PREGUNTA ESCRITA n. 3634/98 del Peter TRUSCOTT al Consejo. Inscripción y licencia de peluqueros
Diario Oficial n° C 182 de 28/06/1999 p. 0113
PREGUNTA ESCRITA E-3634/98 de Peter Truscott (PSE) al Consejo (4 de diciembre de 1998) Asunto: Inscripción y licencia de peluqueros ¿Tiene el Consejo la intención de estudiar la adopción de medidas que hagan obligatorios en toda la UE el registro y la obtención de licencia para los salones de peluquería y peluqueros profesionales? En la actualidad, únicamente el Reino Unido, Grecia y la República de Irlanda no exigen licencia a los peluqueros, los cuales pueden carecer de formación, cualificación y seguro. Este asunto repercute seriamente en la salud y seguridad de los ciudadanos de los países implicados. Respuesta (22-23 de febrero de 1999) El Consejo desea señalar que es competencia de los Estados miembros la organización, estructuración y regulación de las profesiones. Por lo tanto, en lo que a la profesión de peluquero se refiere, cada Estado miembro puede determinar el nivel de competencia requerido para ejercer esta profesión y establecer requisitos específicos para el registro y la autorización.