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12.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 472/13 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 20 de octubre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por la Cour d’appel de Bruxelles — Bélgica) — Allianz Benelux SA / État belge, SPF Finances
(Asunto C-295/21) (1)
(Procedimiento prejudicial - Régimen fiscal común aplicable a las sociedades matrices y filiales de Estados miembros diferentes - Directiva 90/435/CEE - Artículo 4, apartado 1 - Exención en favor de una sociedad matriz de los dividendos abonados por su filial - Traslado de excedentes de renta gravada con carácter definitivo a ejercicios fiscales posteriores - Absorción de una sociedad que dispone de excedentes de renta gravada con carácter definitivo por otra sociedad - Normativa nacional que limita la transmisión de esos excedentes a la sociedad absorbente)
(2022/C 472/15)
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Cour d’appel de Bruxelles
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: Allianz Benelux SA
Recurrida: État belge, SPF Finances
Fallo
El artículo 4, apartado 1, de la Directiva 90/435/CEE del Consejo, de 23 de julio de 1990, relativa al régimen fiscal común aplicable a las sociedades matrices y filiales de Estados miembros diferentes,
debe interpretarse en el sentido de que:
no se opone a la normativa de un Estado miembro que dispone que los dividendos percibidos por una sociedad se integren en la base imponible de esta para después deducir hasta un 95 % de su importe y que permite, en su caso, el traslado de esa deducción a ejercicios fiscales posteriores, pero que, sin embargo, en caso de absorción de dicha sociedad en el marco de una operación de fusión, limita la transmisión del traslado de esa deducción a la sociedad absorbente en proporción a la parte que represente el activo neto fiscal de la sociedad absorbida sobre el total del activo neto fiscal de la sociedad absorbente y de la sociedad absorbida.