynen, Vallvé, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Ainardi, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Boudjenah, Caudron, Di Lello Finuoli, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Koulourianos, Markov, Marset Campos, Meijer, Modrow, Morgantini, Naïr, Puerta, Scarbonchi, Wurtz

NI: Berthu, Beysen, Cappato, Dell'Alba, Dupuis, Gorostiaga Atxalandabaso, Hager, Kronberger, de La Perriere, Pannella

PPE-DE: Almeida Garrett, Andria, Arvidsson, Balfe, Banotti, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Beazley, Bébéar, Berend, von Boetticher, Bourlanges, Bowis, Bradbourn, Bremmer, Brok, Bushill-Matthews, Callanan, Camisón Asensio, Cardoso, Cederschiöld, Chichester, Cocilovo, Coelho, Cornillet, Cushnahan, Daul, De Mita, Deprez, De Sarnez, Descamps, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Ebner, Elles, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fiori, Flemming, Florenz, Folias, Foster, Fourtou, Friedrich, Gahler, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Garriga Polledo, Gemelli, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Goodwill, Gouveia, Graça Moura, Grönfeldt Bergman, Grosch, Grossetête, Hannan, Hansenne, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Helmer, Hernández Mollar, Hieronymi, Inglewood, Jeggle, Karas, Kastler, Keppelhoff-Wiechert, Khanbhai, Klamt, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langenhagen, Laschet, Lechner, Lehne, Liese, Lisi, Lulling, Maat, McCartin, Mann Thomas, Marques, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Mennitti, Menrad, Mombaur, Montfort, Morillon, Naranjo Escobar, Nassauer, Nicholson, Niebler, Nisticò, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pack, Parish, Pastorelli, Pérez Álvarez, Perry, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Pronk, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rübig, Sacrédeus, Salafranca Sánchez-Neyra, Santini, Sartori, Scallon, Schaffner, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schröder Jürgen, Schwaiger, Smet, Sommer, Stauner, Stenmarck, Stenzel, Sudre, Suominen, Tajani, Tannock, Theato, Thyssen, Trakatellis, Twinn, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Vatanen, van Velzen, de Veyrinas, Vidal-Quadras Roca, Villiers, Vlasto, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, Wijkman, von Wogau, Wuermeling, Zacharakis, Zappalà, Zimmerling, Zissener

PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Berenguer Fuster, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, Campos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Ceyhun, Colom i Naval, Corbett, Corbey, Dehousse, De Keyser, De Rossa, Désir, Díez González, Dührkop Dührkop, Duhamel, Duin, El Khadraoui, Ettl, Färm, Fava, Ferreira, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Görlach, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, van Hulten, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Jöns, Junker, Karamanou, Karlsson, Katiforis, Keßler, Kindermann, Kinnock, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Lage, Lalumière, Lange, Leinen, Linkohr, Lund, McAvan, McNally, Malliori, Mann Erika, Marinho, Martin David W., Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Moraes, Müller, Murphy, Myller, Napoletano, Napolitano, Paasilinna, Patrie, Pérez Royo, Piecyk, Pittella, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Ruffolo, Sacconi, Sakellariou, dos Santos, Scheele, Schmid Gerhard, Schulz, Skinner, Soares, Souladakis, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Thorning-Schmidt, Titley, Trentin, Vairinhos, Van Lancker, Volcic, Walter, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Zorba, Zrihen

UEN: Berlato, Caullery, Collins, Crowley, Fitzsimons, Hyland, Muscardini, Nobilia, Ó Neachtain, Pasqua, Queiró, Ribeiro e Castro, Thomas-Mauro, Turchi

Verts/ALE: Aaltonen, Auroi, Bouwman, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Dhaene, Ferrández Lezaun, Flautre, Gahrton, Isler Béguin, Jonckheer, Lagendijk, Lipietz, MacCormick, McKenna, Mayol i Raynal, Onesta, Ortuondo Larrea, Piétrasanta, de Roo, Rühle, Sörensen, Staes, Voggenhuber, Wuori, Wyn

En contra: 9

GUE/NGL: Alyssandrakis, Patakis, Schröder Ilka

NI: Borghezio, Claeys, Dillen, Gollnisch, Lang, Martinez

Abstención: 22

EDD: Abitbol, Andersen, Bernié, Bonde, Farage, Mathieu, Saint-Josse, Sandbæk

GUE/NGL: Bordes, Cauquil, Figueiredo, Frahm, Krarup, Laguiller, Seppänen, Sjöstedt, Vachetta

NI: Garaud

PPE-DE: Böge

UEN: Camre

Verts/ALE: Boumediene-Thiery, Rod

18.   B5-0479/2003 — RC — Cumbre UE/Rusia

Enmienda 1

A favor: 120

EDD: Andersen, Bonde, Sandbæk

ELDR: Andreasen, André-Léonard, Busk, Calò, Davies, De Clercq, Di Pietro, Duff, Dybkjær, Flesch, Formentini, Gasòliba i Böhm, Huhne, Lynne, Maaten, Manders, Monsonís Domingo, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Nordmann, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Ries, Riis-Jørgensen, Schmidt, Sterckx, Sørensen, Väyrynen, Vallvé, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Ainardi, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Bordes, Boudjenah, Caudron, Cauquil, Di Lello Finuoli, Figueiredo, Frahm, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Koulourianos, Krarup, Laguiller, Marset Campos, Meijer, Morgantini, Naïr, Puerta, Scarbonchi, Schröder Ilka, Seppänen, Sjöstedt, Vachetta

NI: Borghezio, Cappato, Dell'Alba, Dupuis, Garaud, Gollnisch, Lang, Martinez, Pannella

PPE-DE: Arvidsson, Cederschiöld, Grönfeldt Bergman, Pomés Ruiz, Stenmarck, Wachtmeister, Wijkman

PSE: Corbett, Hedkvist Petersen, Lund, Marinho, Poos, Roure, Scheele

UEN: Collins, Crowley, Fitzsimons, Hyland, Ó Neachtain

Verts/ALE: Aaltonen, Auroi, Boumediene-Thiery, Bouwman, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Dhaene, Ferrández Lezaun, Flautre, Gahrton, Isler Béguin, Jonckheer, Lagendijk, Lipietz, MacCormick, McKenna, Maes, Mayol i Raynal, Onesta, Piétrasanta, Rod, de Roo, Rühle, Sörensen, Staes, Voggenhuber, Wuori, Wyn

En contra: 302

EDD: Belder, Blokland, van Dam, Esclopé

NI: Berthu, Beysen, Gorostiaga Atxalandabaso, Hager, de La Perriere

PPE-DE: Andria, Balfe, Banotti, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Beazley, Bébéar, Berend, Böge, von Boetticher, Bourlanges, Bowis, Bradbourn, Bremmer, Brok, Bushill-Matthews, Callanan, Camisón Asensio, Cardoso, Chichester, Cocilovo, Coelho, Cornillet, Cushnahan, Daul, De Mita, Deprez, De Sarnez, Descamps, Deva, De Veyrac, Doorn, Dover, Doyle, Ebner, Elles, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fiori, Flemming, Florenz, Folias, Foster, Fourtou, Friedrich, Gahler, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Garriga Polledo, Gemelli, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Goodwill, Gouveia, Graça Moura, Grosch, Grossetête, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Helmer, Hernández Mollar, Hieronymi, Inglewood, Jeggle, Karas, Kastler, Keppelhoff-Wiechert, Khanbhai, Klamt, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langen, Langenhagen, Laschet, Lechner, Lehne, Liese, Lisi, Lulling, Maat, Mann Thomas, Marques, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Mennitti, Menrad, Mombaur, Montfort, Morillon, Naranjo Escobar, Nassauer, Nicholson, Niebler, Nisticò, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pack, Parish, Pastorelli, Pérez Álvarez, Perry, Podestà, Poettering, Pronk, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rübig, Sacrédeus, Salafranca Sánchez-Neyra, Santini, Sartori, Scallon, Schaffner, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schröder Jürgen, Schwaiger, Smet, Sommer, Stauner, Stenzel, Sudre, Suominen, Tajani, Tannock, Theato, Thyssen, Trakatellis, Twinn, Van Orden, Vatanen, van Velzen, de Veyrinas, Vidal-Quadras Roca, Villiers, Vlasto, Wenzel-Perillo, von Wogau, Wuermeling, Zacharakis, Zappalà, Zimmerling, Zissener

PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Berenguer Fuster, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Ceyhun, Colom i Naval, Corbey, Dehousse, De Keyser, De Rossa, Désir, Díez González, Dührkop Dührkop, Duhamel, Duin, El Khadraoui, Ettl, Färm, Fava, Ferreira, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Görlach, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hazan, Honeyball, Howitt, van Hulten, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Jöns, Junker, Karamanou, Karlsson, Katiforis, Keßler, Kindermann, Kinnock, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Lage, Lalumière, Lange, Leinen, Linkohr, McAvan, McCarthy, McNally, Malliori, Mann Erika, Martin David W., Martin Hans-Peter, Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Miller, Miranda de Lage, Moraes, Müller, Murphy, Napoletano, Napolitano, Paasilinna, Patrie, Pérez Royo, Piecyk, Pittella, Poignant, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Ruffolo, Sacconi, Sakellariou, dos Santos, Schmid Gerhard, Schulz, Skinner, Soares, Souladakis, Sousa Pinto, Stihler, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Thorning-Schmidt, Titley, Trentin, Vairinhos, Van Lancker, Volcic, Walter, Weiler, Whitehead, Wiersma, Zorba, Zrihen

UEN: Camre, Caullery, Pasqua, Queiró, Ribeiro e Castro, Thomas-Mauro

Abstención: 16

EDD: Abitbol, Bernié, Butel, Farage, Mathieu, Raymond, Saint-Josse

GUE/NGL: Alyssandrakis, Patakis

NI: Claeys, Dillen

PPE-DE: Posselt

UEN: Berlato, Muscardini, Nobilia, Turchi

19.   Informe Queiró A5-0370/2003

Enmienda 3

A favor: 71

EDD: Andersen, Bonde, Sandbæk

ELDR: Andreasen, André-Léonard, Busk, Calò, Davies, De Clercq, Di Pietro, Dybkjær, Flesch, Gasòliba i Böhm, Huhne, Lynne, Maaten, Monsonís Domingo, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Ries, Schmidt, Sterckx, Sørensen, Väyrynen, Vallvé, Vermeer, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Bergaz Conesa, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Marset Campos, Vachetta

PPE-DE: Korhola

PSE: El Khadraoui, Lund, Marinho, Paasilinna, Schmid Gerhard, Van Lancker

Verts/ALE: Aaltonen, Auroi, Boumediene-Thiery, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Dhaene, Ferrández Lezaun, Flautre, Gahrton, Isler Béguin, Lagendijk, Lipietz, MacCormick, McKenna, Maes, Mayol i Raynal, Onesta, Piétrasanta, Rod, de Roo, Rühle, Staes, Voggenhuber, Wuori, Wyn

En contra: 281

EDD: Belder, Blokland, van Dam, Farage

GUE/NGL: Caudron, Naïr, Schröder Ilka

NI: Berthu, Beysen, Claeys, Dillen, Hager, de La Perriere

PPE-DE: Andria, Arvidsson, Balfe, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Beazley, Berend, Böge, von Boetticher, Bourlanges, Bowis, Brok, Bushill-Matthews, Callanan, Camisón Asensio, Cardoso, Cederschiöld, Chichester, Cocilovo, Coelho, Cushnahan, Daul, Deprez, De Sarnez, Descamps, Deva, De Veyrac, Doorn, Dover, Doyle, Ebner, Elles, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fiori, Flemming, Florenz, Folias, Foster, Fourtou, Friedrich, Gahler, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Garriga Polledo, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Goodwill, Gouveia, Graça Moura, Grönfeldt Bergman, Grossetête, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Helmer, Hieronymi, Inglewood, Jeggle, Karas, Kastler, Khanbhai, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langen, Langenhagen, Laschet, Lechner, Lehne, Liese, Lulling, Maat, McCartin, Mann Thomas, Marques, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Menrad, Mombaur, Morillon, Naranjo Escobar, Nassauer, Nicholson, Niebler, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pack, Parish, Pastorelli, Pérez Álvarez, Perry, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Pronk, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rübig, Sacrédeus, Salafranca Sánchez-Neyra, Santini, Sartori, Scallon, Schaffner, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schröder Jürgen, Schwaiger, Smet, Sommer, Stauner, Stenmarck, Sudre, Suominen, Tannock, Theato, Thyssen, Trakatellis, Twinn, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, van Velzen, Villiers, Vlasto, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, Wijkman, von Wogau, Wuermeling, Zacharakis, Zimmerling, Zissener

PSE: Adam, Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Berenguer Fuster, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Ceyhun, Colom i Naval, Corbett, Dehousse, De Keyser, Díez González, Duhamel, Duin, Ettl, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Görlach, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, van Hulten, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Jöns, Junker, Karlsson, Katiforis, Keßler, Kindermann, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Lage, Lalumière, Lange, Leinen, Linkohr, McAvan, McCarthy, McNally, Malliori, Mann Erika, Martin David W., Martin Hans-Peter, Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Miranda de Lage, Müller, Myller, Patrie, Pérez Royo, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Sacconi, Sakellariou, dos Santos, Scheele, Schulz, Skinner, Souladakis, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Titley, Trentin, Vairinhos, Volcic, Walter, Weiler, Whitehead, Wiersma, Zorba, Zrihen

UEN: Berlato, Camre, Caullery, Collins, Muscardini, Nobilia, Pasqua, Queiró, Ribeiro e Castro, Thomas-Mauro, Turchi

Verts/ALE: Sörensen

Abstención: 30

GUE/NGL: Ainardi, Alyssandrakis, Bakopoulos, Bordes, Boudjenah, Cauquil, Di Lello Finuoli, Figueiredo, Frahm, Kaufmann, Koulourianos, Krarup, Laguiller, Meijer, Modrow, Patakis, Seppänen, Sjöstedt, Wurtz

NI: Cappato, Gorostiaga Atxalandabaso, Lang, Martinez

PPE-DE: Banotti

PSE: De Rossa, Désir, Ferreira

UEN: Crowley, Fitzsimons, Ó Neachtain

20.   Informe Queiró A5-0370/2003

Apartado 12

A favor: 270

ELDR: Andreasen, André-Léonard, Busk, Calò, Davies, De Clercq, Di Pietro, Flesch, Gasòliba i Böhm, Huhne, Lynne, Maaten, Monsonís Domingo, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Ries, Sterckx, Sørensen, Väyrynen, Vallvé, Vermeer, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Caudron

NI: Berthu, Beysen, Hager, de La Perriere

PPE-DE: Andria, Arvidsson, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Berend, Böge, von Boetticher, Bourlanges, Bremmer, Brok, Camisón Asensio, Cardoso, Cederschiöld, Cocilovo, Coelho, Cushnahan, Daul, Deprez, De Sarnez, Descamps, De Veyrac, Doorn, Doyle, Ebner, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fiori, Flemming, Florenz, Folias, Fourtou, Friedrich, Gahler, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Garriga Polledo, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Gouveia, Graça Moura, Grönfeldt Bergman, Grossetête, Hatzidakis, Hieronymi, Jeggle, Karas, Kastler, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langen, Langenhagen, Laschet, Lechner, Lehne, Liese, Lulling, Maat, McCartin, Mann Thomas, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Menrad, Mombaur, Morillon, Naranjo Escobar, Nassauer, Niebler, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pack, Pastorelli, Pérez Álvarez, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Pronk, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rübig, Salafranca Sánchez-Neyra, Santini, Sartori, Scallon, Schaffner, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schröder Jürgen, Schwaiger, Smet, Sommer, Stauner, Stenmarck, Sudre, Suominen, Theato, Thyssen, Trakatellis, Varela Suanzes-Carpegna, van Velzen, Vidal-Quadras Roca, Vlasto, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, Wijkman, von Wogau, Wuermeling, Zacharakis, Zimmerling, Zissener

PSE: Aparicio Sánchez, Baltas, Berenguer Fuster, van den Berg, Berger, Bösch, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Ceyhun, Colom i Naval, Dehousse, De Keyser, Désir, Díez González, Duhamel, Duin, Ettl, Ferreira, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Görlach, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hazan, van Hulten, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Jöns, Junker, Katiforis, Keßler, Kindermann, Kinnock, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Lage, Lalumière, Leinen, Linkohr, Lund, McNally, Malliori, Mann Erika, Martin David W., Martin Hans-Peter, Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Miranda de Lage, Moraes, Müller, Myller, Paasilinna, Patrie, Pérez Royo, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rocard, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Sacconi, Sakellariou, dos Santos, Scheele, Schmid Gerhard, Schulz, Skinner, Souladakis, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Trentin, Volcic, Walter, Weiler, Whitehead, Wiersma, Zorba, Zrihen

UEN: Berlato, Caullery, Collins, Crowley, Fitzsimons, Muscardini, Nobilia, Ó Neachtain, Pasqua, Queiró, Ribeiro e Castro, Thomas-Mauro, Turchi

Verts/ALE: Cohn-Bendit, Sörensen

En contra: 79

EDD: Andersen, Belder, Blokland, Bonde, van Dam, Farage, Sandbæk

ELDR: Schmidt

GUE/NGL: Ainardi, Alyssandrakis, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Bordes, Boudjenah, Cauquil, Di Lello Finuoli, Figueiredo, Frahm, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Koulourianos, Krarup, Laguiller, Marset Campos, Meijer, Modrow, Naïr, Patakis, Schröder Ilka, Seppänen, Sjöstedt, Vachetta, Wurtz

NI: Cappato, Gorostiaga Atxalandabaso

PPE-DE: Sacrédeus

PSE: Adam, Andersson, Bowe, Corbett, El Khadraoui, Ford, Haug, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Karlsson, McAvan, McCarthy, Vairinhos, Van Lancker

Verts/ALE: Aaltonen, Auroi, Boumediene-Thiery, Breyer, Buitenweg, Dhaene, Ferrández Lezaun, Flautre, Gahrton, Isler Béguin, Jonckheer, Lagendijk, Lipietz, MacCormick, McKenna, Maes, Mayol i Raynal, Onesta, Piétrasanta, Rod, de Roo, Rühle, Staes, Voggenhuber, Wuori, Wyn

Abstención: 34

ELDR: Dybkjær

NI: Claeys, Dillen, Lang, Martinez

PPE-DE: Balfe, Banotti, Beazley, Bowis, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Deva, Dover, Elles, Foster, Goodwill, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Helmer, Inglewood, Khanbhai, Nicholson, Parish, Perry, Purvis, Tannock, Twinn, Van Orden, Villiers

PSE: De Rossa, Lange

UEN: Camre

21.   Informe Queiró A5-0370/2003

Considerando G

A favor: 280

EDD: Belder, Blokland, van Dam

ELDR: Andreasen, André-Léonard, Busk, Calò, Davies, De Clercq, Di Pietro, Dybkjær, Flesch, Gasòliba i Böhm, Lynne, Maaten, Monsonís Domingo, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Ries, Sterckx, Sørensen, Väyrynen, Vallvé, Vermeer, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Naïr

NI: Berthu, Beysen, Claeys, Dillen, Hager, Lang, de La Perriere, Martinez

PPE-DE: Andria, Arvidsson, Balfe, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Beazley, Berend, Böge, Bourlanges, Bowis, Bremmer, Brok, Bushill-Matthews, Callanan, Camisón Asensio, Cardoso, Cederschiöld, Chichester, Cocilovo, Coelho, Cushnahan, Daul, Deprez, De Sarnez, Descamps, Deva, De Veyrac, Doorn, Dover, Doyle, Ebner, Elles, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fiori, Flemming, Florenz, Folias, Foster, Fourtou, Friedrich, Gahler, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Garriga Polledo, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Goodwill, Gouveia, Graça Moura, Grönfeldt Bergman, Grossetête, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Helmer, Hieronymi, Inglewood, Jeggle, Karas, Kastler, Khanbhai, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langen, Langenhagen, Laschet, Lechner, Lehne, Liese, Lulling, Maat, Mann Thomas, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Menrad, Mombaur, Morillon, Naranjo Escobar, Nassauer, Nicholson, Niebler, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pack, Parish, Pastorelli, Pérez Álvarez, Perry, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rübig, Salafranca Sánchez-Neyra, Santini, Sartori, Scallon, Schaffner, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schröder Jürgen, Schwaiger, Smet, Sommer, Stauner, Stenmarck, Sudre, Suominen, Tannock, Theato, Thyssen, Trakatellis, Twinn, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, van Velzen, Vidal-Quadras Roca, Villiers, Vlasto, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, Wijkman, von Wogau, Wuermeling, Zacharakis, Zimmerling, Zissener

PSE: Adam, Aparicio Sánchez, Baltas, Berenguer Fuster, van den Berg, Bowe, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Colom i Naval, Corbett, Dehousse, De Keyser, Díez González, Duhamel, Ettl, Ford, Ghilardotti, Glante, Gröner, Hänsch, Honeyball, Howitt, van Hulten, Iivari, Imbeni, Jöns, Junker, Katiforis, Keßler, Kindermann, Kinnock, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Lage, Lalumière, McCarthy, McNally, Malliori, Mann Erika, Marinho, Martin David W., Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Miranda de Lage, Moraes, Müller, Myller, Pérez Royo, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Rocard, Rodríguez Ramos, Rothe, Roure, Sacconi, Sakellariou, dos Santos, Scheele, Schmid Gerhard, Schulz, Skinner, Souladakis, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Titley, Trentin, Vairinhos, Volcic, Walter, Whitehead, Wiersma, Zorba, Zrihen

UEN: Berlato, Camre, Caullery, Muscardini, Nobilia, Pasqua, Queiró, Ribeiro e Castro, Thomas-Mauro, Turchi

Verts/ALE: Jonckheer, MacCormick, Sörensen

En contra: 92

EDD: Andersen, Bonde, Sandbæk

ELDR: Schmidt

GUE/NGL: Ainardi, Alyssandrakis, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Bordes, Boudjenah, Caudron, Cauquil, Di Lello Finuoli, Figueiredo, Frahm, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Koulourianos, Krarup, Laguiller, Marset Campos, Meijer, Modrow, Patakis, Schröder Ilka, Seppänen, Sjöstedt, Vachetta, Wurtz

NI: Gorostiaga Atxalandabaso

PPE-DE: Korhola, Pronk, Sacrédeus

PSE: Andersson, Berger, Bösch, Bullmann, Carlotti, Ceyhun, Désir, Duin, El Khadraoui, Ferreira, Fruteau, Garot, Gebhardt, Gill, Gillig, Görlach, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Lange, Leinen, Linkohr, Lund, McAvan, Martin Hans-Peter, Paasilinna, Patrie, Poignant, Read, Roth-Behrendt, Van Lancker, Weiler

Verts/ALE: Aaltonen, Auroi, Boumediene-Thiery, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Dhaene, Ferrández Lezaun, Flautre, Gahrton, Isler Béguin, Lagendijk, Lipietz, McKenna, Maes, Mayol i Raynal, Onesta, Piétrasanta, Rod, de Roo, Rühle, Staes, Voggenhuber, Wuori, Wyn

Abstención: 8

NI: Cappato

PPE-DE: Banotti

PSE: De Rossa, Guy-Quint

UEN: Collins, Crowley, Fitzsimons, Ó Neachtain

22.   Informe Lagendijk A5-0397/2003

Enmienda 9

A favor: 143

EDD: Andersen, Bonde, Sandbæk

ELDR: Nicholson of Winterbourne

GUE/NGL: Ainardi, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Boudjenah, Caudron, Di Lello Finuoli, Figueiredo, Frahm, Fraisse, Herzog, Jové Peres, Kaufmann, Koulourianos, Marset Campos, Meijer, Modrow, Naïr, Seppänen, Sjöstedt, Wurtz

NI: Gorostiaga Atxalandabaso

PPE-DE: Wuermeling

PSE: Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Berenguer Fuster, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cercas, Ceyhun, Colom i Naval, Corbett, De Keyser, De Rossa, Désir, Díez González, Duhamel, Duin, El Khadraoui, Ettl, Ferreira, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Görlach, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, van Hulten, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Jöns, Junker, Katiforis, Keßler, Kindermann, Kinnock, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Lage, Lalumière, Lange, Leinen, Linkohr, Lund, McAvan, McNally, Malliori, Mann Erika, Marinho, Martin David W., Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Miranda de Lage, Moraes, Müller, Myller, Paasilinna, Patrie, Pérez Royo, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Sacconi, Sakellariou, dos Santos, Scheele, Schmid Gerhard, Schulz, Skinner, Souladakis, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Titley, Trentin, Vairinhos, Van Lancker, Walter, Whitehead, Wiersma, Zorba, Zrihen

Verts/ALE: Auroi, Boumediene-Thiery, Cohn-Bendit, Ferrández Lezaun, Isler Béguin, Lipietz, Piétrasanta, Rod

En contra: 216

EDD: Belder, Blokland, van Dam

ELDR: Andreasen, André-Léonard, Busk, Calò, Davies, De Clercq, Di Pietro, Dybkjær, Flesch, Gasòliba i Böhm, Huhne, Lynne, Maaten, Monsonís Domingo, Mulder, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Ries, Schmidt, Sterckx, Sørensen, Väyrynen, Vallvé, Vermeer, Virrankoski, Wallis, Watson

NI: Berthu, Beysen, Cappato, Claeys, Dillen, Hager, de La Perriere

PPE-DE: Andria, Arvidsson, Balfe, Banotti, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Beazley, Berend, Böge, Bourlanges, Bowis, Bremmer, Brok, Bushill-Matthews, Callanan, Camisón Asensio, Cardoso, Cederschiöld, Chichester, Cocilovo, Coelho, Cushnahan, Daul, Deprez, De Sarnez, Descamps, Deva, De Veyrac, Doorn, Dover, Doyle, Ebner, Elles, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fiori, Flemming, Florenz, Folias, Foster, Fourtou, Friedrich, Gahler, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Garriga Polledo, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Goodwill, Gouveia, Grönfeldt Bergman, Grossetête, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Helmer, Hieronymi, Inglewood, Jeggle, Karas, Kastler, Khanbhai, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langen, Langenhagen, Laschet, Lechner, Lehne, Liese, Lulling, Maat, Mann Thomas, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Menrad, Mombaur, Morillon, Naranjo Escobar, Nassauer, Nicholson, Niebler, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pack, Parish, Pastorelli, Pérez Álvarez, Perry, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Pronk, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rübig, Sacrédeus, Salafranca Sánchez-Neyra, Santini, Sartori, Scallon, Schaffner, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schröder Jürgen, Schwaiger, Sommer, Stauner, Stenmarck, Sudre, Suominen, Tannock, Theato, Thyssen, Trakatellis, Twinn, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, van Velzen, Vidal-Quadras Roca, Villiers, Vlasto, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, Wijkman, von Wogau, Zacharakis, Zimmerling, Zissener

UEN: Berlato, Camre, Caullery, Collins, Crowley, Fitzsimons, Muscardini, Nobilia, Ó Neachtain, Pasqua, Queiró, Ribeiro e Castro, Thomas-Mauro

Verts/ALE: Aaltonen, Breyer, Buitenweg, Dhaene, Flautre, Gahrton, Lagendijk, MacCormick, McKenna, Maes, Mayol i Raynal, Onesta, de Roo, Rühle, Sörensen, Staes, Wuori, Wyn

Abstención: 11

GUE/NGL: Alyssandrakis, Bordes, Cauquil, Krarup, Laguiller, Patakis, Schröder Ilka, Vachetta

NI: Martinez

PSE: Dehousse, Martin Hans-Peter

23.   Informe Lagendijk A5-0397/2003

Apartado 2

A favor: 189

EDD: Andersen, Bonde, Sandbæk

ELDR: Andreasen, Busk, Calò, Davies, De Clercq, Di Pietro, Dybkjær, Flesch, Gasòliba i Böhm, Huhne, Lynne, Maaten, Monsonís Domingo, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Pesälä, Plooij-van Gorsel, Pohjamo, Ries, Schmidt, Sterckx, Sørensen, Väyrynen, Vallvé, Vermeer, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Ainardi, Bakopoulos, Bergaz Conesa, Boudjenah, Caudron, Di Lello Finuoli, Figueiredo, Frahm, Fraisse, Herzog, Kaufmann, Koulourianos, Marset Campos, Meijer, Modrow, Naïr, Seppänen, Sjöstedt, Wurtz

NI: Cappato, Gorostiaga Atxalandabaso

PSE: Andersson, Aparicio Sánchez, Baltas, Berenguer Fuster, van den Berg, Berger, Bösch, Bowe, Bullmann, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Ceyhun, Colom i Naval, Corbett, De Keyser, De Rossa, Désir, Díez González, Duhamel, Duin, El Khadraoui, Ettl, Ferreira, Ford, Fruteau, Garot, Gebhardt, Ghilardotti, Gill, Gillig, Glante, Görlach, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, van Hulten, Iivari, Imbeni, Izquierdo Collado, Jöns, Junker, Katiforis, Keßler, Kindermann, Kinnock, Koukiadis, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Lage, Lalumière, Lange, Leinen, Linkohr, Lund, McAvan, McCarthy, McNally, Malliori, Mann Erika, Marinho, Martin David W., Martínez Martínez, Mastorakis, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Miranda de Lage, Moraes, Müller, Paasilinna, Patrie, Pérez Royo, Poignant, Poos, Prets, Randzio-Plath, Rapkay, Read, Rodríguez Ramos, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Sacconi, Sakellariou, dos Santos, Scheele, Schmid Gerhard, Schulz, Skinner, Souladakis, Stockmann, Swiebel, Swoboda, Titley, Trentin, Vairinhos, Van Lancker, Walter, Weiler, Whitehead, Wiersma, Zorba, Zrihen

Verts/ALE: Aaltonen, Auroi, Boumediene-Thiery, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Dhaene, Ferrández Lezaun, Flautre, Gahrton, Isler Béguin, Lagendijk, Lipietz, MacCormick, McKenna, Maes, Mayol i Raynal, Onesta, Piétrasanta, Rod, de Roo, Rühle, Sörensen, Staes, Wuori, Wyn

