16.8.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 311/21


Recurso interpuesto el 4 de julio de 2022 — Confédération nationale du Crédit mutuel y otros/JUR

(Asunto T-392/22)

(2022/C 311/24)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: Conféderation nationale du Crédit Mutuel (París, Francia) y los otros 25 demandantes (representantes: A. Gosset-Grainville, M. Trabucchi y M. Dalon, abogados)

Demandada: Junta Única de Resolución (JUR)

Pretensiones

Las partes demandantes solicitan al Tribunal que:

En virtud del artículo 263 TFUE, anule la Decisión n.o SRB/ES/2022/18 de 11 de abril del 2022 relativa al cálculo de las aportaciones ex ante para 2022 al FUR en la medida en que concierne a las demandantes.

En virtud del artículo 277 TFUE, declare inaplicables las siguientes disposiciones del Reglamento MUR, (1) del Reglamento de Ejecución (2) y del Reglamento Delegado: (3)

los artículos 69, apartados 1 y 2, y 70, apartados 1 y 2, letras a) y b), del Reglamento MUR;

los artículos 4, apartado 2, 5, 6, 7 y 20 y el anexo I del Reglamento Delegado;

el artículo 4 del Reglamento de Ejecución.

Condene a la parte demandada al pago de la totalidad de las costas.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, las partes demandantes invocan ocho motivos que son, esencialmente idénticos o similares a los invocados en el asunto T-391/22, Société générale y otros/JUR.


(1)  Reglamento (UE) n.o 806/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2014, por el que se establecen normas uniformes y un procedimiento uniforme para la resolución de entidades de crédito y de determinadas empresas de servicios de inversión en el marco de un Mecanismo Único de Resolución y un Fondo Único de Resolución y se modifica el Reglamento (UE) n.o 1093/2010 (DO 2014, L 255, p. 1).

(2)  Reglamento de Ejecución (UE) 2015/81 del Consejo, de 19 de diciembre de 2014, que especifica condiciones uniformes de aplicación del Reglamento (UE) n.o 806/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las aportaciones ex ante al Fondo Único de Resolución (DO 2015, L 15, p. 1).

(3)  Reglamento Delegado (UE) 2015/63 de la Comisión, de 21 de octubre de 2014, por el que se completa la Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta a las contribuciones ex ante a los mecanismos de financiación de la resolución (DO 2015, L 11, p. 44).