Auto del Tribunal General (Sala Primera) de 8 de junio de 2023 —
XNT/EUIPO — Exane (EXANE)
(Asunto T‑568/22) ( 1 )
«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca denominativa de la Unión EXANE — Denominación social anterior EXANTE — Nombre de dominio “exante.eu” — Causa de nulidad relativa — Artículos 8, apartado 4, y 53, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículos 8, apartado 4, y 60, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2017/1001] — Recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno»
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1. |
Marca de la Unión Europea — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad relativa — Existencia de una marca no registrada o de otro signo utilizado en el tráfico económico — Requisitos — Interpretación a la luz del Derecho de la Unión — Apreciación con arreglo a los criterios fijados por el Derecho nacional que regulan el signo invocado [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, arts. 8, ap. 4, y 53, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 25 a 27 y 36) |
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2. |
Marca de la Unión Europea — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad relativa — Existencia de una marca no registrada o de otro signo utilizado en el tráfico económico — Marca denominativa EXANE — Denominación social EXANTE y nombre de dominio exante.eu [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, arts. 8, ap. 4, y 53, ap. 1, letra c); Reglamento Delegado (UE) 2018/625 de la Comisión, art. 7, ap. 2, letra d)] (véanse los apartados 34, 35 y 37 a 41) |
Fallo
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1) |
Desestimar el recurso. |
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2) |
XNT ltd. cargará, además de con sus propias costas, con las de Exane. |
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3) |
La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) cargará con sus propias costas. |
( 1 ) DO C 418 de 31.10.2022.