En contra: 165

ELDR: André-Léonard

NI: Berthu, Beysen, Claeys, Dillen, Hager, de La Perriere, Martinez

PPE-DE: Andria, Arvidsson, Balfe, Banotti, Bartolozzi, Bayona de Perogordo, Beazley, Berend, Bourlanges, Bowis, Bremmer, Brok, Bushill-Matthews, Callanan, Camisón Asensio, Cardoso, Cederschiöld, Chichester, Cocilovo, Coelho, Cushnahan, Daul, Deprez, De Sarnez, Descamps, Deva, De Veyrac, Doorn, Dover, Doyle, Ebner, Elles, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fiori, Flemming, Florenz, Folias, Fourtou, Friedrich, Gahler, García-Margallo y Marfil, García-Orcoyen Tormo, Garriga Polledo, Gil-Robles Gil-Delgado, Glase, Goepel, Gomolka, Goodwill, Gouveia, Grönfeldt Bergman, Grossetête, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Helmer, Hieronymi, Inglewood, Jeggle, Karas, Kastler, Khanbhai, Klaß, Knolle, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langen, Langenhagen, Laschet, Lechner, Lehne, Liese, Lulling, Maat, Mann Thomas, Martin Hugues, Matikainen-Kallström, Mauro, Mayer Hans-Peter, Mayer Xaver, Menrad, Mombaur, Morillon, Naranjo Escobar, Nassauer, Nicholson, Niebler, Ojeda Sanz, Oomen-Ruijten, Oostlander, Oreja Arburúa, Pack, Parish, Pastorelli, Pérez Álvarez, Perry, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Pronk, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Ripoll y Martínez de Bedoya, Rübig, Sacrédeus, Salafranca Sánchez-Neyra, Santini, Sartori, Scallon, Schaffner, Schierhuber, Schleicher, Schmitt, Schröder Jürgen, Schwaiger, Sommer, Stauner, Stenmarck, Sudre, Suominen, Tannock, Theato, Thyssen, Trakatellis, Twinn, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, van Velzen, Vidal-Quadras Roca, Villiers, Vlasto, Wachtmeister, Wenzel-Perillo, Wijkman, von Wogau, Wuermeling, Zacharakis, Zimmerling, Zissener

UEN: Berlato, Camre, Caullery, Collins, Crowley, Fitzsimons, Nobilia, Ó Neachtain, Pasqua, Queiró, Ribeiro e Castro, Thomas-Mauro

Abstención: 13

EDD: Belder, Blokland, van Dam

GUE/NGL: Alyssandrakis, Bordes, Cauquil, Krarup, Laguiller, Patakis, Schröder Ilka, Vachetta

PSE: Dehousse, Martin Hans-Peter

24.   B5-0490/2003 Sri Lanka

Resolución

A favor: 73

EDD: Andersen, Belder, van Dam, Sandbæk

ELDR: André-Léonard, Lynne

GUE/NGL: Bakopoulos, Koulourianos, Markov, Meijer

NI: Berthu, Beysen, Dupuis, Gorostiaga Atxalandabaso

PPE-DE: Andria, Arvidsson, Bowis, Camisón Asensio, Chichester, Cushnahan, Daul, Deva, Flemming, Fourtou, Friedrich, García-Margallo y Marfil, Goepel, Gomolka, Grönfeldt Bergman, Grossetête, Hatzidakis, Karas, Kastler, Koch, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, McCartin, Mann Thomas, Mayer Hans-Peter, Menrad, Mombaur, Nicholson, Ojeda Sanz, Perry, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Rübig, Salafranca Sánchez-Neyra, Schröder Jürgen, Sommer, Stenmarck, Sudre, Zimmerling

PSE: Baltas, Berger, Casaca, De Keyser, Ettl, Kindermann, McAvan, Mastorakis, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Myller, Scheele, Souladakis

Verts/ALE: Auroi, Buitenweg, Lagendijk, MacCormick, Onesta, Rod


TEXTOS APROBADOS

 

P5_TA(2003)0509

SIS II

Recomendación del Parlamento Europeo destinada al Consejo sobre el Sistema de Información de Schengen de segunda generación (SIS II) 2003/2180(INI)

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de recomendación destinada al Consejo presentada por Carlos Coelho, en nombre del Grupo del PPE-DE, sobre el Sistema de Información de Schengen de segunda generación (SIS II) (B5-0268/2003),

Vista la próxima ampliación de la Unión Europea,

Vista su Posición, de 17 de diciembre de 2002, sobre la iniciativa del Reino de España con vistas a la adopción de un Reglamento del Consejo relativo a la introducción de nuevas funciones para el Sistema de Información de Schengen, en particular en materia de lucha contra el terrorismo, (1)

Vistas las Conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Salónica, en particular su apartado 11,

Vistas las Conclusiones del Consejo de Justicia y Asuntos de Interior de los días 5 y 6 de junio de 2003, en particular en lo que respecta a las funciones del SIS y del SIS II,

Vistos los debates en el Consejo sobre las dos iniciativas españolas relativas a la introducción de nuevas funciones en el Sistema de Información de Schengen, en particular en materia de lucha contra el terrorismo,

Visto el documento de trabajo de la Comisión sobre el desarrollo del Sistema de Información de Schengen de segunda generación (SIS II) — informe de 2002 sobre los progresos realizados (SEC(2003) 206),

Vista la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Convenio de Aplicación del Acuerdo Schengen de 14 de junio de 1985, relativo a la supresión gradual de los controles en las fronteras comunes por lo que se refiere al acceso al Sistema de Información de Schengen de los servicios de los Estados miembros responsables de la expedición de los certificados de matriculación de vehículos (COM(2003) 510),

Visto el Quinto Informe Anual de la Autoridad de Control Común de Schengen (ACCS),

Vistos los documentos de trabajo relativos a las normas comunes sobre la protección de los datos personales en el marco del tercer pilar y, en particular, la nota de la Presidencia griega del 3 de junio de 2003;

Vistos el apartado 3 del artículo 49 y el artículo 107 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Libertades y Derechos de los Ciudadanos, Justicia y Asuntos Interiores (A5-0398/2003),

El Sistema de Información de Schengen II

A.

Considerando que el Sistema de Información de Schengen (SIS) fue creado como una medida compensatoria para permitir la libre circulación de personas,

B.

Considerando que a lo largo de los años la percepción del SIS ha ido cambiando desde el concepto de una medida compensatoria hacia la idea de que el SIS es una herramienta útil y eficaz de cooperación policial cuyos datos pueden utilizarse para fines distintos de los previstos inicialmente, (2)

C.

Considerando que la ampliación de la UE exigirá asimismo el desarrollo de un SIS de segunda generación,

D.

Considerando que se ha adoptado la decisión de desarrollar el SIS II para el año 2006,

E.

Considerando que, en aplicación del artículo 30 del Tratado de la Unión Europea, no se ha establecido por el momento un marco jurídico claro acerca de los principios que rigen la cooperación policial ni se ha diseñado una política clara de protección de las fronteras,

Nuevas funciones

F.

Considerando que, en sus conclusiones de 5 y 6 de junio de 2003, el Consejo acordó en principio que un nuevo SIS debería permitir la adición de nuevas categorías (sobre personas y sobre objetos) y ámbitos de alerta, la interconexión de alertas, la modificación de la duración de las alertas y la conservación, transferencia y posible investigación de datos biométricos, especialmente fotografías y huellas dactilares,

G.

Considerando que el Consejo aún no ha adoptado una decisión sobres cuestiones concretas tales como las nuevas categorías de objetos o personas que deben incluirse,

H.

Considerando que el debate en el Consejo acerca de las dos iniciativas españolas sobre la introducción de nuevas funciones para el Sistema de Información de Schengen, en particular en materia de lucha contra el terrorismo, llevó a un acuerdo acerca de algunos nuevos objetos, como, por ejemplo, determinados vehículos o documentos,

La orden de detención europea

I.

Considerando que la Decisión Marco del Consejo 2002/584/JAI sobre la orden de detención europea y los procedimientos de entrega entre Estados miembros (3) prevé, en el artículo 9, la utilización del SIS para la transmisión de una orden de detención europea,

Nuevos usuarios

J.

Considerando que, en sus conclusiones de los días 5 y 6 de junio de 2003, el Consejo acordó en principio que el SIS II debe permitir que nuevas autoridades tengan acceso al SIS (incluyendo, en su caso, la posibilidad de proporcionar acceso de carácter parcial o con un fin diferente del originalmente previsto en las alertas), pero que no ha adoptado una decisión sobre qué autoridades deben tener acceso,

K.

Considerando que el Consejo parece haber aceptado (4) algunas de las condiciones previamente definidas por el Parlamento sobre el acceso de Europol al SIS, pero no ha hecho lo mismo con solicitudes importantes, como que Europol se ajuste a las exigencias de protección de datos prevista en el artículo 117 del Convenio de Schengen, que sólo pueda buscar los datos para fines acordes con sus funciones, que no pueda transferir ningún dato a los que ha tenido acceso a ningún tercer Estado o tercer organismo, y que se refuerce el papel de la ACCS,

L.

Considerando que la situación es la misma en lo que se refiere al acceso de los miembros nacionales de Eurojust a determinados datos del SIS, para los que el Consejo no aceptó las peticiones del Parlamento de que Eurojust no pueda transferir ningún dato a los que tenga acceso a ningún tercer Estado o tercer organismo y que sólo pueda buscar los datos para fines acordes con sus funciones,

M.

Considerando que las propuestas del Consejo sobre las iniciativas españolas abren la posibilidad de acceso a las autoridades judiciales nacionales en la realización de sus tareas, de conformidad con la respectiva legislación nacional; que la autoridad de control común opina que el acceso debe limitarse a los fines de las alertas en el SIS y que no puede ampliarse a tareas establecidas de conformidad con la legislación nacional, (5)

N.

Considerando que en la citada propuesta de reglamento la Comisión propone al Parlamento y al Consejo que las autoridades nacionales de matriculación de vehículos tengan acceso al SIS,

O.

Considerando que los grupos de trabajo del Consejo están debatiendo actualmente el acceso de otras autoridades (autoridades no gubernamentales tales como entidades de crédito; acceso ampliado a las autoridades que expiden permisos de residencia; acceso a los datos contemplados en el artículo 96 para las autoridades encargadas del asilo; para los servicios de seguridad e inteligencia y para los servicios sociales, a los datos contemplados en el artículo 100; acceso para las autoridades responsables de la vigilancia de las fronteras, acceso ampliado para las representaciones exteriores de los Estados miembros) (6),

P.

Considerando que el acceso de nuevos usuarios implica la utilización de datos para nuevos fines,

Protección de datos

Q.

Considerando que el SIS es la mayor base de datos de Europa,

R.

Considerando que actualmente el régimen de protección de datos del SIS no sólo se rige por el Convenio de Schengen y está controlado por la ACCS, sino que también está sujeto a una confusa serie de normas sobre protección de datos y órganos de control tanto del primer pilar como del tercer pilar,

S.

Considerando que todos los cambios del SIS que se están debatiendo tienen repercusiones sobre la protección de datos,

T.

Considerando que el artículo 50 del proyecto de Tratado por el que se instituye una Constitución para Europa prevé una legislación europea general en materia de protección de datos y una autoridad de control independiente; considerando que la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea también prevé la protección de los datos de carácter personal (artículo 8),

Relaciones exteriores y SIS

U.

Considerando que la aplicación de las normas de Schengen a las fronteras exteriores de los nuevos Estados miembros llevará a una nueva configuración de las fronteras en Europa,

V.

Considerando que el intercambio de datos con terceros países conlleva el riesgo de violar las normas de la UE en materia de protección de datos,

Gestión del SIS

W.

Considerando que el llamamiento del Parlamento Europeo para encargar la gestión estratégica del SIS a una agencia financiada enteramente por el presupuesto de la UE y supeditada al control del Parlamento Europeo (7) se está debatiendo como una solución posible; considerando que hasta ahora no se ha alcanzado un consenso sobre esta cuestión,

Ubicación del SIS

X.

Considerando que parece existir un consenso entre los Estados miembros para mantener la gestión operativa del SIS provisionalmente en su ubicación actual en Estrasburgo y prever un sistema de emergencia en un lugar diferente,

Sinergia con el Sistema de Información en materia de Visados (VIS)

Y.

Considerando que, en sus conclusiones sobre el desarrollo del VIS aprobadas los días 5 y 6 de junio de 2003, el Consejo pide a la Comisión que continúe su trabajo preparatorio sobre el desarrollo del VIS sobre la base de una arquitectura centralizada, teniendo en cuenta la opción de una plataforma técnica común con el SIS II, sin causar retrasos en el desarrollo del SIS II; que, a más tardar en diciembre de 2003, el Consejo definirá la necesaria orientación política sobre los elementos básicos del VIS, incluyendo la arquitectura, las funciones, la elección de identificadores biométricos y el enfoque general para la aplicación del sistema, permitiendo así integrar al VIS como posible opción en la licitación para el SIS II; considerando asimismo que la Comisión ha presentado dos propuestas de modificación de los reglamentos que establecen un formato uniforme para visados y permisos de residencia de nacionales de terceros países (COM(2003) 558) que prevé el almacenamiento obligatorio de la imagen facial y las huellas dactilares como identificadores biométricos,

Presupuesto del SIS y del VIS

Z.

Considerando que se prevé que el coste del desarrollo del SIS II sea 14,45 millones de euros superior al originalmente previsto; que la base jurídica cubra únicamente los costes del desarrollo del SIS II pero no los costes operativos; que los créditos para el desarrollo del SIS II son gastos no obligatorios y, por tanto, que no se deciden por codecisión,

AA.

Considerando que el desarrollo de VIS se estima en 157 millones de euros (con costes anuales de funcionamiento de 35 millones de euros); que la Comisión prepara actualmente un acto legislativo para permitir la inclusión en el presupuesto de la Unión de los créditos necesarios para el desarrollo del VIS basándose en el artículo 66 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, que prevé la consulta al Parlamento Europeo; que los elevadísimos costes previstos para el desarrollo y funcionamiento del VIS exigen un amplio consenso político sobre su necesidad y sus funciones,

1.

Formula las siguientes recomendaciones destinadas al Consejo:

a)

que promueva un debate público sobre la naturaleza del SIS y sobre los objetivos políticos que deben alcanzarse con el SIS II; pide asimismo una definición clara de dichos objetivos;

b)

que el desarrollo de un nuevo SIS en el futuro se produzca de una manera transparente y democrática, debiendo evitar, entre otras cosas, que se presenten propuestas legislativas al Parlamento únicamente cuando se haya alcanzado un acuerdo político en el Consejo;

c)

que se estudie detalladamente la viabilidad de una fusión de las bases de datos existentes o futuras (SIS, Europol, Eurodac, VIS, Eurojust, etc.) sobre la base de una plataforma técnica única para un «Sistema de Información de la Unión» cuyo desarrollo gradual deberá ir cubriendo las futuras necesidades del sistema en todos los ámbitos pertinentes; reitera su petición de que se desarrollen las posibles sinergias entre las diferentes bases de datos con el fin de combinar los sistemas y optimizar los recursos, evitar solapamientos y lagunas y garantizar un régimen coherente de protección de datos;

d)

que se lleve a cabo una evaluación anual del uso operativo, la eficacia y el respeto de los derechos fundamentales, de conformidad con la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y el Convenio del Consejo de Europa, de 28 de enero de 1981, para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal, ratificado por todos los Estados miembros;

e)

que cada propuesta de conceder acceso, total o parcial, a nuevas autoridades se examine exhaustivamente en lo que respecta al fin específico para el que estas autoridades tienen necesidad de acceder al SIS, los datos a los que se le permitirá el acceso, la manera en que se produzca el acceso (directo o indirecto) y la manera en que se pueden garantizar las exigencias del artículo 118 del Convenio de Schengen en materia de protección de datos; considera que debe prestarse una atención especial a la posición de los particulares (por ejemplo, en el caso de matriculación de vehículos);

f)

que decida lo antes posible que la gestión estratégica del SIS y de otros sistemas informáticos a gran escala se encomiende a una agencia europea dirigida por un consejo de administración compuesto por representantes de las instituciones europeas y de los Estados miembros y financiada enteramente con cargo al presupuesto comunitario y, por consiguiente, supeditada al control del Parlamento Europeo;

g)

que decida asimismo lo antes posible una ubicación definitiva de la parte central del SIS II; pide que no se encarguen a empresas privadas tareas de gestión del SIS;

h)

que asegure que cualquier ampliación del SIS vaya acompañada de las normas de protección de datos más estrictas con el fin de encontrar el equilibrio adecuado entre el derecho a la protección de los datos personales y la seguridad; que preste también particular atención a las implicaciones y peligros en materia de derechos humanos inherentes a la inclusión de datos biométricos; considera que el principio orientativo debe ser la utilización de los datos únicamente para los fines expresamente indicados con antelación; pide que se respete este principio; expresa su objeción, por consiguiente, a cualquier exención respecto de dicho principio, tal como, por ejemplo, se expresa en las conclusiones del Consejo de los días 5 y 6 de junio de 2003, que piden que se siga examinando la posibilidad de que algunas autoridades utilicen los datos del SIS para fines distintos para los que fueron originalmente introducidos en el SIS;

i)

que prevea la estrecha participación de la ACCS y las autoridades nacionales de protección de datos en el desarrollo del SIS II;

j)

que se faciliten mayores recursos financieros y humanos para que la ACCS pueda desempeñar su cometido; reitera su petición de que se establezca una sección presupuestaria específica en relación con la ACCS independiente de la sección del Consejo (8);

k)

que encarezca a la ACCS que coopere lo más estrechamente posible con el Supervisor Europeo de Protección de Datos, cuyo nombramiento está siendo actualmente examinado por el Parlamento Europeo y por el Consejo;

l)

que inicie inmediatamente el proceso de armonización de las normas de acceso y protección de datos; insiste en que dicha armonización se base en la formulación de principios fundamentales, que deben ser respetados sin excepción;

m)

que se utilice el instrumento de Schengen acordado en el Consejo Europeo de Copenhague también para la preparación nacional de los nuevos Estados miembros para su inclusión en el SIS; que se preste particular atención a velar por que se mantengan normas elevadas y coherentes en materia de protección de datos y de eficacia en los elementos nacionales y centrales del SIS, especialmente a la luz de posibles diferencias por lo que respecta a la estructura y la tecnología;

n)

que se informe mejor a los ciudadanos acerca del SIS; hace referencia al principio de que los interesados deben tener derecho de acceso y rectificación de sus datos personales y de que, si no se puede respetar plena o parcialmente el derecho de acceso, los interesados serán notificados de su derecho de apelación ante la autoridad competente; pide que se instaure un derecho de apelación a nivel europeo ante el Defensor del Pueblo Europeo y/o el Supervisor Europeo de Protección de Datos;

o)

que aliente a la Comisión a que base su propuesta de acto legislativo de manera que prevea la inclusión en el presupuesto de la Unión de los créditos necesarios para el desarrollo del VIS no sólo en relación con el artículo 66 sino también con el inciso iv) de la letra b) del apartado 2 del artículo 62 (normas sobre un visado uniforme) del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, que prevé el procedimiento de codecisión a partir de mayo de 2004; desea, en esta ocasión pero también de forma continuada, estar exhaustivamente informado por el Consejo acerca del VIS, incluyendo los resultados del estudio de viabilidad, la inclusión de datos biométricos, los aspectos externos del desarrollo del VIS y las disposiciones en materia de protección de datos;

p)

que se le informe periódicamente sobre el desarrollo del SIS II;

q)

que las posiciones que se han esbozado aquí sean tenidas en cuenta por el Consejo;

*

* *

2.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Recomendación al Consejo, y para información, a la Comisión y a la Autoridad de Control Común de Schengen.


(1)  P5_TA(2002)0611.

(2)  Nota de la Presidencia sobre las exigencias del SIS, doc. 5968/02 de 5.2.2002.

(3)  DO L 190 de 18.7.2002, p. 1.

(4)  Los últimos documentos disponibles son los doc. 10054/03 y 10055/03.

(5)  SCHAC 2513/02, p. 3.

(6)  Doc. 5033/2003.

(7)  Resolución del Parlamento Europeo, de 20.9.2001, sobre el paso de las fronteras exteriores y el desarrollo de la cooperación de Schengen, apartado 19 (DO C 77 E de 28.3.2002, p. 141).

(8)  Posición del Parlamento Europeo, de 21 de septiembre de 2000, sobre la Iniciativa de la República Portuguesa para la adopción de una decisión del Consejo por la que se crea una Secretaría para las Autoridades Comunes de Control de Protección de Datos establecidas por el Convenio por el que se crea una Oficina Europea de Policía (Convenio Europol), el Convenio relativo a la utilización de la tecnología de la información a efectos aduaneros y el Convenio de Aplicación del Acuerdo de Schengen de 14 junio de 1985 entre los Gobiernos de los Estados de la Unión Económica Benelux, de la República Federal de Alemania y de la República Francesa relativo a la supresión gradual de los controles en las fronteras comunes (Convenio de Schengen) (DO C 146 de 17.5.2001, p. 83).

P5_TA(2003)0510

Acceso al mercado de los servicios portuarios ***III

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre el texto conjunto, aprobado por el Comité de Conciliación, de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el acceso al mercado de los servicios portuarios (PE-CONS 3670/2003 — C5-0461/2003 — 2001/0047(COD))

(Procedimiento de codecisión: tercera lectura)

El Parlamento Europeo,

Visto el texto conjunto aprobado por el Comité de Conciliación (PE-CONS 3670/2003 — C5-0461/2003),

Vista su posición en primera lectura (1) sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2001) 35) (2),

Vista la propuesta modificada de la Comisión (COM(2002) 101) (3),

Vista su posición en segunda lectura (4) sobre la posición común del Consejo (5),

Visto el dictamen emitido por la Comisión sobre las enmiendas del Parlamento a la posición común (COM(2003) 208 — C5-0182/2003) (6),

Visto el apartado 5 del artículo 251 del Tratado CE,

Visto el artículo 83 de su Reglamento,

Visto el informe de su Delegación en el Comité de Conciliación (A5-0364/2003),

1.

Rechaza el texto conjunto;

2.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución legislativa al Consejo y a la Comisión.


(1)  DO C 140 E de 13.6.2002, p. 283.

(2)  DO C 154 E de 29.5.2001, p. 290.

(3)  DO C 181 E de 30.7.2002, p. 160.

(4)  «Textos Aprobados» de 11.3.2003, P5_TA(2003)0078.

(5)  DO C 299 E de 3.12.2002, p. 1.

(6)  Pendiente de publicación en el DO.

P5_TA(2003)0511

Igualdad entre hombres y mujeres ***I

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un programa de acción comunitario para la promoción de las organizaciones que trabajan a escala europea en el ámbito de la igualdad entre hombres y mujeres (COM(2003) 279 — C5-0261/2003 — 2003/0109(COD))

(Procedimiento de codecisión: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2003) 279) (1),

Vistos el apartado 2 del artículo 13 y el artículo 251 del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C5-0261/2003),

Visto el artículo 67 de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Oportunidades y la opinión de la Comisión de Presupuestos (A5-0396/2003),

1.

Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

2.

Considera que la ficha financiera en su versión modificada es compatible con el límite máximo de la rúbrica 5 de las Perspectivas Financieras 2000-2006;

3.

Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente esta propuesta o sustituirla por otro texto;

4.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.


(1)  Pendiente de publicación en el DO.

P5_TC1-COD(2003)0109

Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 20 de noviembre de 2003 con vistas a la adopción de la Decisión no .../2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un programa de acción comunitario para la promoción de las organizaciones que trabajan a escala europea en el ámbito de la igualdad entre hombres y mujeres

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y, en particular, el apartado 2 de su artículo 13,

Vista la propuesta de la Comisión (1),

De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (2),

Considerando lo siguiente:

(1)

El principio de igualdad entre hombres y mujeres es un principio fundamental del Derecho comunitario en virtud del artículo 2 y del apartado 2 del artículo 3 del Tratado y de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. De conformidad con lo dispuesto en el Tratado, la igualdad entre hombres y mujeres constituye una «misión» particular y un objetivo de la Comunidad, que tiene la obligación positiva de promoverla en todas sus acciones.

(2)

El artículo 13 del Tratado otorga al Consejo la facultad de adoptar las medidas adecuadas para luchar contra la discriminación, en particular por motivos de sexo. En virtud del apartado 2 de esta disposición, el Consejo decide de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 251 del Tratado cuando adopta medidas comunitarias de estímulo —con exclusión de toda armonización de las disposiciones legales y reglamentarias de los Estados miembros— para apoyar las acciones de los Estados miembros emprendidas con el fin de contribuir a la consecución de este objetivo.

(3)

Los artículos 21 y 23 de la Carta de los Derechos Fundamentales prohíben cualquier discriminación basada en el sexo y consagran el principio de la igualdad entre hombres y mujeres en todos los ámbitos.

(4)

La experiencia de la acción emprendida a escala comunitaria ha puesto de manifiesto que la promoción de la igualdad de oportunidades requiere, en la práctica, una combinación de medidas y, en particular, de instrumentos legislativos y acciones concretas que se refuercen mutuamente.

(5)

El Libro Blanco de la Comisión sobre la gobernanza europea preconiza el principio de la participación de los ciudadanos en el diseño y la aplicación de las políticas, así como la participación de la sociedad civil y de las organizaciones que la componen, y una consulta más eficaz y transparente de las partes interesadas.

(6)

La Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada el 15 de septiembre de 1995 en Pekín, adoptó una declaración y un programa de acción en los que se invitaba a los gobiernos, a la comunidad internacional y a la sociedad civil a que adoptaran medidas estratégicas con el fin de eliminar la discriminación contra las mujeres, así como los obstáculos a la igualdad entre hombres y mujeres.

(7)

El Consejo, mediante su Decisión 2001/51/CE, de 20 de diciembre de 2000  (3), estableció el programa de acción comunitario sobre la estrategia comunitaria en materia de igualdad entre mujeres y hombres, cuyas intervenciones conviene completar con medidas de apoyo en los ámbitos afectados.

(8)

Las líneas presupuestarias A-3037 (no ABB 040503) y A-3046 (no ABB 040501) del presupuesto general de las Comunidades Europeas correspondiente al ejercicio 2003 y a ejercicios anteriores están destinadas a apoyar al Lobby Europeo de Mujeres y a las organizaciones de mujeres que trabajan en favor de la igualdad entre mujeres y hombres.

(9)

El Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, relativo al Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (4), en adelante denominado «Reglamento financiero», exige dotar de un acto de base a las medidas de apoyo existentes.

(10)

Las actividades de algunas organizaciones se inscriben fundamentalmente en las acciones comunitarias destinadas específicamente a las mujeres con vistas a la consecución de la igualdad entre los sexos.

(11)

En particular, el Lobby Europeo de Mujeres, en el que se integran la mayoría de las organizaciones de mujeres que existen en los quince Estados miembros y que cuenta con más de tres mil de miembros, ejerce una función esencial de promoción, seguimiento y difusión de las acciones comunitarias destinadas a las mujeres con el objetivo de lograr la igualdad entre hombres y mujeres. Su acción se inscribe en una perspectiva de interés general europeo.

(12)

Por lo tanto, procede adoptar un programa estructurado a fin de prestar a estas organizaciones un apoyo financiero en forma de subvención de funcionamiento por actividades que persigan un objetivo de interés general europeo en el ámbito de la igualdad entre hombres y mujeres o un objetivo que se inscriba en el marco de la política de la Unión Europea a este respecto .

(13)

El programa presenta una amplia cobertura geográfica habida cuenta de que el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE) prevé en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres una cooperación ampliada entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio, por otra. El Acuerdo EEE define las modalidades de participación de los Estados de la AELC que forman parte del EEE en los programas comunitarios en este ámbito. Conviene prever, asimismo, la apertura del programa a la participación de los países asociados de Europa Central y Oriental en las condiciones definidas en los acuerdos europeos, en sus protocolos adicionales y en las decisiones de los respectivos Consejos de Asociación, así como de Turquía, con arreglo a las condiciones fijadas en el Acuerdo marco de 17 de diciembre de 2001 por el que se establecen los principios generales de la participación de Turquía en los programas comunitarios (5).

(14)

Conviene tener en cuenta la naturaleza particular de las organizaciones que trabajan a escala europea en el ámbito de la igualdad entre hombres y mujeres en las modalidades de ayuda que se apliquen.

(15)

La presente Decisión establece, para toda la duración del programa, una dotación financiera que con arreglo al punto 33 del Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario (6) en el ámbito del procedimiento presupuestario anual, constituye la referencia privilegiada para la autoridad presupuestaria.

DECIDEN:

Artículo 1

Objetivo del programa

1.    La presente Decisión establece un programa de acción comunitario de apoyo al Lobby Europeo de Mujeres y de promoción de otras organizaciones que trabajan a escala europea en el ámbito de la igualdad entre hombres y mujeres.

2.   El objetivo general del presente programa consiste en apoyar las actividades de estas organizaciones cuyo programa de trabajo permanente, o una de sus acciones puntuales, persigue un objetivo de interés general europeo en el ámbito de la igualdad entre mujeres y hombres o un objetivo que se inscribe en el marco de la política de la Unión Europea a este respecto.

Artículo 2

Acceso al programa

1.   El Lobby Europeo de Mujeres, en la medida en que cumple las disposiciones del anexo, podrá beneficiarse de una subvención de funcionamiento que le permita ejercer sus actividades de representación y coordinación de las organizaciones no gubernamentales de mujeres, así como su función de transmisión de información sobre las mujeres a las instituciones europeas y las organizaciones no gubernamentales.

2.   Para poder beneficiarse de una subvención, las organizaciones activas en el ámbito de la igualdad entre hombres y mujeres deberán cumplir las disposiciones del anexo y presentar las siguientes características:

a)

sus actividades deben contribuir al desarrollo y la realización de acciones comunitarias en el ámbito de la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres;

b)

sus actividades deben ser conformes a los principios básicos y a las disposiciones jurídicas por las que se rige la acción comunitaria en el ámbito de la igualdad entre hombres y mujeres;

c)

sus actividades deben presentar un potencial de difusión transnacional;

d)

debe tratarse de organizaciones jurídicamente constituidas desde hace más de un año, que funcionen individualmente o en coordinación con otras asociaciones.

Artículo 3

Participación de países no miembros de la Comunidad

Además de las establecidas en los Estados miembros, podrán participar en el programa otras organizaciones que trabajan a escala europea en el ámbito de la igualdad ente hombres y mujeres establecidas en:

a)

los Estados adherentes que firmaron el Tratado de adhesión de 2003 ;

b)

los países de la AELC/EEE, con arreglo a las condiciones definidas en el acuerdo EEE;

c)

Rumania y Bulgaria, con arreglo a las condiciones que habrán de establecerse de conformidad con los acuerdos europeos, sus protocolos adicionales y las decisiones de los Consejos de Asociación respectivos;

d)

Turquía, con arreglo a las condiciones que habrán de fijarse de conformidad con el Acuerdo marco antes citado de 17 de diciembre de 2001 por el que se establecen los principios generales de la participación de Turquía en los programas comunitarios.

Artículo 4

Selección de los beneficiarios

1.   Se concede directamente a los beneficiarios mencionados en el punto 2.1 del anexo una subvención de funcionamiento.

2.   Para poder beneficiarse de una subvención de funcionamiento en virtud de su programa de trabajo permanente o de una subvención para una acción puntual, las organizaciones que persigan un objetivo de interés general europeo que se inscriba en el marco de la política de la Unión Europea en el ámbito de la igualdad entre mujeres y hombres deberán respetar los criterios generales establecidos en los puntos 2.2 y 2.3 del anexo. La selección de las organizaciones beneficiarias de dichas subvenciones se realizará en el marco de una convocatoria de propuestas.

Artículo 5

Concesión de la subvención

Los principios de degresividad en términos reales y de cofinanciación se aplicarán a todos los beneficiarios del modo siguiente:

organizaciones identificadas por un acto jurídico: al menos un 10 % de cofinanciación, incluidas aportaciones en especie, y sin degresividad;

organizaciones seleccionadas mediante convocatorias de propuestas: al menos un 20 % de cofinanciación, incluidas aportaciones en especie, y degresividad en términos reales con arreglo a una tasa del 2,5 % a partir del tercer año.

