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PREGUNTA ESCRITA n. 3397/97 del Amedeo AMADEO a la Comisión. Derechos Humanos

Diario Oficial n° C 158 de 25/05/1998 p. 0098


PREGUNTA ESCRITA E-3397/97 de Amedeo Amadeo (NI) a la Comisión (23 de octubre de 1997)

Asunto: Derechos Humanos

«Las reglas, que no son claras, ni por lo que respecta al derecho de fotografiar a las mujeres ni a otras cuestiones». Este es el primer comentario de Emma Bonino, la Comisaria de la Unión Europea para los derechos humanos en misión en Kabul que ayer fue detenida durante algunas horas por la milicia integrista talibán. La Sra. Bonino ha declarado ante la cadena de televisión norteamericana CNN que había sido detenida con toda la delegación que la acompañaba en las inmediaciones de un hospital de mujeres que acababa de visitar. Parece ser que la detención había sido decidida porque algunos miembros de la delegación habían fotografiado y filmado con telecámaras a las mujeres, cosa prohibida por la ley islámica de los Talibanes.

Se pide a la Comisión que informe urgentemente sobre estos acontecimientos.

Se pregunta si es cierto que algunos miembros han sacado fotografías y realizados tomas prohibidas por la ley.

Se desea saber, por otra parte, si el programa ECHO continua sin alteraciones.

Respuesta de la Sra. Bonino en nombre de la Comisión (2 de diciembre de 1997)

El incidente ocurrido el 29 de septiembre de 1997 durante la visita de la Comisaria responsable de la ayuda humanitaria y su delegación a una clínica de Kabul se debió a un malentendido entre los periodistas que la acompañaban y la policía religiosa. El incidente se cerró con las excusas presentadas por dos miembros de la Administración de los talibanes.

Durante su misión humanitaria de evaluación en Afganistán, la Comisaria pudo comprobar que las necesidades humanitarias siguen siendo enormes, y que por tanto es urgente mantener la ayuda a la población de Afganistán tanto en el territorio controlado por los talibanes como en la región controlada por la Alianza del Norte.

La Comisión continuará proporcionando financiación a los organismos y programas de las Naciones Unidas, a las organizaciones internacionales de socorro y a las organizaciones no gubernamentales europeas para que ayuden a la población de Afganistán, a condición de que esta ayuda pueda distribuirse libremente, sin trabas, y de conformidad con los convenios humanitarios internacionales.