Auto del Tribunal General (Sala Quinta) de 26 de junio de 2025 —
CW/Europol y Eurojust (EncroChat)
(Asunto T‑148/24)
«Responsabilidad extracontractual — Cooperación de las autoridades policiales y otros servicios policiales de los Estados miembros — Supuestos tratamientos ilícitos de datos personales — Incumplimiento de los requisitos de forma — Artículo 76, letra d), del Reglamento de Procedimiento — Inexistencia de daño moral sufrido como consecuencia de Europol — Recurso en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente carente de todo fundamento jurídico»
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1. |
Procedimiento judicial — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Determinación del objeto del litigio — Exposición sumaria de los motivos invocados — Demanda que tiene por objeto la reparación de perjuicios causados por una institución de la Unión — Falta de indicaciones acerca del comportamiento reprochado — Inadmisibilidad [Arts. 268 TFUE y 340 TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 76, letra d); Reglamento (UE) 2018/1727 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 46, ap. 1] (véanse los apartados 20, 21 y 31) |
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2. |
Responsabilidad extracontractual — Requisitos — Ilegalidad — Perjuicio — Relación de causalidad — Perjuicio real y cierto — Carga de la prueba — Recurso que no contiene datos capaces de demostrar la existencia y el alcance de un daño moral — Obligación del Tribunal General de completar la argumentación buscando e identificando tales datos en los anexos a los escritos de la parte demandante u ordenando la presentación de documentos — Inexistencia — Desestimación del recurso en su totalidad [Art. 340 TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 85, aps. 1 y 2; Reglamento (UE) 2016/794 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 50, ap. 1] (véanse los apartados 41, 43, 44, 53, 57, 63, 67, 74 y 76) |
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3. |
Responsabilidad extracontractual — Requisito — Reglamento (UE) 2016/794 — Responsabilidad por un tratamiento ilícito de datos personales — Naturaleza de dicha responsabilidad — Responsabilidad solidaria de Europol y del Estado miembro de que se trate [Reglamento (UE) 2016/794 del Parlamento Europeo y del Consejo, considerando 57 y art. 50, ap. 1)] (véanse los apartados 72 y 73) |
Fallo
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1) |
Declarar la inadmisibilidad manifiesta del recurso, en la medida en que se dirige contra la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal (Eurojust). |
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2) |
Desestimar el recurso por carecer manifiestamente de fundamento jurídico alguno, en la medida en que se dirige contra la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial (Europol). |
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3) |
CW cargará con sus propias costas y con las de Eurojust y Europol. |
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4) |
El Reino de España y el Reino de los Países Bajos cargarán con sus propias costas. |