PREGUNTA ESCRITA n. 2583/96 del Viviane REDING a la Comisión. Liberalización de la publicidad directa
Diario Oficial n° C 083 de 14/03/1997 p. 0032
PREGUNTA ESCRITA E-2583/96 de Viviane Reding (PPE) a la Comisión (11 de octubre de 1996) Asunto: Liberalización de la publicidad directa En la última versión del proyecto de directiva sobre servicios postales la Comisión propone la liberalización automática de la publicidad directa a partir de enero de 2001. Ahora bien, esta propuesta, en contradicción con las opiniones del Parlamento Europeo, resulta peligrosa por más de una razón: - retirar la publicidad directa del ámbito reservado podría tener consecuencias negativas en la viabilidad financiera de los proveedores del servicio universal, - definir una categoría de correo por su contenido (¿quién controla y de qué manera lo hace?) en vez de sobre la base de criterios objetivos (peso o precio) corre el peligro de crear un precedente de consecuencias imprevisibles. ¿Está dispuesta la Comisión a retirar sus propuestas con respecto a la publicidad directa? ¿Puede elaborar un estudio adecuado sobre la repercusión de la liberalización de la publicidad directa y proponer, en caso necesario, una directiva específica sobre la publicidad directa? Respuesta del Sr. Bangemann en nombre de la Comisión (28 de octubre de 1996) En su Propuesta de Directiva relativa a las reglas comunes para el desarrollo de los servicios postales comunitarios y la mejora de la calidad del servicio ((DO C 322 de 2.12.1995; Propuesta modificada COM(96)412 final. )), la Comisión proponía que la publicidad directa pudiera seguir quedando reservada hasta el 31 de diciembre de 2000, siempre que esta reserva fuera necesaria para el equilibrio financiero de los proveedores del servicio universal. La Comisión debía decidir, a más tardar el 30 de junio de 1998, sobre la posibilidad de reservar estos servicios más allá del 31 de diciembre de 2000, teniendo en cuenta los acontecimientos, especialmente de tipo económico, social y tecnológico, que se hubieran producido hasta esa fecha y teniendo en cuenta igualmente el equilibrio financiero de los proveedores del servicio universal. En su propuesta modificada, la Comisión mantuvo su planteamiento inicial, partiendo de las experiencias de los Estados miembros en los que se ha liberalizado la publicidad directa. Estas experiencias ponen de manifiesto que el operador público sigue estando en posesión de más del 90% del mercado de la publicidad directa (lo cual demuestra, pues, que la liberalización no pone en peligro el suministro del servicio universal) y que no existen problemas de control (los Estados miembros que han liberalizado la distribución de la publicidad directa no han considerado necesario introducir un sistema de identificación de los sobres que la contienen ni adoptar un sistema específico de control). Esta situación se debe al hecho de que la publicidad directa es un tipo de objeto postal que se envía a un número significativo de destinatarios y que requiere una red de distribución muy densa, sobre todo en las zonas residenciales, las ciudades y los pueblos, para un producto barato. Por esta razón, las grandes empresas que hacen publicidad directa prefieren un sistema de ventanilla única a numerosos contactos con diferentes operadores, locales o regionales, de menor importancia, en tanto que los operadores privados prefieren concentrarse en sectores con un mayor valor añadido, como los servicios de urgencia o los de paquetería. Sin embargo, la Comisión, que es sensible a las preocupaciones expresadas por el Parlamento y por una minoría de Estados miembros, mantiene, en su propuesta modificada, la revisión prevista en 1998.