PREGUNTA ESCRITA E-1615/99 de Caroline Jackson (PPE-DE) a la Comisión. Carne de bisonte y pago de primas conforme al régimen comunitario relativo a la carne de vacuno.
Diario Oficial n° 203 E de 18/07/2000 p. 0010 - 0011
PREGUNTA ESCRITA E-1615/99 de Caroline Jackson (PPE-DE) a la Comisión (15 de septiembre de 1999) Asunto: Carne de bisonte y pago de primas conforme al régimen comunitario relativo a la carne de vacuno ¿Puede indicar la Comisión si existe alguna posibilidad de que acceda a ampliar a la carne de bisonte el sistema de pago de primas conforme al régimen comunitario relativo a la carne de vacuno? En caso negativo, ¿por qué razón? Respuesta del Sr. Fischler en nombre de la Comisión (8 de octubre de 1999) No es competencia de la Comisión decidir la inclusión del bisonte en el régimen de primas del sector de la carne de vacuno. La posibilidad de que ese animal opte a las primas bovinas no está contemplada en el actual Reglamento de base de la carne de vacuno (Reglamento (CEE) no 805/68(1)) ni en la nueva reglamentación de la organización común de mercados (OCM) de esa carne, es decir, el nuevo Reglamento (CE) no 1254/1999 del Consejo(2) (resultante del acuerdo de la Agenda 2000). En efecto, en lo que atañe a los animales vivos, la definición de bovinos que figura en el apartado 2 del artículo 1 del primero de los dos Reglamentos citados (así como también en el segundo) cubre únicamente los animales vivos de la especie bovina, de las especies domésticas, cuya descripción se recoge en la nomenclatura combinada (NC)(3). En la práctica, esto significa que los otros bovinos (y, entre ellos, el bisonte) están excluidos del ámbito de aplicación de las ayudas a los bovinos domésticos. La inclusión de los bisontes en el régimen de apoyo destinado a esos bovinos se enfrentaría a dos dificultades. La primera es que con ella aumentaría el número de especies animales acogidas a ayudas comunitarias, siendo numerosas las ocasiones en que los Estados miembros se han mostrado reacios a tal aumento. Además, durante el debate de la Agenda 2000 se trató el tema del bisonte, sin que se llegara a modificar su situación en lo que respecta al beneficio de las primas bovinas. La segunda dificultad mencionada se enmarca en las relaciones internacionales de la Comunidad. En noviembre de 1999 se iniciará una nueva negociación del comercio internacional (OMC), y es muy probable que la Comunidad sea interrogada por sus socios a propósito de las ayudas directas de la política agrícola común. En estas circunstancias, no parece oportuno ampliar el número de especies acogidas a esas ayudas. (1) DO L 148 de 28.6.1968. (2) DO L 160 de 26.6.1999. (3) Véanse las notas explicativas en el DO C 287 de 15.9.1998.