Artículo 6

Disposiciones financieras

1.   El presente programa comenzará el 1 de enero de 2004 y finalizará el 31 de diciembre de 2008 .

2.   La dotación financiera para la ejecución del presente programa para el período 2004-2008 será de 5,5 millones de euros.

3.   La autoridad presupuestaria autorizará los créditos anuales ajustándose a las perspectivas financieras.

4.     Los créditos previstos para después del ejercicio 2006 estarán sujetos a un acuerdo de la Autoridad Presupuestaria sobre las perspectivas financieras después de ese ejercicio.

Artículo 7

Control y evaluación

A más tardar el 31 de diciembre de 2007 , la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre la realización de los objetivos del presente programa. Dicho informe se basará en los resultados obtenidos por los beneficiarios y deberá evaluar, en particular, la eficacia que hayan demostrado en cuanto a la realización de los objetivos definidos en el artículo 1 y en el anexo.

Este informe se basará fundamentalmente en un informe de evaluación externa que deberá estar disponible a más tardar al final de 2006, en el que se examinarán, como mínimo, la pertinencia y la coherencia globales del programa, la eficacia de su ejecución (preparación, selección y puesta en práctica de las acciones) y la eficacia global e individual de las distintas acciones, en relación con la consecución de los objetivos especificados en el artículo 1 y en el anexo.

Artículo 8

Entrada en vigor

La presente decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en ..., el ...

Por el Parlamento Europeo

El Presidente

Por el Consejo

El Presidente


(1)  DO C ...

(2)  Posición del Parlamento Europeo de 20 de noviembre de 2003.

(3)  DO L 17 de 19.1.2001, p. 22.

(4)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(5)  DO L 61 de 2.3.2002, p. 29 .

(6)  DO C 172 de 18.6.1999, p. 1. Acuerdo modificado por la Decisión 2003/429/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 147 de 14.6.2003, p. 25).

ANEXO

1.   Actividades subvencionadas

El objetivo general definido en el artículo 1 consiste en reforzar la acción comunitaria en materia de igualdad entre hombres y mujeres y la eficacia de esta acción, concediendo una ayuda financiera al Lobby Europeo de Mujeres y a otras organizaciones activas a nivel europeo en el ámbito de la igualdad entre hombres y mujeres.

1.1. Entre las actividades que lleva a cabo el Lobby Europeo de Mujeres cabe destacar las siguientes:

garantizar el seguimiento de la aplicación de la Plataforma de Acción de Pekín (Naciones Unidas);

trabajar en favor de la mejora de la legislación europea en materia de igualdad entre hombres y mujeres y para que se tenga en cuenta a las mujeres en todos los ámbitos de acción política;

participar en las reuniones y conferencias sobre el tema de la igualdad entre hombres y mujeres;

realizar acciones para garantizar la integración de las opiniones e intereses de las mujeres en las políticas nacionales y europeas, fomentando, en particular, su participación en el proceso de toma de decisiones;

reforzar la perspectiva de la igualdad entre hombres y mujeres en el proceso de ampliación de la UE y desarrollar la cooperación con las organizaciones de mujeres de los nuevos Estados miembros .

1.2. Las actividades de las organizaciones que trabajan en favor de la igualdad entre hombres y mujeres, y que pueden contribuir a reforzar y aumentar la eficacia de la acción comunitaria son, principalmente, las siguientes:

representación de las partes interesadas a escala comunitaria;

acciones de sensibilización destinadas a promover la igualdad entre los hombres y las mujeres, en particular, por medio de estudios, campañas, seminarios, etc.

difusión de información sobre la acción comunitaria en el ámbito de la igualdad entre las mujeres y los hombres;

acciones que promueven, en particular, la articulación de la vida profesional y la vida familiar, la participación de las mujeres en el proceso decisorio, la lucha contra todas las formas de violencia de las que son objeto las mujeres, los estereotipos basados en el sexo y las discriminaciones en el lugar del trabajo, así como la integración de la perspectiva de la igualdad entre hombres y mujeres en las políticas de educación, deporte, sanidad y protección social ;

acciones que promuevan la cooperación con las asociaciones de mujeres de terceros países y la sensibilización sobre la situación de las mujeres en todo el mundo.

2.   Realización de las actividades subvencionadas

Las actividades que llevan a cabo las organizaciones que pueden recibir una subvención comunitaria en el marco del programa se incluirán en uno de los siguientes capítulos:

2.1. Capítulo 1: actividades permanentes del Lobby Europeo de Mujeres, al que pertenecen , entre otras, organizaciones de mujeres en los Estados de la Unión Europea, respetando los siguientes principios:

independencia del Lobby Europeo de Mujeres en la selección de sus miembros;

autonomía del Lobby Europeo de Mujeres en la realización de sus actividades descritas en el punto 1.1 .

2.2. Capítulo 2: actividades permanentes de las organizaciones sin ánimo de lucro que persiguen un objetivo de interés general europeo en el ámbito de la igualdad entre hombres y mujeres .

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, deberá tratarse de una organización sin ánimo de lucro que desarrolle sus actividades exclusivamente con vistas a la consecución de la igualdad entre hombres y mujeres , entre otras cosas mediante la lucha contra la violencia como obstáculo para lograr la igualdad.

Podrá concederse una subvención anual de funcionamiento para apoyar la realización del programa de trabajo permanente de una organización de este tipo.

2.3. Capítulo 3: actividades puntuales de una organización que persigue un objetivo de interés general europeo en el ámbito de la igualdad entre hombres y mujeres o un objetivo que se inscribe en el marco de la política de la Unión Europea a este respecto.

3.   Selección de los beneficiarios

3.1. El Lobby Europeo de Mujeres recibirá directamente una subvención en virtud del capítulo 1 del programa

3.2. Las organizaciones beneficiarias de una subvención de funcionamiento en virtud del capítulo 2 del programa serán seleccionadas mediante convocatorias de propuestas.

3.3. Las organizaciones beneficiarias de una subvención de funcionamiento en virtud del capítulo 3 del programa serán seleccionadas mediante convocatorias de propuestas.

Los temas y los tipos de actividad prioritarios de las convocatorias de propuestas se deberán comunicar al Parlamento Europeo antes de su publicación.

4.   Controles y auditorias

4.1. El beneficiario de una subvención de funcionamiento conservará a disposición de la Comisión todos los justificantes de los gastos efectuados durante el año para el cual se concedió dicha subvención, y en particular el estado comprobado de las cuentas, durante un período de cinco años a partir del último pago. El beneficiario de una subvención velara por que, cuando proceda, los justificantes que se encuentren en posesión de sus socios o miembros se pongan a disposición de la Comisión.

4.2. La Comisión, bien directamente por medio de sus agentes o bien por medio de cualquier otra organización externa cualificada de su elección, tendrá derecho a efectuar una auditoría sobre la utilización que se haga de la subvención. Estas auditorías podrán hacerse durante toda la duración del convenio, así como durante un período de cinco años a partir de la fecha de pago del resto de la subvención. Cuando proceda, los resultados de estas auditorías podrán dar lugar a decisiones recaudatorias de la Comisión.

4.3. El personal de la Comisión, así como las personas externas designadas por la Comisión, tendrán un acceso adecuado, en particular, a las oficinas del beneficiario, así como a toda la información necesaria, incluso en formato electrónico, para llevar a cabo estas auditorías.

4.4. El Tribunal de Cuentas y la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) dispondrán de los mismos derechos que la Comisión, y en particular del derecho de acceso.

4.5. Además, con el fin de proteger los intereses financieros de las Comunidades Europeas contra los fraudes y otras irregularidades, la Comisión estará autorizada a efectuar controles y comprobaciones in situ en el marco del presente programa, de acuerdo con el Reglamento (Euratom, CE) no 2185/96 del Consejo (1). Cuando proceda, la OLAF realizará investigaciones que se regirán por el Reglamento (CE) no 1073/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo (2).


(1)  DO L 292 de 15.11.1996, p. 2.

(2)  DO L 136 de 31.5.1999, p. 1.

P5_TA(2003)0512

Apoyo a la Misión de Administración Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo (UNMIK) y a la Oficina del Alto Representante en Bosnia y Herzegovina *

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1080/2000 del Consejo, de 22 de mayo de 2000, relativo al apoyo a la Misión de Administración Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo (UNMIK) y a la Oficina del Alto Representante en Bosnia y Herzegovina (OAR) (COM(2003) 389 — C5-0325/2003 — 2003/0143(CNS))

(Procedimiento de consulta)

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de la Comisión al Consejo (COM(2003) 389) (1),

Visto el artículo 181 bis del Tratado CE, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C5-0325/2003),

Visto el artículo 67 de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores, Derechos Humanos, Seguridad Común y Política de Defensa y la opinión de la Comisión de Presupuestos (A5-0390/2003),

1.

Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

2.

Pide a la Comisión que modifique en consecuencia su propuesta, de conformidad con el apartado 2 del artículo 250 del Tratado CE;

3.

Pide al Consejo que le informe, si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

4.

Solicita la apertura del procedimiento de concertación previsto en la Declaración común de 4 de marzo de 1975, si el Consejo pretende apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

5.

Pide al Consejo que le consulte de nuevo si pretende modificar sustancialmente la propuesta de la Comisión;

6.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.

TEXTO DE LA COMISIÓN

ENMIENDAS DEL PARLAMENTO

Enmienda 1

ARTÍCULO 1, PUNTO 2

Artículo 1, apartado 2 (Reglamento (CE) no 1080/2000)

2. Esta financiación adoptará la forma de una subvención al presupuesto de la UNMIK, de la OAR y del Pacto de Estabilidad.

2. Esta financiación adoptará la forma de una subvención al presupuesto de la UNMIK, de la OAR y del Pacto de Estabilidad. El importe de la subvención tendrá en cuenta las contribuciones de los Estados miembros y estará sujeto al procedimiento presupuestario anual.

Enmiendas 4 y 6

ARTÍCULO 1, APARTADO 3

Artículo 1 bis (Reglamento (CE) no 1080/2000 del Consejo)

La Comisión nombrará al Coordinador Especial del Pacto de Estabilidad, previa consulta con el Presidente en ejercicio de la OSCE , quien debe además confirmar el nombramiento , y otros participantes.

El Consejo nombrará cada año al Coordinador Especial del Pacto de Estabilidad para la Europa Sudoriental , en virtud de una propuesta de la Comisión, previa consulta con el Presidente en ejercicio de la OSCE, quien debe además confirmar el nombramiento, y otros participantes , como se prevé en el acuerdo de Colonia de junio de 1999, relativo al establecimiento del Pacto de Estabilidad para la Europa Sudoriental .

La Comisión informará oportunamente de su propuesta a la comisión competente del Parlamento Europeo.

Enmiendas 5 y 7

ARTÍCULO, APARTADO 3 bis (nuevo)

Artículo 1 ter (nuevo) (Reglamento (CE) no 1080/2000 del Consejo)

 

3 bis)

Añádase el siguiente artículo 1ter

Artículo 1 ter

Se invitará al candidato nombrado por la Comisión a emitir una declaración ante la comisión competente del Parlamento Europeo.

En virtud del resultado de esa audiencia, la comisión comunicará su opinión sobre el candidato a la Comisión y al Consejo.


(1)  Pendiente de publicación en el DO.

P5_TA(2003)0513

Promoción de la comprensión mutua de las relaciones entre la UE y algunas regiones del mundo no industrializadas *

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Decisión del Consejo por la que se establece un programa de acción comunitario para los organismos que promueven la comprensión mutua de las relaciones entre la Unión Europea y algunas regiones del mundo no industrializadas (COM(2003) 280 — C5-0350/2003 — 2003/0110(CNS))

(Procedimiento de consulta)

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de la Comisión al Consejo (COM(2003) 280) (1),

Visto el artículo 308 del Tratado CE, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C5-0350/2003),

Visto el artículo 67 de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores, Derechos Humanos, Seguridad Común y Política de Defensa y la opinión de la Comisión de Presupuestos (A5-0384/2003),

1.

Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

2.

Pide a la Comisión que modifique en consecuencia su propuesta, de conformidad con el apartado 2 del artículo 250 del Tratado CE;

3.

Pide al Consejo que le informe, si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

4.

Solicita la apertura del procedimiento de concertación previsto en la Declaración común de 4 de marzo de 1975, si el Consejo se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

5.

Considera que la ficha de financiación de la propuesta de la Comisión es compatible con el límite máximo de la rúbrica 5 de las perspectivas financieras 2000-2006;

6.

Pide al Consejo que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente la propuesta de la Comisión;

7.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.

TEXTO DE LA COMISIÓN

ENMIENDAS DEL PARLAMENTO

Enmienda 1

Considerando 3

(3) Debe prestarse una atención especial a la dimensión regional de la asistencia comunitaria, teniendo en cuenta la divergencia de las necesidades y de las prioridades de las principales regiones a las que se aplican los Reglamentos antes citados y a fomentar su intensificación.

(3) Debe prestarse una atención especial a la dimensión regional de la asistencia comunitaria, teniendo en cuenta la divergencia de las necesidades y de las prioridades de las principales regiones a las que se aplican los Reglamentos antes citados y a fomentar su intensificación de modo equilibrado y coordinado .

Enmienda 2

Considerando 4

(4) Procede promover la profundización del conocimiento mutuo entre la Unión Europea y los socios que reciben su asistencia.

(4) Procede promover la profundización del conocimiento y de la comprensión mutuos entre la Unión Europea y los socios que reciben su asistencia , así como su visibilidad .

Enmienda 3

Considerando 5

(5) La profundización del conocimiento mutuo entre la Unión y sus socios de verá reforzada con los trabajos de organismos especializados en el análisis de las relaciones entre la Unión Europea y las regiones en cuestión.

(5) La profundización del conocimiento y de la comprensión mutuos entre la Unión y sus socios se verá reforzada con los trabajos de organismos especializados en el análisis de las relaciones entre la Unión Europea y las regiones en cuestión , y que cuenten con los conocimientos culturales necesarios .

Enmienda 4

Considerando 7 bis (nuevo)

 

(7 bis) El Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión se comprometieron, con ocasión de la adopción del Reglamento financiero, a conseguir el objetivo de la entrada en vigor de ese acto de base a partir del ejercicio 2004.

Enmienda 5

Artículo 1, apartado 1

1. Se establece un programa de acción comunitario para la promoción de centros, institutos o redes especializados en el análisis de las relaciones entre la Unión Europea y determinadas regiones.

1. Se establece un programa de acción comunitario para la promoción de centros, institutos o redes especializados en el análisis de las relaciones entre la Unión Europea y determinadas regiones , fomentando así el diálogo entre culturas y civilizaciones y el valor universal de los derechos humanos .

Enmienda 6

Artículo 1, apartado 2

2. El objetivo general del presente programa consiste en apoyar las actividades de estos organismos. Las actividades están constituidas por el programa de trabajo anual del centro, instituto o red y deben figurar entre las actividades descritas en el Anexo. Las actividades apoyadas deben contribuir a incrementar la comprensión y el diálogo entre la Unión Europea y las regiones cubiertas por los Reglamentos ALA, MEDA, TACIS y CARDS, así como con los países candidatos.

2. El objetivo general del presente programa consiste en apoyar las actividades de estos organismos. Las actividades están constituidas por el programa de trabajo anual del centro, instituto o red y deben figurar entre las actividades descritas en el Anexo. Las actividades apoyadas deben contribuir a incrementar la comprensión y el diálogo entre la Unión Europea y las regiones cubiertas por los Reglamentos ALA, MEDA, TACIS y CARDS, así como con los países candidatos , y para reforzar la asociación desde el punto de vista social, cultural y humano .

Enmienda 8

Artículo 2, apartado 1, guión 1

debe tratarse de una persona jurídica independiente, sin ánimo de lucro, activa principalmente en el ámbito de la promoción de la comprensión de las relaciones entre la Unión Europea y las regiones en cuestión y cuyo objetivo sea el interés público;

debe tratarse de una persona jurídica independiente, sin ánimo de lucro, activa principalmente en el ámbito de la promoción de la comprensión de las relaciones entre la Unión Europea y las regiones en cuestión y cuyo objetivo sea el interés público y la dignidad del ser humano ;

Enmienda 7

Artículo 2, apartado 1, guión 3

sus actividades deben ser conformes con los principios en que se basa la actuación comunitaria en el ámbito de las relaciones exteriores y tener en cuenta los ejes prioritarios del artículo 5 .

sus actividades deben ser conformes con los principios en que se basa la actuación comunitaria en el ámbito de las relaciones exteriores y tener en cuenta los ejes prioritarios del punto 5 del Anexo .

Enmienda 16

Artículo 4, apartado 1 bis (nuevo)

 

1 bis. Se podrán conceder subvenciones en virtud de esta acción del programa para cubrir determinados gastos operativos y administrativos de los organismos que persiguen un objetivo de interés general europeo y que operan en distintas regiones geográficas.

Para conceder las subvenciones, la Comisión publicará convocatorias de propuestas. No obstante, la Comisión podrá conceder dichas subvenciones sin publicación de convocatorias de propuestas cuando en la línea presupuestaria el beneficiario esté indicado de manera explícita. Podrá proceder del mismo modo cuando en el presupuesto estén indicados los beneficiarios y los importes asignados, si el importe total de la línea presupuestaria en cuestión está asignado previamente y en su totalidad por la autoridad presupuestaria. En ambos casos, se aplicarán todos los demás requisitos enumerados en el Reglamento Financiero, en sus normas de desarrollo y en el acto de base.

La Comisión podrá conceder subvenciones a los organismos de que se trate previa recepción del plan de trabajo y del presupuesto correspondientes. Las subvenciones podrán concederse con carácter anual o renovable, de conformidad con un acuerdo marco de asociación celebrado con la Comisión.

Las subvenciones concedidas en virtud de esta acción no estarán sujetas al principio de reducción gradual previsto en el apartado 2 del artículo 113 del Reglamento Financiero.

Enmienda 17

Artículo 4, apartado 2

2. La selección de los organismos beneficiarios de tales subvenciones operativas se hace con una convocatoria de propuestas que cubra la duración completa del programa, con el fin de establecer una relación de asociación entre estos organismos y la Unión Europea.

Sobre la base de la convocatoria de propuestas, la Comisión aprueba, de acuerdo con el artículo 116 del Reglamento Financiero, la lista de los beneficiarios y los importes aprobados.

Suprimido

Enmienda 10

Artículo 5

1. Las subvenciones operativas concedidas con cargo a este programa no podrán financiar la totalidad de los gastos subvencionables del organismo correspondientes al ejercicio para el cual se conceda la subvención.

1. Las subvenciones operativas concedidas con cargo a este programa no podrán financiar la totalidad de los gastos subvencionables del organismo correspondientes al ejercicio para el cual se conceda la subvención. Los principios de degresividad en términos reales y de cofinanciación se aplicarán a todos los beneficiarios del modo siguiente:

2. El importe de la subvención operativa concedida no puede superar el 70 % de los gastos subvencionables del organismo correspondientes al ejercicio para el cual se conceda la subvención.

2. El importe de la subvención operativa concedida en virtud del programa no puede superar el 80 % de los gastos subvencionables del organismo correspondientes al ejercicio para el cual se conceda la subvención.

3. De acuerdo con el apartado 2 del artículo 113 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, la subvención operativa así concedida tendrá, en caso de renovación, carácter regresivo en términos reales. En el caso de la concesión de una subvención operativa a un organismo que el ejercicio anterior ya hubiera recibido una del mismo tipo, el porcentaje de cofinanciación comunitaria representado por la nueva subvención debe ser inferior como mínimo 10 puntos al porcentaje de cofinanciación comunitaria representado por la subvención del ejercicio anterior .

3. De acuerdo con el apartado 2 del artículo 113 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, la subvención operativa así concedida tendrá, en caso de renovación, carácter regresivo en términos reales . En el caso de la concesión de una subvención operativa a un organismo que el ejercicio anterior ya hubiera recibido una del mismo tipo, la degresividad se aplicará con arreglo a una tasa del 2,5 % a partir del tercer año.

Enmienda 11

Artículo 6, apartado 1

1. El presente programa comienza el 1 de enero de 2004 y finaliza el 31 de diciembre de 2006 .

1. El presente programa comienza el 1 de enero de 2004 y finaliza el 31 de diciembre de 2008 .

Enmienda 12

Artículo 6, apartado 2 bis (nuevo)

 

2 bis. Los créditos previstos para después del ejercicio 2006 estarán sujetos a un acuerdo de la Autoridad Presupuestaria sobre las perspectivas financieras después de ese ejercicio.

Enmienda 13

Artículo 7

Como máximo el 31 de diciembre de 2005 , la Comisión debe presentar al Consejo un informe sobre la consecución de los objetivos del presente programa. Este informe de evaluación debe estar basado en los resultados obtenidos por los beneficiarios y evaluar su pertinencia, eficiencia y utilidad en la obtención de los objetivos definidos en el artículo 1 y en el Anexo.

Como máximo el 31 de diciembre de 2007 , la Comisión debe presentar al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre la consecución de los objetivos del presente programa. Este informe de evaluación debe estar basado en los resultados obtenidos por los beneficiarios y evaluar su pertinencia, eficiencia y utilidad en la obtención de los objetivos definidos en el artículo 1 y en el Anexo.

Enmienda 14

Artículo 8

El carácter regresivo del porcentaje de cofinanciación comunitario en caso de renovación de una subvención operativa, contemplado en el artículo 5, no se aplica a los organismos que hayan recibido una subvención operativa para las mismas actividades en el ejercicio precedente al de la entrada en vigor de la presente Decisión o en los dos ejercicios anteriores hasta el tercer ejercicio siguiente a la entrada en vigor de la presente Decisión.

El carácter regresivo del porcentaje de cofinanciación comunitario en caso de renovación de una subvención operativa, contemplado en el artículo 5, no se aplica a los organismos que hayan recibido una subvención operativa para las mismas actividades en el ejercicio precedente al de la entrada en vigor de la presente Decisión o en los dos ejercicios anteriores hasta el tercer ejercicio siguiente a la entrada en vigor de la presente Decisión , siempre que dichos organismos hayan cumplido con plena satisfacción los criterios relativos a una gestión correcta .

Enmienda 19

Anexo, punto 3

La selección de los organismos beneficiarios de una subvención operativa se hace con convocatorias de propuestas del tipo contemplado en el Reglamento Financiero. Estas convocatorias de propuestas se abrirán al inicio de este programa con el fin de seleccionar a los socios con los cuales la Unión Europea quiere ejecutarlo.

Para conceder las subvenciones la Comisión publicará convocatorias de propuestas. No obstante, la Comisión podrá conceder dichas subvenciones sin publicación de convocatorias de propuestas cuando en la línea presupuestaria el beneficiario esté indicado de manera explícita. Podrá proceder del mismo modo cuando en el presupuesto estén indicados los beneficiarios y los importes que se destinan a cada uno de ellos, si el importe total de la línea presupuestaria en cuestión está asignado previamente y en su totalidad por la autoridad presupuestaria. En ambos casos, se aplicarán todos los demás requisitos enumerados en el Reglamento Financiero, en sus normas de desarrollo y en el acto de base.

Enmienda 15

Anexo, punto 3, párrafo 1 bis (nuevo)

 

Los temas prioritarios y los tipos de actividad de las convocatorias de propuestas se notificarán al Parlamento Europeo antes de proceder a la convocatoria de propuestas.


(1)  Pendiente de publicación en el DO.

P5_TA(2003)0514

Promoción de la ciudadanía europea activa *

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Decisión del Consejo por la que se establece un programa de acción comunitario para la promoción de la ciudadanía europea activa (civic participation) (COM(2003) 276 — C5-0321/2003 — 2003/0116(CNS))

(Procedimiento de consulta)

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de la Comisión al Consejo (COM(2003) 276) (1),

Visto el artículo 308 del Tratado CE, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C5-0321/2003),

Visto el artículo 67 de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Libertades y Derechos de los Ciudadanos, Justicia y Asuntos Interiores y las opiniones de la Comisión de Presupuestos, de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales y de la Comisión de Cultura, Juventud, Educación, Medios de Comunicación y Deporte (A5-0368/2003),

1.

Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

2.

Considera que la ficha de financiación de la propuesta de la Comisión es compatible con el límite máximo de las rúbricas 3 y 5 de las perspectivas financieras 2000-2006;

3.

Pide a la Comisión que modifique en consecuencia su propuesta, de conformidad con el apartado 2 del artículo 250 del Tratado CE;

4.

Pide al Consejo que le informe, si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

5.

Solicita la apertura del procedimiento de concertación previsto en la Declaración común de 4 de marzo de 1975, si el Consejo pretende apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

6.

Pide al Consejo que le consulte de nuevo si pretende modificar sustancialmente la propuesta de la Comisión;

7.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.

TEXTO DE LA COMISIÓN

ENMIENDAS DEL PARLAMENTO

Enmienda 1

Considerando 1

(1) El Tratado instaura una ciudadanía de la Unión, complementaria y no sustitutiva de la ciudadanía nacional, y cuya promoción se efectúa de acuerdo con el principio de subsidiariedad.

(1) El Tratado instaura una ciudadanía de la Unión, que no sustituye a la ciudadanía nacional, sino que, por el contrario, la complementa y amplía al reconocer un conjunto de derechos comunes a los ciudadanos europeos, y cuya promoción se efectúa de acuerdo con el principio de subsidiariedad.

Enmienda 2

Considerando 1 bis (nuevo)

 

(1 bis) La instauración de la ciudadanía europea obedece a la necesidad de los miembros de esta nueva comunidad de ciudadanos de participar en los mismos valores democráticos comunes, por un lado, y de sentirse parte integrante del proceso de construcción de la Unión Europea, por otro.

Enmienda 3

Considerando 2

(2) La Comunidad y los Estados miembros persiguen entre otros objetivos los de promover el empleo, mejorar las condiciones de vida y de trabajo, ofrecer una protección social adecuada, desarrollar los recursos humanos para lograr un nivel de empleo elevado y duradero y luchar contra las exclusiones.

(2) La Comunidad y los Estados miembros persiguen entre otros objetivos los de promover el empleo, mejorar las condiciones de vida y de trabajo, ofrecer una protección social adecuada, desarrollar los recursos humanos para lograr un nivel de pleno empleo y luchar contra las exclusiones.

Enmienda 4

Considerando 3

(3) La aplicación efectiva y uniforme del Derecho comunitario constituye una nueva prioridad indispensable para el buen funcionamiento del mercado interior . Los ciudadanos, los consumidores y las empresas sólo podrán hacer valer todos los derechos que les confiere el ordenamiento jurídico comunitario ante cualquier jurisdicción nacional si los jueces están suficientemente informados y formados para ello. Una política común en el ámbito de la aplicación del Derecho europeo y de la jurisprudencia constituye un elemento primordial del objetivo de la Unión Europea de establecer progresivamente un espacio de libertad, de seguridad y de justicia.

(3) La aplicación efectiva y uniforme del Derecho comunitario constituye una nueva prioridad indispensable para el buen funcionamiento de un espacio sin fronteras interiores . Los ciudadanos, los consumidores y las empresas sólo podrán hacer valer todos los derechos que les confiere el ordenamiento jurídico comunitario ante cualquier jurisdicción nacional si los miembros de la judicatura están suficientemente informados y formados para ello. Una política común en el ámbito de la aplicación del Derecho europeo y de la jurisprudencia constituye un elemento primordial del objetivo de la Unión Europea de establecer progresivamente un espacio de libertad, de seguridad y de justicia.

Enmienda 5

Considerando 8 bis (nuevo)

 

(8 bis) El principio de la democracia constituye una de las piedras angulares del edificio comunitario. El proyecto de Tratado por el que se instituye una Constitución para Europa incluye un capítulo sobre la vida democrática de la Unión. De acuerdo con el artículo 46, las instituciones mantendrán un diálogo abierto, transparente y regular con las asociaciones representativas y la sociedad civil.

Enmienda 6

Considerando 10 bis (nuevo)

 

(10 bis) La organización Movimiento Europeo Internacional, integrada por más de 30 secciones nacionales y un gran número de asociaciones de la sociedad civil, viene impulsando activamente la integración europea desde 1948. Persigue, de este modo, un interés general europeo de manera ininterrumpida desde hace 55 años.

Enmienda 51

Considerando 10 ter (nuevo)

 

(10 ter) El Consejo ha reiterado su convencimiento de que es necesario seguir fomentando los hermanamientos de ciudades, habida cuenta del importante papel que pueden desempeñar en el fortalecimiento de la entidad ciudadana y de la comprensión mutua entre los pueblos europeos. En el marco del programa plurianual, debe garantizarse una dotación financiera adecuada y la consolidación del fomento de los hermanamientos de ciudades, tal como ha reclamado el Parlamento Europeo todos los años en el marco del procedimiento presupuestario. Para ello, es indispensable establecer un procedimiento de solicitud comprensible y próximo a los intereses de los ciudadanos y administrar la promoción de los hermanamientos con arreglo a estos mismos principios. La Comisión debe velar por asegurar el desarrollo de los programas en curso, como el de promoción de los hermanamientos de ciudades en la Unión Europea, convocando la presentación de propuestas de proyectos antes de que entre en vigor la presente Decisión.

Enmienda 8

Considerando 13

(13) El diálogo civil desempeña una función esencial en la tarea de promover la cooperación con los círculos de la sociedad civil en el ámbito social. Hasta 2001 se le prestó apoyó a través de la línea presupuestaria B3-4101 . Aunque en 2001-2002 las actividades de la Plataforma europea de ONG del sector social se financiaron a través de la línea B3-4105, sobre acciones preparatorias para combatir y prevenir la exclusión social, y en 2003 a través de las líneas B3-4105 y B5-803 conjuntamente, tales actividades desbordan ampliamente el marco de estos programas y contribuyen a aplicar la nueva forma de gobernanza que promueve la Agenda Social adoptada en Niza.

(13) El diálogo civil , en particular con las asociaciones de solidaridad, desempeña una función esencial en la tarea de promover la cooperación con los círculos de la sociedad civil en el ámbito social. En la Declaración 23 aneja al Acta Final del Tratado de Maastricht, la Comunidad reconoce la particular importancia que tiene la colaboración con las asociaciones de solidaridad para conseguir los objetivos del artículo 136 del Tratado . Aunque en 2001-2002 las actividades de la Plataforma europea de ONG del sector social así como de las asociaciones de solidaridad se financiaron a través de las líneas B3-410 y, en particular, B3-4105, sobre acciones preparatorias para combatir y prevenir la exclusión social, y en 2003 a través de las líneas B3-4105 y B5-803 conjuntamente, tales actividades desbordan ampliamente el marco de estos programas y contribuyen a aplicar la nueva forma de gobernanza que promueve la Agenda Social adoptada en Niza.

