27.6.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 244/44


Recurso interpuesto el 6 de mayo de 2022 — Indetec/Comisión y otros

(Asunto T-250/22)

(2022/C 244/60)

Lengua de procedimiento: español

Partes

Demandante: Ingeniería para el Desarrollo Tecnológico, SL (Indetec) (Valencia, España) (representante: J. Navas Marqués, abogado)

Demandadas: Comisión Europea, Agencia Ejecutiva Europea de Clima, Infraestructuras y Medio Ambiente (CINEA), Agencia Ejecutiva para el Consejo Europeo de Innovación y las Pymes (EISMEA)

Pretensiones

La demandante solicita al Tribunal General que:

Anule, con base en el artículo 263 del TFUE, la resolución de fecha 10 de marzo de 2022 y número de referencia Ares (2022) 1775149 del Agencia Ejecutiva Europea de Clima, Infraestructuras y Medio Ambiente (CINEA) (ahora denominada «EASME») que es una agencia delegada de la Comisión Europea;

Declare que, con base en el artículo 272 del TFUE, la demandante aplicó correctamente la cláusula II.9.1 de las Condiciones Generales del Acuerdo de subvención del programa LIFE (1) firmado el día 10 de junio de 2016 entre EASME y, entre otros, esta parte, la cual fue debidamente representada para dicha firma por el beneficiario coordinador INNOTECNO;

Condene a la Comisión Europea, a través de su agencia EASME, a pagar a la demandante la cuantía total de 335 900,00 € para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales según el Acuerdo de subvención del programa LIFE firmado el día 10 de junio de 2016 entre EASME y, entre otros, esta parte, la cual fue debidamente representada para dicha firma por el beneficiario coordinador INNOTECNO;

Condene expresamente en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la demandante invoca cinco motivos.

1.

Primer motivo, basado en la violación del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y más en concreto su artículo 298 y del artículo 41 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea sobre la obligación de buena administración.

2.

Segundo motivo, basado en la violación del artículo 202.4 del Reglamento (UE, Euratom) n.o 2018/1046 (2).

3.

Tercer motivo, basado en la violación del principio de proporcionalidad.

4.

Cuarto motivo, basado en la violación del derecho a la defensa.

5.

Quinto motivo, basado en la violación de la cláusula II.9.1 de las Condiciones Generales del Acuerdo de subvención.


(1)  Programa de la Unión Europea para el Medio Ambiente y la Acción Climática.

(2)  Reglamento (UE, Euratom) n.o 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1296/2013, (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1304/2013, (UE) n.o 1309/2013, (UE) n.o 1316/2013, (UE) n.o 223/2014 y (UE) n.o 283/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012; DO 2018, L 193, pág. 1.