91996E2760

PREGUNTA ESCRITA n. 2760/96 del Gianni TAMINO a la Comisión. Incumplimiento, por parte de Italia, de la directiva referente a la protección de los animales utilizados con fines experimentales u otros fines científicos

Diario Oficial n° C 091 de 20/03/1997 p. 0029


PREGUNTA ESCRITA E-2760/96 de Gianni Tamino (V) a la Comisión (21 de octubre de 1996)

Asunto: Incumplimiento, por parte de Italia, de la directiva referente a la protección de los animales utilizados con fines experimentales u otros fines científicos

En las respuestas a las preguntas 2455/92 ((DO C 141 de 19.5.1993, p. 32. )) y 1747/93 ((DO C 46 de 14.2.1994, p. 34. )), la Comisión afirmaba que el decreto legislativo italiano no 116/1992, por el que el Estado italiano había transpuesto la Directiva 86/609/CEE ((DO L 358 de 18.12.1986, p. 1. )) no era conforme al artículo 17 de dicha directiva y que así se lo comunicaría a las autoridades italianas. A raíz de la comunicación, el ministro de Sanidad italiano preparó un decreto ministerial, de fecha de 22 de diciembre de 1993, para subsanar la deficiencia en virtud del artículo 24 de la directiva citada. Desgraciadamente, dicho decreto no ha entrado jamás en vigor, a pesar de la afirmación de la Comisión en la respuesta a la pregunta 1541/95 ((DO C 230 de 4.9.1995, p. 49. )) en el sentido de que se había dirigido inmediatamente a las autoridades italianas para conocer su posición al respecto. No hay más remedio, por consiguiente, que comprobar que han pasado tres años y la normativa italiana continúa siendo no conforme a la directiva.

1. ¿Qué explicaciones han dado las autoridades italianas al respecto?

2. ¿Tiene intención la Comisión de incoar un procedimiento por infracción contra Italia?

Respuesta de la Sra. Bjerregaard en nombre de la Comisión (11 de diciembre de 1996)

1. La Comisión llamó oficialmente la atención a las autoridades italianas sobre este asunto mediante una carta remitida en 1995. La cuestión se volvió a plantear con motivo de una reunión celebrada los días 4 y 5 de septiembre de 1996 con las autoridades nacionales en el marco de la Directiva 86/609/CEE. En esta reunión, las autoridades italianas confirmaron su compromiso de garantizar el pleno respeto de la Directiva, así como su intención de resolver cualquier dificultad de aplicación que surgiera en Italia. Está prevista otra reunión en abril de 1997, que brindará una nueva oportunidad para comprobar y debatir los progresos realizados.

2. La Comisión no excluye la posibilidad de iniciar un procedimiento de infracción contra Italia si este asunto no puede resolverse de otro modo.