6.2.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 45/16


Recurso interpuesto el 17 de septiembre de 2022 — ClientEarth/Comisión

(Asunto T-579/22)

(2023/C 45/25)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: ClientEarth AISBL (Bruselas, Bélgica) (representante: T. Johnston, Barrister)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la decisión de la Comisión que figura en el escrito de 6 de julio de 2022 (en lo sucesivo, «decisión impugnada») mediante la que la Comisión denegó la solicitud de revisión interna de fecha 3 de febrero de 2022 presentada por la demandante con arreglo al artículo 10 del Reglamento de Aarhus (1) relativa al Reglamento Delegado (UE) 2021/2139 de la Comisión, de 4 de junio de 2021, (2) adoptado siguiendo el Reglamento (UE) 2020/852 (3) (en lo sucesivo, «Reglamento sobre la taxonomía)».

Condene a la demandada a cargar con las costas en que incurra la demandante en este procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.

1.

Primer motivo, basado en que la decisión impugnada adolece de varios errores de Derecho en lo que concierne al alcance de la competencia de la Comisión, en la medida en que dicha institución obvió varios elementos esenciales del Reglamento sobre la Taxonomía al elaborar el Reglamento Delegado.

2.

Segundo motivo, basado en que la decisión impugnada adolece de dos errores manifiestos de apreciación en lo que respecta a la apreciación de las pruebas científicas relativas a la combustión de biomasa forestal para obtener energía.

3.

Tercer motivo, basado en que la decisión impugnada adolece de varios errores manifiestos de apreciación en lo que respecta a la fabricación de productos químicos orgánicos de base.

4.

Cuarto motivo, basado en que la decisión impugnada adolece también de errores manifiestos en lo que respecta a la fabricación de bioplástico.


(1)  Reglamento (CE) n.o 1367/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de septiembre de 2006, relativo a la aplicación, a las instituciones y a los organismos comunitarios, de las disposiciones del Convenio de Aarhus sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente (DO 2006, L 264, p. 13, en lo sucesivo, «Reglamento de Aarhus»).

(2)  Reglamento Delegado (UE) 2021/2139 de la Comisión, de 4 de junio de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se establecen los criterios técnicos de selección para determinar las condiciones en las que se considera que una actividad económica contribuye de forma sustancial a la mitigación del cambio climático o a la adaptación al mismo, y para determinar si esa actividad económica no causa un perjuicio significativo a ninguno de los demás objetivos ambientales (DO 2021, L 442, p. 1).

(3)  Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 (DO 2020, L 198, p. 13).