1.8.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 294/44


Recurso interpuesto el 16 de junio de 2022 — Berezkin/Consejo

(Asunto T-360/22)

(2022/C 294/61)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Grigory Viktorovitsj Berezkin (Moscú, Rusia) (representante: Grand d’Esnon, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión (PESC) 2022/582 (1) del Consejo, de 8 de abril de 2022 en la medida en que introduce el nombre del demandante en el anexo de la Decisión del Consejo 2014/145/PESC de 17 de marzo de 2014.

Anule el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/581 (2) del Consejo, de 8 de abril de 2022, en la medida en que incluye el nombre del demandante en el Anexo 1 del Reglamento (UE) 2014/269 del Consejo de 17 de marzo de 2014.

Condene al Consejo de la Unión Europea a pagar 1 euro en concepto de daños morales.

Condene en costas al Consejo de la Unión Europea.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca siete motivos.

1.

Primer motivo, basado en la ilegalidad de las sanciones impuestas al demandante por resultar estas de un error manifiesto de apreciación, ya que, según alega el demandante, este no tiene ningún vínculo con los sucesos que están teniendo lugar en Ucrania y no apoya el régimen de la Federación Rusa.

2.

Segundo motivo, basado en la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y de la obligación de motivación que recae en el Consejo. El demandante alega que los únicos elementos que aporta el Consejo son artículos de prensa o extractos de páginas web que no satisfacen los criterios de prueba necesarios para justificar la imposición de sanciones.

3.

Tercer motivo, basado en la vulneración de los principios de proporcionalidad y de igualdad de trato. Según el demandante, no existe ningún vínculo material que le relacione con la política rusa en Ucrania, por lo que las sanciones no tienen, en consecuencia, ninguna relación con los objetivos de la Decisión y del Reglamento de 17 de marzo de 2014. (3)

4.

Cuarto motivo, basado en la vulneración del principio de legalidad. El demandante invoca, a este respecto, la ilegalidad de los criterios de las letras f) y g) de la Decisión y del Reglamento de 17 de marzo de 2014 en tanto en cuanto ignoran las obligaciones a cargo del Consejo con arreglo al artículo 215 TFUE, apartado 2, así como el principio de seguridad jurídica.

5.

Quinto motivo, basado en la violación de los derechos fundamentales del demandante y, en particular, del derecho a la propiedad y a su libertad de movimientos.

6.

Sexto motivo, basado en la vulneración de los derechos de defensa del demandante puesto que el Consejo no le comunicó individualmente las modalidades y motivos concretos de su inclusión en la lista de personas a quienes se aplican las sanciones. Por consiguiente, el demandante no ha tenido la oportunidad de formular alegaciones.

7.

Séptimo motivo, basado en la demanda de indemnización. El demandante alega que ha sufrido graves daños en su reputación cuya reparación solicita.


(1)  Decisión (PESC) 2022/582 del Consejo, de 8 de abril de 2022, por la que se modifica la Decisión 2014/145/PESC relativa a medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (DO 2022, L 110, p. 55).

(2)  Reglamento de Ejecución (UE) 2022/581 del Consejo, de 8 de abril de 2022, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 269/2014 relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (DO 2022, L 110, p. 3).

(3)  Reglamento (UE) n.o 269/2014 del Consejo, de 17 de marzo de 2014, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (DO 2014, L 78, p. 6).