PREGUNTA ESCRITA n. 1635/97 del Doeke EISMA a la Comisión. Cormorán grande
Diario Oficial n° C 021 de 22/01/1998 p. 0076
PREGUNTA ESCRITA E-1635/97 de Doeke Eisma (ELDR) a la Comisión (14 de mayo de 1997) Asunto: Cormorán grande En relación con los comentarios realizados por la Comisaria Bjerregaard a propósito del cormorán grande, ¿puede responder la Comisión a las siguientes preguntas? 1. ¿Es cierto que la Comisión está considerando la posibilidad de suprimir el cormorán grande del Anexo I de la Directiva relativa a la conservación de las aves silvestres (79/409/CEE) ((DO L 103 de 25.4.1979, p. 1. ))? 2. ¿Cuándo se propone la Comisión proceder a esa supresión y de qué forma se informará al Parlamento Europeo al respecto? 3. ¿En qué criterios se basa la Comisión para considerar necesaria dicha supresión? 4. ¿Puede indicar la Comisión si también se propone añadir nuevas especies al Anexo I de la directiva? Respuesta de la Sra. Bjerregaard en nombre de la Comisión (25 de junio de 1997) En el Anexo I de la Directiva 79/409/CEE del Consejo relativa a la conservación de las aves silvestres, figuran tres especies y subespecies de cormoranes: el cormorán pigmeo (Phalacrocorax pygmeus), la subespecie mediterránea del cormorán moñudo (P. aristoteles desmarestii) y la subespecie continental del cormorán grande (P. carbo sinensis). Dado que el cormorán pigmeo está amenazado en todas partes y que la subespecie mediterránea del cormorán moñudo es todavía muy vulnerable, la Comisión no estaría a favor de que se suprimiesen estas especies del Anexo I de la Directiva. Como se reconocía en la Resolución aprobada por el Parlamento en febrero de 1996, el número de cormoranes grandes (Phalacrocorax cargo) ha aumentado considerablemente. Basándose en la información científica disponible y después de varias consultas, la Comisión estima que esta especie ha llegado a una situación favorable en cuanto a su conservación a nivel europeo. Por lo cual, puede afirmarse que las medidas de conservación como tales han funcionado. En consecuencia, la Comisión está preparando una propuesta para suprimir el Phalacrocorax cargo sinensis del Anexo I de la Directiva 79/409/CEE del Consejo relativa a la conservación de las aves silvestres. El Parlamento ya ha recibido información al respecto y, por tanto, la Comisión remite a Su Señoría a la respuesta a la pregunta escrita no 3950/96 del Sr. P. Bebear ((DO C 186 de 18.6.1996. )) y a la respuesta a la pregunta oral H-124/97 de la Sra. Schwaiger durante la sesión de preguntas del periodo parcial de sesiones del Parlamento de marzo de 1997 ((Debates del Parlamento de marzo de 1997. )). Debido a la urgencia del asunto, el proyecto de propuesta se presentó a votación durante la reunión del Comité para la Adaptación al Progreso Científico y Técnico de la Directiva sobre Aves. Este proyecto de propuesta fue aprobado por el Comité y se remite al Parlamento para información. La Comisión tomará las medidas necesarias para estudiar más detenidamente la propuesta de manera que pueda aprobarla posteriormente. Sin embargo, en el momento actual, no tiene intención de proponer, a corto plazo una ampliación de la lista de especies del Anexo I de la Directiva sobre aves.