7.11.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 424/9 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 22 de septiembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesarbeitsgericht — Alemania) — LB / TO
(Asunto C-120/21) (1)
(Procedimiento prejudicial - Política social - Protección de la seguridad y de la salud de los trabajadores - Ordenación del tiempo de trabajo - Artículo 31, apartado 2, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea - Directiva 2003/88/CE - Artículo 7 - Derecho a vacaciones anuales retribuidas - Compensación financiera por las vacaciones no disfrutadas tras la extinción de la relación laboral - Plazo de prescripción de tres años - Inicio del cómputo - Información adecuada al trabajador)
(2022/C 424/09)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Bundesarbeitsgericht
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: LB
Recurrida: TO
Fallo
El artículo 7 de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, y el artículo 31, apartado 2, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea
deben interpretarse en el sentido de que:
se oponen a una normativa nacional con arreglo a la cual el derecho a vacaciones anuales retribuidas adquirido por un trabajador con respecto a un período de devengo prescribe al término de un plazo de tres años que comienza a correr al finalizar el año en el que ha nacido ese derecho, cuando el empresario no ha posibilitado al trabajador ejercer tal derecho de forma efectiva.