92002E1591

PREGUNTA ESCRITA E-1591/02 de Glyn Ford (PSE) a la Comisión. Responsabilidad de las empresas de transportes.

Diario Oficial n° 242 E de 09/10/2003 p. 0003 - 0003


PREGUNTA ESCRITA E-1591/02

de Glyn Ford (PSE) a la Comisión

(5 de junio de 2002)

Asunto: Responsabilidad de las empresas de transportes

En relación con las preguntas sobre la responsabilidad de las empresas de transportes (E-0488/02 0493/02)(1) y con la respuesta de la Comisión de 4 de abril de 2002, ¿puede decir la Comisión si su comentario acerca de que la sentencia del Tribunal Constitucional austríaco no cuestiona el principio de la responsabilidad de las empresas de transportes como forma de restringir la inmigración ilegal es, en efecto, correcto? No obstante, como la Comisión sabe, los tribunales no tienen por costumbre responder a las preguntas que no se les formulan y no se solicitó al Tribunal Constitucional austríaco que se pronunciase sobre el hecho de si la responsabilidad de las empresas de transportes es o no una forma de restringir la inmigración ilegal.

(1) DO C 301 E de 5.12.2002, p. 45.

Respuesta comúna las preguntas escritas E-1587/02, E-1588/02,E-1589/02, E-1590/02, E-1591/02, E-1592/02, E-1593/02 y E-1594/02dada por el Sr. Vitorino en nombre de la Comisión

(9 de julio de 2002)

Las ocho preguntas planteadas por Su Señoría se refieren directamente al problema de la responsabilidad del transportista y deben, por consiguiente, contestarse conjuntamente.

Sobre las cuestiones generales planteadas por Su Señoría:

Deberá recordarse que la Comisión ha expuesto detalladamente su posición y actividades referentes a la responsabilidad de los transportistas en su respuesta escrita de 4 de abril de 2002 a seis preguntas escritas (E-488/02 a E-493/02)(1) presentadas por Su Señoría. Se remite al contenido de la respuesta citada.

Sobre las cuestiones adicionales concretas planteadas por Su Señoría:

- Pregunta E -1587/02: en las reuniones trilaterales de expertos actualmente en curso, organizadas por la Comisión como directa continuación de la mesa redonda sobre responsabilidad de los transportistas de 30 de noviembre de 2001, la Comisión se propone facilitar un diálogo abierto y constructivo de todas las partes interesadas en problemas específicos relacionados con la responsabilidad del transportista. La cuestión planteada por Su Señoría será indudablemente objeto de discusión en estas reuniones de expertos. La Comisión observa que hay interpretaciones y opiniones divergentes sobre la relación entre las disposiciones de la Convención de Ginebra de 1951 y el problema de los medios de acceso a los territorios de otros Estados por parte de las personas que intentan salir de sus propios países por razones relacionadas con el asilo. Esta divergencia todavía no se ha solucionado a nivel internacional.

- Pregunta E-1588/02: según lo subrayado ya en su respuesta previamente mencionada, la Comisión considera necesario encontrar un equilibrio entre el objetivo legítimo de prevenir y luchar contra la inmigración ilegal y la necesidad de evitar cargas excesivas para la industria. La cuestión planteada por Su Señoría será indudablemente objeto de discusión en las reuniones de expertos anteriormente mencionadas.

- Pregunta E-1589/02: la Comisión ha tomado nota de la sentencia dictada por la High Court británica el 5 de diciembre de 2001 en el asunto Roth International GmbH y otros contra Ministerio del Interior británico. La Comisión observa que esta sentencia no es firme, al haber sido recurrida.

- Pregunta E-1590/02: contrariamente a cuanto Su Señoría sugiere en su pregunta, la Comisión nunca se ha pronunciado en favor de una legislación completamente armonizada sobre la responsabilidad de los transportistas aplicada a todos los medios de transporte. En la respuesta previamente mencionada de 4 de abril de 2002, la Comisión declaró que, por el momento, la responsabilidad de los transportistas no está todavía completamente armonizada a escala europea y concluyó que es necesario reflexionar sobre posibles avances en la materia a nivel europeo. Actualmente se están sentando las bases para dicho proceso de reflexión dentro de la citada mesa redonda sobre la responsabilidad del transportista y la Comisión no considera apropiado expresar en este momento puntos de vista concretos y detallados sobre la forma que podría adoptar la posible futura legislación europea.

- Pregunta E-1591/02: la Comisión toma nota de la aclaración realizada por Su Señoría.

- Pregunta E-1592/02: la cuestión planteada por Su Señoría será indudablemente objeto de discusión en las reuniones de expertos anteriormente mencionadas.

- Pregunta E-1593/02: la Comisión es consciente del hecho planteado por Su Señoría.

- Pregunta E-1594/02: la Comisión no considera apropiado expresar en este momento puntos de vista concretos y detallados sobre la forma que podría adoptar la posible futura legislación europea.

(1) DO C 301 E de 5.12.2002, p. 45.