Enmienda 9

Considerando 15

(15) La línea presupuestaria A-3016 del presupuesto general de las Comunidades Europeas del ejercicio 2003 y de ejercicios anteriores está destinada a financiar la Asociación de los Consejos de Estado y de las jurisdicciones administrativas supremas de la Unión Europea. Ésta ejerce una función de intercambio de ideas y experiencia sobre cuestiones relativas a la jurisprudencia y la organización y el funcionamiento de sus miembros en el ejercicio de sus funciones, ya sean jurisdiccionales o consultivas. Su acción es indispensable para coordinar y transmitir a los ciudadanos los dictámenes jurisdiccionales de los Consejos de Estado respecto al Derecho comunitario y favorecer la puesta en común de las técnicas de transposición y de aplicación del Derecho europeo a nivel nacional.

(15) La línea presupuestaria A-3016 del presupuesto general de la Unión Europea del ejercicio 2003 y de ejercicios anteriores está destinada a financiar la Asociación de los Consejos de Estado y de las jurisdicciones administrativas supremas de la Unión Europea. Ésta ejerce una función de intercambio de ideas y experiencia sobre cuestiones relativas a la jurisprudencia y la organización y el funcionamiento de sus miembros en el ejercicio de sus funciones, ya sean jurisdiccionales o consultivas. Su acción es indispensable para favorecer la coordinación y transmitir a los ciudadanos los dictámenes jurisdiccionales de los Consejos de Estado y de las jurisdicciones administrativas supremas respecto al Derecho comunitario y favorecer la puesta en común de las técnicas de transposición y de aplicación del Derecho europeo a nivel nacional.

Enmienda 10

Considerando 15 bis (nuevo)

 

(15 bis) La línea presupuestaria B3-4002 del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2003 y los ejercicios anteriores está destinada a financiar acciones de información y formación, que se derivan de la ejecución de medidas comunitarias en relación con el desarrollo de la dimensión social del mercado interior, contribuyen, de forma fundamental a la realización y ejecución de la Agenda Social Europea y despiertan el interés de los ciudadanos por la dimensión social del mercado interior europeo.

Enmienda 11

Considerando 17

(17) El Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión Europea se comprometieron, con motivo de la adopción del Reglamento financiero, a conseguir el objetivo de la entrada en vigor de este acto de base a partir del ejercicio de 2004.

(17) El Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión se comprometieron, con motivo de la adopción del Reglamento financiero, a conseguir el objetivo de la entrada en vigor de este acto de base a partir del ejercicio 2004 , tomando en consideración los comentarios presupuestarios en el contexto de la aplicación .

Enmienda 12

Considerando 17 bis (nuevo)

 

(17 bis) Los nuevos Estados miembros deben poder participar plenamente en la totalidad del programa.

Enmienda 13

Considerando 18

(18) Conviene establecer una cobertura geográfica del presente programa que incluya a los Estados miembros y la posibilidad de ampliarla, para algunas acciones, a los países candidatos a la adhesión y los países de la AELC y el EEE.1.

(18) Conviene establecer una cobertura geográfica del presente programa que incluya a los Estados miembros y a los nuevos Estados miembros y la posibilidad de ampliarla, para algunas acciones, a los países candidatos a la adhesión y los países de la AELC y el EEE.

Enmienda 14

Artículo 1, punto 1, introducción

1. La presente Decisión establece un programa de acción comunitario para ayudar a las entidades activas en el ámbito de la ciudadanía europea activa y la promoción de acciones en este ámbito.

El objetivo del presente programa consiste en:

1. La presente Decisión establece un programa de acción comunitario para ayudar a las entidades activas en el ámbito de la ciudadanía europea activa y la promoción de acciones en este ámbito. El programa tendrá por objetivo general reducir el déficit democrático de la Unión Europea e incrementar la transparencia.

El objetivo específico del presente programa consiste en:

Enmienda 15

Artículo 1, apartado 1, letra a)

a)

promover los valores y los objetivos de la Unión Europea;

a)

promover y difundir los valores y los objetivos de la Unión Europea;

Enmienda 16

Artículo 1, apartado 1, letra c)

c)

vincular fuertemente a los ciudadanos a las reflexiones y a los debates sobre la construcción de la Unión Europea;

c)

vincular fuertemente a los ciudadanos a las reflexiones y a los debates sobre la construcción de la Unión Europea a través de la actividad de grupos de reflexión («think tanks») y centros universitarios y de investigación que fomenten positivamente y critiquen de forma constructiva el desarrollo de la integración europea ;

Enmienda 17

Artículo 1, apartado 1, letra e bis) (nueva)

 

e bis)

fortalecer las estructuras intermedias que vinculan a los ciudadanos con la Unión Europea y sus instituciones, por ejemplo las asociaciones y federaciones de interés europeo, los programas de hermanamiento entre ciudades, las ONG, las organizaciones sindicales y las instituciones educativas y universitarias;

Enmienda 19

Artículo 1, apartado 1, letra e ter) (nueva)

 

e ter)

promover el principio de democracia participativa, incluida la participación de las mujeres en el proceso de toma de decisiones.

Enmienda 20

Artículo 1, apartado 2

2. Las actividades subvencionadas por el presente programa están destinadas a apoyar el funcionamiento y las acciones de entidades que persigan los objetivos de este programa, siguiendo los criterios especificados en el anexo .

2. Las actividades subvencionadas por el presente programa están destinadas a apoyar el funcionamiento y las acciones de entidades que persigan los objetivos de este programa, siguiendo los criterios especificados en el artículo 8 bis .

Enmienda 21

Artículo 2, párrafo 1

Podrán beneficiarse de una subvención comunitaria para una acción las entidades que respeten las disposiciones del anexo .

Podrán beneficiarse de una subvención comunitaria para una acción las entidades que respeten las disposiciones del artículo 8 bis .

Enmienda 22

Artículo 2, párrafo 3

Para que una entidad pueda beneficiarse de una subvención de funcionamiento vinculada a su programa de trabajo permanente en tanto que organismo con un objetivo de interés general europeo en el ámbito de la ciudadanía activa o un objetivo de la política de la Unión Europea en este ámbito, tal entidad deberá respetar las disposiciones del anexo y tener una estructura que permita realizar acciones con un radio de acción que abarque al conjunto de la Unión Europea.

Para que una entidad pueda beneficiarse de una subvención de funcionamiento vinculada a su programa de trabajo permanente en tanto que organismo con un objetivo de interés general europeo en el ámbito de la ciudadanía activa o un objetivo de la política de la Unión Europea en este ámbito, tal entidad deberá respetar las disposiciones del artículo 8 bis y tener una estructura que permita realizar acciones con un radio de acción que abarque al conjunto de la Unión Europea.

Enmienda 23

Artículo 4

 

El programa incluirá tres tipos de beneficiarios:

1. La concesión de una subvención de funcionamiento vinculada al programa de trabajo permanente de una entidad que persiga un objetivo de interés general europeo en el ámbito de la ciudadanía activa o un objetivo de la política de la Unión Europea en este ámbito deberá respetar los criterios generales establecidos en el anexo.

Parte 1: Una subvención de funcionamiento se concederá directamente a los beneficiarios mencionados en el punto 2.1.1 del artículo 8 bis sin proceder a exclusiones basadas en criterios subjetivos y sin excluir a aquellas organizaciones que mantengan planteamientos discrepantes pero constructivos con respecto a las políticas de la Unión.

 

Parte 2: Una subvención de funcionamiento se concederá a los beneficiarios mencionados en el punto 2.1.2 del artículo 8 bis mediante una convocatoria de propuestas y una subvención de funcionamiento se concederá a los beneficiarios mencionados explícitamente en líneas presupuestarias preasignadas totalmente por la Autoridad Presupuestaria.

2. La concesión de una subvención para una acción contemplada en el programa deberá respetar los criterios generales establecidos en el anexo. Las acciones se seleccionarán en el marco de una convocatoria de propuestas.

Parte 3: La concesión de una subvención para una acción contemplada en el programa de conformidad con el punto 2.1.3 del artículo 8 bis se hará en el marco de una convocatoria de propuestas.

Enmienda 24

Artículo 5

Las subvenciones concedidas en el marco de las diferentes acciones del presente programa deberán respetar las disposiciones de la parte correspondiente del anexo .

1. Las subvenciones concedidas en el marco de las diferentes acciones del presente programa deberán respetar las disposiciones de la parte correspondiente del artículo 8 bis .

 

1 bis. Los principios de degresividad en términos reales y de cofinanciación se aplicarán a todos los beneficiarios del modo siguiente:

organismos identificados por un acto jurídico: al menos un 10% de cofinanciación, incluidas aportaciones en especie, y no degresividad;

organismos mencionados expresamente en líneas presupuestarias y organismos seleccionados mediante convocatorias de propuestas: al menos un 20% de cofinanciación, incluidas aportaciones en especie, y degresividad con arreglo a una tasa del 2,5% a partir del tercer año.

Enmienda 25

Artículo 6

 

1. El marco financiero para la aplicación del programa correspondiente al período a que se refiere el apartado 3 del artículo 1 se eleva a 149 192 300 euros.

Los créditos anuales serán autorizados por la Autoridad Presupuestaria en función de los límites de las perspectivas financieras.

2. Los créditos anuales serán autorizados por la Autoridad Presupuestaria en función de los límites de las perspectivas financieras.

 

3. El presupuesto de 2004 servirá como punto de partida a tal efecto. Deberán tenerse en cuenta las consecuencias de la ampliación

 

4. Los créditos previstos para después del ejercicio 2006 estarán sujetos a un acuerdo de la Autoridad Presupuestaria sobre las perspectivas financieras después de ese ejercicio.

Enmienda 26

Artículo 7, apartado - 1 (nuevo)

 

- 1. La Comisión presentará todos los años un breve informe sobre la aplicación del programa al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones.

Enmienda 27

Artículo 7, apartado 1, párrafo 1

1. A más tardar el 31 de diciembre de 2007, la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre la consecución de los objetivos del presente programa así como, en su caso, propuestas de ajuste con vistas a prolongar o no el programa.

1. A más tardar el 31 de diciembre de 2007, la Comisión presentará al Parlamento Europeo , al Consejo y a los Parlamentos nacionales, un informe sobre la consecución de los objetivos del presente programa así como, en su caso, propuestas de ajuste con vistas a prolongar o no el programa.

Enmienda 28

Artículo 7, apartado 1, párrafo 2

Este informe se basará fundamentalmente en un informe de evaluación externa que deberá estar disponible a más tardar al final de 2006, en el que se examinará, como mínimo, la pertinencia y la coherencia globales del programa, la eficacia de su ejecución (preparación, selección y puesta en práctica de las acciones) y la eficacia global e individual de las distintas acciones (por lo que respecta a la consecución de los objetivos especificados en el artículo 1 y el anexo ).

Este informe se basará fundamentalmente en la consulta a las entidades apoyadas por el presente programa, así como en un informe de evaluación externa que deberá estar disponible a más tardar al final de 2006, en el que se examinará, como mínimo, la pertinencia y la coherencia globales del programa, la eficacia de su ejecución (preparación, selección y puesta en práctica de las acciones) y la eficacia global e individual de las distintas acciones por lo que respecta a la consecución de los objetivos especificados en el artículo 1 y el artículo 8 bis. La Comisión transmitirá el informe de evaluación externa al Consejo y al Parlamento Europeo.

Enmienda 29

Artículo 7, apartado 2, párrafo 2

A más tardar el 31 de diciembre de 2009, la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre la realización de los objetivos del presente programa. Este informe se basará fundamentalmente en los resultados de la evaluación externa y examinará los resultados obtenidos por los beneficiarios, sobre todo desde el punto de vista de la eficacia y la eficiencia de las acciones (consideradas global e individualmente) llevadas a cabo por los beneficiarios del programa en lo que respecta a la consecución de los objetivos especificados en el artículo 1 y el anexo .

A más tardar el 31 de diciembre de 2009, la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre la realización de los objetivos del presente programa. Este informe se basará fundamentalmente en los resultados de la evaluación externa y examinará los resultados obtenidos por los beneficiarios, sobre todo desde el punto de vista de la eficacia y la eficiencia de las acciones (consideradas global e individualmente) llevadas a cabo por los beneficiarios del programa en lo que respecta a la consecución de los objetivos especificados en el artículo 1 y el artículo 8 bis .

Enmienda 30

Anexo, título

ANEXO

Artículo 8 bis

Enmienda 31

Anexo, apartado 1, párrafo 6

El objetivo de la Asociación de los Consejos de Estado y de las jurisdicciones administrativas supremas de la Unión Europea es coordinar y transmitir a los ciudadanos los dictámenes jurisdiccionales de los Consejos de Estado respecto al Derecho comunitario y favorecer la puesta en común de las técnicas de transposición y de aplicación del Derecho europeo a nivel nacional.

El objetivo de la Asociación de los Consejos de Estado y de las jurisdicciones administrativas supremas de la Unión Europea es favorecer la coordinación y transmitir a los ciudadanos los dictámenes jurisdiccionales de los Consejos de Estado y de las jurisdicciones administrativas supremas respecto al Derecho comunitario y favorecer la puesta en común de las técnicas de transposición y de aplicación del Derecho europeo a nivel nacional.

Enmienda 32

Anexo, punto 2.1.1, introducción

2.1.1. Parte 1: programa de trabajo permanente de entidades que persigan un objetivo de interés general europeo en el ámbito de la ciudadanía europea activa:

2.1.1. Parte 1: programa de trabajo permanente de entidades que persigan un objetivo de interés general europeo en el ámbito de la ciudadanía europea activa , que figuran en una lista no exhaustiva que incluye :

Enmienda 33

Anexo, punto 2.1.1, guión 6 bis (nuevo)

 

— Consejo de Municipios y Regiones de Europa (CMRE),

Enmienda 34

Anexo, punto 2.1.1, guión 6 ter (nuevo)

 

— Movimiento Europeo Internacional,

Enmienda 35

Anexo, punto 2.1.1, guión 6 quáter (nuevo)

 

Comisión de Venecia (Consejo de Europa). Fomento de las iniciativas encaminadas a fortalecer las relaciones, entre los tribunales constitucionales y los tribunales europeos (seminarios y fomento de la interoperabilidad de las bases de datos y de los centros de documentación relacionados con la jurisprudencia constitucional de la Unión Europea que sea de interés),

Enmienda 36

Anexo, punto 2.1.1, guión 6 quinquies (nuevo)

 

Conferencia de los Órganos Especializados en los Asuntos Comunitarios y Europeos de los Parlamentos de la Unión Europea (COSAC) — creación de un sitio Internet llamado «Agora interparlamentaria»,

Enmienda 37

Anexo, punto 2.1.1, guiones 6 sexies y 6 septies (nuevos)

 

Red Europea de Formación Judicial.

Red de Casas de Europa.

Enmienda 38

Anexo, punto 2.1.1 bis (nuevo)

 

2.1.1 bis. Las entidades estarán sometidas a revisiones periódicas.

Enmienda 39

Anexo, punto 2.1.2, guión 2

una red europea multiplicadora de entidades sin fines de lucro activas en los Estados miembros que participen en el programa y que promuevan principios y políticas que contribuyan a los objetivos en este ámbito,

entidades sin fines de lucro con efecto multiplicador activas en los Estados miembros que participen en el programa y que promuevan principios y políticas que contribuyan a los objetivos en este ámbito,

Enmienda 40

Anexo, punto 2.1.3, letra a)

a)

acciones en el ámbito de la ciudadanía europea activa realizadas, en particular, por organizaciones no gubernamentales, asociaciones y federaciones de interés europeo u organizaciones sindicales interprofesionales. Como excepción a lo dispuesto en el artículo 114 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, las organizaciones sindicales interprofesionales que participen en el diálogo social europeo podrán acogerse a esta parte aunque no dispongan de personalidad jurídica;

a)

acciones en el ámbito de la ciudadanía europea activa realizadas, en particular, por organizaciones no gubernamentales, medios de comunicación, asociaciones y federaciones de interés europeo u organizaciones sindicales interprofesionales. Como excepción a lo dispuesto en el artículo 114 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, las organizaciones sindicales interprofesionales que participen en el diálogo social europeo podrán acogerse a esta parte aunque no dispongan de personalidad jurídica;

Enmienda 41

Aneso, punto 2.1.3 bis (nuevo)

 

2.1.3 bis. Parte 4: Acciones innovadoras

Toda acción innovadora que promueva el concepto de participación de los ciudadanos en un sentido amplio y que no pueda ser financiada por otras partes del presente programa.

Enmienda 42

Anexo, punto 2.1.3 bis (nuevo)

 

2.1.3 bis. Parte 5: INFO-POINTS EUROPA (IPE) y Carrefours Europa: programa de trabajo permanente de los INFOPOINTS EUROPA (IPE) y de los Carrefours

El INFO-POINT EUROPA y el Carrefour son ventanillas de información de la Unión Europea. Con objeto de aproximarse a los ciudadanos, ofrecen a la opinión pública información sobre la UE y fomentan la participación de los ciudadanos en la construcción europea. Lo que distingue a los Carrefours es que están radicados en el territorio rural y prestan especial atención al desarrollo de este territorio.

El IPE/Carrefour tiene su sede en una entidad que garantiza su funcionamiento de forma individual o asociada.

Misión del IPE/Carrefour

El IPE/Carrefour realiza cuatro tipos de misiones:

1. proporciona al público información básica sobre la Unión Europea, sus políticas y programas;

2. ofrece asistencia en la búsqueda de información (respuesta a preguntas) y facilita la consulta de documentación oficial (documentos y/o publicaciones de las instituciones de la UE);

3. orienta, cuando es necesario, hacia otras fuentes de información más pertinentes; a tal efecto, colabora estrechamente con los otros puntos de enlace de la UE a nivel regional, valorizando así la actividad de éstos;

4. participa en la organización de seminarios, encuentros, debates, etc. sobre la Unión Europea, en colaboración con otros puntos de enlace y redes europeas de información de la zona.

Enmienda 43

Anexo, punto 2.2, guión 2 bis) (nuevo)

 

los recursos dedicados a la parte 4 del programa no serán inferiores al 5 % del presupuesto anual disponible para el presente programa.

Enmienda 44

Anexo, punto 3.1 bis (nuevo)

 

3.1 bis. La Comisión informará al Parlamento Europeo de su intención de realizar una convocatoria de propuestas, e indicará posibles prioridades con relación a los temas y tipos de actividades previstos.

Enmienda 45

Anexo, punto 3.2

3.2. Las entidades beneficiarias de una subvención correspondiente a la parte 3 del programa se seleccionarán por medio de convocatorias de propuestas. En el caso de organizaciones sindicales interprofesionales que participen en el diálogo social europeo, la convocatoria de propuestas podrá ser restringida.

3.2. Las entidades beneficiarias de una subvención correspondiente a las partes 3 4 y 5 del programa se seleccionarán por medio de convocatorias de propuestas. La Comisión velará por que la convocatoria de propuestas sea accesible al usuario y no represente una carga burocrática insuperable. Cuando proceda, la convocatoria de propuestas se organizará en dos fases, para la primera de las cuales se exigirá únicamente la presentación de una documentación limitada y estrictamente necesaria para la evaluación de la propuesta. En el caso de organizaciones sindicales interprofesionales que participen en el diálogo social europeo, la convocatoria de propuestas podrá ser restringida.

Enmienda 46

Anexo, punto 6

Sobre la base de un análisis de la relación coste/eficacia, la Comisión podrá decidir confiar la totalidad o una parte de las tareas de gestión del programa a una agencia ejecutiva, según los términos del artículo 55 del Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas. Podrá igualmente recurrir a expertos y realizar cualquier otro gasto de asistencia técnica y administrativa que no implique funciones de potestad pública y que sea subcontratada como prestación específica de servicios. Además, podrá financiar estudios y organizar reuniones de expertos que sirvan para facilitar la puesta en práctica del programa, y llevar a cabo acciones de información, publicación y difusión directamente vinculadas con la consecución del objetivo del programa.

Suprimido

Enmienda 47

Anexo, punto 6, párrafo 1 bis (nuevo)

 

La Comisión procederá a un intercambio de puntos de vista regular con los representantes de los beneficiarios, actuales y potenciales, del programa de acción acerca de la concepción, la aplicación y el seguimiento del programa.

Enmienda 48

Anexo, punto 6 bis (nuevo)

 

6 bis. Reconocimiento de la financiación

Toda entidad o actividad que reciba una subvención en el marco de este programa estará obligada a declarar la ayuda aportada por la Unión Europea. A tal efecto, la Comisión establecerá orientaciones detalladas en materia de visibilidad.

Enmienda 49

Anexo, punto 6 ter (nuevo)

 

6 ter. Difusión de los resultados

Con el fin de facilitar la difusión de los resultados, se pondrá a disposición del público, de forma gratuita y por vía electrónica, el mayor número posible de productos financiados por este programa.

Enmienda 50

Anexo, punto 7.5 bis (nuevo)

 

7.5 bis. Las entidades que se beneficien de una subvención de funcionamiento en virtud de la presente Decisión podrán participar en convocatorias de propuestas para otros programas y proyectos; no obstante, no disfrutarán de trato preferente respecto a aquellas otras organizaciones que no reciban subvenciones del presupuesto de la Unión Europea.


(1)  Pendiente de publicación en el DO.

P5_TA(2003)0515

Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes *

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la firma, en nombre de la Comunidad Europea, del Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes (COM(2003) 331 — C5-0315/2003 — 2003/0118(CNS))

(Procedimiento de consulta)

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de Decisión del Consejo (COM(2003) 331) (1),

Vista la firma, en nombre de la Comunidad Europea, del Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes,

Vistos el apartado 1 del artículo 95, el apartado 1 del artículo 175 y el primer párrafo del apartado 2 del artículo 300 del Tratado CE,

Visto el primer párrafo del apartado 3 del artículo 300 del Tratado CE, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C5-0315/2003),

Vista la opinión de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Mercado Interior sobre el fundamento jurídico propuesto,

Vistos los artículos 63 y 67 y el apartado 7 del artículo 97 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Política del Consumidor (A5-0371/2003),

1.

Aprueba la propuesta de Decisión del Consejo así modificada y la firma del Convenio;

2.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y a los Parlamentos de los Estados miembros y al Secretario General de las Naciones Unidas.

TEXTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN

ENMIENDAS DEL PARLAMENTO

Enmienda 1

Visto 1, introducción

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y, en particular, el apartado 1 de su artículo 95 y el apartado 1 de su artículo 175, en relación con la primera frase del primer párrafo del apartado 2 de su artículo 300 y el primer párrafo del apartado 3 del artículo 300,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y, en particular, el apartado 1 de su artículo 175, en relación con la primera frase del primer párrafo del apartado 2 de su artículo 300 y el primer párrafo del apartado 3 del artículo 300,

Enmienda 2

Considerando 8

(8) Si bien es cierto que las disposiciones del Convenio se refieren a la protección del medio ambiente, algunas disposiciones sobre el control de la producción y el uso intencionales de productos químicos también tienen un efecto en el funcionamiento del mercado interior. Por consiguiente, conviene recurrir para el fundamento jurídico al apartado 1 del artículo 175 y al apartado 1 del artículo 95 , en relación con el artículo 300.

(8) Dado que la mayor parte de las disposiciones del Convenio se refieren a la protección del medio ambiente y la protección de la salud humana , conviene recurrir para el fundamento jurídico al apartado 1 del artículo 175, en relación con el artículo 300.

Enmienda 3

Considerando 10

(10) El Convenio establece que las Partes presenten propuestas a la Secretaría del Convenio para incluir sustancias adicionales en los Anexos A, B o C. Dado que dichas propuestas pueden afectar a la normativa comunitaria pertinente y que es preciso cerciorarse de que las propuestas estén justificadas y dispongan del apoyo suficiente en la Comunidad, sólo deberán presentarse a la Secretaría propuestas conjuntas de la Comunidad y de los Estados miembros. Por consiguiente, deberán incluirse en la Decisión disposiciones adecuadas en lo que se refiere a la presentación de nuevas propuestas. Al elaborar proyectos de propuesta, deberá tenerse en cuenta el Anexo D del Convenio de Estocolmo.

Suprimido

Enmienda 4

Artículo 2

Artículo 2

Las propuestas de modificación de los Anexos A, B y C del Convenio sólo serán presentadas, en nombre de la Comunidad y de los Estados miembros, por la Comisión, previa Decisión del Consejo que habrá de ser adoptada por mayoría cualificada a propuesta de la Comisión.

Suprimido


(1)  Pendiente de publicación en el DO.

P5_TA(2003)0516

Protocolo de 1998 sobre contaminantes orgánicos persistentes *

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración por la Comunidad Europea del Protocolo de 1998 del Convenio de 1979 sobre la contaminación atmosférica transfronteriza a gran distancia provocada por contaminantes orgánicos persistentes (COM(2003) 332 — C5-0318/2003 — 2003/0117(CNS))

(Procedimiento de consulta)

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de Decisión del Consejo (COM(2003) 332) (1),

Vista la celebración por la Comunidad Europea del Protocolo de 1998 del Convenio de 1979 sobre la contaminación atmosférica transfronteriza a gran distancia provocada por contaminantes orgánicos persistentes,

Vistos el apartado 1 del artículo 95, el apartado 1 del artículo 175 y el primer párrafo del apartado 2 del artículo 300 del Tratado CE,

Visto el primer párrafo del apartado 3 del artículo 300 del Tratado CE, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C5-0318/2003),

Vista la opinión de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Mercado Interior sobre el fundamento jurídico propuesto,

Vistos los artículos 63 y 67, así como el apartado 7 del artículo 97 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Política del Consumidor (A5-0372/2003),

1.

Aprueba la propuesta de Decisión del Consejo así modificada y aprueba la celebración del Protocolo;

2.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y a los Parlamentos de los Estados miembros y al Secretario General de las Naciones Unidas.

TEXTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN

ENMIENDAS DEL PARLAMENTO

Enmienda 1

Visto 1, introducción

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el apartado 1 de su artículo 95 y el apartado 1 de su artículo 175, conjuntamente con la primera frase del primer párrafo del apartado 2 y el primer párrafo del apartado 3 de su artículo 300,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el apartado 1 de su artículo 175, conjuntamente con la primera frase del primer párrafo del apartado 2 y el primer párrafo del apartado 3 de su artículo 300,

Enmienda 2

Considerando 6

(6) Aunque las disposiciones del Protocolo se refieren a la protección del medio ambiente, determinadas disposiciones relativas al control de la producción y uso de sustancias químicas también están relacionadas con el funcionamiento del mercado interior. Por consiguiente, conviene que la Decisión de ratificación se funde en el apartado 1 del artículo 175 y en el apartado 1 del artículo 95 , conjuntamente con su artículo 300.

(6) Teniendo en cuenta que la mayoría de las disposiciones del Protocolo se refieren a la protección del medio ambiente y a la protección de la salud humana , conviene que la Decisión de ratificación se funde en el apartado 1 del artículo 175, conjuntamente con su artículo 300.

Enmienda 3

Considerando 8

(8) El Protocolo prevé que las Partes presenten a la Secretaría del Protocolo propuestas relativas a la inscripción de sustancias adicionales en los Anexos I, II o III. Dado que dichas propuestas podrían tener una incidencia en la legislación comunitaria pertinente y que es preciso velar por que las propuestas estén justificadas y cuenten con un apoyo suficiente en la Comunidad, únicamente deberían presentarse a la Secretaría las propuestas conjuntas de la Comunidad y de los Estados miembros. A la hora de preparar los proyectos de propuesta, será preciso tener debidamente en cuenta la Decisión 1998/2 del órgano ejecutivo del Convenio sobre la contaminación atmosférica transfronteriza a gran distancia.

Suprimido

Enmienda 4

Artículo 3

Artículo 3

La Comisión presentará, en nombre de la Comunidad Europea y de los Estados miembros, propuestas de modificación de los Anexos I, II y III del Protocolo solamente cuando se haya adoptado una decisión del Consejo por mayoría cualificada sobre la base de una propuesta de la Comisión.

Suprimido


(1)  Pendiente de publicación en el DO.

P5_TA(2003)0517

Disposiciones financieras del proyecto de Tratado por el que se instituye una Constitución para Europa

Resolución del Parlamento Europeo sobre las disposiciones financieras del proyecto de Tratado por el que se instituye una Constitución para Europa

El Parlamento Europeo,

Visto el Tratado de Bruselas de 1975,

Visto el Título II de la Quinta Parte del Tratado CE y, en particular, los artículos 269 y 272,

Visto el Acuerdo Interinstitucional de 6 de mayo de 1999 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario  (1),

Vistas sus Resoluciones de 11 de marzo de 2003 sobre la reforma del procedimiento presupuestario (2) y de 24 de septiembre de 2003 sobre la Constitución Europea y la CIG (3),

Visto el Proyecto de Tratado por el que se instituye una Constitución para Europa, de 18 de julio de 2003 (4) y en particular sus disposiciones financieras,

Vistos los artículos 37 y 42 de su Reglamento,

A.

Considerando que, desde la entrada en vigor del Tratado de Bruselas de 1975, los poderes presupuestarios otorgados a la Unión Europea en virtud del Tratado CE se han basado en un equilibrio institucional entre el Parlamento Europeo y el Consejo, con el que se garantiza que los intereses de los ciudadanos europeos y también los de los Gobiernos nacionales se reflejen en el presupuesto,

B.

Considerando que este sistema dual, creado en 1975, y la introducción de las Perspectivas Financieras en 1988, junto con la disciplina presupuestaria, han asegurado la financiación de las actividades de la Unión mediante la aprobación de presupuestos anuales que se mantienen muy por debajo del límite máximo de recursos propios,

C.

Considerando que el límite máximo de recursos propios establecido en el 1,24% del PNB haría posibles créditos de pago por valor de 118 800 millones de euros en 2003, y que para el presupuesto de 2003 el Parlamento Europeo aprobó créditos de pago por valor de 97 500 millones de euros, lo que deja un margen de 21 300 millones de euros por debajo del límite máximo de recursos propios;

D.

Considerando que el proyecto de Tratado por el que se instituye una Constitución para Europa es el resultado de un largo proceso democrático que se puso en marcha para hacer posible que la Unión ampliada funcionara adecuadamente administrando la herencia del pasado y que permitía que participaran plenamente en él los Gobiernos nacionales, el Parlamento Europeo y los Parlamentos nacionales,

1.

Respalda las disposiciones financieras establecidas en el proyecto de Tratado por el que se instituye una Constitución para Europa, de 18 de julio de 2003, aun sabiendo que no aseguran el equilibrio de poderes que existe hoy entre el Parlamento Europeo y el Consejo como ramas de la Autoridad Presupuestaria y que garantiza el control democrático de las autorizaciones de gastos;

2.

Considera que el consenso logrado por la Convención confía la decisión final sobre los recursos propios a los Estados miembros, confiere la decisión definitiva sobre el marco financiero plurianual, ahora incluido en el Tratado, al Consejo, previa conciliación con el Parlamento y con el acuerdo de éste, confía la decisión definitiva sobre el presupuesto anual al Parlamento y, por último, simplifica el procedimiento presupuestario;

3.

Recuerda las importantes concesiones que el Parlamento ha aceptado, en particular la de incorporar el nuevo marco financiero plurianual en la Constitución y confiar plenamente la decisión definitiva sobre los recursos propios a los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo;

4.

