91998E3183

PREGUNTA ESCRITA n. 3183/98 del Marie-Noëlle LIENEMANN a la Comisión. Deporte y dopaje

Diario Oficial n° C 182 de 28/06/1999 p. 0049


PREGUNTA ESCRITA E-3183/98

de Marie-Noëlle Lienemann (PSE) a la Comisión

(27 de octubre de 1998)

Asunto: Deporte y dopaje

¿Cómo piensa aplicar la Comisión una política comunitaria más activa de lucha contra el dopaje en los grandes acontecimientos deportivos europeos, con objeto de promover una práctica sana del deporte?

Análogamente, ¿puede indicar la Comisión qué iniciativas concretas se han adoptado para armonizar las reglamentaciones y prácticas a nivel europeo relativas a la prohibición de las sustancias dopantes o, más ampliamente, contra el dopaje y con el fin de sensibilizar a la opinión pública contra los peligros de estas tendencias indeseadas en el deporte?

Respuesta del Sr. Oreja En nombre de la Comisión

(11 de diciembre de 1998)

Las competencias comunitarias conferidas a la Comunidad por el Tratado CE no le permiten desarrollar una política común en el ámbito de la lucha contra el dopaje.

No obstante, la Comisión, sensible a la importancia de este problema, tiene la voluntad de movilizar los instrumentos de los que dispone en el marco de las diferentes políticas comunitarias, así como en el marco de la cooperación en el ámbito de la justicia y de los asuntos de interior. El dopaje en el deporte figurará, por ejemplo, entre los temas prioritarios del nuevo V programa marco de investigación y desarrollo tecnológico (1998-2002)(1) en particular, los aspectos relacionados con la reducción de la demanda y de dopaje y exposición profesional. Además, en el marco de la lucha contra el fraude, este problema será clasificado como tema de investigación dentro de la actividad genérica "Medidas y ensayos" del programa temático "Crecimiento competitivo y duradero".

Además, la Comisión participará en la Conferencia Mundial sobre el dopaje organizada por el Comité Olímpico Internacional que se celebrará en Lausana en febrero de 1999.

La Comisión recuerda la existencia del Convenio Europeo contra el dopaje del Consejo de Europa, que se encuentra en fase de ratificación por todos los Estados miembros. La aplicación de este Convenio ya constituiría una acción positiva en la lucha contra esta plaga.

(1) DO C 137 de 7.6.1997.