91998E2216

PREGUNTA ESCRITA n. 2216/98 del David THOMAS Munivien kanojen hyvinvointi

Diario Oficial n° C 320 de 06/11/1999 p. 0004


PREGUNTA ESCRITA E-2216/98

de David Thomas (PSE) a la Comisión

(16 de julio de 1998)

Asunto: Bienestar de las gallinas ponedoras en batería

¿Puede confirmar la Comisión que todos los Estados miembros han aplicado las disposiciones contempladas en la Directiva 88/166/CEE(1), y puede indicar el número de controles efectuados in situ por los inspectores de la Comisión para comprobar el cumplimiento de la Directiva?

Respuesta del Sr. Fischler en nombre de la Comisión

(24 de septiembre de 1998)

De conformidad con la información que la Comisión ha recibido de los Estados miembros, todos ellos han aplicado la Directiva 88/166/CEE del Consejo, de 7 de marzo de 1998, relativa a la ejecución de la sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto 131/86 (anulación de la Directiva 86/113/CEE del Consejo, de 25 de marzo de 1986, por la que se establecen las normas mínimas relativas a la protección de las gallinas ponedoras en batería). No obstante, la Comisión ha recibido recientemente una protesta de una asociación comercial en la que se denuncia la incorrecta aplicación en determinados Estados miembros de dicha Directiva. Actualmente, se está estudiando el fundamento de dicha protesta.

En el ámbito del bienestar animal, en sus misiones a los Estados miembros los inspectores veterinarios de la Comisión se han concentrado hasta ahora en la protección de los animales durante el transporte (Directiva 91/628/CEE del Consejo(2)) y en el momento de su sacrificio (Directiva 93/119/CEE del Consejo(3)).

Sin embargo, en un futuro cercano está previsto ampliar los controles veterinarios sobre el terreno a otros ámbitos, tales como el bienestar de las gallinas ponedoras en batería.

(1) DO L 74 de 19.3.1988, p. 83.

(2) DO L 340 de 11.12.1991.

(3) DO L 340 de 31.12.1993.