Condena enérgicamente las sugerencias de modificación de las disposiciones financieras del proyecto de Tratado por el que se instituye una Constitución para Europa examinadas en el Consejo Ecofin informal de Stresa y en la Conferencia Intergubernamental;

5.

Hace hincapié en que tales sugerencias significarían un serio e inaceptable paso atrás no sólo en comparación con el proyecto de Tratado, sino incluso con la situación actual, y modificarían radicalmente el equilibrio institucional global, alterando la atribución de poderes presupuestarios a favor del Consejo;

6.

Pide a los Estados miembros que consideren que cualquier intento de reducir los poderes de que está investido del Parlamento en cuanto rama de la Autoridad Presupuestaria provocaría un grave déficit democrático en el funcionamiento de la Unión;

7.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Presidencia italiana, al Consejo, a la Comisión, a los Parlamentos nacionales y a la Conferencia Intergubernamental.


(1)  DO C 172 de 18.6.1999, p. 1.

(2)  P5_TA(2003)0081.

(3)  P5_TA(2003)0407.

(4)  DO C 169 de 18.7.2003, p. 1.,

P5_TA(2003)0518

Euromed

Resolución del Parlamento Europeo sobre Euromed

El Parlamento Europeo,

Vista la Declaración de Barcelona, así como el programa de trabajo de 28 de noviembre de 1995 aprobado en esta Conferencia,

Vistas sus resoluciones anteriores sobre la política mediterránea, en particular, su Resolución, de 11 de abril de 2002, sobre la Reunión de Ministros Euromediterráneos de Asuntos Exteriores en Valencia los días 22 y 23 de abril de 2002 (1),

Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo con miras a la preparación de la VI Reunión de Ministros Euromediterráneos de Asuntos Exteriores, que se celebrará los días 2 y 3 de diciembre de 2003 en Nápoles (COM(2003) 610),

Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 11 de marzo de 2003, sobre «Una Europa más amplia. Relaciones con los países vecinos: un nuevo marco para las relaciones con nuestros vecinos del Este y del Sur de Europa» (COM(2003) 104),

Vista su Resolución, de 23 de octubre de 2003, sobre Paz y Dignidad en el Oriente Próximo (2),

Vista su Resolución de 20 de noviembre de 2003 (3) sobre la citada Comunicación de 11 de marzo de 2003,

Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 21 de mayo de 2003, sobre «Un nuevo impulso a las iniciativas de la UE en el ámbito de los derechos humanos y la democratización, en colaboración con los socios mediterráneos» (COM(2003) 294),

Visto el apartado 4 del artículo 37 de su Reglamento,

A.

Considerando que la nueva política de vecindad contribuirá en particular a reforzar las relaciones entre la Unión Europea y los países mediterráneos, en el momento en que la Unión se dispone a ampliarse a diez nuevos Estados miembros,

B.

Considerando que la falta de solución del conflicto entre israelíes y palestinos sigue influyendo desfavorablemente en el desarrollo del Proceso de Barcelona,

C.

Considerando que el diálogo parlamentario euromediterráneo adoptó, en una primera etapa, la forma de foro parlamentario en el que se reunían los parlamentarios de los países de la Unión Europea y de los países socios mediterráneos y que su transformación en Asamblea Parlamentaria (APEM) figura en el programa de acción de la VI Reunión de Ministros Euromediterráneos de Asuntos Exteriores, que se celebrará en Nápoles los días 2 y 3 de diciembre de 2003,

D.

Considerando que, por una parte, el proceso supone un punto de inflexión en la acción comunitaria en la región y que, por otra, una valoración global de la política seguida por la UE en el Mediterráneo hasta la fecha revela deficiencias en lo relativo a la promoción de la sociedad civil, el respeto de los derechos humanos, el establecimiento de mecanismos de seguridad común y el desarrollo del libre comercio,

E.

Considerando que, lamentablemente, en varios países socios la participación activa de las mujeres en la vida social y política todavía no es un hecho,

1.

Reitera la necesidad de garantizar mediante el diálogo, el conocimiento y la comprensión recíproca una auténtica cooperación equitativa en la región euromediterránea con miras al fortalecimiento del Estado de Derecho y de la democracia, a la mejora de las condiciones de vida de las poblaciones de la región y al mantenimiento de la paz;

2.

Expresa su vivo deseo de profundizar en la cooperación parlamentaria y hace un llamamiento a todos los Estados miembros para que contribuyan al desarrollo del diálogo parlamentario euromediterráneo; recomienda la creación de la APEM por considerarla el instrumento más adecuado para este fin y pide que la Conferencia Ministerial de Nápoles apruebe la transformación del foro parlamentario euromediterráneo en una asamblea parlamentaria dotada de poderes consultivos;

3.

Considera que una de las funciones de esta futura APEM será velar por el buen funcionamiento de la asociación euromediterránea, evaluarlo y participar en él, fomentar la correcta aplicación de los acuerdos de asociación celebrados entre la Unión Europea y los países socios mediterráneos y aprobar recomendaciones y presentarlas a la Conferencia Ministerial con miras a alcanzar los objetivos de la asociación euromediterránea; subraya la necesidad de reforzar el diálogo político;

4.

Insiste en que es urgente poner término al ciclo de violencia que aflige al Oriente Próximo, mediante la aplicación efectiva de la Hoja de Ruta y la realización del objetivo «Dos pueblos — Dos Estados»; reitera su apoyo a las fuerzas que operan en Israel y Palestina en favor de una solución justa al conflicto, así como a la Coalición por la Paz, autora de los acuerdos de Ginebra; considera de la mayor importancia para las relaciones euromediterráneas la instauración de un clima de confianza entre los israelíes, los palestinos y los países árabes;

5.

Reitera que todas las partes del Proceso de Barcelona deben trabajar ante todo por el fomento de la democracia y del Estado de Derecho, así como por el respeto de los derechos humanos, en particular de las mujeres; insiste muy en particular en el respeto de las disposiciones de las cláusulas democráticas recogidas en los acuerdos euromediterráneos de asociación;

6.

Espera que la nueva política de vecindad y la Comunicación sobre «la Unión Europea y la zona mediterránea: derechos humanos y democracia» puedan aportar aclaraciones al respecto y pide al Consejo y a la Comisión que definan referencias claras en los planes de acción nacionales para iniciar en este ámbito un diálogo concreto y constructivo con los países socios;

7.

Pide a la Comisión, al Consejo y a los países socios que den la prioridad a estos asuntos en las reuniones del Consejo de Asociación, con miras a lograr avances genuinos sobre la base de informes anuales;

8.

Afirma la necesidad de situar a la sociedad civil en el corazón de la asociación y reclama la aplicación de políticas orientadas a la creación de un tejido social rico;

9.

Afirma su oposición a la práctica de la pena de muerte y hace un llamamiento a los países socios del Mediterráneo para que impongan una moratoria a la aplicación de penas capitales; pide también a la Comisión que emprenda iniciativas para apoyar las campañas cuyo objetivo es imponer una moratoria a la aplicación de penas capitales;

10.

Lamenta los obstáculos a la independencia de la Justicia y a la libertad de los medios de comunicación en varios países socios; manifiesta en ese sentido su solidaridad con Radhia Nasraui, en huelga de hambre desde el 15 de octubre de 2003, y con Ali Lmrabet, encarcelado desde julio de 2003 por delitos de opinión, y pide a las autoridades competentes que den curso positivo a sus casos respectivos;

11.

Recuerda que la financiación asignada a las ONG en el marco de la Iniciativa Europea por la Democracia y los Derechos Humanos es competencia exclusiva de la Comisión Europea, y manifiesta a este respecto su preocupación por la congelación de los fondos asignados por la Comisión a la Liga tunecina de Derechos Humanos, medida adoptada por las autoridades tunecinas violando el Acuerdo de Asociación UE-Túnez;

12.

Reitera la necesidad de una cooperación solidaria a ambos lados del Mediterráneo en la lucha contra el terrorismo y la delincuencia organizada a escala mundial, pero insiste en que ello no debe atentar en modo alguno contra el respeto del Estado de Derecho y de los derechos humanos;

13.

Exhorta a los países de acogida a que establezcan medidas de integración estructuradas capaces de establecer un vínculo sólido entre la política de inmigración y la de cooperación y ayuda al desarrollo; reitera que hay que dar prioridad a la lucha contra la inmigración clandestina y las mafias que la fomentan, teniendo siempre en cuenta el principio de corresponsabilidad solidaria entre los países socios mediterráneos; manifiesta a este respecto su preocupación por las tragedias que se producen casi a diario en el sur del Mediterráneo, concretamente en la costa de Andalucía y en algunas zonas de la costa del sur de Italia; considera que la asociación euromediterránea debe mejorar la gestión de los flujos migratorios y el control de las fronteras y fomentar los esfuerzos en materia de readmisión en los países de origen y de tránsito, así como la asistencia técnica y financiera necesaria;

14.

Pide que la asociación euromediterránea se oriente hacia la aplicación de una política de apertura económica y de liberalización interna en los países socios, acompañada por una política sostenible de desarrollo endógeno que tenga en cuenta las necesidades de los países mediterráneos;

15.

Reitera la necesidad de alentar la generalización de procesos de cooperación Sur-Sur, siguiendo el ejemplo del Acuerdo de Agadir, como único medio para llegar a una zona de libre comercio; recuerda, a este respecto, la importancia de los proyectos transfronterizos para mejorar y reforzar la cooperación regional;

16.

Pide que la sección del Banco Europeo de Inversiones dedicada al Mediterráneo y al Oriente Próximo se desarrolle hasta constituir una filial capaz de lograr los objetivos definidos por la nueva estrategia con el concurso financiero de otros países del Mediterráneo;

17.

Pide al Consejo que las decisiones adoptadas en la Conferencia Ministerial de Valencia sobre la creación de una fundación euromediterránea de la cultura y sobre el diálogo entre las civilizaciones se conviertan en realidad y sean objeto, durante la Conferencia Ministerial de Nápoles, de una decisión operativa en virtud de la cual se otorguen a dicha fundación los recursos financieros necesarios;

18.

Expresa el deseo de que el nuevo Reglamento MEDA, merced a la simplificación de sus procedimientos, aumente la eficacia de los proyectos, consolide la descentralización y facilite a los socios locales el acceso a los fondos; pide a la Comisión que compruebe si la revisión practicada responde a exigencias reales;

19.

Expresa el deseo de que se agilice la ratificación de los acuerdos de asociación firmados entre un Estado mediterráneo y la Unión Europea y alienta al mismo tiempo a que se celebre lo antes posible el acuerdo con Siria, aunque reiterando a las autoridades sirias la necesidad de emprender la vía de las reformas políticas internas y exteriores; expresa la voluntad de los Parlamentos nacionales y del Parlamento Europeo de participar plenamente en la elaboración de los objetivos y en la evaluación de estos acuerdos;

20.

Toma nota con satisfacción de las medidas positivas adoptadas recientemente por Libia en relación con el pago de indemnizaciones y la cooperación en la lucha antiterrorista, medidas que han supuesto el levantamiento de las sanciones de las Naciones Unidas; insiste en que Libia y Mauritania participen plenamente en el Proceso de Barcelona, aceptando los principios del mismo, y exhorta a los países socios mediterráneos que hasta ahora se han mantenido al margen del diálogo interparlamentario a que reconsideren su posición; pide a la Comisión Europea que examine la posibilidad de emprender proyectos de cooperación con Libia una vez que este país haya aceptado los principios del Proceso de Barcelona;

21.

Pide a la Comisión y al Consejo que inicien un debate de fondo prospectivo con miras a una agricultura euromediterránea pluridimensional y que favorezca la complementariedad de los productos agrícolas, el desarrollo sostenible y el medio ambiente;

22.

Pide a los Ministros Euromediterráneos de Asuntos Exteriores que se comprometan activamente a alcanzar una solución al conflicto del Sahara Occidental mediante la aplicación del plan de paz de las Naciones Unidas;

23.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y de los Estados socios mediterráneos signatarios de la Declaración de Barcelona.


(1)  DO C 127 E de 29.5.2003, p. 644.

(2)  P5_TA(2003)0462.

(3)  P5_TA-PROV(2003)0520.

P5_TA(2003)0519

Cumbre UE/Rusia

Resolución del Parlamento Europeo sobre la XII Cumbre UE-Rusia celebrada el 6 de noviembre de 2003 en Roma

El Parlamento Europeo,

Vistas sus resoluciones anteriores sobre Rusia,

Visto el Acuerdo de Colaboración y Cooperación entre la UE y Rusia, que entró en vigor el 1 de diciembre de 1997,

Vista la Estrategia común de la Unión Europea para Rusia, de 4 de junio de 1999, cuyo período de vigencia se ha prolongado hasta el 24 de junio de 2004,

Vistas sus Resoluciones de 10 de abril de 2002 (1), 16 de enero de 2003 (2) y 3 de julio de 2003 (3) sobre Chechenia,

Vista su Resolución de 15 de mayo de 2003 (4) sobre la preparación de la Cumbre UE-Rusia,

Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento, de 11 de marzo de 2003, titulada «Una Europa más amplia. Relaciones con los países vecinos: un nuevo marco para las relaciones con nuestros vecinos de la Europa del Este y del Sur» (COM(2003) 104),

Vista la VI Reunión del Consejo de Cooperación UE-Rusia, celebrada el 15 de abril de 2003,

Vista la Declaración conjunta de la XII Cumbre UE-Rusia, celebrada en Roma el 6 de noviembre de 2003,

Vista su Resolución de 20 de noviembre de 2003 (5) sobre la citada Comunicación de 11 de marzo de 2003

Vistas la Declaración de la Presidencia del Consejo de 8 de octubre de 2003 y la Declaración del Consejo de Asuntos Generales de 17 de noviembre de 2003,

A.

Considerando que una cooperación reforzada y amplia con Rusia es de importancia estratégica para la consecución de la estabilidad y la seguridad para el conjunto de Europa,

B.

Considerando que la ampliación extenderá la frontera de la Unión Europea a Rusia, fortaleciendo así los vínculos entre ambas partes al igual que la necesidad de unas buenas relaciones de vecindad,

C.

Considerando que las bases de la política de la Unión Europea respecto de Rusia, en particular el Acuerdo de Colaboración y Cooperación, la Estrategia común y el programa TACIS, se establecieron hace varios años y es necesario actualizarlas,

D.

Considerando que el Acuerdo de Colaboración y Cooperación sigue muy infrautilizado, especialmente por parte rusa, y que el prolongado procedimiento de atribución de la responsabilidad decisoria en el seno del Gobierno ruso obstaculiza el uso de todas sus posibilidades,

E.

Considerando que el ulterior desarrollo del proceso democrático en Rusia, especialmente en el ámbito de las elecciones libres y justas, la libertad de información, los medios de comunicación y el Estado de Derecho, y la integración del país en unas estructuras políticas, económicas, científicas y de seguridad más generales, constituyen procesos relacionados entre sí,

F.

Considerando que persiste la crisis en Chechenia y que las violaciones de los derechos humanos vinculadas a las tropas y fuerzas de seguridad rusas, supuestamente bajo el control del Presidente checheno recién elegido, continúan y se expanden cada vez más hacia la vecina República de Ingusetia; que, al mismo tiempo, también continúan los actos inaceptables de violencia y terrorismo, al parecer perpetrados por combatientes chechenos, contra las tropas rusas, miembros de la administración chechena, la población civil desarmada y personas cercanas al Presidente Ajmed Kadirov

G.

Considerando que la UE no cumple su responsabilidad de jugar un papel esencial en los foros internacionales si cierra los ojos a este conflicto,

H.

Considerando las recientes actuaciones faltas de transparencia del poder judicial ruso en los casos de Yukos y del Instituto Sociedad Abierta,

1.

Toma nota del acuerdo alcanzado en la Cumbre para reforzar la asociación estratégica entre la UE y Rusia sobre la base de valores comunes y con el objetivo de consolidar la estabilidad, la seguridad y la prosperidad en una Europa sin líneas divisorias; subraya, no obstante, en referencia a su política de doble vía en relación con Rusia, que debe afinarse la comprensión y la definición de estos valores comunes;

2.

Se congratula por el compromiso de fomentar un mayor acercamiento y la plena integración de las estructuras sociales y económicas de la Europa ampliada y de Rusia, de crear «espacios comunes» entre ambas partes y de iniciar los trabajos del Consejo Permanente de Asociación UE-Rusia;

3.

Se congratula, en particular, de que se haya tomado en cuenta el concepto de un Espacio Económico Europeo Común, que constituye un proyecto de integración económica, y pide a ambas partes que continúen esta labor con vistas a la presentación de propuestas sobre la forma de fomentar el comercio y las inversiones con el fin de lograr resultados tangibles en breve plazo;

4.

Reconoce la conveniencia de reforzar las relaciones energéticas a largo plazo entre la Unión Europea y Rusia, para garantizar la seguridad energética mutua, y acoge con satisfacción los progresos logrados por el diálogo en curso destinado a establecer una cooperación en materia de energía entre Rusia y la Unión Europea como parte integrante del Espacio Económico Europeo Común; reconoce el importante papel de Rusia como suministrador de energía a la UE y la importancia de la UE en relación con las inversiones en este sector, en particular en mantenimiento, de imperiosa necesidad, y en técnicas nuevas y más fiables desde el punto de vista del medio ambiente;

5.

Se congratula por el acuerdo de proseguir los trabajos para la creación de un espacio común de libertad, seguridad y justicia, y hace hincapié en los valores democráticos comunes, en particular el respeto de los derechos humanos y el Estado de Derecho; recuerda al respecto la necesidad de una aplicación justa, transparente, no discriminatoria y proporcional de la ley por parte de las autoridades rusas, en particular las judiciales; señala que debe garantizarse a los acusados un proceso en la debida forma, para que tengan la posibilidad de defenderse;

6.

Pide en este contexto al Consejo y a la Comisión que continúen apoyando el proceso democrático y la realización de reformas judiciales en Rusia, ya que de no respetarse estos principios fundamentales, no solamente se socavarían los progresos registrados en Rusia para crear un entorno positivo para el desarrollo del comercio y las inversiones por empresas rusas y extranjeras, sino que también se podría retrasar la integración de Rusia en un Espacio Económico Europeo Común;

7.

Se congratula de la renovación del acuerdo de cooperación científica y tecnológica, así como de la participación de Rusia en el Proceso de Bolonia, que prevé el reconocimiento mutuo de diplomas; subraya, en particular, que este acuerdo permitirá la participación de los científicos rusos en el Sexto Programa marco de investigación y desarrollo de la Unión Europea; pide a ambas partes que adopten programas especiales destinados a fomentar su cooperación en los ámbitos de la técnica de vanguardia y de la investigación científica, incluidos la industria de construcción aeronáutica, la exploración del espacio, la energía nuclear, las telecomunicaciones y el sistema de transporte paneuropeo;

8.

Acoge con satisfacción el establecimiento de un espacio común de seguridad exterior, así como el alto grado de comprensión mutua respecto de una serie de graves problemas internacionales y del papel central de las Naciones Unidas en los asuntos mundiales; se une a ambas partes en condenar todos los actos de terrorismo y en subrayar la importancia de la cooperación internacional para luchar contra todas las formas de terrorismo;

9.

Manifiesta al respecto su profunda preocupación por las reiteradas noticias de graves violaciones de los derechos humanos en Chechenia, e insta a las autoridades rusas a que permitan sin condiciones el control internacional de los derechos humanos en la República, a que cesen de inmediato los intentos de obligar al retorno a los chechenos desplazados en el interior del país mientras no puedan regresar voluntariamente, en condiciones seguras y dignas, a su lugar de origen o al lugar de su elección, a que adopten de inmediato las medidas oportunas para entregar a la justicia a los responsables de los graves delitos cometidos durante el conflicto en Chechenia, y a que faciliten información concreta respecto de las investigaciones sobre denuncias de delitos que podrían constituir violaciones de los derechos humanos o del Derecho humanitario internacional;

10.

Pide asimismo al Consejo y a la Comisión que reiteren su preocupación por el caso del asistente neerlandés de Médicos sin Fronteras Arjan Erkel, secuestrado;

11.

Se congratula de la resolución de la justicia británica de desestimar la petición de extradición del dirigente checheno Ajmed Zakayev, interpuesta por las autoridades rusas;

12.

Apoya la afirmación de su Presidente sobre el tratamiento inadecuado de las cuestiones de Chechenia y Kyoto en la Declaración conjunta de la Cumbre;

13.

Deplora las declaraciones pronunciadas por el Presidente en ejercicio del Consejo de la UE al final de la Cumbre UE-Rusia, en las que expresaba su apoyo a la posición del Gobierno ruso en relación con la situación de los derechos humanos en Chechenia y el estado de la democracia en la Federación de Rusia;

14.

Insta al Consejo y a la Comisión a que mantengan la cuestión de Chechenia como punto independiente y destacado del orden del día, a que reiteren de nuevo a las autoridades rusas la petición de reanudación de las negociaciones entre las partes, con el fin de lograr una solución política inmediata al conflicto, que no puede considerarse solamente como parte de la lucha contra el terrorismo, y a que dejen clara la disponibilidad de la UE para actuar como mediadora;

15.

Recuerda que la solución política del problema de Transdniéster solamente será posible combinada con la retirada total de las tropas rusas de Moldova e insta a Rusia a que cumpla sus obligaciones internacionales y retire sus tropas con arreglo al calendario establecido en las reuniones de la OSCE de Estambul y Oporto;

16.

Se congratula del acuerdo para fortalecer el diálogo sobre la no proliferación, el desarme y el control del armamento, así como sobre la coordinación de actividades, en el marco de los actuales mecanismos internacionales; reitera la importancia del desarme nuclear y químico para el sistema de no proliferación e insta a Rusia y a los Estados miembros de la UE a que desempeñen un papel central en estos ámbitos;

17.

Celebra la firma del Acuerdo entre la Federación de Rusia y Europol y espera que Rusia concluya en breve las negociaciones con miras a un acuerdo de readmisión UE-Rusia, para agilizar los trabajos de lucha contra la delincuencia organizada y promover la cooperación sobre gestión de fronteras;

18.

Toma nota con satisfacción del compromiso de aplicar cuanto antes y en su totalidad el paquete de medidas sobre Kaliningrado, incluido el estudio de viabilidad del tren de alta velocidad antes de finales de 2003 y su rápida conclusión; se congratula por la entrada en vigor del acuerdo sobre fronteras entre Rusia y Lituania, y pide a Rusia que firme y ratifique sus acuerdos sobre fronteras con Estonia y Letonia;

19.

Manifiesta su convicción de que es posible y deseable obrar en favor de una rápida adhesión de Rusia a la OMC, y pide a ambas partes que intensifiquen sus trabajos y que resuelvan los problemas pendientes para la conclusión de las negociaciones bilaterales sobre el acceso al mercado y la protección de la inversión exterior directa en relación con la adhesión de Rusia a la OMC, garantizando unas condiciones aceptables para las partes interesadas y comercialmente viables;

20.

Deplora que la Cumbre no haya incluido debates sobre cuestiones medioambientales cuya responsabilidad comparten la UE y Rusia; declara que una de las cuestiones que debería haber contado con una prioridad elevada es la amenaza medioambiental que pesa sobre el mar Báltico;

21.

Destaca la importancia de la ratificación y el cumplimiento por Rusia del Convenio de Espoo sobre Evaluación del Impacto Ambiental en un Contexto Transfronterizo con el fin de desarrollar medidas eficaces de protección medioambiental para el Báltico; declara que es fundamental que se lleve a cabo una evaluación del impacto ambiental de toda la extracción petrolífera del Báltico, con independencia de su ubicación; declara que la evaluación del impacto ambiental debe efectuarse con arreglo a normas internacionales, ser accesible a cualquier otro país y cubrir también la implantación de nuevos puertos de gran escala o la extensión de la vida útil de centrales nucleares;

22.

Espera una reacción rápida y concreta de Rusia respecto a la propuesta de la UE de acelerar la eliminación de los petroleros de casco único;

23.

Insta a la Duma a que cumpla sus compromisos y ratifique cuanto antes el Protocolo de Kyoto como un elemento fundamental de la consolidación del multilateralismo;

24.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Parlamentos de los Estados miembros y de los países en vías de adhesión, así como al Presidente, a la Duma del Estado y al Gobierno de la Federación de Rusia.


(1)  DO C 127 E de 29.5.2003, p. 585.

(2)  P5_TA(2003)0025.

(3)  P5_TA(2003)0335.

(4)  P5_TA(2003)0219.

(5)  P5_TA-PROV(2003)0520.

P5_TA(2003)0520

Nuevo marco para las relaciones con nuestros vecinos del Este y del Sur

Resolución del Parlamento Europeo sobre «Una Europa más amplia. Relaciones con los países vecinos: un nuevo marco para las relaciones con nuestros vecinos del Este y del Sur de Europa» (COM(2003) 104 — 2003/2018(INI))

El Parlamento Europeo,

Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo «Una Europa más amplia. Relaciones con los países vecinos: un nuevo marco para las relaciones con nuestros vecinos del Este y del Sur de Europa» (COM(2003) 104),

Vista la Comunicación de la Comisión «Sentar las bases de un nuevo instrumento de vecindad» (COM(2003) 393),

Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo «Un nuevo impulso a las iniciativas de la UE en el ámbito de los derechos humanos y la democratización, en colaboración con los socios mediterráneos — Orientaciones estratégicas» (COM(2003) 294),

Vista la propuesta de la Comisión de un Reglamento del Consejo relativo al establecimiento de un régimen de tráfico fronterizo menor en las fronteras terrestres exteriores de los Estados miembros (COM(2003) 502),

Visto el documento titulado «Una Europa segura en un mundo mejor» elaborado por el Alto Representante de la UE para la PESC, respaldado por el Consejo Europeo en Salónica el 20 de junio de 2003,

Vistas las Conclusiones del Consejo de 16 de junio de 2003 sobre «Una Europa más amplia. Relaciones con los países vecinos»,

Visto el Segundo plan de acción de la Comisión para la dimensión septentrional, respaldado por el Consejo Europeo en Bruselas en octubre de 2003,

Visto el Informe sobre el Desarrollo Humano Árabe referido al año 2002 publicado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD),

Vista su Resolución de 11 de junio de 2002 sobre las relaciones entre la Unión Europea y la Unión del Magreb Árabe: puesta en marcha de una cooperación privilegiada, (1)

Vista su Resolución de 16 de enero de 2003 sobre el Plan de acción (2004-2006) para la dimensión septentrional, (2)

Vista su Resolución de 19 de junio de 2003 sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento relativa a un método abierto de coordinación de la política comunitaria en materia de inmigración y sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento «Integración de las cuestiones de migración en las relaciones de la Unión Europea con países terceros» (3),

Vistas sus anteriores resoluciones sobre los países y regiones limítrofes de la UE ampliada,

Vistos el apartado 2 del artículo 47 y el artículo 163 de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores, Derechos Humanos, Seguridad Común y Política de Defensa y la opinión de la Comisión de Presupuestos (A5-0378/2003),

A.

Considerando que para la UE ampliada es esencial no tener unas fronteras exteriores cerradas y definir una estrategia para las relaciones con los vecinos del este y del sur de la Unión Europea ampliada y aplicarla para compartir y desarrollar la paz, la estabilidad, el respeto de los derechos humanos, la democracia y la prosperidad a una gran zona común y contribuir así positivamente a la construcción de un nuevo orden internacional basado en el multilateralismo,

B.

Considerando el gran interés que reviste para la UE, habida cuenta del éxito de la experiencia en los países adherentes de la Europa Central y Oriental, que se dé un nuevo impulso a la construcción, en los países de la Europa Oriental, de una sociedad democrática, basada firmemente en el Estado de Derecho, respetuosa de los derechos humanos y en transición hacia una economía de mercado y unos sistemas sociales y de protección del medio ambiente eficientes y sostenibles; considerando que, en este contexto, la UE debería dar incentivos y brindar apoyo a todos los niveles apropiados, teniendo en cuenta las necesidades de la nueva situación en la nueva frontera Schengen de la Europa Oriental,

C.

Considerando que todos los países situados en la nueva frontera exterior oriental de la UE han de hacer frente a problemas estructurales similares, pero parece indispensable realizar un análisis específico por país con el fin, por ejemplo, de tener en cuenta la gestión del conflicto en Chechenia, el déficit democrático en Belarús, los conflictos regionales en torno a Nagorno Karabaj , Abjazia u Osetia del Sur, así como los problemas con Moldova a raíz de la situación en la región de Transdniéster, que dificultan los progresos generales en los sectores político y económico,

D.

Considerando que uno de los desafíos de la estrategia relativa a una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos será lograr en los países interesados un nuevo impulso para compartir con la UE los valores de la seguridad, la democracia y una economía de mercado estable, y que la perspectiva de un acuerdo de asociación, como posible marco futuro para las relaciones con la UE, podría constituir un estímulo adecuado para los países con los que la UE actualmente no mantiene acuerdos de este tipo,

E.

Considerando que la estrategia relativa a una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos que acaba de iniciarse corresponde ciertamente a la tarea más importante de la UE, a saber contribuir a la paz, la seguridad, la democracia y la estabilidad económica allí donde le sea posible; que esta estrategia debe evitar, por tanto, que surja una nueva línea de separación con nuestros vecinos orientales dentro de Europa,

F.

Considerando, a este respecto, que el mensaje que se desprende de la declaración conjunta de finales de septiembre de 2003 de Rusia, Ucrania, Belarús y Kazajstán sobre la creación de un espacio económico común para finales de septiembre debe examinarse teniendo en cuenta la iniciativa sobre una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos,

G.

Considerando que las relaciones de buena vecindad entre las dos orillas de la frontera marítima mediterránea revisten una importancia aún mayor para la Europa ampliada, y que, en paralelo con su actual ampliación al Este del continente europeo, la Unión Europea debe, también, profundizar y reforzar sus lazos con sus vecinos mediterráneos y del Oriente Próximo,

H.

Considerando que situaciones diferentes en los Estados vecinos del Este y el Sur deben dar lugar a planteamientos equitativos pero diversos con el fin de hacer posible la creación, en el momento debido, de una zona de bienestar y valores comunes sobre la base de una integración económica más profunda, unas relaciones políticas y culturales más intensas y una cooperación transfronteriza más estrecha,

I.

Considerando que la prevención de conflictos, la solución pacífica de los existentes y la lucha contra el terrorismo deben constituir el punto de partida de la estrategia de seguridad europea, y valorando positivamente las primeras orientaciones que figuran en el documento presentado a la Consejo Europeo de Salónica por el Alto Representante de la PESC,

J.

Considerando que también es necesario desarrollar medios para abordar con mayor eficacia los desafíos relacionados con la seguridad no militar como los riesgos nucleares, la contaminación grave, el contrabando de armas y las actividades de las redes de delincuencia internacional y criminalidad organizada, incluidos los graves delitos de traficar con drogas, con inmigrantes ilegales y el tráfico de mujeres y niños para su explotación con fines sexuales,

K.

