PREGUNTA ESCRITA n. 2405/96 del Hiltrud BREYER a la Comisión. Decisión 94/730/CE por la que se establece un procedimiento simplificado para la liberación intencional de plantas modificadas genéticamente; incorporación al Derecho nacional de los Estados miembros
Diario Oficial n° C 096 de 24/03/1997 p. 0009
PREGUNTA ESCRITA E-2405/96 de Hiltrud Breyer (V) a la Comisión (6 de septiembre de 1996) Asunto: Decisión 94/730/CE por la que se establece un procedimiento simplificado para la liberación intencional de plantas modificadas genéticamente; incorporación al Derecho nacional de los Estados miembros 1. ¿Puede aplicarse la Decisión 94/730/CE ((DO L 292 de 12.11.1994, p. 31. )) en los Estados miembros que no hayan incorporado a su legislación nacional la Directiva 90/220/CEE ((DO L 117 de 8.5.1990, p. 15. )) o lo hayan hecho en grado insuficiente, o en los Estados miembros contra los que se haya presentado un recurso por transposición insuficiente del Derecho comunitario? 1.a) En caso afirmativo, ¿cómo pueden derogarse los artículos y las obligaciones derivadas de la Directiva 90/220/CEE que no se apliquen? 1.b) Si esta posibilidad existe, ¿cómo puede garantizarse la aplicación de artículos condicionados? Respuesta común a las preguntas escritas E-2394/96, E-2395/96, E-2396/96, E-2397/96, E-2398/96, E-2399/96, E-2400/96, E-2401/96, E-2402/96, E-2403/96 y E-2405/96 dada por el Sra. Bjerregaard en nombre de la Comisión (14 de octubre de 1996) La respuesta a las preguntas escritas recogidas en epígrafe plantean una serie de problemas técnicos y jurídicos en lo relativo a la aplicación de la Directiva 90/220/CEE ((DO L 117 de 8.5.1990. )) y, en particular, a las modalidades de introducción de los procedimientos simplificados. La Comisión está examinando actualmente la aplicación de dicha Directiva, desde el momento de su entrada en vigor, con vistas a la publicación de un informe que se remitirá al Parlamento y al Consejo. Éste es el marco dentro del cual se estudiarán las preguntas planteadas por Su Señoría para una eventual consideración por parte de la Comisión de los puntos a que se hace referencia.