Asunto C‑531/23 [Loredas] ( i )

HJ

contra

US y MU

(Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco)

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 19 de diciembre de 2024

«Procedimiento prejudicial — Política social — Protección de la seguridad y de la salud de los trabajadores — Ordenación del tiempo de trabajo — Descanso diario y semanal — Artículo 31, apartado 2, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Directiva 2003/88/CE — Artículos 3, 5, 6, 16, 17, 19 y 22 — Obligación de establecer un sistema que permita computar la jornada laboral realizada por los empleados de hogar — Excepción — Legislación nacional relativa a la exención de la obligación de registro del tiempo de trabajo efectivo realizado por los empleados de hogar»

  1. Política social — Protección de la seguridad y de la salud de los trabajadores — Ordenación del tiempo de trabajo — Derecho a la limitación de la duración máxima del tiempo de trabajo y a períodos de descanso diario y semanal — Derecho fundamental consagrado en el artículo 31, apartado 2, de la Carta de los Derechos Fundamentales — Obligación de interpretar la Directiva 2003/88/CE a la luz de dicho Derecho

    (Art. 6 TUE, ap. 1; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 31, ap. 2; Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, arts. 3, 5 y 6)

    (véanse los apartados 27 y 28)

  2. Política social — Protección de la seguridad y de la salud de los trabajadores — Ordenación del tiempo de trabajo — Descanso diario — Período mínimo de descanso diario — Excepciones — Requisito — Duración del tiempo de trabajo no medida o no establecida previamente o que pueda ser determinada por el propio trabajador

    (Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 2, ap. 1 y arts. 3 a 6 y 17)

    (véase el apartado 34)

  3. Política social — Protección de la seguridad y de la salud de los trabajadores — Ordenación del tiempo de trabajo — Derecho a la limitación de la duración máxima del tiempo de trabajo y a períodos de descanso diario y semanal — Exención de los empleadores domésticos de la obligación de establecer un sistema que permita computar la jornada laboral realizada por los empleados de hogar — Improcedencia — Obligaciones de los órganos jurisdiccionales nacionales — Obligación de interpretación conforme al Derecho de la Unión de la normativa nacional

    (Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 31, ap. 2; Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, arts. 3, 5, 6 y 17, ap. 1)

    (véanse los apartados 41 a 44, 48 a 51 y 62 y el fallo)

  4. Política social — Trabajadores y trabajadoras — Acceso al empleo y condiciones de trabajo — Igualdad de trato — Directiva 2006/54/CE — Medida nacional que conlleva una discriminación indirecta — Apreciación por el órgano jurisdiccional nacional — Criterios

    [Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 2, ap. 1, letra b)]

    (véanse los apartados 52 a 54)

  5. Política social — Trabajadores y trabajadoras — Acceso al empleo y condiciones de trabajo — Igualdad de trato — Directiva 2006/54/CE — Régimen jurídico de seguridad social que concede prestaciones de seguridad social a los empleados de hogar — Disposición nacional que exime a los empleadores domésticos de la obligación de establecer un sistema que permita computar la jornada laboral realizada por los empleados de hogar — Disposición que sitúa a las trabajadoras en desventaja particular con respecto a los trabajadores — Discriminación no justificada por factores objetivos y ajenos a cualquier discriminación por razón de sexo — Improcedencia — Comprobación por el órgano jurisdiccional remitente

    [Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 2, ap. 1, letra b)]

    (véanse los apartados 56 a 59 y 61)

Véase el texto de la resolución.


( i ) La denominación del presente asunto es ficticia. No se corresponde con el nombre de ninguna parte en el procedimiento.