Considerando que la nueva política de Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos tendrá que evaluar las actuales políticas y acuerdos de la UE si se pretende que signifique un paso adelante, con independencia de las actuales y futuras aspiraciones de algunos de los países interesados en adherirse a la UE a largo plazo o en establecer relaciones contractuales particulares con ella, y no en contradicción con estas aspiraciones,

L.

Considerando que, en la Comunicación de la Comisión titulada «Una Europa más amplia. Relaciones con los países vecinos: un nuevo marco para las relaciones con nuestros vecinos del Este y del Sur de Europa», se examinan las relaciones con Rusia, los NEI occidentales y los países vecinos mediterráneos y que, por consiguiente, sus eventuales repercusiones presupuestarias se inscribirían actualmente en la rúbrica 4 del presupuesto de la UE (acciones exteriores),

M.

Considerando que el nuevo marco propuesto no se ha reflejado todavía plenamente en medidas concretas ni contiene elementos suficientemente firmes que permitan a la Autoridad Presupuestaria evaluar sus repercusiones presupuestarias definitivas, y que la Comisión anuncia que tales repercusiones se reflejarán en las propuestas presupuestarias de ejercicios siguientes,

1.

Declara que la nueva frontera de la Unión ampliada debería ser considerada una ocasión positiva para los países y regiones directamente afectados, con el objetivo de establecer una red de relaciones profundizadas; en consecuencia, considera que la misión de la Unión Europea debería ser desarrollar un modelo amplio y efectivo de vecindad con estos países y regiones, capaces de favorecer la búsqueda de soluciones más eficaces a los problemas que plantean la interdependencia y la globalización;

2.

Considera, a este respecto, que es necesario definir un sistema coherente de relaciones entre los 25 países de la Unión ampliada, aquellos con los que, en diversos términos, se está ya de acuerdo sobre su futura adhesión a la Unión y aquellos cuyas posibilidades de adhesión no están decididas todavía, así como con todos los demás vecinos, basado en el respeto de los derechos humanos, de la democracia y del Estado de Derecho, del diálogo entre culturas y del codesarrollo por medio de políticas convergentes, prestando atención específica a las diferentes realidades subregionales;

3.

Opina que la política de una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos y el nuevo instrumento de vecindad deben emplearse en nuestras relaciones con todos nuestros vecinos y que la dimensión geográfica de la «vecindad» debe tomar en consideración todas las áreas esenciales para garantizar una continuidad territorial efectiva y la sostenibilidad política de la estrategia de la Unión y, al mismo tiempo, deben establecer unas diferencias claras entre las regiones y países cubiertos, en particular, en función de los tipos de problemas de que se trate, de su nivel de respeto de la democracia y los derechos humanos y las libertades individuales, y de su interés y capacidad para entablar una cooperación más estrecha;

4.

Señala que, con este fin, los acuerdos, los contactos económicos y los vínculos culturales ya existentes constituyen, por una parte, un punto de partida adecuado para profundizar las estructuras que han demostrado ser válidas, pero que, por otra, se ha de tomar en consideración la diferencia en las situaciones de nuestros vecinos orientales y meridionales;

5.

Hace hincapié específicamente en los instrumentos ya existentes (acuerdos de asociación, iniciativa comunitaria INTERREG y programas PHARE, TACIS, CARD, MEDA, así como los acuerdos de asociación y cooperación y de libre comercio), y subraya que ningún tercer país ha de verse obstaculizado en su progreso individual por las deficiencias que presenten otros países terceros en el sector correspondiente;

6.

Afirma que el análisis de las nuevas amenazas a la seguridad global derivadas del terrorismo, de los conflictos regionales, de los conflictos étnico-religiosos, de los fundamentalismos extremistas y de los que recurren a la violencia en nombre de la religión requiere una capacidad aún mayor de desarrollar políticas incluyentes basadas en un multilateralismo eficaz y democrático;

7.

Apoya el uso de la política de una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos como uno de los instrumentos para el ulterior desarrollo de la asociación UE-Rusia pero considera que, por razones relacionadas con su tamaño, recursos y sus propias ambiciones, las relaciones UE-Rusia fuera de este marco continuarán siendo muy importantes; subraya, no obstante, que no debe haber diferencias en términos de atención al respeto de los derechos humanos y espera que Rusia dé pasos concretos en este ámbito; reafirma que la situación actual en Chechenia y el estado de la democracia suponen en la actualidad obstáculos al pleno desarrollo de la asociación UE-Rusia;

8.

Pide que la Comisión y el Consejo, dentro de la incitativa de una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos, desarrollen una política específica para los países del sur del Cáucaso, con especial interés en la prevención de conflictos;

9.

Pide asimismo que las relaciones con el Mediterráneo tomen en consideración, además de a los países que ya forman parte de la Asociación Euromediterránea, a Libia y Mauritania, que participan en ésta última como observadores y que pertenecen sobre todo a la Unión del Magreb Árabe, que se encuentra en formación;

10.

Pide que se preste una particular atención a los países del AELC, es decir, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, y a los países del continente europeo que, por su dimensión o por propia decisión, no han participado en el proceso de ampliación de la Unión (Andorra, Mónaco, San Marino y la Santa Sede), pero ya están integrados de distintas formas en estructuras europeas y, por lo tanto, pueden contribuir activamente al desarrollo de este proceso;

11.

Subraya que la puesta en marcha de la nueva política de una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos no debe tener absolutamente ningún efecto en el estatuto de países candidatos que tienen Bulgaria y Rumania (con el objetivo de adherirse en 2007) y Turquía (en diciembre de 2004, el Consejo Europeo decidirá si se abren las negociaciones de adhesión y, en caso afirmativo, en qué fecha), en el posible estatuto de países candidatos que podrían obtener los países de los Balcanes Occidentales (objetivo último de adhesión a la UE confirmado por el Consejo Europeo de marzo y junio de 2003) ni en los criterios que deberán cumplirse para la adhesión en la UE;

12.

Opina que, independientemente de la cuestión de una posible adhesión de Turquía, se debería incluir a este país en la nueva política de una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos;

13.

Considera que la inclusión de los países de los Balcanes Occidentales en una nueva política global de una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos podrá realizarse a través de su participación en la Asociación Euromediterránea y que, en cualquier caso, se debe dar la prioridad máxima a la integración subregional en esta zona como paso esencial hacia una ulterior integración en las estructuras europeas; subraya que la plena cooperación de los países en cuestión con el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (TPIY) sigue siendo un factor importante de esta participación, dado que constituye la base de la reconciliación y el desarrollo de la confianza mutua entre los pueblos;

14.

Considera que la nueva política de una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos no sólo no es contraria a las aspiraciones de algunos países europeos vecinos de adherirse a la UE o de establecer con ella relaciones contractuales de diversas clases, sino que, aunque no coincide con la política de ampliación, puede constituir un elemento importante para la aproximación de estos países a la capacidad de poder presentar, sobre la base de los progresos realizados en la aproximación a los niveles de la Unión, una solicitud de ingreso de conformidad con el artículo 49 del Tratado de la Unión; considera asimismo que la nueva política de una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos no debe excluir formas de asociación en una etapa ulterior;

15.

Hace hincapié, mientras tanto, en que, de conformidad con el artículo 49 del Tratado de la Unión Europea, cualquier Estado europeo que respete los principios de libertad, democracia, respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y del Estado de Derecho podrá solicitar el ingreso como miembro de la Unión y subraya que el reconocimiento inequívoco del derecho de los países que expresen sin ambigüedades sus aspiraciones europeas, como Ucrania y Moldova, a alcanzar la categoría de Estados miembros de la UE cuando satisfagan todos los criterios políticos y económicos necesarios para ello debería significar un poderoso incentivo para la cooperación de todos ellos en el marco de la iniciativa de una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos;

16.

Considera que el instrumento de la vigilancia, ejercida por la Comisión, de la aproximación a las normas de la UE, que fue desarrollado para los países candidatos, debería ponerse a la disposición de los países que aspiren a ingresar en la UE en un futuro más o menos lejano;

17.

Considera que, para tener el mayor efecto, la nueva política de una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos debería incluir una gran región paneuropea y mediterránea articulada en dimensiones a nivel bilateral, subregional y regional (incluida la dimensión septentrional y la cooperación en las regiones del Mar Negro y del Mar Mediterráneo); hace referencia a las diferencias geopolíticas entre los vecinos orientales y meridionales y considera que, si bien debería haber un margen importante para desarrollar la cooperación subregional y regional en el Sur, para los Estados limítrofes del Este resulta prometedor un enfoque bilateral ya que parece casi imposible lograr una cooperación regional a causa de las diferencias;

18.

A este respecto, y por lo que se refiere a los nuevos vecinos de la Europa del Este:

Reconoce que la resolución del conflicto de Transdniéster mejoraría muy considerablemente las condiciones de progreso económico y social en Moldova y liberaría a Europa de una fuente de inestabilidad; observa con interés que el Consejo examina las ideas expresadas a favor de enviar a aquella región una misión civil o militar de la UE;

Observa que la UE proporciona a Moldova préstamos para equilibrar la balanza de pagos y que estos préstamos resultan necesarios, entre otros razones, por las barreras que la UE sigue oponiendo a los productos exportados por Moldova; lamenta que persista esta incoherencia entre las políticas comunitarias que afectan a Moldova y pide a la Comisión que aborde este asunto;

Se congratula de la iniciativa conjunta de todos los partidos parlamentarios en su llamamiento de apoyo a la aspiración de Moldova de integrarse en la UE, que se está convirtiendo cada vez más en un elemento integrador del país;

Señala que la situación política en Belarús, el único país con un gobierno dictatorial que queda en Europa, sigue haciendo que resulte inadecuado establecer vínculos de cooperación con este país en numerosos ámbitos; pide, sin embargo, que se intensifique el apoyo de la UE a la sociedad civil y a la oposición democrática y que se aprovechen las posibilidades existentes de apoyar el desarrollo de la sociedad civil en Belarús y subraya la importancia de preparar un plan de acción para crear las condiciones previas necesarias para establecer relaciones entre la UE y este país;

Considera que Ucrania, por su tamaño, su situación geográfica y sus profundos vínculos históricos, culturales, económicos y de otro tipo con Europa central y occidental y con Rusia, así como por su potencial para convertirse en un socio cada vez más valioso para la UE en ámbitos esenciales, debe recibir una función de especial importancia en el contexto de la nueva política de una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos; apoya el deseo de Ucrania de integración y la dedicación actual del Consejo y la Comisión a la preparación del Plan de acción para Ucrania;

Señala que el proyectado establecimiento de un espacio económico común junto con Rusia, Belarús y Kazajstán podría dificultar una mayor cooperación entre Ucrania y la UE; opina que sólo una Ucrania realmente democrática e independiente y que haya desarrollado una sociedad abierta comparable a la de los nuevos Estados miembros puede decidir su orientación final; pide una estrecho seguimiento de la situación de la democracia durante el período previo a las elecciones presidenciales de 2004; opina asimismo que, en apoyo de quienes respaldan el proceso de reforma, la UE debería dejar la puerta de la adhesión abierta;

19.

Y, por lo que se refiere a la región mediterránea y del Oriente Medio:

Considera que se debe refundar el actual acuerdo euromediterráneo de asociación y cooperación mediante iniciativas sectoriales bilaterales y multilaterales, bien mediante la creación de una Fundación por el Diálogo de las Culturas, situándolo en el marco más amplio de la nueva política de una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos; reafirma la prioridad de un desarrollo más enérgico de las relaciones subregionales en el Magreb y el Mashreq, lo que, por otra parte, constituye el objetivo último de los acuerdos de asociación concluidos de forma bilateral, pero destinados a evolucionar y a contribuir a un mayor grado de integración regional; reafirma la necesidad de que la UE ponga en marcha, en estas regiones, programas de fuerte visibilidad, velando por asociar plenamente a ellos a las sociedades civiles de los países interesados;

Recuerda que toda cooperación multilateral euromediterránea coherente y eficaz debe integrar plenamente, más allá de las dimensiones socioeconómicas, el respeto y la defensa de los derechos humanos, la educación y la lucha contra la exclusión social y la pobreza; exige que estos principios fundamentales se apliquen con firmeza y constancia en las relaciones de la UE con sus socios mediterráneos y, muy en particular, en el marco de los programas MEDA y los acuerdos de asociación actuales y futuros;

Preconiza, en este contexto, la transformación de los acuerdos de asociación bilaterales en acuerdos multilaterales con todos los países asociados del Proceso de Barcelona;

20.

Considera que la nueva política de una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos puede ofrecer cooperación en torno a tres espacios políticos comunes:

primer espacio: político, humano, cívico y cultural

segundo espacio: de la seguridad (interior y exterior)

tercer espacio: del codesarrollo económico y social sostenible;

y que, además, en cada uno de estos espacios puede desarrollarse un determinado número de políticas comunes;

21.

Considera que el concepto de una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos debe comprender una política común dedicada a los derechos humanos, la ciudadanía y la democracia y el Estado de Derecho, así como una política común para el desarrollo de la sociedad civil, con especial atención a la existencia de unos medios de comunicación creíbles y al respeto del pluralismo, la educación, la investigación, la cultura y la asistencia sanitaria; acoge muy favorablemente a este respecto la reciente Comunicación de la Comisión relativa a las acciones llevadas a cabo por la UE con los socios mediterráneos en este ámbito y subraya la importancia que reviste que las recomendaciones que se recogen en ella se apliquen sistemática, firme y coherentemente, en particular por medio de objetivos y de criterios de referencia claros y públicos en los distintos planos de acción, incluyendo especialmente el respeto de los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos; reafirma la necesidad de incluir en estas prácticas y en pie de igualdad el fomento y la protección de los derechos de la mujer; considera importante reforzar todas las modalidades de diálogo intercultural para permitir a los pueblos euromediterráneos consolidar el respeto mutuo, la comprensión y la tolerancia; recuerda el papel activo y fundamental desempeñado por el Parlamento Europeo en estos ámbitos y reafirma que la garantía de toda legitimidad democrática se basa en un mayor control democrático de estos procesos;

22.

Considera que la política de una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos debe comprender medidas comunes en el ámbito de la inmigración ilegal, lucha contra el terrorismo, comercio ilegal, la defensa del orden jurídico internacional, la lucha contra la corrupción y la prevención y solución de conflictos, para todo lo cual deben garantizarse los principios jurídicos de la UE;

23.

Considera que, habida cuenta del objetivo de desarrollar un clima de confianza y colaboración reforzada con los países vecinos, así como la cooperación regional transfronteriza, la seguridad de las fronteras exteriores de la Unión Europea en relación con el tráfico de drogas, el fraude con las subvenciones, la inmigración ilegal, el tráfico de seres humanos, la lucha contra el terrorismo y el control veterinario y alimentario debería llevarse a cabo en estrecha cooperación con los nuevos países vecinos; cree que a la hora de vigilar las fronteras exteriores deben utilizarse también el sistema de navegación Galileo y el sistema de observación por satélite GMES y que, además, deberían unificarse los equipos tecnológicos con se dotan las policías de aduanas;

24.

Apoya, en particular, la propuesta de crear una agencia para la gestión y la coordinación operativa de las fronteras encargada, principalmente, de observar de manera adecuada los flujos migratorios del Este y del Sur, para establecer, además, el necesario clima de confianza y colaboración con los países vecinos;

25.

Considera que la política de una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos debe comprender una política destinada a facilitar la libre circulación de personas, mercancías, servicios y capitales; una política macroeconómica y monetaria que salvaguarde la cohesión social, una política microeconómica y de empleo con la puesta en marcha de programas específicos de asistencia técnica y financiera, y una política de infraestructuras y redes; a este respecto, considera que debe atribuirse una importancia particular al factor energético, para el que es deseable el desarrollo de políticas convergentes de la Unión Europea y sus vecinos poseedores de recursos energéticos; finalmente, es necesario desarrollar una política medioambiental y una política social vinculadas estrechamente con las políticas económicas mencionadas;

26.

Señala a la Comisión la situación sanitaria y medioambiental que sufren Belarús y Ucrania a raíz de la catástrofe de Chernóbil; pide el desarrollo de un programa de ayudas médicas y suministro de equipos hospitalarios, dada la precariedad de los recursos y medios de estos países;

27.

Afirma que estos tres espacios y las respectivas políticas comunes deberán contar con una dotación financiera adecuada; en este marco, el BERD debería desempeñar un papel importante y el BEI debería recibir el mandato y los recursos apropiados para extender los préstamos a toda la Europa del Este, incluidas Moldova y Ucrania, mientras que, para el Mediterráneo y el Oriente Próximo, la filial del BEI debe desarrollarse para ser capaz de atender a las necesidades futuras de la nueva estrategia, también mediante contribuciones financieras de otros países del Mediterráneo;

28.

Considera que el desarrollo de los tres espacios deberá crear ante todo las condiciones generales para compartir progresivamente con todos los países interesados unos valores y unos principios comunes; al mismo tiempo, será necesario aprovechar, sobre todo para la política del espacio económico y social, las diversas dimensiones regionales y subregionales para tener en cuenta las características específicas de las diversas zonas y los diversos países;

29.

Considera, en este respecto, la conveniencia de tener en cuenta, como una nueva opción, el establecimiento de una zona de libre comercio que podría abarcar aspectos del mercado interior así como de seguridad interior y exterior («Espacio Económico Europeo Plus») entre la UE y sus vecinos europeos, sin descartar futuras adhesiones;

30.

Recuerda asimismo que uno de los objetivos del Proceso de Barcelona para el futuro es el establecimiento de una zona de libre comercio justo en el Mediterráneo , y subraya que la política de vecindad tiene como objetivo, entre otros, la reducción de la pobreza y la creación de una zona de prosperidad compartida;

31.

Señala a la Comisión la existencia de eurorregiones ecológicas entre los nuevos Estados miembros y los nuevos países vecinos, como las reservas de Bialowieska (Polonia/Belarús), de Nieman (Polonia/Lituania/Belarús), de Polesia (Ucrania/Belarús/Polonia), de gran importancia para el continente europeo;

32.

Acoge con satisfacción el talante general de la iniciativa de una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos, pero indica asimismo que las regiones afectadas ya participan en la actualidad en importantes programas de cooperación geográfica de la UE y toma nota de que la Comunicación no ofrece ninguna indicación clara sobre cómo se simplificarán esos programas o se incrementará su eficacia y cuál será su aportación, en última instancia, para la consecución de los ambiciosos objetivos de la nueva iniciativa;

33.

Observa que en la Comunicación se menciona expresamente «una mayor asistencia financiera»; considera, sin perjuicio de la importancia de las relaciones con los vecinos de la Unión, que los márgenes disponibles dentro de las actuales perspectivas financieras no han permitido la financiación de nuevas necesidades sin recortes en otros ámbitos; subraya que los importes financieros deberían constituir un importante elemento en el contexto de la negociación de las nuevas perspectivas financieras para 2007 y ejercicios ulteriores;

34.

Considera que la nueva relación reforzada con los países vecinos de la Unión va más allá de lo que se han considerado tradicionalmente «acciones exteriores» para terceros países y confiere una nueva dimensión a la asociación; estima, por ello, que podría examinarse la posibilidad de hacer accesible la rúbrica 7 de las perspectivas financieras (estrategia de preadhesión) o de otro ajuste de las actuales rúbricas, con una adecuada financiación a partir de 2006;

35.

Considera que podría cubrirse con cargo a la rúbrica 7 (estrategia de preadhesión) al menos la financiación correspondiente a CARDS, en el marco de un instrumento de vecindad, con arreglo a la propuesta de transferir de la rúbrica 4 (acciones exteriores) a esa rúbrica las relaciones de la UE con los Balcanes;

36.

Acoge con satisfacción el llamamiento realizado por el Consejo a la Comisión, recogido en sus conclusiones de 16 de junio de 2003 y en la Cumbre UE-Ucrania del 7 de octubre de 2003, en el sentido de que adopte las medidas necesarias para profundizar las relaciones bilaterales con Ucrania, Moldova y los socios del Mediterráneo meridional mediante la elaboración de planes de acción; considera no obstante que el conjunto de la política de una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos deberá estar dotado de planes de acción coherentes;

37.

Insiste en que el procedimiento propuesto para el funcionamiento de esos planes de acción debe respetar plenamente las prerrogativas legislativas y presupuestarias del Parlamento y rechaza toda propuesta que pueda conferir al Consejo una predominancia en cuestiones políticas; subraya que las cuestiones políticas han de abordarse en el marco de los procedimientos establecidos y garantizar los derechos de las dos ramas de las autoridades legislativa y presupuestaria;

38.

Subraya que los planes de acción deberían integrarse en los ámbitos comunes de cooperación; prefiere, por consiguiente, que las medidas de cooperación y las medidas relativas a los niveles de integración se ajusten en lo posible entre sí, ya que ello aumentaría la transparencia y contribuiría a limitar la carga de la Comisión en términos de gestión; pide, en particular, la definición de un mecanismo claro para la ejecución de las medidas relativas a la democracia y los derechos humanos que habrá de incluirse en los planes de acción a fin de evitar la ineficacia de las cláusulas actuales sobre derechos humanos;

39.

Subraya la importancia de que se adopte como punto de partida para la política de una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos la evaluación de los acuerdos e instrumentos financieros ya existentes que se refieran a los nuevos vecinos de la UE y de que se tenga en cuenta esta evaluación a la hora de elaborar los planes de acción regionales y por países; pide que se le asocie estrechamente a la política de una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos con la participación, mediante un informe anual, en la evaluación de los planes de acción;

40.

Considera que la UE deberá en primer lugar apoyar las solicitudes de adhesión a la OMC que presenten los países vecinos que aún no son miembros, lo que implica la adopción de medidas importantes hacia la aproximación de su legislación a la de la Unión Europea;

41.

Apoya la propuesta de la Comisión, recogida en su Comunicación sobre el nuevo instrumento de vecindad, relativa a programas de vecindad como soluciones provisionales a los problemas burocráticos que se arrastran desde hace tiempo y que complican en gran medida la ayuda de la UE a la cooperación transfronteriza; pide que estos programas se ejecuten en el plazo más breve posible; lamenta que el llamamiento realizado por el Parlamento para adoptar medidas en este ámbito no haya recibido una respuesta adecuada mucho antes, así como que la rigidez de las perspectivas financieras vaya a retrasar el lanzamiento del nuevo instrumento de vecindad hasta 2007; pide que el instrumento propuesto, además de la dimensión transfronteriza, se aplique como proyecto piloto en algunas partes de la frontera y se destine ya a la cooperación transnacional, al modo, concretamente, de los mecanismos de INTERREG III B; subraya que la cooperación transfronteriza deberá incluir las regiones y países que tienen fronteras marítimas comunes;

42.

Subraya que la cooperación transfronteriza y la cooperación interregional constituyen un elemento clave para reforzar las relaciones con los Estados vecinos y pide que se aplique un instrumento con los mecanismos de INTERREG III A y C que incluya la participación de las entidades regionales y locales;

43.

Celebra la propuesta, en el marco de la iniciativa general de una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos, de crear un nuevo instrumento de vecindad para promover las acciones transfronterizas y remediar la situación actual, que resulta insatisfactoria debido al diferente carácter de los instrumentos de financiación utilizados hoy en día (INTERREG para la participación de los Estados miembros en los proyectos y TACIS y PHARE para la participación de los países vecinos); observa asimismo que MEDA y CARDS deberían estar comprendidos en la iniciativa;

44.

Considera que el nuevo instrumento para las relaciones de vecindad en las fronteras exteriores de la Unión ampliada debe estar vinculado a los programas y procesos de la política exterior, teniendo en cuenta al mismo tiempo las diversas prioridades regionales existentes; cree que este instrumento debe combinar los objetivos vinculados a la política exterior y a la cohesión social y económica; insiste en que el instrumento debe hallar su inspiración en las enseñanzas extraídas de experiencias anteriores en la cooperación transfronteriza;

45.

Llama la atención, en la definición de los programas de nueva vecindad y de los instrumentos futuros de nueva vecindad, sobre los diferentes problemas que afectan a los países con una frontera terrestre con la UE ampliada y a aquellos con los que la UE comparte fronteras marítimas; se muestra convencido, en este sentido, de que el Acuerdo de Schengen debería permitir, a escala pequeña y local, el movimiento fronterizo de las poblaciones, preservando y desarrollando de este modo las relaciones transfronterizas tradicionales;

46.

Señala que los programas de nueva vecindad y los instrumentos de nueva vecindad deben ser fácilmente accesibles para las entidades regionales y locales que podrán participar directamente en su gestión; pide, en este sentido, a la Comisión que emprenda la creación de una infraestructura consular de la UE en las regiones fronterizas para hacerse cargo de la necesaria simplificación de los procedimientos de visado y facilitar una ejecución descentralizada de los programas;

47.

Acoge con satisfacción la propuesta de reglamento de la Comisión relativa al establecimiento de un régimen de tráfico fronterizo menor en las fronteras terrestres exteriores de los Estados miembros y considera que esta propuesta es un paso importante para garantizar que las nuevas fronteras de Schengen no serán un obstáculo a los intercambios comerciales, sociales y culturales ni a la cooperación regional: toma nota, no obstante, de que estos riesgos siguen existiendo en relación con otras regiones de los países vecinos afectados que no son las regiones fronterizas y que, por consiguiente, deberían adoptarse otras medidas, siempre que sea posible;

48.

Hace hincapié una vez más a este respecto en el importante papel que corresponde a los nuevos Estados miembros a la hora de trabajar enérgicamente en favor del diálogo político en sus fronteras, de la creación progresiva de una zona de libre comercio mediante planes de acción nacionales y del refuerzo de la cooperación transfronteriza;

49.

Está convencido de que la existencia de varios organismos diferentes de las que forman parte los países objeto de la presente resolución constituye un punto de partida positivo para garantizar la dimensión institucional multilateral de la estrategia de la Unión y la gestión de las políticas comunes; recuerda que el diálogo político y las instituciones consiguientes deberán tener en cuenta los diferentes componentes (gubernamentales y parlamentarios), las instituciones descentralizadas y la sociedad civil organizada;

50.

Aboga, en relación con la nueva iniciativa de una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos, por que

se refuerce la actuación común de la UE en las instituciones internacionales existentes (OSCE, Consejo de Europa);

se intensifique la cooperación con el Consejo de Europa, en particular, por su experiencia en el ámbito de la consolidación de los procesos democráticos y de la construcción del Estado de Derecho;

se tenga en cuenta la posible ampliación de la OSCE hacia los países del Mediterráneo y de Oriente Próximo o, cuando menos, el desarrollo de procesos de cooperación con estos países;

se revitalice la Conferencia Europea como un instrumento de cooperación en el marco de la nueva política de una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos en el que puedan participar asimismo como miembros de pleno derecho los países del Cáucaso meridional;

se cree, durante la Presidencia italiana, la Asamblea Parlamentaria Euromediterránea para dar una dimensión parlamentaria estable al Proceso de Barcelona y su futura ampliación a los demás países de la región mediterránea y de Oriente Próximo;

51.

Invita a los países incluidos en la nueva política de una Europa más amplia — Relaciones con los países vecinos que todavía no lo hayan hecho a firmar, ratificar y aplicar estrictamente todos los tratados internacionales en vigor sobre medidas de lucha antiterrorista, respetando plenamente la Carta de las Naciones Unidas; solicita a la vez la puesta en marcha de una red de contactos que permitan el intercambio de información y cooperación en la lucha contra el terrorismo;

52.

Apoya, con el fin de consolidar el respeto de los derechos humanos en la zona del Mediterráneo, la creación de instituciones independientes en los países afectados capaces de garantizar la aplicación efectiva de los derechos derivados de acuerdos bilaterales y multilaterales; pide a todos los países interesados que aún no lo hayan hecho que se adhieran a la propuesta de moratoria de la pena de muerte y a la Corte Penal Internacional;

53.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión así como a los Gobiernos y a los Parlamentos de los Estados miembros y de los países candidatos, a las Naciones Unidas, al Consejo de Europa, a la OSCE y a los Gobiernos de los países mencionados en la presente Resolución.


(1)  P5_TA(2002)0296.

(2)  P5_TA(2003)0020.

(3)  P5_TA(2003)0292.

P5_TA(2003)0521

Dimensión Septentrional

Resolución del Parlamento Europeo sobre la Dimensión Septentrional

El Parlamento Europeo,

Visto el Segundo Plan de Acción para la Dimensión Septentrional 2004-2006, que recibió el respaldo del Consejo Europeo reunido en Bruselas los días 16 y 17 de octubre de 2003,

Vista su Resolución, de 16 de enero de 2003, sobre la Dimensión Septentrional — Nuevo Plan de Acción 2004-2006 (1),

Vista la Comunicación de la Comisión, de 11 de marzo de 2003, al Consejo y al Parlamento Europeo titulada «Una Europa más amplia. Relaciones con los países vecinos: un nuevo marco para las relaciones con nuestros vecinos del Este y del Sur de Europa» (COM(2003) 104),

Visto el apartado 4 del artículo 37 de su Reglamento,

A.

Considerando que desde su creación en 1999 la Dimensión Septentrional ha dado muestras de poseer un gran potencial, pero todavía no ha alcanzado el nivel deseado en el desarrollo de las regiones nórdicas de nuestro continente y del Ártico,

B.

Considerando que en marzo de 2003 la Comisión publicó su primer bosquejo de una Europa más amplia y de sus relaciones con los países vecinos y que las conclusiones del Consejo Europeo de 16 de junio de 2003 sirven ahora de base para el trabajo inmediato de la Comisión; considerando que esta política confiere un nuevo relieve a las relaciones con los vecinos actuales y futuros de la Unión ampliada, de las que es parte integrante la Dimensión Septentrional,

C.

Considerando que el principal objetivo de la futura política sobre la Dimensión Septentrional es responder a las oportunidades y desafíos planteados por la ampliación, que extiende la frontera de la unión con Rusia y convierte a Belarús y Ucrania en nuevos países vecinos de la UE; considerando que los países socios de la Dimensión Septentrional se convertirán en miembros de la Unión Europea, lo que acrecienta la importancia de los aspectos internos de la Dimensión Septentrional,

D.

Considerando que las nuevas regiones fronterizas poseen un gran potencial humano y económico y que, por consiguiente, es importante intensificar los esfuerzos por estimular el desarrollo sostenible y el crecimiento económico, facilitar la circulación de personas y bienes a través de las fronteras y cooperar estrechamente en la lucha contra la delincuencia organizada, reducir la pobreza y las disparidades sociales, mejorar la salud pública y el bienestar social y fomentar el empleo productivo y el intercambio social y cultural, todo ello al servicio del objetivo general de fortalecer la democracia y la estabilidad en la región,

E.

Considerando que la seguridad marítima sigue constituyendo un asunto importante, en particular por lo que se refiere al Mar Báltico, en el que aumenta con rapidez el transporte de crudo en petroleros; que el mar Báltico sufre ya un elevado grado de contaminación y que su condición de mar interior lo hace especialmente vulnerable,

F.

Considerando que el cambio climático del planeta podría tener efectos dramáticos en las regiones nórdica y ártica,

G.

Considerando que la Dimensión Septentrional abarca mucho más que la Rusia noroccidental, puesto que también comprende toda la región del Ártico y la cuenca del mar Báltico,

H.

