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PREGUNTA ESCRITA n. 3297/98 del José BARROS MOURA a la Comisión. Macaon siirtyminen Kiinan hallintoon - joukot

Diario Oficial n° C 297 de 15/10/1999 p. 0065


PREGUNTA ESCRITA E-3297/98

de José Barros Moura (PSE) a la Comisión

(9 de noviembre de 1998)

Asunto: Transferencia de Macao a la administración china - Tropas

En 1975, Portugal retiró sus efectivos militares del Territorio de Macao, cuyas dimensiones no justifican la presencia de un ejército. A pesar de que en la Declaración conjunta entre Portugal y China se atribuya al Gobierno central de la República Popular de China competencias exclusivas en materia de defensa y política exterior, quedó acordado entre las partes que no se establecerían tropas chinas en dicho territorio. Así fue confirmado por el Sr. Lu Ping en abril de 1997 ante el Parlamento Europeo, en respuesta a una de mis preguntas.

Sin embargo, el Viceprimer ministro Qian Qichen acaba de comunicar a la Comisión preparatoria, reunida en Pekín, que China enviará tropas a Macao como símbolo de su soberanía.

¿Qué opinión le merece a la Comisión esta declaración, desde el punto de vista de la credibilidad de los compromisos de China a la hora de mantener "dos sistemas en un mismo país"?

Respuesta de Sir Leon Brittan en nombre de la Comisión

(23 de noviembre de 1998)

La Comisión tiene conocimiento de que, tras haber administrado el enclave de Macao desde 1553, el Gobierno portugués decidió en 1975 retirar sus fuerzas militares del territorio. En virtud de la Declaración chino-portuguesa de 1987, China reanudará el ejercicio de su soberanía sobre Macao a partir del 20 de diciembre de 1999. De conformidad con el artículo 14 de la Ley Fundamental de la región administrativa especial de Macao de la República Popular de China, corresponderá al Gobierno central popular la competencia de la defensa exterior de la región administrativa especial de Macao, mientras que al Gobierno de Macao le competerá el mantenimiento del orden público interno.

La Comisión apoya decididamente la aplicación de la política de "un país, dos sistemas" a la futura región administrativa especial de Macao y seguirá cooperando estrechamente con el territorio de conformidad con el Acuerdo de comercio y cooperación entre la Comunidad y Macao. La Comisión supervisará meticulosamente el proceso de transferencia de soberanía.

En este contexto, la Comisión otorga suma importancia al principio de que la aplicación de ley, la prevención de la delincuencia y el mantenimiento del orden público serán competencias de las autoridades y del poder judicial de la región administrativa especial. Conforme a la Ley Fundamental, estas competencias no podrán corresponder a ninguna fuerza militar china estacionada en Macao. La única justificación concebible de esa presencia militar sería la defensa contra amenazas exteriores a la seguridad de Macao, supuesto que no parece darse en la actualidad.