Auto del Tribunal General (Sala Primera) de 8 de junio de 2023 —
XNT/EUIPO — Exane (EXANE)

(Asunto T‑568/22) ( 1 )

«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca denominativa de la Unión EXANE — Denominación social anterior EXANTE — Nombre de dominio “exante.eu” — Causa de nulidad relativa — Artículos 8, apartado 4, y 53, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículos 8, apartado 4, y 60, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2017/1001] — Recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno»

1. 

Marca de la Unión Europea — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad relativa — Existencia de una marca no registrada o de otro signo utilizado en el tráfico económico — Requisitos — Interpretación a la luz del Derecho de la Unión — Apreciación con arreglo a los criterios fijados por el Derecho nacional que regulan el signo invocado

[Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, arts. 8, ap. 4, y 53, ap. 1, letra c)]

(véanse los apartados 25 a 27 y 36)

2. 

Marca de la Unión Europea — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad relativa — Existencia de una marca no registrada o de otro signo utilizado en el tráfico económico — Marca denominativa EXANE — Denominación social EXANTE y nombre de dominio exante.eu

[Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, arts. 8, ap. 4, y 53, ap. 1, letra c); Reglamento Delegado (UE) 2018/625 de la Comisión, art. 7, ap. 2, letra d)]

(véanse los apartados 34, 35 y 37 a 41)

Fallo

1) 

Desestimar el recurso.

2) 

XNT ltd. cargará, además de con sus propias costas, con las de Exane.

3) 

La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) cargará con sus propias costas.


( 1 ) DO C 418 de 31.10.2022.