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22.5.2023 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 179/3 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 30 de marzo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van State — Países Bajos) — Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid / E.N., S.S., J.Y.
[Asunto C-556/21, (1) Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid (Suspensión del plazo de traslado en fase de apelación)]
(Procedimiento prejudicial - Reglamento (UE) n.o 604/2013 - Determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional - Artículo 27 - Recurso interpuesto contra una decisión de traslado de un solicitante de asilo - Artículo 29 - Plazo de traslado - Suspensión de dicho plazo en fase de apelación - Medida cautelar solicitada por la Administración)
(2023/C 179/04)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Raad van State
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid
Recurridas: E.N., S.S., J.Y.
Fallo
El artículo 29, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) n.o 604/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida, en relación con el artículo 27, apartado 3, de dicho Reglamento,
debe interpretarse en el sentido de que
no se opone a una normativa nacional que permite a un órgano jurisdiccional nacional que conoce de un recurso interpuesto en segunda instancia contra una sentencia por la que se anula una decisión de traslado adoptar, a petición de las autoridades competentes, una medida cautelar que permita a estas no adoptar una nueva decisión hasta la resolución de dicho recurso y que tenga por objeto o por efecto suspender el plazo de traslado hasta dicha resolución, siempre que tal medida solo pueda ser adoptada cuando la ejecución de la decisión de traslado haya sido suspendida durante el examen del recurso interpuesto en primera instancia, de conformidad con el artículo 27, apartados 3 o 4, de dicho Reglamento.