Considerando que para alcanzar estos objetivos generales es esencial incrementar la interacción a todos los niveles entre Rusia y la UE en el contexto de la Dimensión Septentrional y que dicha interacción ha de servir de catalizador para el establecimiento de vínculos más estrechos entre Rusia y la UE,

I.

Considerando que el Consejo de Asuntos Generales y Asuntos Exteriores reunido en Luxemburgo el 9 de abril de 2001 decidió instituir un Foro de la Dimensión Septentrional y que esta decisión todavía no se ha llevado a la práctica,

1.

Acoge con satisfacción el Segundo Plan de Acción sobre la Dimensión Septentrional, como paso importante en el desarrollo de las políticas de la Dimensión Septentrional y como destacada contribución en favor de la región a la que se dirige;

2.

Hace hincapié en el propósito básico del actual Plan de Acción, que no es otro que brindar un marco operativo que resulte claro para todas las partes interesadas en la Dimensión Septentrional y que fije las prioridades y los objetivos estratégicos;

3.

Hace hincapié en que la inminente adhesión de diez nuevos Estados miembros acrecentará todavía más la importancia de la Dimensión Septentrional, como lo harán el desarrollo del concepto de una Europa más amplia adoptado por la Unión y la puesta en práctica de sus nuevas políticas de relaciones con los países vecinos; considera que la nueva política de vecindad y el nuevo instrumento de vecindad deben emplearse en las relaciones con todos los vecinos de la UE, incrementando así los recursos destinados a las políticas de la Dimensión Septentrional;

4.

Apoya las actividades específicas del actual Plan de Acción, teniendo en cuenta todas las observaciones básicas formuladas por el Parlamento Europeo en sus anteriores resoluciones, observaciones que cubren seis sectores generales de prioridad:

economía, empresa y puesta al día de infraestructuras;

recursos humanos, educación, investigación científica y aspectos sanitarios y sociales;

cooperación energética;

medio ambiente, seguridad nuclear y recursos naturales;

cooperación transfronteriza y desarrollo regional;

justicia y asuntos de interior;

y que prestan especial atención a las regiones con necesidades específicas como son Kaliningrado y los territorios árticos;

5.

Elogia la presentación de aspectos medioambientales hecha en los planes de acción, en particular por lo que se refiere a la seguridad marítima en el Mar Báltico, así como la decisión de proponer que el Báltico sea designado región especialmente sensible dentro de la Organización Marítima Internacional y la importancia concedida en general al desarrollo sostenible y al uso sostenible de los recursos naturales; apoya, en particular, el objetivo de un mayor control de los contaminantes y de una gestión más eficaz de las aguas residuales;

6.

Expresa su preocupación por la tendencia a dar excesivo relieve a la explotación de los combustibles fósiles y a conceder escasa atención al importante papel que las fuentes de energía renovables podrían desempeñar en la región;

7.

Observa con particular satisfacción el planteamiento adoptado en la Asociación Medioambiental para la Dimensión Septentrional, incluido el fondo de apoyo a la misma; por ello saluda la creación de la Asociación Medioambiental para la Dimensión Septentrional en los ámbitos de la salud pública y el bienestar social, el 27 de octubre de 2003 en Oslo;

8.

Observa con satisfacción la firma, el 21 de mayo de 2003, del Programa multilateral de energía nuclear y medio ambiente, que constituye un paso importante hacia una mayor transparencia, eficiencia y rapidez en los programas de desmantelamiento y limpieza de instalaciones nucleares, financiados con aportaciones internacionales, en Rusia; anima a Rusia a ratificar este acuerdo sin tardanza; subraya la importancia de los estudios de riesgo y de impacto medioambiental para la ejecución de los proyectos;

9.

Deplora la falta de coordinación entre los actuales programas internacionales de protección del medio ambiente y de seguridad y no proliferación nuclear; insta a la Unión Europea a tomar la iniciativa y examinar la posibilidad de crear una agencia internacional de vigilancia del medio ambiente y de la no proliferación, que tenga como misión coordinar los esfuerzos encaminados a ayudar a Rusia a hacer frente a los graves problemas medioambientales causados por los residuos radiactivos;

10.

Observa con satisfacción el acento puesto en una mayor cooperación en los ámbitos de justicia y asuntos de interior, especialmente en lo relativo a la lucha contra la delincuencia organizada y la trata de seres humanos, la cooperación en la gestión de fronteras y la protección de los ciudadanos;

11.

Se congratula de la atención que se concede a la cuestión del tráfico de mujeres y apoya la idea que recoge el Plan de Acción de emprender proyectos dirigidos a mejorar la situación de las víctimas y las víctimas potenciales y a desalentar la demanda de servicios sexuales de mujeres y niños;

12.

Reconoce la función especialmente destacada que corresponde a la Rusia noroccidental en las políticas de la Dimensión Septentrional, pero señala que en el Plan de Acción no se contempla todavía el desarrollo de la Ventana Ártica ni la necesidad de una mayor cooperación política y científica con el Canadá y los Estados Unidos;

13.

Pide, por una parte, que se mejore la coordinación entre la UE, el Consejo del Ártico, el Consejo de los Estados Ribereños del Mar Báltico, el Consejo Nórdico, el Consejo Euro-Ártico del Mar de Barents y otros organismos que se ocupan de asuntos regionales y de asuntos relacionados con el Ártico y, por otra, que se delimiten con claridad las responsabilidades de todos los organismos oficiales competentes dentro de la UE;

14.

Deplora la falta de propuestas concretas que tengan como objetivo expreso beneficiar a las poblaciones indígenas de la región, en particular a los saami, cuya representación política debería aumentar;

15.

Considera que las políticas de la Dimensión Septentrional deben vincularse más estrechamente con el presupuesto de la UE; pide que se financien adecuadamente dichas políticas;

16.

Expresa su preocupación por las dificultades de ejecución que afectan a la línea presupuestaria correspondiente a las acciones de cooperación transfronteriza en el marco del programa TACIS; hace hincapié en la necesidad de mejorar el marco reglamentario y presupuestario para la ejecución del programa transfronterizo TACIS en consonancia con las pautas propuestas por el nuevo instrumento de vecindad y anuncia que examinará atentamente las propuestas encaminadas a extender las posibilidades de crédito ofrecidas a los países del programa TACIS; asimismo, subraya la importancia de la cooperación entre las acciones emprendidas en el marco de Interreg y de TACIS; espera que puedan ejecutarse algunos programas piloto en partes de la región fronteriza antes de que se ponga en marcha el nuevo instrumento de vecindad;

17.

Pide a todas las partes implicadas que trabajen activamente para interconectar las redes de transporte, de energía y de información de Rusia y de la UE, lo que requerirá una mayor implicación del Banco Europeo de Inversiones en Rusia; pide al Consejo, por tanto, que otorgue lo antes posible a esta entidad un mandato adecuado a tal efecto;

18.

Destaca la importancia de incluir proyectos con dimensión septentrional en el paquete de proyectos de redes transeuropeas propuesto por la Comisión; recuerda que el desarrollo de las infraestructuras de transporte en la región de la Dimensión Septentrional debe ofrecer especial atención a la sostenibilidad ambiental de la soluciones que se propongan, de manera que se conceda prioridad al transporte ferroviario y marítimo;

19.

Pide que se propicie una mayor participación a todos los niveles de los representantes electos en la puesta en práctica y la evaluación del Plan de Acción; lamenta la ausencia de esta dimensión democrática;

20.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos de los Estados miembros actuales, de los diez nuevos Estados miembros y de Rusia, Belarús, Canadá y los Estados Unidos.


(1)  P5_TA(2003)0020.

P5_TA(2003)0522

Equipos de defensa

Resolución del Parlamento Europeo sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones «Defensa europea — Cuestiones industriales y de mercado — Hacia una política de la UE en materia de equipo de defensa» (COM(2003) 113 — 2003/2096(INI))

El Parlamento Europeo,

Vistas la Comunicación (COM(2003) 113) y las anteriores comunicaciones de la Comisión (COM(1996) 10) y (COM(1997) 583),

Vistas sus Resoluciones de 11 de abril de 1984 (1), 13 de julio de 1990 (2), 17 de septiembre de 1992 (3), 19 de enero de 1995 (4), 15 de mayo de 1997 (5), 14 de mayo de 1998 (6), 30 de noviembre de 2000 (7), 10 de abril de 2002 (8), 15 de mayo de 2002 (9) y 10 de abril de 2003 (10) sobre este asunto,

Vistas las Conclusiones de la Presidencia de los diferentes Consejos Europeos sobre la materia y, en concreto, las del Consejo Europeo de Colonia (3-4 de junio de 1999) y del Consejo Europeo de Helsinki (10-11 de diciembre de 1999) relativas al refuerzo de la política europea común de seguridad y de defensa, así como los informes de la Presidencia sobre el desarrollo de los medios de la Unión para la gestión militar y no militar de las crisis,

Vista la Carta de Intenciones sobre el seguimiento de las reestructuraciones industriales en el ámbito de la defensa, firmada el 6 de julio de 1998 en Londres por los Ministros de Defensa de Alemania, España, Francia, Italia, Reino Unido y Suecia, que especifica los objetivos y los principios establecidos por los Gobiernos para fomentar la creación y el funcionamiento eficaz de empresas transnacionales en el ámbito del equipo de defensa en Europa,

Vista la declaración conjunta de los Ministros de Defensa de estos mismos países, de 20 de abril de 1998, en la que acordaron conceder carácter prioritario a la búsqueda de una armonización de las necesidades de sus fuerzas armadas, con objeto de evitar la duplicación de sus políticas de adquisiciones, de investigación y de desarrollo tecnológico,

Visto el acuerdo alcanzado por los Ministros de Asuntos Exteriores de la UE en su reunión informal de 7 de mayo de 2000, en Azores, con arreglo al cual se decidió apoyar proyectos para la creación de grupos de trabajo conjuntos entre la UE y la OTAN con miras a las cuestiones relativas a la seguridad, a las capacidades militares, a las disposiciones que permitan a la UE utilizar los recursos militares de la OTAN y a la elaboración de mecanismos de consulta permanentes entre la UE y la OTAN,

Vistos las conferencias sobre las capacidades militares y de policía y el respectivo Plan de Acción Europeo, de 19 de noviembre de 2001,

Vista la Declaración de 21 de noviembre de 2002 de los Jefes de Estado y de Gobierno de la Alianza Atlántica en la Cumbre de Praga,

Vistas la reunión ministerial del Consejo del Atlántico Norte y la reunión ministerial OTAN-UE celebrada en Madrid el 3 de junio de 2003,

Vistos el apartado 1 del artículo 17 del Tratado UE, especialmente el párrafo relativo a la cooperación en materia de armamento, y el artículo 296 del Tratado sobre la salvaguardia de los intereses de seguridad nacional,

Vistos el apartado 2 del artículo 47 y el artículo 163 de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores, Derechos Humanos, Seguridad Común y Política de Defensa y la opinión de la Comisión de Industria, Comercio Exterior, Investigación y Energía (A5-0342/2003),

Visto el segundo informe de la Comisión de Asuntos Exteriores, Derechos Humanos, Seguridad Común y Política de Defensa (A5-0370/2003),

A.

Considerando que la política europea de seguridad y defensa (PESD) ha creado la posibilidad de lanzar y conducir operaciones de gestión de crisis civiles y también militares bajo la dirección de la UE, sin perjuicio de los objetivos específicos de la política de seguridad y defensa de los Estados miembros,

B.

Considerando que las reiteradas negativas de numerosos Estados europeos a aumentar los gastos de defensa y a mejorar sus capacidades militares y la interoperabilidad con los aliados podrá poner en peligro la cohesión de la OTAN,

C.

Considerando que los Estados miembros de la Unión Europea gastan el equivalente a aproximadamente el 50 % del presupuesto de defensa de los Estados Unidos, pero que su capacidad militar es equivalente a sólo un 10 % de la estadounidense,

D.

Considerando que al estar basadas las dos sociedades en los mismos valores de libertad, democracia, Estado de Derecho y derechos humanos, se necesita una estrecha cooperación entre ellas,

E.

Considerando que el concepto de Identidad Europea de Seguridad y de Defensa fue aceptado y reconocido por todas las Partes de la Alianza Atlántica en la reunión celebrada en Berlín en junio de 1996,

F.

Considerando que el acuerdo de cooperación estratégica celebrado el 16 de diciembre de 2002 y la celebración y aplicación de los acuerdos permanentes entre la UE y la OTAN, en especial de los acuerdos «Berlín +», permiten a la UE utilizar las capacidades de planificación militar operativa de la OTAN, así como sus estructuras de mando, para la realización de operaciones emprendidas por la Unión, lo que obliga a una mayor compatibilidad de los equipos de defensa,

G.

Considerando que el final de la Guerra Fría condujo a una reducción de los pedidos de equipo militar, por lo que es necesario de nuevo el crecimiento de este sector, teniendo en cuenta no sólo su reactivación económica y social, sino sobre todo la promoción de un mundo más seguro,

H.

Considerando que las reestructuraciones operadas en las industrias nacionales relacionadas con la defensa han conducido al desarrollo de diferentes esfuerzos de concertación, como atestiguan la Carta de Intenciones antes citada y el correspondiente Acuerdo Marco, así como la creación del Organismo Conjunto de Cooperación en Materia de Armamento,

I.

Considerando que, tras los sucesos del 11 de septiembre de 2001, adquirió un carácter más urgente la seguridad en el interior de la Unión Europea y aumentó la responsabilidad de los Estados miembros que tienen encomendada la misión de proteger las fronteras exteriores de la Unión,

J.

Considerando que las competencias en materia de control parlamentario de la PESC y de la PESD se encuentran repartidas entre el Parlamento Europeo y los Parlamentos nacionales, y que estos últimos siguen conservando competencias esenciales en materia de gastos militares, así como en cuestiones operativas relacionadas con las fuerzas armadas,

K.

Considerando la ampliación de la OTAN hacia el este al mismo tiempo que la ampliación de la UE y, por consiguiente, la necesidad de una mayor coordinación entre todos los países miembros,

L.

Considerando que la industria de defensa europea es esencial para Europa desde el punto de vista económico y político,

M.

Considerando que no existe un mercado interior de armamento y que los distintos procedimientos nacionales de adjudicación de contratos y las diversas reglamentaciones en materia de exportación obstaculizan su creación,

N.

Observando los beneficios potenciales para las PYME y la demanda que existe en las industrias de defensa de una política coordinada de equipo de defensa,

1.

Toma nota de la Comunicación de la Comisión, que responde a una demanda del Parlamento y ofrece a los Estados miembros un marco de reflexión adecuado para una cooperación creciente y más eficaz en el sector del armamento;

2.

Insiste en la necesidad de que la UE se dote de capacidades militares que garanticen la credibilidad de los objetivos de su política exterior y de su política de defensa; no ignora que el éxito de este proceso estriba en el compromiso de los Estados miembros de invertir en gastos militares a largo plazo, con objeto de cumplir en el futuro con sus obligaciones de defensa;

3.

Manifiesta su convicción de que la OTAN no sólo sigue siendo una garantía fundamental para la estabilidad y la seguridad del espacio euroatlántico, sino también un marco fundamental para el desarrollo de operaciones de coalición, por lo que reforzar la interoperabilidad de los equipos de defensa intereuropeos y transatlánticos redunda en el interés común;

4.

Reconoce, en este marco, la necesidad de que se creen condiciones favorables para el desarrollo de una industria europea de equipo de defensa competitiva y viable; apoya firmemente el proyecto de la Comisión de trazar el mapa de la situación de la industria de defensa de la UE mediante la recogida de datos; pide que se elabore un programa de investigación y desarrollo para la mejora de las capacidades de la Unión en el ámbito de la defensa; hace asimismo hincapié en la necesidad de apoyar en el ámbito comunitario proyectos piloto y proyectos de demostración para desarrollar las capacidades europeas en los sectores tecnológicos punteros;

5.

Insiste en que, al desarrollar una contribución europea de defensa, no deben establecerse presupuestos dobles e insta a que se garantice el control parlamentario; recuerda que, en el momento actual, este control debe ser ejercido, en su mayor parte, por los parlamentos nacionales;

6.

Alienta a los Estados miembros a que reestructuren el sector de las industrias de equipo de defensa y a que suscriban el principio de interdependencia industrial y tecnológica en el sector, con objeto de que se gestione mejor el gasto público en materia de defensa y se eviten las duplicaciones;

7.

Valora, con tal fin, la cooperación intraeuropea, la competitividad y el principio de preferencia comunitaria, sin excluir la cooperación con terceros países ni la adquisición, por parte de los Estados miembros, de equipos de defensa fuera del espacio europeo cuando las propuestas de suministro resulten más ventajosas desde el punto de vista económico que las ofrecidas en el interior de la Unión Europea y se encuentren en complementariedad con la realización de un proyecto europeo;

8.

Solicita que se protejan decididamente las expectativas en materia de seguridad y estabilidad nacional de los países candidatos, debiendo vincularse a estos países al proceso de reestructuración de las industrias relacionadas con la defensa;

9.

Considera que la creciente apertura de los mercados de armamento debe tener como objetivo garantizar la seguridad del suministro a escala nacional y europea; propugna, en este sentido, la reducción de los controles en las transferencias intracomunitarias de equipos de defensa, la simplificación de los procedimientos administrativos y la aproximación de los sistemas nacionales de licencias, aunque reconoce la complejidad y la sensibilidad política de este sector;

10.

Recuerda su postura en favor de la creación progresiva de un mercado europeo de armamentos y, en este sentido, pide que se definan y apliquen normas comunes; pide a la Comisión que proponga procedimientos transparentes y medidas de simplificación en la materia;

11.

Señala que los organismos de normalización de la Unión Europea deben realizar una contribución importante en relación con la interoperabilidad del equipo de armamento, en particular en el caso de los productos que se utilizan tanto para fines civiles como militares;

12.

Señala de nuevo que la apertura interna de los mercados militares debería acompañarse de un refuerzo adicional de los controles de las exportaciones de armamento en las fronteras exteriores de la UE; subraya, en este contexto, que la UE y sus Estados miembros deberían aplicar plenamente todas las recomendaciones del Parlamento sobre la aplicación del Código de conducta de la UE en materia de exportación de armamentos;

13.

Sugiere que, en el ámbito de la negociación de las próximas perspectivas financieras, se creen programas comunitarios de ayuda al reequipamiento de la defensa, más concretamente, un programa dedicado exclusivamente al desarrollo de los equipos de protección de las fronteras exteriores de la Unión Europea, con el objetivo de adecuarlos a las necesidades de la lucha contra el terrorismo internacional y la delincuencia organizada, la inmigración ilegal, el tráfico de armas, de estupefacientes y de seres humanos, así como la lucha contra la delincuencia marítima;

14.

Recuerda la decisión del Consejo Europeo de Salónica de crear, en 2004, la agencia intergubernamental en el ámbito del desarrollo de las capacidades de defensa, la investigación, la adquisición y el armamento, que estará bajo la autoridad del Consejo, y abierta a la participación de todos los Estados miembros; hace hincapié, no obstante, en que resulta indispensable decidir previamente y con rigor las actividades que desarrollará la futura agencia, con objeto de que adquiera un valor añadido; solicita que la definición y las modalidades prácticas de funcionamiento de la agencia se elaboren en consulta con el Parlamento Europeo;

15.

Considera que la agencia debería ocuparse en primer lugar del equipo y armamento de la fuerza europea de intervención en situaciones de crisis, especialmente en lo que respecta a la compatibilidad; considera que la agencia debería también desarrollar un enfoque a largo plazo respecto a las necesidades de capacidad; la agencia debería analizar en qué momento y en qué ámbito va a surgir una necesidad y qué posibilidades tecnológicas existirán en ese momento para suplir la carencia; considera que la agencia debe disponer de su propio presupuesto, que debe concentrarse en la investigación y desarrollo de nuevas tecnologías;

16.

Confía en que se apliquen plenamente los procedimientos de codecisión al adoptar decisiones en el ámbito de la política industrial;

17.

Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo y a la Comisión.


(1)  DO C 127 de 14.5.1984, p. 70.

(2)  DO C 231 de 17.9.1990, p. 209.

(3)  DO C 284 de 2.11.1992, p. 138.

(4)  DO C 43 de 20.2.1995, p. 89.

(5)  DO C 167 de 2.6.1997, p. 137.

(6)  DO C 167 de 1.6.1998, p. 190.

(7)  DO C 228 de 13.8.2001, p. 173.

(8)  DO C 127 E de 29.5.2003, p. 582.

(9)  DO C 180 E de 31.7.2003, p. 392.

(10)  P5_TA(2003)0188.

P5_TA(2003)0523

Proceso de estabilización y asociación a favor de la Europa del Sudeste

Resolución del Parlamento Europeo sobre el proceso de estabilización y asociación para la Europa del Sudeste — Segundo informe anual (COM(2003) 139 — 2003/2094(INI))

El Parlamento Europeo,

Visto el Segundo informe anual de la Comisión sobre el proceso de estabilización y asociación para la Europa del Sudeste (COM(2003) 139),

Vistas las conclusiones de la Cuarta Conferencia Parlamentaria Unión Europea— Países del Pacto de Estabilidad, celebrada el 21 de mayo de 2003,

Vistas sus Resoluciones de 5 de junio de 2003 (1), sobre la reunión celebrada entre la Troika y los países que participan en el pacto de estabilidad para Europa Sudoriental, y de 3 de julio de 2003 (2), sobre la reunión del Consejo Europeo de Salónica de los días 19 y 20 de junio de 2003,

Vistas las conclusiones de la Cumbre de la UE-países de los Balcanes Occidentales, de 21 de junio de 2003, y la Declaración conjunta de la UE y de los países de los Balcanes Occidentales adoptada en esta Cumbre,

Vistas las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas no 1244/1999, de 10 de junio de 1999, sobre Kosovo, no 1503 (2003), de 28 de agosto de 2003, sobre la parte relativa a las relaciones y actividades del Tribunal Penal Internacional para la Antigua Yugoslavia (TPIY), y no 1491 (2003), de 11 de julio de 2003, sobre Bosnia y Herzegovina, así como el Informe S/2003/675 del Secretario General de las Naciones Unidas, de 26 de junio de 2003, sobre la Misión de Administración Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo, y las Resoluciones del PE de 28 de febrero de 2002 (3), 26 de septiembre de 2002 (4) y 24 de octubre de 2002 (5), sobre la Corte Penal Internacional (CPI),

Vistos el apartado 2 del artículo 47 y el artículo 163 de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores, Derechos Humanos, Seguridad Común y Política de Defensa y las opiniones de la Comisión de Industria, Comercio Exterior, Investigación y Energía y de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Oportunidades (A5-0397/2003),

Asuntos de carácter general y horizontal

1.

Reitera su convencimiento, expresado en su Resolución de 7 de noviembre de 2002 (apartado 3) (6) sobre el informe de la Comisión «El proceso de estabilización y asociación de los países del sudeste de Europa — Primer informe anual» de que sólo existirá una perspectiva europea si los países respetan los criterios de Copenhague, y pide al Consejo y a la Comisión que supediten la ayuda a los países del proceso de estabilización y asociación y el posible paso a una fase ulterior de este proceso a las condiciones que se enumeran a continuación:

la cooperación con el TPIY;

la aplicación de una política eficaz en favor del retorno de los refugiados y de las personas desplazadas;

la aplicación de políticas activas contra la corrupción, la delincuencia organizada, la trata de seres humanos y el tráfico de armas y estupefacientes;

2.

Considera que no es deseable la futura adhesión a la UE de países del proceso de estabilización y asociación que hayan celebrado un acuerdo bilateral con los EE.UU. que ponga en peligro la plena eficacia de la CPI;

3.

Señala que, para que el trabajo de la Oficina del Fiscal del TPIY sea un éxito, éste debe basarse en una cooperación total y rápida de todos los Gobiernos del proceso de estabilización y asociación, en particular de aquellos a los que se ha solicitado la entrega de fugitivos (Gobierno de Croacia, Gobierno de Serbia y Montenegro y autoridades serbobosnias);

4.

Pide a la Comisión y al Consejo que presten todo su apoyo al Fiscal del TPIY en el cumplimiento de las prioridades para los próximos cuatro años, tal y como han sido fijadas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, a saber, finalizar las investigaciones antes de 2004, garantizar la entrega de todos los fugitivos pendientes y poner fin a todos los juicios en 2008 y a las apelaciones en 2010;

5.

Toma nota de que los países del proceso de estabilización y asociación han empezado a someter a juicio ante sus tribunales nacionales a los sospechosos de crímenes de guerra; subraya que deberían incoarse acciones judiciales contra los sospechosos, independientemente de su pertenencia étnica;

6.

Reitera su petición al Consejo y a la Comisión, ya formulada en la Resolución anteriormente mencionada de 3 de julio de 2003 (apartado 35), para que presenten un marco financiero viable para los países del proceso de estabilización y asociación dentro de una rúbrica 7 reestructurada de las perspectivas financieras;

7.

Pide al Consejo y a los Estados miembros que empiecen a preparar la posible retirada de las fuerzas estadounidenses de los contingentes de las Naciones Unidas en el Sudeste de Europa, y que programen a su debido tiempo su sustitución por fuerzas de mantenimiento de la paz gestionadas por la UE;

8.

Pide a los países del proceso de estabilización y asociación que aborden seriamente la discriminación contra la población roma, recurriendo también a la adopción de leyes eficaces contra la discriminación y al control sistemático del acceso de los roma a la educación, la vivienda, el empleo, la atención sanitaria y los servicios sociales;

9.

Reitera su propuesta, formulada en la Resolución anteriormente mencionada de 7 de noviembre de 2002 (apartado 4), en el sentido de que se lleve a cabo una reflexión profunda sobre el desarrollo futuro del marco institucional existente y sobre el estatuto de las entidades similares a Estados, en el marco de las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas;

10.

Señala que los Estados en los que los derechos de los ciudadanos dependen en la práctica de su identidad étnica no tienen perspectivas de adherirse a la UE;

11.

Subraya que el régimen de visados vigente entre la UE y los países del proceso de estabilización y asociación socava y ralentiza la perspectiva europea para estos países y se ha convertido en una fuente de humillaciones para sus ciudadanos; pide al Consejo y a la Comisión que establezcan parámetros claros sobre la manera de desarrollar y facilitar gradualmente los regímenes de visado con los países del proceso de estabilización y asociación, a medida que dichos países emprendan las reformas necesarias; considera que de esta forma se emitirá una señal tangible de que la UE se está acercando más a los ciudadanos de los países del proceso de estabilización y asociación;

12.

Insta a la Comisión a que aliente la creación de zonas en las que la libertad de movimiento entre regiones vecinas sea más fluida, lo que fomentará el desarrollo de la cooperación transfronteriza y regional;

13.

Insta a la Comisión a que promueva y apoye la creación de programas de hermanamiento a todos los niveles y a que respalde todas las acciones que faciliten la creación de redes entre los diferentes actores de la UE y los países del proceso de estabilización y asociación;

14.

Pide a la Comisión que facilite el establecimiento de una administración eficaz, reforzando las estructuras estatales, pero también las de las administraciones regionales y municipales, en los países del proceso de estabilización y asociación, y que ayude y apoye a los municipios a programar medidas de desarrollo económico;

15.

Alienta la participación de todos los ciudadanos en la administración local, lo cual fortalece el espíritu de comunidad; pide a la Comisión y a la Agencia Europea de Reconstrucción (EAR) que ayuden a las autoridades locales para que adopten presupuestos participativos e impulsen el ordenamiento territorial a nivel municipal;

16.

Pide a la Comisión que presente propuestas para aplicar las promesas de la Cumbre de Salónica, en particular por lo que atañe al acceso a programas comunitarios como Sócrates; alienta a los países del proceso de estabilización y asociación, como parte de la estrategia de preadhesión a la UE, a que participen en los programas comunitarios relativos a la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres;

17.

Pide a los países del proceso de estabilización y asociación que apliquen con carácter inmediato los acuerdos de libre comercio ya firmados; señala que la no aplicación de estos acuerdos constituye un obstáculo para el desarrollo de estos países y para unos mercados regionales viables, lo que debilita aún más la situación económica;

18.

Pide a la Comisión que tenga debidamente en cuenta que el refuerzo de la ayuda a la consolidación de las instituciones constituye un requisito previo para que el proceso de estabilización y asociación se desarrolle con éxito, y que acompañe ese refuerzo utilizando todas las capacidades de asistencia para el desarrollo de una infraestructura adecuada;

19.

Insta a la Comisión a que, en el marco del Programa CARDS, apoye a los gobiernos locales en la selección de los sectores de producción en los que se facilitará la creación de pequeñas y medianas empresas, fomentando los sectores económicos locales tradicionales, y a que apoye el fomento de los micropréstamos y de un sistema financiero local como contribución concreta a la economía y a la educación a la responsabilidad;

20.

Insiste, por consiguiente, en que en el próximo plan de acción se conceda prioridad a las reformas estructurales y económicas que conduzcan a economías de mercado que funcionen y al desarrollo sostenible;

21.

Pide a los países de la región, habida cuenta de la persistencia del tráfico de mujeres y niños para su explotación sexual (en particular en Albania y en Bosnia y Herzegovina), que, en cooperación con los «países de destino», tomen medidas, tanto a nivel interior como regional, y concedan la máxima prioridad a la ayuda a las víctimas, a los programas de formación destinados a los agentes responsables y a la prevención a través de la sensibilización y la información al público en general;

Albania

22.

Recuerda que garantizar el correcto funcionamiento de la democracia y perseguir la estabilidad política será esencial para agilizar la aplicación de las reformas; lamenta que las últimas elecciones locales se hayan desarrollado en condiciones claramente insatisfactorias;

23.

Anima a las autoridades albanesas a que refuercen su compromiso de proseguir con las reformas iniciadas, ya que la conclusión con éxito del acuerdo de estabilización y asociación dependerá de su capacidad de aplicar adecuadamente la legislación adoptada y de llevar a cabo las reformas necesarias;

24.

Recomienda la adopción de medidas adicionales para crear los medios necesarios para la lucha contra la corrupción, la delincuencia organizada, la trata de seres humanos y el tráfico de armas y estupefacientes, el funcionamiento de un sistema judicial independiente y eficaz, la mejora de la capacidad administrativa de Albania, en particular en lo que se refiere a la gestión de las fronteras, el desarrollo de un sector de los medios de comunicación libre e independiente, y el fomento y la garantía del respeto de los derechos humanos y de los derechos de las minorías;

25.

Insiste en la necesidad de que, antes de finales de 2003, se presente una evaluación precisa de la dimensión de las minorías nacionales, con objeto de que puedan aplicarse correctamente en todo el país la legislación nacional sobre las minorías y los convenios del Consejo de Europa; pide a las autoridades que refuercen las estructuras de la Administración encargadas de la protección de las minorías;

Bosnia y Herzegovina

26.

Reconoce la importancia y la dificultad de las labores realizadas por la Oficina del Alto Representante y por el Representante Especial de la UE en la aplicación de su «programa de reformas»; considera que los esfuerzos internacionales deberían orientarse paulatinamente hacia el control, la simplificación y la orientación, con vistas a la aplicación del principio de propiedad;

27.

