92001E2249

PREGUNTA ESCRITA P-2249/01 de Gianfranco Dell'Alba (TDI) al Consejo. Europol.

Diario Oficial n° 081 E de 04/04/2002 p. 0142 - 0143


PREGUNTA ESCRITA P-2249/01

de Gianfranco Dell'Alba (TDI) al Consejo

(20 de julio de 2001)

Asunto: Europol

El 2 de junio pasado, las oficinas de Europol fueron objeto de un registro y uno de sus agentes, presunto autor de un fraude, fue sometido a un largo interrogatorio por parte de la policía neerlandesa.

Habida cuenta del estatuto que rige Europol, la policía de policías, ni la Comisión ni el Parlamento pueden plantearse llevar a cabo una investigación.

En su calidad de rama de la autoridad presupuestaria, no es aceptable que el Parlamento no pueda aclarar un asunto que empaña la imagen de toda la Unión Europea y de sus instituciones y tenga que conformarse con ser informado por la prensa.

¿No considera el Consejo que esta anomalía se debería corregir y que el Tribunal de Cuentas y el Parlamento Europeo deberían tener competencia, en sus ámbitos respectivos, para ejercer su control sobre órganos como Europol?

¿Ha encargado el Consejo que se lleve a cabo una investigación para constatar que ha habido fraude en detrimento del presupuesto comunitario?

Respuesta

(27 de noviembre de 2001)

1. Su Señoría debe saber que Europol en la actualidad está financiada por los Estados miembros y no por el presupuesto comunitario, con lo que el fraude directo al presupuesto comunitario queda excluido. Cuando se supone que se ha cometido fraude en el marco de programas comunitarios, corresponde a los órganos de la Comisión (por ejemplo la OLAF) continuar investigando el asunto.

2. El sistema de financiación por parte de los Estados miembros está establecido en el Convenio Europol. Cualquier cambio en dicho sistema requiere la modificación del Convenio, que a su vez exige un procedimiento de ratificación en todos los Estados miembros.

3. El Convenio Europol establece un riguroso sistema de control financiero, que cuenta con un interventor financiero independiente y un comité conjunto de auditoría compuesto por miembros del Tribunal de Cuentas. De este modo aunque el Tribunal de Cuentas no tenga competencia directa en la supervisión de Europol, Europol dispone de un control financiero eficaz.

4. Obsérvese que las supuestas irregularidades a las que se refiere en su pregunta Su Señoría han sido señaladas por el interventor financiero. A partir de su informe, el Consejo de administración de Europol creó un comité para seguir investigando el asunto. De esta manera, el control financiero en el marco de Europol ha demostrado ser eficaz.

5. A través de sus representantes nacionales en el Consejo de administración de Europol, se informa a los miembros del Consejo de las conclusiones del comité.

6. Habida cuenta de que Europol a partir de la información descubierta informó al fiscal competente neerlandés de las supuestas irregularidades y de que basándose en ella el fiscal ha iniciado su investigación judicial contra un funcionario del personal de Europol, el Consejo no considera adecuado emprender acciones que puedan interferir con la mencionada investigación.