91998E0036

PREGUNTA ESCRITA n. 36/98 del Christoph KONRAD a la Comisión. Vulneración del Derecho europeo por la República Italiana

Diario Oficial n° C 323 de 21/10/1998 p. 0019


PREGUNTA ESCRITA E-0036/98 de Christoph Konrad (PPE) a la Comisión (29 de enero de 1998)

Asunto: Vulneración del Derecho europeo por la República Italiana

1. ¿Ha recibido ya la Comisión Europea las informaciones útiles de las autoridades italianas a las que se refiere en su respuesta a las preguntas E-2945/97 ((DO C 117 de 16.4.1998, p. 108. )) y E-3330/97 ((DO C 138 de 30.4.1998, p. 138. )) sobre el problema de la matriculación de un vehículo en Italia?

2. ¿Considera la Comisión oportuno, teniendo en cuenta los hechos expuestos, a efectuar una investigación en el marco del procedimiento previsto en el art. 164 del Tratado CE, o ha iniciado ya esta investigación?

3. En caso afirmativo, ¿cuándo se puede contar con los primeros resultados útiles?

Respuesta del Sr. Monti en nombre de la Comisión (9 de marzo de 1998)

La Comisión ha entrado en contacto repetidas veces con las autoridades italianas en relación con los problemas relacionados con la matriculación de vehículos en Italia por ciudadanos residentes en otros Estados miembros. Al término de esta investigación, la Comisión obtuvo las informaciones y compromisos siguientes.

Las dificultades experimentadas hasta ahora por los ciudadanos italianos residentes en el extranjero deben haber desaparecido a partir de la aprobación por el Ministerio de Transportes y Navegación de la circular DG IV no 106 de 14 de octubre de 1997.

Conforme a esta circular, los ciudadanos italianos inscritos en el A.I.R.E (registro de los ciudadanos italianos residentes en el extranjero) podrán en adelante obtener la matriculación de sus vehículos en Italia, así como el correspondiente permiso de circulación, en las mismas condiciones que los ciudadanos italianos residentes en Italia.

En cambio, la matriculación no siempre se concede cuando el solicitante tiene la nacionalidad de otro Estado miembro, reside en un Estado distinto de Italia y desea, no obstante, disponer permanentemente de su vehículo en territorio italiano. Las autoridades italianas exigen un título de residencia o estancia a el fin de garantizar el cumplimiento de las disposiciones nacionales en materia fiscal y de carácter público relativas a la propiedad y la utilización del vehículo.

La Comisión informó a las autoridades italianas de que esta práctica podría afectar al ejercicio de las libertades reconocidas por el Tratado CE. La Comisión puso también de manifiesto que existían medios de control menos restrictivos, sobre todo cuando el solicitante puede demostrar un «vínculo» serio con el territorio (por ejemplo, por ser propietario o arrendatario de una vivienda por un período de tiempo prolongado).

Las autoridades italianas se comprometieron a estudiar una solución en este sentido y solicitaron a su vez que se estableciera en el ámbito comunitario un sistema basado en los mismos criterios. En espera de propuestas por parte de las autoridades italianas, la Comisión ha iniciado por su parte una reflexión sobre este tema a fin de comprobar si existen problemas similares en los demás Estados miembros y, en su caso, alcanzar una solución común.