Se congratula de que el Gobierno y el Parlamento de Bosnia y Herzegovina hayan situado los ejércitos de las entidades bajo un mando supremo;

28.

Acoge favorablemente la creación de una Dirección para la integración europea y de una Comisión de las dos cámaras para asuntos europeos; alienta al Parlamento de Bosnia a que adopte pronto una decisión sobre la legislación relativa a la reforma del sistema común de IVA y del régimen aduanero común;

29.

Señala las contradicciones que manifiestan algunas fuerzas políticas de Bosnia y Herzegovina, que apoyan abiertamente la integración europea pero obstruyen las reformas indispensables para que el Estado funcione; toma nota de que Bosnia y Herzegovina debe asumir responsabilidades en relación con su propio desarrollo y apoyarse en menor medida en la comunidad internacional;

30.

Recuerda a las autoridades de Bosnia y Herzegovina que la creación de unas estructuras estatales constituye una condición previa para el acercamiento a la UE; insta a todos los interlocutores políticos y sociales a que realicen un examen pormenorizado de las instituciones existentes derivadas de los Acuerdos de Dayton, con el fin de hacerlas viables y eficaces y, si procede, ir más allá de esos Acuerdos y crear mecanismos que consoliden la creación de unas estructuras estatales; en este sentido, se congratula de que se haya aprobado la ampliación de los mandatos de las autoridades ejecutivas, lo que permitirá una gobernanza más efectiva;

31.

Acoge con satisfacción el retorno de los refugiados a sus hogares en parte del país que, si bien lento, demuestra que el clima general ha continuado mejorando; insta a las autoridades de la República Srpska a todos los niveles a que hagan por fin importantes esfuerzos para posibilitar el retorno de los refugiados, especialmente a la región de Posavina y a Banja Luka;

32.

Destaca que los temas más graves siguen siendo la persistente impunidad de los acusados de crímenes de guerra y los problemas relacionados con su extradición, que suponen un obstáculo para la reconciliación y el desarrollo de la confianza mutua entre los pueblos; pide a las autoridades de Bosnia y Herzegovina que cooperen plenamente con el TPIY; pide a estas autoridades, en todos los niveles de la administración, a la sociedad civil y a todos los responsables que hagan cuanto obre en su poder para llevar a los Sres. Karadzic y Mladic ante este Tribunal;

33.

Insta a la Comisión a que concluya su estudio de viabilidad sobre la posibilidad de abrir las negociaciones sobre el acuerdo de estabilización y asociación antes de que finalice 2003;

Croacia

34.

Insiste en que, tal como señaló en el apartado 31 de la citada Resolución de 7 de noviembre de 2002, el diálogo intenso y los instrumentos diplomáticos continúan siendo los elementos apropiados para alcanzar un acuerdo sobre las fronteras; lamenta que las autoridades croatas hayan decidido declarar una zona ecológica y de pesca sin un diálogo adecuado ni coordinación alguna con todos los países de la Cuenca Adriática; espera que después de la Conferencia de Venecia prevista para los días 25 y 26 de noviembre de 2003 se llegue a un acuerdo sobre las medidas que deben adoptarse;

35.

Acoge con satisfacción la nueva ley constitucional sobre los derechos de las minorías nacionales;

36.

Elogia la decisión de Croacia de no celebrar un acuerdo bilateral con los Estados Unidos sobre la CPI, pese a perder una gran parte de la ayuda financiera estadounidense;

37.

Acoge favorablemente la solicitud de adhesión de Croacia a la UE y pide a la Comisión que emita su dictamen sobre dicha solicitud de adhesión antes de finales de marzo;

38.

Señala a la atención de las autoridades croatas que redunda en su propio interés la realización de mejoras importantes, antes de que la Comisión emita su dictamen sobre la solicitud de adhesión de Croacia a la UE, en los ámbitos que figuran a continuación:

la plena aplicación de todas las disposiciones incluidas en la ley sobre las minorías nacionales aprobada recientemente, en particular la representación de las minorías en el poder judicial y la policía, así como la provisión de viviendas para los refugiados que retornen, lo que repercutirá directamente en las prácticas de las autoridades locales y garantizará el libre retorno de todos los refugiados;

la lucha contra la corrupción;

la plena cooperación con el TPIY como base necesaria para la reconciliación;

la independencia y libertad de los medios de comunicación (en particular, tras las recomendaciones internacionales o de la UE para que se garantice la transparencia e independencia necesarias del sector y sus autoridades reglamentarias);

la aplicación de la estrategia de reforma del sistema judicial aprobada en 2002;

Antigua República Yugoslava de Macedonia (ARYM)

39.

Acoge con satisfacción el seguimiento policial de la Operación Concordia propuesto, pero espera que la presencia militar de la UE se mantenga también durante todo el tiempo que sea necesario;

40.

Solicita esfuerzos adicionales encaminados al desmantelamiento total del Ejército de Liberación Nacional Albanés (ELN); insiste en el papel fundamental que desempeñan la cooperación regional y la cooperación con la UE para poner fin al tráfico de armas;

41.

Hace un llamamiento en favor de la rápida aplicación del Acuerdo de Ohrid, en particular en lo que se refiere a la reforma de la policía y del ejército de la ARYM, a la ley por la que se concede una amnistía a los antiguos guerrilleros del ELN y a la reforma del gobierno local;

42.

Insiste en la urgencia que reviste la adopción de una política más activa contra la corrupción y la delincuencia organizada; pide a todos los partidos políticos que condenen y rechacen el recurso a la violencia;

Serbia y Montenegro

43.

Señala que la UE debería estar dispuesta a ayudar a Serbia y Montenegro para negociar un acuerdo duradero, si bien debería ser neutral con respecto a la forma que debería adoptar dicha relación;

44.

Subraya la necesidad de que la asistencia técnica prestada a estas dos repúblicas en el marco del proceso y del acuerdo de estabilización y asociación se centre en las cuestiones prácticas que deben resolverse, independientemente de la forma que adopte su relación en última instancia;

45.

Toma nota de las persistentes dificultades del Gobierno serbio para alcanzar una mayoría parlamentaria; manifiesta su preocupación por el estancamiento resultante en lo que respecta a las reformas políticas y económicas;

46.

Anima al Gobierno de Serbia a que siga adelante con la actual reforma del ejército con el fin de concluirla rápidamente y con eficacia;

47.

Señala que en Serbia y Montenegro es necesario adoptar medidas adicionales en el marco de la lucha contra la corrupción y la delincuencia organizada; insta a la Comisión e invita a la OSCE y al Consejo de Europa a que examinen con la máxima urgencia las acusaciones realizadas en materia de violación de derechos humanos, la falta de independencia del poder judicial y la influencia cada vez mayor que ejerce el Estado sobre los medios de comunicación;

48.

Pide a la Comisión que busque la manera de crear, en estrecha cooperación con el Centro Regional de Bucarest, una red europea de asociaciones para la lucha contra la delincuencia organizada y el tráfico de seres humanos, armas y drogas;

49.

Pide a las autoridades de la República de Serbia y de la Unión de Serbia y Montenegro que cooperen plenamente con el TPIY;

50.

Expresa su profunda preocupación por el bloqueo que se registra en el actualidad en el Parlamento de la República de Montenegro e insta a las dos partes a que reanuden las conversaciones para encontrar una solución viable;

51.

Pide a la Comisión que concluya su estudio de viabilidad sobre la posibilidad de entablar negociaciones sobre el acuerdo de estabilización y asociación antes de finales de 2003;

Kosovo

52.

Se congratula de que se haya aplicado el mecanismo de seguimiento del proceso de estabilización y asociación para Kosovo que, como procedimiento técnico y no político, permitirá a Kosovo beneficiarse de las oportunidades que brinda el proceso de estabilización y asociación; considera, no obstante, que si no se define el estatuto final de Kosovo no podrán resolverse eficazmente numerosos problemas subsidiarios;

53.

Acoge con satisfacción el inicio de las conversaciones directas entre las autoridades de Belgrado y Pristina, centradas en cuestiones prácticas de interés mutuo; espera con interés la continuación de estas conversaciones;

54.

Propone que la UE, actuando en cooperación con las Naciones Unidas, desempeñe un papel más activo en el establecimiento de una hoja de ruta y un calendario, con el fin de llegar a una conclusión sobre el estatuto final de Kosovo lo antes posible y, preferiblemente, en un plazo de dos años;

55.

Considera que, independientemente de la forma que adopte el estatuto final, ya sea una amplia autonomía o la independencia, las autoridades de Kosovo deben reforzar e incrementar sus esfuerzos en favor de una sociedad tolerante en la que todos los grupos étnicos se respeten mutuamente con arreglo a las normas europeas; pide, por consiguiente, a las autoridades de Kosovo que respeten escrupulosamente los principios de una sociedad multiétnica, multicultural y multirreligiosa, y que cooperan activamente con la UNMIK para mejorar el retorno de los refugiados y de las personas desplazadas, en particular de las minorías;

56.

Insta a las Naciones Unidas a que aceleren el proceso de devolución de competencias al gobierno autónomo provisional, con exclusión de los ámbitos reservados acordados;

*

* *

57.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión así como a los Parlamentos de los Estados miembros, a los Gobiernos y a los Parlamentos de los países del proceso de estabilización y asociación y al Coordinador Especial del Pacto de Estabilidad.


(1)  P5_TA(2003)0264.

(2)  P5_TA(2003)0320.

(3)  DO C 293 E de 28.11.2002, p. 88.

(4)  DO C 273 E de 14.11.2003, p. 291.

(5)  P5_TA(2002)0521.

(6)  P5_TA(2002)0534.

P5_TA(2003)0524

Sri Lanka

Resolución del Parlamento Europeo sobre Sri Lanka

El Parlamento Europeo,

Vistas sus anteriores resoluciones de 18 de mayo de 2000 (1) y 14 de marzo de 2002 (2) sobre Sri Lanka,

Visto el acuerdo de alto el fuego firmado entre el Gobierno de Sri Lanka y los Tigres de Liberación del Eelam Tamil (TLET), que entró en vigor el 23 de febrero de 2002,

Vista la Declaración de Oslo de diciembre de 2002, por la que el Gobierno de Sri Lanka y los TLET acordaron buscar una solución basada en una estructura federal dentro de un Sri Lanka unido,

Visto el respaldo otorgado por la UE y por toda la comunidad internacional al proceso de paz, tal y como se refleja en la Conferencia de Tokio sobre Reconstrucción y Desarrollo de Sri Lanka celebrada los días 9 y 10 de junio de 2003, que prometió destinar 4 500 millones de dólares estadounidenses en los próximos cuatro años a sostener dicho proceso de paz y que vinculó la asistencia de los países donantes a un progreso paralelo y sustancial del mismo,

A.

Considerando que el acuerdo de alto el fuego lleva ya vigente veintiún meses, es decir, más tiempo que cualquier otro intento anterior, lo que supone una gran esperanza para poner fin a una guerra civil que en veinte años ha provocado la muerte de más de 60 000 personas y comprometido las perspectivas de desarrollo del país,

B.

Considerando que la estabilidad política es indispensable para la búsqueda de una solución a largo plazo con los TLET,

C.

Considerando que el Gobierno del Primer Ministro Ranil Wickremesinghe, elegido en 2001, hizo de la resolución del conflicto su máxima prioridad,

D.

Considerando la decisión del Presidente Kumaratunga, adoptada a principios de noviembre con el Primer Ministro Wickremansinghe fuera del país, de cesar a tres ministros y prorrogar la legislatura parlamentaria representa una amenaza para el proceso de paz y demuestra más que nunca la necesidad de un auténtico compromiso de ambas partes en favor de un acuerdo político en Sri Lanka entre los actores principales,

E.

Considerando que Noruega ha desempeñado una decisiva labor de intermediación en las conversaciones, pero que ha suspendido su participación en el proceso hasta la resolución de la crisis de gobierno,

F.

Considerando que antes del 4 de noviembre de 2003 los beneficios de la consecución de la paz ya se dejaban notar tanto en la vida cotidiana de los ciudadanos como en el conjunto de la economía del país, tal como lo demuestra el hecho de que la Bolsa de Colombo alcanzase su nivel máximo de los últimos nueve años y de que la tasa de crecimiento del PIB se situara en un 5,6 % frente al 1,5 % de 2001, al tiempo que aumentaba considerablemente el turismo exterior,

G.

Considerando las todavía elevadas expectativas de que el fin del conflicto militar contribuya a mejorar la problemática situación de los derechos humanos en Sri Lanka, documentada una vez más en el cuarto informe periódico sobre Sri Lanka de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, aprobado este mes,

1.

Reconoce la valentía del paso dado por el Gobierno de Sri Lanka y los TLET para crear las condiciones necesarias para que las negociaciones puedan desembocar en una solución política y una paz duradera sobre las bases de la Declaración de Oslo de diciembre de 2002, en la que el Gobierno de Sri Lanka y los TLET acordaron la búsqueda de una solución basada en una estructura federal dentro de un Sri Lanka unido;

2.

Aplaude por consiguiente la publicación de las propuestas del Gobierno de Sri Lanka de una estructura administrativa provisional, y de los TLET de una autoridad autónoma temporal;

3.

Reconoce la contribución del Gobierno de Noruega a la facilitación de las negociaciones en curso entre el Gobierno de Sri Lanka y los TLET, y lamenta profundamente que la actual crisis política y falta de claridad respecto a quién representa la autoridad política haya obligado al Gobierno de Noruega a suspender su labor de mediación;

4.

Reconoce, asimismo, la contribución de la Misión de Supervisión de Sri Lanka, especialmente la continuación de su trabajo pese a los recientes reveses;

5.

Expresa su profunda preocupación por los recientes acontecimientos en Sri Lanka, que amenazan el proceso de paz apoyado por la comunidad internacional, en especial las decisiones del Presidente Kumaratunga de cesar a los Ministros de Defensa, Interior e Información y de prorrogar la legislatura parlamentaria;

6.

Deplora, asimismo, las observaciones formuladas por el Presidente Kumaratunga sobre la validez del acuerdo de alto el fuego suscrito entre el Primer Ministro Ranil Wickremesinghe y el TLET;

7.

Considera fundamental que las diferencias políticas entre las dos partes principales en conflicto en el sur se zanjen sin demora; opina, asimismo, que esto puede conseguirse mediante la reimplantación plena e inmediata de las funciones parlamentarias y gubernamentales;

8.

Insta al Presidente a que, en el interés de la nación, colabore con el Gobierno democráticamente elegido de su Primer Ministro; se congratula, por consiguiente, de la reciente constitución de un comité de autoridades cuya labor será la elaboración detallada de las normas que en el futuro han de regir la colaboración entre Presidente y Primer Ministro en estas cuestiones de importancia nacional;

9.

Acoge con satisfacción los compromisos pronunciados por todas las partes, incluidos los TLET, en favor de mantener el acuerdo de alto el fuego y de respetar el proceso de paz; destaca la necesidad de un respeto absoluto de los derechos humanos por parte tanto de las fuerzas armadas como de los TLET;

10.

Pide al Consejo, a la Comisión y a los Estados miembros que sigan supervisando los avances en la búsqueda de una solución política justa y duradera que se fundamente en el respeto de los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho y que salvaguarde los intereses de todos los pueblos y comunidades partiendo de una estructura federal dentro de un Sri Lanka unido;

11.

Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo, a la Comisión y a los Estados miembros, así como al Presidente, al Primer Ministro y al Parlamento de Sri Lanka, a los TLET, al Gobierno de Noruega y las otras copresidencias de la Conferencia de Donantes de Tokio, y a la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.


(1)  DO C 59 de 23.2.2001, p. 278.

(2)  DO C 47 E de 27.2.2003, p. 613.

P5_TA(2003)0525

Aceh

Resolución del Parlamento Europeo sobre Aceh

El Parlamento Europeo,

Visto el reciente llamamiento del Secretario General de las Naciones Unidas, Kofi Annan, para que se permita el acceso de organizaciones de derechos humanos y de ayuda humanitaria a la provincia de Aceh,

Vistas sus resoluciones anteriores sobre la situación en Indonesia, en particular su Resolución, de 5 de junio de 2003 (1), sobre la situación en Indonesia, en particular en la provincia de Aceh,

Vista su Resolución, de 13 de diciembre de 2000, sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre el «Desarrollo de las relaciones entre Indonesia y la Unión Europea» (2),

Vista la Declaración conjunta, de 6 de noviembre de 2003, de la UE, el Japón y los Estados Unidos tras la decisión de Yakarta de prorrogar la ley marcial en Aceh por seis meses,

A.

Considerando que el Gobierno de Indonesia ha prorrogado la ley marcial en la provincia de Aceh por seis meses,

B.

Considerando que la provincia ha estado cerrada de hecho a los trabajadores nacionales e internacionales en el ámbito de la ayuda humanitaria y de los derechos humanos, a la prensa y a los observadores de los derechos humanos,

C.

Profundamente preocupado por la muerte de cientos de combatientes y civiles desde el inicio de la represión en mayo,

D.

Recordando que, según el Decreto presidencial no 28/2003, la prórroga de la ley marcial de 19 de noviembre de 2003 debería haber venido precedida por un proceso de audiencia democrática con participación de la Cámara de Representantes (DPR) y una evaluación genuina,

E.

Considerando que se estima en 45 000 el número de militares y policías presentes en Aceh, mientras que el de rebeldes se evalúa en 5 000, de los que 2 000 han muerto o han sido heridos o capturados durante los seis últimos meses, según datos oficiales,

F.

Considerando que los negociadores del GAM (Movimiento Aceh Libre) detenidos tras el fracaso de las conversaciones de paz en mayo de 2003 han sido condenados por cargos de terrorismo y rebelión y condenados por el tribunal a penas de 11 a 15 años de prisión, y considerando que el 5 de noviembre de 2003 se pidió la pena de muerte contra un dirigente del GAM detenido,

G.

Considerando que los soldados declarados culpables de torturas han sido condenados solamente a penas de prisión muy leves,

H.

Considerando que unos 12 000 civiles de Aceh han perecido durante los 26 años de guerra y que el Acuerdo de Cese de Hostilidades firmado el 9 de diciembre de 2002 por el GAM y el Gobierno de Indonesia fue un intento de llevar la paz a la provincia,

I.

Considerando que los primeros seis meses de la nueva campaña militar de Aceh han perturbado la seguridad alimentaria y sanitaria de la población local, han provocado la destrucción de infraestructuras y de al menos 600 escuelas y han producido decenas de miles de desplazados en el interior del país, voluntarios o forzosos, y sin recurso a ayudas dignas de mención,

J.

Considerando que, según las normas internacionales, no es aceptable que los militares distribuyan ayuda humanitaria,

K.

Considerando que, según Abdullah Puteh, Gobernador de Nanggroe Aceh Darussalam, el paro y la pobreza han alcanzado proporciones alarmantes,

L.

Considerando que la interrupción por la policía de la formación en seguimiento de los derechos humanos organizada por la Komnas HAM (Komisi Nasional Hak Asasi Manusia, Comisión Nacional de Derechos Humanos) en Banda Aceh el 20 de octubre de 2003 ejemplifica las dificultades a que hacen frente en la provincia los defensores de los derechos humanos,

M.

Considerando la decisión de la Comisión de conceder una ayuda de 8,5 millones de euros a Indonesia para apoyar la recuperación económica y social del país,

1.

Manifiesta su profunda preocupación por la prórroga de la ley marcial y las operaciones militares en Aceh y por la persistente violencia, con escaramuzas armadas, secuestros, matanzas y otros actos violentos, particularmente en las afueras de las ciudades principales de Aceh;

2.

Pide al Gobierno de Indonesia que ponga fin a la ofensiva, que reanude las conversaciones de paz con el Movimiento Aceh Libre y que haga participar plenamente en el diálogo y en el proceso de paz a la sociedad civil —en particular, a las mujeres de Aceh;

3.

Expresa su preocupación ante la redada practicada por militares y policías el 19 de octubre de 2003 en la provincia de Aceh contra un programa de formación en seguimiento de los derechos humanos organizado por un ente gubernamental, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (Komnas HAM);

4.

Pide al Consejo y a la Comisión que presten asistencia a Indonesia para que reanude las conversaciones con el GAM;

5.

Pide al GAM, sobre la base del Acuerdo de Ginebra, que defienda su causa a través del proceso democrático y que destruya sus armas, y pide al ejército indonesio que se retire;

6.

Pide a las autoridades políticas elegidas que apliquen un control estricto de las actividades militares en la provincia, especialmente para velar por el respeto de las leyes internacionales que protegen a los civiles;

7.

Pide al Gobierno de Indonesia que tome las medidas necesarias para garantizar que se respetan el Derecho internacional humanitario y las normas de derechos humanos durante las operaciones de las fuerzas de seguridad;

8.

Insta al Gobierno de Indonesia a que facilite inmediatamente el acceso sin restricciones por todo el territorio de Aceh a agencias humanitarias, observadores independientes de la situación de los derechos humanos, representantes diplomáticos (incluidos los del Grupo de Tokio), periodistas y todas las demás partes que tengan un interés legítimo;

9.

Pide al Gobierno de Indonesia que lleve a cabo el proceso de evaluación previsto por la ley de manera transparente y con responsabilidad democrática, incluyendo a los órganos legislativos, la Komnas HAM, los partidos políticos y la comunidad de derechos humanos, de modo que en la evaluación se tome también en consideración si la ley marcial permite que los trabajadores humanitarios ayuden a las víctimas del conflicto y los efectos de la misma en la estructura social de Aceh;

10.

Pide al Gobierno de Indonesia que pida responsabilidades a quienes hayan cometido violaciones de los derechos humanos en Aceh y en otras partes del país, ya sean civiles, grupos separatistas, milicias, paramilitares o militares;

11.

Pide al Gobierno de Indonesia que facilite el acceso a las agencias de las Naciones Unidas y a las organizaciones no gubernamentales que puedan prestar asistencia para proteger a civiles, en particular a personas desplazadas;

12.

Pide al Gobierno de Indonesia que permita que observadores de las Naciones Unidas visiten la provincia, en particular la Representante especial de las Naciones Unidas para los defensores de los derechos humanos, el Relator especial de las Naciones Unidas sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, el Representante especial de las Naciones Unidas encargado de las personas desplazadas internamente y el Relator especial de las Naciones Unidas sobre la tortura;

13.

Pide al Gobierno de Indonesia que garantice que el Comité Internacional de la Cruz Roja disponga de pleno acceso a los detenidos por la policía y el ejército;

14.

Pide al Gobierno de Indonesia que permita la entrega directa de la ayuda humanitaria a quienes la necesitan sin que tenga que ser enviada a través de las autoridades;

15.

Pide a las autoridades de Indonesia que colaboren con otros agentes para aumentar su capacidad de hacer frente a las necesidades humanitarias y cuidar de las personas desplazadas en el interior del país;

16.

Apela al Gobierno de Indonesia para que evite los ataques contra las agencias humanitarias y sus trabajadores y para que tome las medidas adecuadas contra las personas implicadas en dichos ataques, de conformidad con sus responsabilidades con arreglo a la Declaración de las Naciones Unidas sobre los defensores de los derechos humanos, de 9 de diciembre de 1998;

17.

Pide al Gobierno de Indonesia que garantice el derecho a un juicio justo y el acceso a un abogado defensor, y que reforme y refuerce el sistema judicial para que la ley pueda proteger contra las violaciones de los derechos humanos;

18.

Pide que se garantice la libertad religiosa y condena las restricciones de la libertad de prensa que impone la ley marcial;

19.

Pide a la Comisión que asista al Gobierno de Indonesia en sus esfuerzos por aplicar la Convención de las Naciones Unidas Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, las recomendaciones del Comité contra la Tortura y las recomendaciones del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados;

20.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Comisión, al Consejo, al Gobierno y al Parlamento de Indonesia, al Gobernador y a la Cámara regional de Representantes de Aceh, a la Comisión Nacional de Derechos Humanos de Indonesia (Komnas HAM), a los miembros permanentes de la Secretaría de la Conferencia preparatoria de Tokio para la paz y la reconstrucción en Aceh, al Centro Henry Dunant para el Diálogo Humanitario, al Secretario General de las Naciones Unidas, al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y a la Secretaría de la ASEAN.


(1)  P5_TA(2003)0271.

(2)  DO C 232 de 17.8.2001, p. 186.

P5_TA(2003)0526

Viet Nam: Libertad religiosa

Resolución del Parlamento Europeo sobre Viet Nam

El Parlamento Europeo,

Vistas sus anteriores resoluciones sobre Viet Nam, en particular las resoluciones de 16 de noviembre de 2000 (1) y 5 de julio de 2001 sobre la libertad religiosa en Vietnam (2), y de 15 de mayo de 2003 (3),

Visto el Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Europea y la República Socialista de Viet Nam, de 17 de julio de 1995, en virtud de cuyo artículo 1 el respeto de los derechos humanos y de los principios democráticos constituye el fundamento de dicha cooperación,

Vistos los artículos 69 y 70 de la Constitución vietnamita, que garantizan la libertad religiosa en los siguientes términos: «el ciudadano [...] podrá practicar cualquier religión o no practicar ninguna»,

Visto el artículo 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ratificado por Viet Nam, que garantiza la libertad religiosa,

Visto el Acuerdo de Cooperación celebrado entre la Unión Europea y Viet Nam en 1985,

Visto su informe sobre la situación de los derechos humanos en el mundo en 2002,

Visto el documento de estrategia CE-Viet Nam para 2002-2006,

Visto el apartado 5 del artículo 50 de su Reglamento,

A.

Considerando que la libertad religiosa es una de las libertades fundamentales definidas en la Declaración Universal de Derechos Humanos, garantizada por varios convenios internacionales de los que Viet Nam es parte,

B.

Subrayando que el Acuerdo de Cooperación UE-Viet Nam se basa precisamente en el respeto de los derechos fundamentales definidos en los mencionados convenios,

C.

Considerando asimismo que, a pesar de las repetidas declaraciones de las autoridades vietnamitas, la situación de las libertades fundamentales en Viet Nam, y en particular la libertad religiosa, sigue siendo sumamente preocupante,

D.

Considerando el carácter multiétnico, multicultural y multirreligioso del país,

E.

Considerando las expectativas que suscitó la entrevista, en marzo de este año, entre el Primer Ministro Phan Van Khai y el Muy Venerable Thich Huyen Quang, de 86 años de edad, Patriarca de la Iglesia Budista Unificada de Viet Nam, que pasó 21 años en la cárcel,

F.

Lamentando profundamente que tras la inesperada y ampliamente publicitada entrevista entre el Primer Ministro Phan Van Khai y el Muy Venerable Thich Huyen Quang, Patriarca de la Iglesia Budista Unificada de Viet Nam (no reconocida), celebrada el 2 de abril de 2003 de este año, se haya reanudado e intensificado la represión contra esta iglesia y continúe la persecución de otras confesiones no reconocidas, como las iglesias protestantes de los montañeses o la iglesia budista hoa hao,

G.

Lamentando la medida de arresto domiciliario contra el Patriarca Thich Huyen Quang y el Venerable Thich Quang Do, la reciente condena de los Venerables Thich Tue Sy, Thich Thanh Huyen, y Thich Nguyen Ly, así como del asistente personal del Patriarca, el Venerable Thich Dong Tho, a dos años de detención administrativa por orden escrita del Comité del Pueblo de Ciudad Ho Chi Minh, y la condena de otros cuatro monjes, Thich Thien Hanh, Thich Vien Dinh, Thich Thai Hoa y Thich Nguyen Vuong, a dos años de detención administrativa por orden «verbal» de las autoridades de Hue y Ciudad Ho Chi Minh,

H.

Considerando que el respeto de los derechos humanos constituye uno de los elementos esenciales del Acuerdo de Cooperación firmado entre la Unión Europea y Viet Nam,

I.

Vista la reunión de la Comisión Mixta UE-Viet Nam, celebrada en aplicación del Acuerdo de Cooperación entre la Unión Europea y Viet Nam,

J.

Recordando la condena del sacerdote Nguyen Van Ly y de tres de sus familiares, así como la represión continua que padecen los cristianos montañeses y la iglesia budista hoa hao,

K.

Observando que otros grupos religiosos son objeto de vigilancia por parte del Gobierno, a pesar de que la Constitución vietnamita garantiza la libertad de religión y de culto a los ciudadanos,

1.

Condena con firmeza esta nueva y más grave oleada de represión de la libertad religiosa de la IBUV y de los cristianos montañeses en Viet Nam, así como la política deliberada del régimen vietnamita de eliminación de las iglesias no reconocidas, en particular de la IBUV;

2.

Pide a las autoridades vietnamitas que pongan fin de inmediato a las políticas de represión contra la IBUV, la iglesia católica, los cristianos montañeses y los budistas hoa hao, y que adopten cuanto antes todas las reformas necesarias para garantizar a todas estas iglesias un estatuto legal;

3.

Pide al Gobierno vietnamita que ponga inmediatamente en libertad a todos los ciudadanos detenidos por razón de sus creencias, de sus prácticas religiosas, o simplemente de su apego a la libertad de religión, empezando por el Muy Venerable Thich Huyen Quang, Patriarca de la IBUV, y a su segundo dignatario, el Venerable Thich Quang Do;

4.

Pide a las autoridades vietnamitas que respeten la libertad religiosa de todos los grupos religiosos y que garanticen el derecho de todos los ciudadanos de practicar la religión que elijan, incluido el derecho a la libertad de culto y de reunión; pide la instauración de un régimen judicial independiente del poder político;

5.

Pide a la Comisión que incluya el problema de la libertad religiosa en Viet Nam en el primer punto del orden del día de la reunión de la Comisión Mixta UE-Viet Nam que se celebrará en Bruselas el 21 de noviembre de 2003;

6.

Pide al Consejo y a la Comisión que utilicen todos los medios políticos y diplomáticos para garantizar que la libertad religiosa en Viet Nam se convierta por fin en realidad;

7.

Pide a la Comisión y al Consejo que se aseguren de que se respetan escrupulosamente las cláusulas de los acuerdos y tratados relativas a los derechos humanos;

8.

Pide a las representaciones diplomáticas de la Unión Europea y de los Estados miembros en Viet Nam que sigan con atención el caso de los dignatarios de la IBUV detenidos o en arresto domiciliario, que presten especial atención a la situación de la libertad de religión en el país y que coordinen sus esfuerzos para fomentar esta libertad de manera concreta;

9.

Recomienda que se designe a una delegación del Parlamento Europeo para que visite Viet Nam para evaluar la situación religiosa, en particular la de la IBUV, y se entreviste con los dignatarios de ésta, en primer lugar y más especialmente con el Patriarca Thich Huyen Quang y con el Venerable Thich Quang Do;

10.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Presidente, al Primer Ministro, y al Presidente de la Asamblea del Pueblo de Viet Nam, al Patriarca y al segundo dignatario de la IBUV, al Secretario General de las Naciones Unidas y al Relator Especial de las Naciones Unidas para la libertad religiosa.


(1)  DO C 223 de 8.8.2001, p. 337.

(2)  DO C 65 E de 14.3.2002, p. 369.

(3)  P5_TA(2003)0225.