27.3.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 78/564


(2004/C 78 E/0599)

PREGUNTA ESCRITA E-3490/03

de Ilda Figueiredo (GUE/NGL) a la Comisión

(24 de noviembre de 2003)

Asunto:   Regulación del mercado y renta de los oleicultores en la reforma de la OCM del aceite de oliva

En la Comunicación «Implantación de un modelo de agricultura sostenible en Europa a través de la PAC reformada — sectores del tabaco, el aceite de oliva, el algodón y el azúcar» (1), la Comisión afirma que «la adopción del pago único por explotación genera rentas más estables para los agricultores». Por otro lado, la Comisión propone «que se supriman las restituciones concedidas tanto por la exportación como por la fabricación de determinados alimentos en conserva», mientras que las demás políticas de mercado se mantienen sin modificaciones.

¿Puede indicar la Comisión:

1.

¿Cuál es el balance de la supresión del precio de intervención en el sector del aceite de oliva de la anterior reforma, teniendo en cuenta la evolución de los precios al productor y su impacto en la renta de los oleicultores? ¿Considera que los mecanismos de regulación existentes son suficientes, en ausencia de ayudas al almacenamiento, para alcanzar el objetivo de regular el mercado durante y entre las campañas de comercialización?

2.

¿Qué efectos piensa que tendrá la presente propuesta en la renta de los oleicultores portugueses?

3.

¿Qué razón justifica la supresión de las restituciones a la exportación en el sector del aceite de oliva, en particular por la fabricación de determinados alimentos en conserva, a la vista de que dichas subvenciones tenían un efecto de promoción del consumo de aceite? ¿No cree que se deberían volver a introducir las suprimidas ayudas al consumo no sólo para promover el consumo de aceite sino también para controlar la producción del mismo?

Respuesta del Sr. Fischler en nombre de la Comisión

(22 de diciembre de 2003)

El mecanismo de intervención se suprimió con ocasión de la reforma de 1998. Desde entonces, salvo en períodos muy puntuales, se ha observado que los precios del mercado se sitúan por encima del antiguo precio de intervención. Por lo tanto, los oleicultores no han sufrido ninguna pérdida de ingresos y al mismo tiempo se ha evitado fomentar una producción basada en la cantidad antes que en la calidad y orientada a las ventas a los organismos de intervención. Eso habría podido ocasionar un descenso generalizado de los precios abonados a los productores y, por consiguiente, un deterioro de sus ingresos.

Los principios de la reforma de la política agrícola común (PAC) abogan por una regulación de la producción en función de la demanda del mercado, como ya es el caso en gran medida en el sector del aceite de oliva. No parece necesario modificar la situación actual y la Comisión propone simplemente el mantenimiento del dispositivo de almacenamiento privado como red de seguridad cuyo desencadenamiento se decidirá en caso de crisis.

Dado que el sector del aceite de oliva ya está fuertemente orientado hacia el mercado, la Comisión no espera que se produzcan en Portugal reducciones significativas de los niveles de producción como consecuencia de la entrada en vigor de la reforma. La propuesta de la Comisión mantiene además el nivel actual de ayuda para el sector del aceite de oliva en cada Estado miembro productor mientras que las ayudas disociadas permiten la estabilización del nivel de ayuda a los productores, independientemente de las variaciones de las cosechas de un año a otro.

La Comisión considera que el equilibrio se alcanzará si todo el sector oleícola se compromete a emprender una mejora continua de la calidad que permita impulsar un crecimiento sostenido de la demanda.

Desde que las restituciones por exportación cesaron en 1998, las ventas de aceite de oliva comunitario en terceros países aumentaron un 50 %. Este dato demuestra claramente la falta de eficacia de dicho instrumento para favorecer el crecimiento de las exportaciones comunitarias de aceite de oliva. Por consiguiente, parece oportuno proceder a la supresión de un mecanismo que ha dejado de ser útil.

La Comisión considera que ya no es necesaria la restitución para la fabricación de determinadas conservas con aceite de oliva puesto que actualmente, debido a la buena imagen del aceite de oliva, los consumidores están dispuestos a pagar un precio más elevado por productos alimenticios que lo contengan. Una vez más, la demanda del mercado en función de la calidad del producto debe crear las salidas para la utilización de aceite de oliva.

Desde el mismo punto de vista, la reintroducción de una ayuda al consumo de aceite de oliva tampoco parece estar justificada. No contribuiría al control de la producción y ocasionaría los problemas de gestión que ya conocemos.


(1)  COM(2003) 554 final.