Sentencia del Tribunal General (Sala Octava) de 30 de abril de 2025 — Serana Europe / EUIPO — Cytogen Produkte für Medizin + Forschung (Lymphogrow)
(Asunto T‑250/24)
«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca nominativa de la Unión Lymphogrow — Signos anteriores no registrados Lymphogrow — Motivo de denegación relativo — Utilización en el tráfico económico de un signo cuyo alcance no es únicamente local — Artículo 8, apartado 4, del Reglamento (UE) 2017/1001»
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1. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca no registrada o de otro signo utilizado en el tráfico económico — Requisitos [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 4] (véase el apartado 14) |
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2. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca no registrada o de otro signo utilizado en el tráfico económico — Uso del signo en el tráfico económico — Concepto [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, arts. 8, ap. 4, y 47, aps. 2 y 3] (véanse los apartados 16 a 18) |
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3. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca no registrada o de otro signo utilizado en el tráfico económico — Alcance local del signo — Criterios de apreciación — Productos médicos [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 4] (véanse los apartados 19 a 22, 34 y 43 a 46) |
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4. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca no registrada o de otro signo utilizado en el tráfico económico — Marca denominativa Lymphogrow y marcas no registradas Lymphogrow [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 4] (véanse los apartados 40, 41, 47 a 50 y 57) |
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5. |
Marca de la Unión Europea — Procedimiento de recurso — Recurso interpuesto ante las Salas de Recurso — Competencias de las salas de recurso — Devolución al órgano que haya adoptado la resolución impugnada [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 71, ap. 1] (véase el apartado 61) |
Fallo
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1) |
Desestimar el recurso. |
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2) |
Serana Europe GmbH cargará con sus propias costas y con las de CYTOGEN — Produkte für Medizin + Forschung GmbH. |
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3) |
La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) cargará con sus propias costas. |