92000E3485

PREGUNTA ESCRITA E-3485/00 de Timothy Kirkhope (PPE-DE) a la Comisión. Carta de Derechos Fundamentales.

Diario Oficial n° 163 E de 06/06/2001 p. 0136 - 0136


PREGUNTA ESCRITA E-3485/00

de Timothy Kirkhope (PPE-DE) a la Comisión

(10 de noviembre de 2000)

Asunto: Carta de Derechos Fundamentales

A raíz de la reunión informal del Consejo en Biarritz de los días 13 y 14 de octubre de 2000 y de los debates que tuvieron lugar el segundo día de la reunión, ¿podría la Comisión confirmar que siempre ha sido su intención que la Carta de Derechos Fundamentales fuese jurídicamente vinculante? En el caso de que esto no se consiga, ¿qué estatuto considera la Comisión que debe tener esta Carta en términos jurídicos y constitucionales?

Respuesta del Sr. Vitorino en nombre de la Comisión

(11 de diciembre de 2000)

La Comisión remite a Su Señoría a la Comunicación que presentó el 11 de octubre de 2000 sobre la naturaleza de la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea(1). Esta Comunicación se envió al Parlamento y al Consejo.

En dicha Comunicación, la Comisión considera que el destino de la Carta, por razón de su contenido, su rigurosa formulación jurídica y su considerable valor político y simbólico, es incorporarse tarde o temprano a los Tratados con un valor jurídico vinculante.

La Comisión menciona distintas posibilidades por lo que se refiere a las modalidades técnicas de incorporación de la Carta a los Tratados y al calendario que ha de fijarse para ello.

Actualmente, la Comisión observa que se plantea si no debería preverse, en el marco de la Conferencia Intergubernamental en curso, una modificación del apartado 2 del artículo 6 del Tratado de la Unión Europea con objeto de que se tenga en cuenta desde ahora la existencia de la Carta proclamada.

La Comisión opina no obstante que, independientemente de la naturaleza que se confiera finalmente a la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea, ésta surtirá efectos, incluso jurídicos. En efecto, queda claro que las instituciones de la Unión difícilmente podrán ignorar este texto en el futuro.

(1) COM(2000) 644 final.