PREGUNTA ESCRITA E-2546/99 de Guido Podestà (PPE-DE) al Consejo. Antiguas ciudades fronterizas.
Diario Oficial n° 219 E de 01/08/2000 p. 0178 - 0180
PREGUNTA ESCRITA E-2546/99 de Guido Podestà (PPE-DE) al Consejo (22 de diciembre de 1999) Asunto: Antiguas ciudades fronterizas Una investigación larga y estructurada, en la que han participado muchos funcionarios de diferentes direcciones generales de la Comisión Europea, ha puesto de manifiesto la inexistencia de estudios realizados por las instituciones de la Unión Europea sobre las realidades territoriales y económicas que, en el proceso de creación del mercado único y sobre todo con la entrada en vigor del Acuerdo de Schengen, han visto desvanecerse la base de su organización socioeconómica: las fronteras. Evidentemente, todos están a favor del nacimiento de una Unión Europea cada vez más unida, pero es una obligación irrenunciable de respetar las exigencias de todos los ciudadanos europeos. Con la entrada en vigor del Acuerdo de Schengen, la única intervención comunitaria ha sido la preparación de un plan especial de movilidad para los funcionarios de aduanas, pero no se ha hecho nada por los que se dedicaban a actividades económicas inducida por la existencia de las fronteras. ¿No considera necesario y urgente el Consejo llevar a cabo un estudio exhaustivo de las necesidades de estas zonas concretas de la Unión Europea? ¿No considera oportuno intervenir para prestar apoyo logístico y financiero a quienes, a corto plazo, se verán perjudicados por el mercado único? Respuesta (14 de febrero de 2000) 1. El Consejo es consciente de los problemas relativos a las zonas fronterizas de la Unión y estima, tal como apunta Su Señoría, que deben tomarse en consideración las necesidades concretas de estas zonas. 2. En la actualidad, diez Estados miembros de la Unión Europea han suprimido, en el marco de la aplicación del acervo de Schengen, los controles de personas en las fronteras interiores. Esta medida, aunque ha permitido la libertad de circulación de personas, no ha conducido a que las autoridades competentes abandonen las zonas fronterizas. En efecto, el mecanismo creado por los Estados que participan en la cooperación Schengen prevé una intensificación de la cooperación policial y judicial. Los artículos 39 y siguientes del Convenio de Schengen sientan las bases de la cooperación policial e invitan a los Estados miembros a celebrar acuerdos bilaterales más completos, presentes y futuros, entre las Partes Contratantes que tengan una frontera común. La cooperación prevé ya disposiciones en materia de seguimiento y de observación, en particular mediante el envío en comisión de servicios de oficiales de enlace. El mecanismo establecido en la zona fronteriza ha adoptado diversas formas, como las de comisarías comunes o de centros de cooperación policial y aduanera, donde se llevan a cabo importantes cometidos, como la recogida y el intercambio de información, la cooperación con vistas a efectuar la expulsión de los extranjeros que se encuentren en situación irregular o la readmisión de solicitantes de asilo, etc. 3. Por otra parte, en su reciente proyecto de comunicación sobre la iniciativa Interreg, la Comisión destaca que las políticas nacionales han descuidado con frecuencia las zonas fronterizas, lo cual, en el plano económico, ha conferido a éstas un carácter periférico dentro del territorio nacional. A pesar de que el mercado único y la UEM han mejorado la situación, todavía debe realizarse un esfuerzo adicional para reforzar la cooperación en beneficio mutuo de las regiones fronterizas. 4. La Unión Europea contribuye financieramente, en el marco de la iniciativa comunitaria Interreg, al fomento de actividades comunes en lo que se refiere al desarrollo de la PYME, la enseñanza, la formación y los intercambios culturales, los problemas sanitarios en las regiones fronterizas, la protección y la mejora del medio ambiente, las redes de energía, los transportes y las telecomunicaciones, así como en lo relativo a los sistemas de gestión común y los organismos de carácter transfronterizo y transnacional. 5. En el período de programación 1994-1999, Interreg dedicó 2 600 millones de euros a la rúbrica cooperación transfronteriza. La nueva fase de Interreg (período 2000-2006) atenderá también, en su parte A, a la cooperación transfronteriza entre los entes territoriales contiguos con vistas a desarrollar centros económicos y sociales transfronterizos partiendo de estrategias comunes para alcanzar un desarrollo territorial duradero. La contribución total del FEDER a Interreg para el período 2000-2006 se ha fijado en 4 875 millones de euros. Esta contribución queda limitada a un máximo del 75 % del coste total de los proyectos y programas en las regiones del objetivo no 1 y a un mínimo del 50 % en otras regiones. Además, los Estados miembros deberán asignar a la cooperación transfronteriza entre el 50 % y el 80 % de su dotación total Interreg. Por lo que respecta al apoyo logístico y financiero a las zonas fronterizas, el Consejo llama la atención de Su Señoría sobre las acciones emprendidas en el marco de los fondos estructurales y, más concretamente, en el marco de la iniciativa comunitaria Interregrelativa al desarrollo de las zonas fronterizas. Al suprimirse las fronteras interiores se recurrió en gran medida a las posibilidades financieras que ofrece este instrumento de política estructural.