92002E0883

PREGUNTA ESCRITA E-0883/02 de Elizabeth Lynne (ELDR) a la Comisión. Acción de la Comisión como consecuencia de la sentencia del TJCE en el asunto C-1/00 del 13.12.2001.

Diario Oficial n° 205 E de 29/08/2002 p. 0232 - 0232


PREGUNTA ESCRITA E-0883/02

de Elizabeth Lynne (ELDR) a la Comisión

(3 de abril de 2002)

Asunto: Acción de la Comisión como consecuencia de la sentencia del TJCE en el asunto C-1/00 del 13.12.2001

¿Qué medidas está tomando la Comisión como consecuencia a la sentencia del 13 de diciembre de 2001 del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en el asunto C-1/00 de la Comisión contra Francia (incumplimiento de las obligaciones que le incumben por parte de un Estado miembro: negativa a levantar el embargo sobre la carne de bovino británica)?

A la luz del permanente embargo ilegal de Francia sobre la carne británica, ¿ha iniciado la Comisión el procedimiento contemplado en el artículo 228 del Tratado CE, que le permitirá indicar la multa que debería pagar Francia?

Respuesta del Sr. Byrne en nombre de la Comisión

(7 de mayo de 2002)

La Comisión, al no haber recibido una garantía satisfactoria por parte del Gobierno francés respecto al cumplimiento de la sentencia del Tribunal de Justicia, ha iniciado el procedimiento contemplado en el artículo 228 del Tratado CE. De acuerdo con dicho procedimiento, el 21 de marzo de 2002 se remitió el escrito de requerimiento por el que se concedía a este Estado miembro un plazo de 30 días para que presentase sus observaciones. Las autoridades francesas contestaron el 19 de abril, y su respuesta se está estudiando.

El pago de una suma a tanto alzado o de una multa coercitiva contemplado en el apartado 2 del artículo 228 solo es de aplicación en la última etapa del procedimiento, en concreto si el Estado miembro afectado incumple el dictamen motivado de la Comisión, lo que permite que ésta someta el asunto al Tribunal de Justicia.

En estos casos la Comisión deberá indicar el importe que considere adecuado para la suma a tanto alzado o la multa. Corresponderá al Tribunal de Justicia decidir finalmente si impone o no el pago de una suma a tanto alzado o de una multa.