Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 1 de diciembre de 2021 — Union syndicale Solidaires des SDIS de France et DOM/TOM/Comisión

(Asunto T‑152/21)

«Responsabilidad extracontractual — Presentación de una denuncia ante la Comisión en materia de aplicación del Derecho de la Unión — Plazo de respuesta — Derecho a una buena administración — Obligación de diligencia — Plazo razonable — Inexistencia de infracción suficientemente caracterizada de una norma jurídica que confiere derechos a los particulares»

Responsabilidad extracontractual — Requisitos — Ilegalidad — Violación suficientemente caracterizada del Derecho de la Unión — Exigencia de una inobservancia manifiesta y grave de los límites de su facultad de apreciación por parte de las instituciones — Inacción de la Comisión tras la presentación de una denuncia por parte del demandante — Derecho a una buena administración — Incumplimiento de la obligación de diligencia — Inexistencia — Vulneración del principio de observancia de un plazo razonable — Inexistencia — Inexistencia de infracción suficientemente caracterizada de una norma jurídica que confiere derechos a los particulares — Inexistencia de responsabilidad de la Unión

(Art. 340 TFUE, párr. 2.o; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 41, ap. 1)

(véanse los apartados 16 a 20, 23, 25 a 29, 35, 37 y 41 a 43)

Objeto

Recurso basado en el artículo 268 TFUE y por el que se solicita la reparación que la demandante sostiene haber sufrido como consecuencia de la inacción culposa de la Comisión en el tratamiento de su denuncia, registrada el 27 de junio de 2019 con referencia CHAP(2019)01840, por un supuesto incumplimiento del Derecho de la Unión Europea por parte de la República Francesa.

Fallo

1) 

Desestimar el recurso.

2) 

Condenar en costas a la Union syndicale Solidaires des services départementaux d’incendie et de secours (SDIS) de France et DOM/TOM.