3.4.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 84/779


(2004/C 84 E/0875)

PREGUNTA ESCRITA E-0350/04

de Roberta Angelilli (UEN) a la Comisión

(12 de febrero de 2004)

Asunto:   Agencias de viajes: repercusiones de la crisis de Alitalia en el empleo

La crisis de Alitalia amenaza con perjudicar también a los sectores colaterales al transporte aéreo, entre los cuales, en concreto, podemos nombrar el de las agencias de viajes.

El plan industrial de reestructuración que se discute estos días prevé de hecho reducciones drásticas de las comisiones de agencia: del actual 7 % a un 1 % en la venta de billetes internacionales y del 3 al 1 % en la venta de billetes nacionales.

Como ya ha sido denunciado por los representantes nacionales de las asociaciones de las agencias de viajes, decisiones de ese calibre pueden comportar la salida del sector de un centenar de empresas, lo cual significa que más de 10 000 puestos de trabajo, alrededor de cuatro veces el número de puestos que se baraja en el caso de Alitalia, penden de un hilo.

Además, las reducciones, que se traducirían en un aumento del precio de los billetes aéreos, tendrían en cualquier caso repercusiones para los consumidores; el comprador final, además, podría encontrarse con la dificultad material de encontrar los títulos de viaje a causa de la obligada renuncia de las agencias a facilitar un servicio que se ha convertido en algo muy caro.

Hay que señalar asimismo que tales decisiones, que constituyen un caso sin precedentes en Europa, han sido comunicadas a los operadores del sector con una anticipación de tan solo 60 días.

Considerando la gravedad de las consecuencias que una operación similar podría tener en el empleo; teniendo presente que las agencias de viajes representan el principal canal de venta de las compañías aéreas, ya que gestionan el 91 % de la facturación derivada de los billetes, y que, por tanto, una crisis del sector se reflejaría no solo en Alitalia, agravando su ya precaria situación, sino también en el resto de las compañías europeas, ¿podría la Comisión indicar:

1.

Si la Unión Europea puede ejercer un poder de intervención en la cuestión, sobre la base de las políticas que amparan la ocupación o en virtud de cualquier otra competencia adecuada a tal fin;

2.

Cuál es el juicio y el parecer de la Comisión sobre esta cuestión?