91997E2194

PREGUNTA ESCRITA n. 2194/97 del Hiltrud BREYER al Consejo. Reglamento sobre nuevos alimentos (258/97) - Registro de la procedencia de productos nuevos

Diario Oficial n° C 082 de 17/03/1998 p. 0042


PREGUNTA ESCRITA E-2194/97 de Hiltrud Breyer (V) al Consejo (25 de junio de 1997)

Asunto: Reglamento sobre nuevos alimentos (258/97) - Registro de la procedencia de productos nuevos

¿Tienen las empresas productoras la obligación, en el marco de la garantía de la calidad, de hacer constar la procedencia de cada sustancia utilizada en la producción de alimentos e informar de ello en caso necesario a las autoridades?

Respuesta común a las preguntas escritas E-2188/97, E-2190/97 y E-2194/97 (28 de octubre de 1997)

El apartado 4 del artículo 4 del Reglamento que cita Su Señoría, completado si procede conforme dispone el apartado 5, o, en su caso, el apartado 4 del artículo 3, o el apartado 1 del artículo 9 del mismo Reglamento, se refiere a la información que deberá facilitarse en apoyo de las solicitudes de puesta en el mercado.

Dicha información no impide la aplicación de los procedimientos de evaluación por parte de los organismos de evaluación a que se refiere el apartado 3 del artículo 4 del mismo Reglamento.