6.9.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 357/10


Petición de decisión prejudicial planteada por el Supremo Tribunal Administrativo (Portugal) el 18 de junio de 2021 — Instituto de Financiamento da Agricultura e Pescas IP (IFAP) / AB, CD, EF

(Asunto C-374/21)

(2021/C 357/13)

Lengua de procedimiento: portugués

Órgano jurisdiccional remitente

Supremo Tribunal Administrativo

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Instituto de Financiamento da Agricultura e Pescas IP (IFAP)

Recurridas: AB, CD, EF

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Se opone el artículo 3, apartado 1, del Reglamento (CE, Euratom) n.o 2988/95, (1) de 18 de diciembre de 1995, a una normativa nacional según la cual no se puede aplicar la prescripción por el transcurso del plazo de cuatro u ocho años en un proceso judicial de ejecución forzosa incoado, ya que dicha cuestión solo puede apreciarse en el marco de un recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el acto por el que se ordena la devolución de los importes indebidamente percibidos por haberse constatado una irregularidad?

En caso de respuesta negativa a esta cuestión, se pregunta lo siguiente:

2)

¿Debe considerarse el plazo de tres años previsto en el artículo 3, apartado 2, del Reglamento n.o 2988/95 un plazo de prescripción de la deuda que se genera con la adopción del acto por el que se exige la devolución de los importes indebidamente percibidos por concurrir irregularidades en la financiación? ¿Comienza a correr dicho plazo a partir de la fecha de la adopción de ese acto?

En caso de respuesta negativa a esta cuestión, se pregunta también lo siguiente:

3)

¿Se opone el artículo 3 del Reglamento n.o 2988/95 a una normativa nacional según la cual el plazo [de prescripción] de la deuda queda interrumpido cuando, en el apremio derivado contra los responsables subsidiarios de la sociedad beneficiaria, estos reciben la oportuna notificación, y permanece suspendido hasta que no se adopte una resolución definitiva o firme que resuelva sobre la oposición formulada por tales responsables subsidiarios?


(1)  Reglamento (CE, Euratom) n.o 2988/95 del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (DO 1995, L 312, p. 1).