22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/5


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 30 de marzo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Naczelny Sąd Administracyjny — Polonia) — Dyrektor Krajowej Informacji Skarbowej / Gmina L.

(Asunto C-616/21, (1) Gmina L.)

(Procedimiento prejudicial - Fiscalidad - Impuesto sobre el valor añadido (IVA) - Directiva 2006/112/CE - Artículo 2, apartado 1, letra c) - Prestación de servicios realizada a título oneroso - Artículo 9, apartado 1 - Conceptos de «sujeto pasivo» y de «actividad económica» - Municipio que organiza gratuitamente la retirada de amianto en beneficio de los residentes, propietarios de un bien inmueble, que han manifestado estar interesados - Reembolso al municipio mediante una subvención del voivodato competente del 40 % al 100 % de los costes - Artículo 13, apartado 1 - No sujeción de los municipios por las actividades u operaciones en las que actúan como autoridades públicas)

(2023/C 179/06)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Naczelny Sąd Administracyjny

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Dyrektor Krajowej Informacji Skarbowej

Demandada: Gmina L.

Fallo

Los artículos 2, apartado 1, 9, apartado 1 y 13, apartado 1, de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido,

deben interpretarse en el sentido de que

no constituye una prestación de servicios sujeta al impuesto sobre el valor añadido (IVA) el hecho de que un municipio encargue a una empresa que efectúe operaciones de retirada de amianto y de recogida de productos y residuos de amianto en beneficio de aquellos de sus residentes propietarios de inmuebles que hayan manifestado estar interesados, cuando tal actividad no tenga por objeto obtener ingresos continuados en el tiempo y no dé lugar, por parte de esos residentes, a ningún pago, al estar financiadas las mencionadas operaciones con fondos públicos.


(1)  DO C 95 de 28.2.2022.