91998E3420

PREGUNTA ESCRITA n. 3420/98 del Amedeo AMADEO Siviili- ilmailun alan matkustamomiehistö

Diario Oficial n° C 341 de 29/11/1999 p. 0005


PREGUNTA ESCRITA E-3420/98

de Amedeo Amadeo (NI) a la Comisión

(24 de noviembre de 1998)

Asunto: Tripulantes de cabina en la aviación civil

En relación con la propuesta de directiva del Consejo sobre requisitos de seguridad y certificación de la competencia profesional de los tripulantes de cabina en la aviación civil (COM(97)382 final - 97/0212 SYN)(1), ¿podría la Comisión dar una definición más exacta del concepto de "tripulantes de cabina" (apartado 1 del artículo 1)? En nuestra opinión, la tripulación de cabina está formada por todas las personas que toman parte en el servicio de cabina a bordo de un avión. Por tanto, la directiva mencionada debería aplicarse, sin excepciones, a la totalidad de los miembros del personal de cabina.

(1) DO C 263 de 29.8.1997, p. 5.