30.5.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 213/33


Petición de decisión prejudicial planteada por la Corte suprema di cassazione (Italia) el 11 de marzo de 2022 — IB / Regione Lombardia, Provincia di Pavia

(Asunto C-196/22)

(2022/C 213/44)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Corte suprema di cassazione

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: IB

Recurrida: Regione Lombardia, Provincia di Pavia

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Se oponen las disposiciones contenidas en el Reglamento (CEE) n.o 2080/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, (1) por el que se establece un régimen comunitario de ayudas a las medidas forestales en la agricultura, sin prever, no obstante, un régimen de pérdida de ayudas y de sanciones, habida cuenta de las disposiciones contenidas en el Reglamento (CE, Euratom) n.o 2988/95 (2) del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas, a la aplicación de una disposición de Derecho interno que, al dar efecto a las disposiciones del Reglamento n.o 2080/92, prevé, en caso de que se compruebe que se ha cometido una irregularidad en la concesión de las ayudas, la pérdida de estas y la devolución de las cantidades recibidas en dicho concepto?

2)

En caso de respuesta negativa a la primera cuestión prejudicial, ¿se oponen las disposiciones contenidas en el Reglamento (CEE) n.o 2080/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece un régimen comunitario de ayudas a las medidas forestales en la agricultura, teniendo en cuenta las disposiciones contenidas en el Reglamento (CE, Euratom) n.o 2988/95 del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, y los principios de equidad y proporcionalidad a que se refiere el [décimo] considerando de este último, a la aplicación de una disposición de Derecho interno que, al dar efecto a las disposiciones del Reglamento n.o 2080/92, prevé, en caso de que se compruebe que se ha cometido una irregularidad en la concesión de las ayudas, la pérdida de estas y la devolución de las cantidades recibidas en dicho concepto cuando la superficie forestada o mejorada sea inferior en un 20 % a aquella para la que se concedió la ayuda y se procedió al pago?

3)

En caso de respuesta negativa a la primera cuestión prejudicial, ¿se oponen las disposiciones contenidas en el Reglamento (CEE) n.o 2080/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece un régimen comunitario de ayudas a las medidas forestales en la agricultura, teniendo en cuenta las disposiciones contenidas en el Reglamento (CE, Euratom) n.o 2988/95 del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, a la aplicación retroactiva de una disposición de Derecho interno que, al dar efecto a las disposiciones del Reglamento n.o 2080/92, prevé, en caso de que se compruebe que se ha cometido una irregularidad en la concesión de las ayudas, la pérdida de estas y la devolución de las cantidades recibidas en dicho concepto?

4)

En caso de respuesta negativa a la primera cuestión prejudicial, ¿se oponen las disposiciones contenidas en el Reglamento (CEE) n.o 2080/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece un régimen comunitario de ayudas a las medidas forestales en la agricultura, teniendo en cuenta las disposiciones contenidas en el Reglamento (CE, Euratom) n.o 2988/95 del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, a una interpretación de una disposición de Derecho interno que, al dar efecto a las disposiciones del Reglamento n.o 2080/92, prevé, en caso de que se compruebe que se ha cometido una irregularidad en la concesión de las ayudas, la pérdida de estas y la devolución de las cantidades recibidas en dicho concepto, en el sentido de que el beneficiario está obligado a devolver el importe íntegro de las cantidades recibidas en dicho concepto en vez de a devolver únicamente las cantidades relativas al año respecto del que se ha comprobado la comisión de una irregularidad en la concesión de las ayudas?


(1)  Reglamento (CEE) n.o 2080/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece un régimen comunitario de ayudas a las medidas forestales en la agricultura (DO 1992, L 215, p. 96).

(2)  Reglamento (CE, Euratom) n.o 2988/95 del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (DO 1995, L 312, p. 1).