|
17.5.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 189/10 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos) el 25 de febrero de 2021 — X BV / Classic Coach Company vof, Y, Z
(Asunto C-112/21)
(2021/C 189/11)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Hoge Raad der Nederlanden
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: X BV
Recurrida: Classic Coach Company vof, Y, Z
Cuestiones prejudiciales
|
1) |
¿Para determinar que existe un «derecho anterior» de un tercero en el sentido del artículo 6, apartado 2, de la derogada Directiva 2008/95/CE, (1)
|
|
2) |
¿Tiene alguna relevancia en la respuesta a la cuestión 1 el hecho de que el titular de la marca tenga un derecho todavía más antiguo (reconocido en la legislación del Estado miembro de que se trate) en relación con el signo registrado como marca y, en caso de respuesta afirmativa, tiene alguna relevancia que el titular de la marca, en virtud de este derecho reconocido todavía más antiguo, pueda prohibir el uso por el tercero del supuesto «derecho anterior»? |
(1) Directiva 2008/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2008, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas (DO 2008, L 299, p. 25).